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Documento BOE-A-2010-1900

Resolución de 22 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la Adenda del año 2009 al Convenio marco de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para el desarrollo de programas en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2010, páginas 10898 a 10910 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2010-1900

TEXTO ORIGINAL

Suscrita Adenda de 11 de septiembre de 2009, a la Adenda al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma del de las Illes Balears para el desarrollo de los distintos programas propuestos, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 22 de enero de 2010.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

Adenda del año 2009 al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el desarrollo de los distintos programas propuestos en el ámbito del Plan Avanza

En Madrid, a 11 de septiembre de 2009

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 562/2008, de 21 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, el Sr. Carles Manera Erbina, en su calidad de Conseller d’Economia, Hisenda e Innovació de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, nombrado por Decreto del Presidente del Gobierno de las Illes Balears 10/2007, de 6 de julio, con competencia para autorizar convenios y acuerdos que le han sido atribuidos según los artículos 11 b) y c) en relación con el artículo 80.4 de la Ley 3/2003, 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en nombre y representación de la misma, con sede en Palma de Mallorca, Baleares.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación, publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. El Plan Avanza 2005-2010, que en esta segunda mitad de existencia recibe el nombre de Avanza2, contará en 2009 con un presupuesto de 1.500 millones de euros.

Avanza2 tiene como reto no sólo la dinamización de la oferta (en gran medida, ya lograda), sino fundamentalmente el fomento de la demanda y el aprovechamiento del impulso del desarrollo del sector para la consolidación de una industria TIC propia especializada en sectores estratégicos y siempre volcado en la PYME, en la que se centran la mayor parte de los esfuerzos.

Avanza2 no sólo sigue aportando por la iniciativa empresarial, especialmente la que llevan a cabo las PYME, sino que incrementa considerablemente el apoyo a este tipo de empresas que constituyen la piedra angular del tejido empresarial español.

Avanza2 va a continuar el impulso al desarrollo de la Sociedad de la Información con la extensión de los servicios públicos digitales, el desarrollo de los contenidos digitales y de productos y servicios TIC, orientados a la construcción de la denominada Internet del Futuro, la renovación e implantación de infraestructuras para logra la transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT), entre otros.

Avanza2 se estructura a través de cinco ejes de actuación:

Desarrollo del sector TIC (con especial incidencia en la PYME).

Servicios Públicos Digitales.

Capacitación: Ciudadanos y PYME.

Infraestructura.

Confianza, Seguridad y Accesibilidad.

III. Las Administraciones que suscriben esta Adenda al Convenio Marco de Colaboración firmado con fecha 21 de julio de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad Autónoma de de les Illes Balears en su ámbito territorial:

a. La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b. La Conselleria de Economia, Hisenda i Innovació de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 30 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero, en la redacción dada por la ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero de reforma del Estatuto de Autonomía de las IIles Balears), en cuanto a investigación, innovación y desarrollo científico y técnico.

Que en el convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de les Illes Balears para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto.

IV. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas

V. La Comunidad Autónoma tiene interés en el desarrollo de actuaciones del Plan Avanza y del Programa, en este sentido la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears ha elaborado el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de las Illes Balears 2005-2008, promovido por la Dirección General de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación que contempla el desarrollo de investigaciones en el campo de las TICs como eje transversal del plan, en áreas estratégicas para el desarrollo de Baleares como Turismo, Medio Ambiente y Ciencias de la Salud. Por su parte, la Dirección General de Tecnología y Comunicaciones de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación del Gobierno Balear, desarrolla proyectos en todas las áreas de actuación contempladas en el Plan Avanza, por ejemplo, la extensión de la banda ancha para zonas rurales y aisladas, servicios públicos digitales, mejoras en las infraestructuras tecnológicas en Educación y Sanidad y la adaptación de soluciones avanzadas para PYMEs. Dentro de su estrategia de implantación de la administración electrónica, ha elaborado un plan estratégico para potenciar la relación del ciudadano con el Gobierno Balear y la cooperación entre administraciones, impulsando y gestionando el cambio cultural y tecnológico de la administración electrónica. En este plan se fijan diferentes fases de implantación con las siguientes líneas de actuación: Nuevo portal de la CAIB, más orientado al ciudadano. CAIB en red, elaboración de un catálogo de servicios telemáticos y la construcción de una plataforma tecnológica que permita la tramitación con posibilidad de registro y notificación telemática. Acceso multicanal y movilidad. Sistemas de información a la Dirección. Coordinación e interoperabilidad, etc.

