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Visto el expediente de indulto de don Manuel García Villa, condenado por la Audiencia Provincial de Huelva, sección segunda, en sentencia de 24 de marzo de 2009, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión, accesoria de privación de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 421 euros, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de noviembre de 2010,
Vengo en conmutar a don Manuel García Villa la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 15 de noviembre de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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