Habiéndose declarado firmes en vía administrativa las sanciones impuestas a la entidad «Inbesós, S. A.», a su Presidente y a su Director General, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 99, letra ñ), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 102 de dicho texto legal, las sanciones impuestas mediante Orden ministerial de fecha 10 de mayo de 2010 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
«1. Imponer a “Inbesós, S. A.”, por la comisión de una infracción tipificada como muy grave en el artículo 99, letra ñ), de la Ley 24/1988, de 28 de julio del Mercado de Valores, en relación con el artículo 82 del mismo texto legal, por la no difusión y comunicación a la CNMV de información relevante, relativa al acuerdo suscrito el 3 de octubre de 2007 entre accionistas significativos de “Inbesós, S. A.”, y “Grupo Horcona, S. L.”, multa por importe de 50.000 euros (cincuenta mil euros).
2. Imponer a don Jaime Vila Mariné y a don Santiago Cervelló Delgado, a cada uno de ellos, por la comisión de una infracción tipificada como muy grave en el artículo 99, letra ñ), de la Ley 24/1988, de 28 de julio del Mercado de Valores, en relación con el artículo 82 del mismo texto legal, por la no difusión y comunicación a la CNMV de información relevante, relativa al acuerdo suscrito el 3 de octubre de 2007 entre accionistas significativos de “Inbesós, S. A.”, y “Grupo Horcona, S. L.”, multa por importe de 20.000 euros (veinte mil euros).»
Madrid, 4 de noviembre de 2010.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, P. S. (Ley 24/1988, de 28 de julio), el Vicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Fernando Restoy Lozano.
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