VI. Que las actuaciones incluidas en esta Adenda, deberán dirigirse a diferentes objetivos en función del ámbito en el que se encuadren:

Dentro del ámbito de Ciudadanía Digital:

Promover la incorporación de banda ancha en nuevos hogares especialmente en el mundo rural. El MITYC ha puesto en marcha en colaboración con las CC.AA. un plan de banda ancha en zonas rurales y aisladas (PEBA). Aunque la disponibilidad de infraestructuras en España está en unos niveles comparables a los países de nuestro entorno, el uso de la banda ancha en zonas rurales es muy reducido. Por tanto, es necesario realizar actuaciones que promuevan el uso de la banda ancha en estas zonas.

Incrementar las infraestructuras de acceso público y gratuito para ciudadanos con necesidades especiales, para asegurar que todos los ciudadanos puedan acceder a Internet.

Incorporar en sus planes de formación la formación en TIC dirigida a agentes de desarrollo local y promover su contratación como agentes dinamizadores de los centros de acceso público y gratuito. La actuación permitiría llevar a cabo actividades de alfabetización digital de manera continua.

Incorporar la accesibilidad como condición indispensable de las actuaciones que ponga en marcha la Comunidad Autónoma.

Potenciar actuaciones dirigidas a los centros de personas en situación de dependencia mediante la incorporación de soluciones TIC que favorezcan la vida independiente con el criterio de universalidad, alta calidad y sostenibilidad en el tiempo.

Promover la prestación de servicios que incluyan la formación y el asesoramiento de Internet en los hogares.

Difusión y divulgación, mediante campañas adecuadas, de las ventajas de utilización de Internet de banda ancha, y de las herramientas disponibles para financiar la adquisición de equipamiento informático.

Proyectos y acciones encaminados a la creación de plataformas de información, conocimiento y servicios que faciliten, de forma rápida y eficiente, la puesta en marcha y operación de centros de respuesta ante incidentes de seguridad.

A estos proyectos se les podrán incorporar Planes de Formación y de asesoramiento de calidad en los procesos de puesta en marcha.

Dentro del ámbito de Administración Electrónica:

Servicios y Aplicaciones de Administración electrónica. Estos proyectos podrán complementar o reforzar las actuaciones que se están desarrollando por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio dentro del ámbito local y autonómico, en los siguientes aspectos:

1. Proyectos de implantación de herramientas o soluciones tecnológicas para la modernización de la gestión interna de la administración local y autonómica, que incluyan actuaciones de formación del personal en el uso y manejo de las mismas.

2. Actuaciones dirigidas a mejorar la interacción de los servicios públicos con los ciudadanos a través de la incorporación de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).

3. Proyectos de implantación de aplicaciones que faciliten la interoperabilidad entre administraciones públicas.

Servicios digitales dirigidos a ciudadanos y empresas del entorno local y autonómico:

Proyectos, que mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, estén dirigidos a mejorar los servicios públicos preferentemente en los siguientes aspectos: comercio electrónico, teleasistencia, servicios relacionados con la cultura, turismo y ocio y, servicios orientados a favorecer la accesibilidad de colectivos con necesidades especiales.

El importe total asignado a estos proyectos no podrá superar el 40% de la cuantía total conjunta de la Adenda.

Dentro del ámbito de la PYME Digital:

Caracterización de la situación de las PYMES en un sector y/o ubicación geográfica concreta respecto a su grado de digitalización mediante la realización de estudios de diagnóstico tecnológico apropiados.

Implantación en las PYMES de soluciones TIC (aplicaciones o servicios) disponibles en el mercado, de carácter sectorial u horizontal, orientados a la mejora del grado de digitalización de las PYMES participantes, enmarcados en los niveles y parámetros definidos en el concepto de caracterización de la PYME Digital.

Utilización de los Prescriptores próximos a las PYMES para conseguir la Introducción de las TIC y soluciones de negocio basadas en ellas, orientados a la mejora del grado de digitalización de las PYMES que se relacionan con ellos.

La incorporación de la factura electrónica en los procesos de la gestión administrativa supone una oportunidad para avanzar en la modernización e informatización de las diferentes entidades y, así, progresar en la eficiencia en costes, la mejora de la competitividad y el aumento de productividad para empresarios, profesionales y demás agentes del mercado.

Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con las competencias que tengan reconocidas por sus Estatutos, podrán incluir en esta Adenda las actividades que desarrollen en el ámbito de su territorio cuyo objetivo sea el de impulsar la generalización del uso de la factura electrónica.

Facilitar la participación efectiva de las PYMES en los mercados electrónicos, incluidos los de la contratación pública, y en agrupaciones empresariales innovadoras entre proveedores de servicios de TIC y PYMES.

