Por Orden SAS/1536/2010, de 10 de junio («Boletín Oficial del Estado» número 143, de 12 de junio), se establecían las bases reguladoras y se convocaba la concesión de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
El artículo 11, punto 3, párrafo tercero, de la mencionada orden determinaba que las resoluciones se dictarían y notificarían en el plazo máximo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la Orden de bases y de convocatoria.
Dado el importante volumen de solicitudes de subvención formuladas y que la fecha límite de resolución es el 13 de diciembre de 2010, se hace necesaria una ampliación del plazo máximo inicialmente establecido para dictar y notificar las resoluciones a los solicitantes, de acuerdo con el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En su virtud, dispongo:
El plazo de resolución y notificación previsto en el artículo 11, punto 3, párrafo tercero, de la Orden SAS/1536/2010, de 10 de junio, queda ampliado hasta el 30 de diciembre de 2010.
Mediante esta orden quedan notificadas todas las entidades solicitantes que han concurrido a la referida convocatoria, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de noviembre de 2010.–La Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín Iraola.
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