Promover la utilización de la factura electrónica y de los procedimientos telemáticos en las relaciones de las PYMES con las AAPP.

Proporcionar asesoramiento personalizado a la PYME en el uso de las TIC para la mejora de sus procesos empresariales, mediante la elaboración de diagnósticos y planes de mejora.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por los siguientes acuerdos.

ACUERDOS

Primero. Objeto.–El objeto de esta Adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma Illes Balears para el desarrollo de las actividades en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda.

Segundo. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.–La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del Programa.

La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza.

Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing de la Adenda en la Comunidad Autónoma Illes Balears a petición de la propia Comunidad.

Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercero. Compromisos de la Comunidad Autónoma.–La Comunidad Autónoma de Illes Balears se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente Adenda.

Las actividades de difusión y divulgación de la Adenda en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC.

En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito de esta Adenda, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberá hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Comunidad Autónoma. Asimismo la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y de FEDER, en su caso, y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda.

Cuarto. Gestión y ejecución.–La gestión del desarrollo de la Adenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de les Illes Balears con fecha 21 de julio de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio Marco.

En particular,

La Comunidad Autónoma podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de dicha Comunidad Autónoma. Las encomiendas de gestión que pueda realizar la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el Artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público y legislación complementaria de la misma, según proceda.

Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta Adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunidad Autónoma, deberán sujetarse a lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria de la misma.

Las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso.

Quinto. Financiación.–La financiación de las actuaciones para el año 2009, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Financiadores

Aportaciones económicas (€)

Año 2009

Año 2010

MITYC

385.167,00

 

CA

115.550,10

269.616,90

Total Administraciones Públicas

770.334,00

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 385.167,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2009.

La Comunidad Autónoma de les Illes Balears aportará las cantidades que se detallan a continuación:

49.675,05 euros de la partida presupuestaria 14801 521B01 64000 00 14203 del ejercicio 2009.

65.875,05 euros de la partida presupuestaria 14801 521B01 64001 00 14203 del ejercicio 2009.

115.908,45 euros de la partida presupuestaria 14801 521B01 64000 00 14203 del ejercicio 2010

153.708,45 euros de la partida presupuestaria 14801 521B01 64001 00 14203 del ejercicio 2010.

Estas partidas podrán ser modificadas como consecuencia de la naturaleza del beneficiario.

Para realizar la justificación de estos importes en el periodo correspondiente, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna.

Esta financiación es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Sexto. Competencias de la Comisión Bilateral.–La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio Marco de Colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar, detallar o determinar el alcance de las actividades técnicas que conforman las actuaciones a realizar y que no estuvieran descritas y detalladas en el presente Anexo.

Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento de las actuaciones, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Comunidad Autónoma de les Illes Balears presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes.

Séptimo. Duración.–Esta Adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y finalizará el 31 de diciembre del 2010.

Este plazo podrá ser prorrogado por períodos anuales por acuerdo expreso de todas las partes mediante las oportunas adendas de prórroga.

Las citadas prórrogas estarán supeditadas a que el plazo de vigencia del Convenio Marco haya sido a su vez prorrogado.

Octavo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.–La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 4.1 c) de la Ley de Contratos del Sector Público, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de la citada Ley para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo.

El régimen jurídico aplicable a la presente adenda es el establecido en el Título Primero de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco.

Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Noveno. Causas de resolución y efectos.–La presente Adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación.

En el caso de extinción de la Adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente Adenda por duplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO
DESCRIPCIÓN DE LAS ACTUACIONES

Actuación 1. Asociaciones en red

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

El Asociacionismo es un instrumento de participación ciudadana con continuidad y proyección en la sociedad. También es una forma de sumar esfuerzos y compartir intereses e ideales a través de las respuestas colectivas.

Con Internet las asociaciones pueden abrir y extender las vías de participación y tener gente activa que trabaje para los objetivos de la red o grupo más allá del área territorial de influencia. De esta forma surgen asociaciones con un carácter de reunión más virtual que físico. La asociación no tiene porqué reunirse siempre en la sede social y la principal vía de comunicación entre sus miembros, dispersos por la geografía se puede realizar a través de internet.

La coordinación del trabajo de la asociación a través de la red no es sólo la implementación de tecnologia sino que también se tiene que definir como establecer los procedimientos y métodos de cooperación para la distribución de las tareas o el trabajo en equipo. Asimismo se tiene que definir cuáles de las informaciones y actividades que genera se hacen públicas y se difunden a través de la red para propiciar el debate e influir en la sociedad o en el entorno de la asociación.

El principal objetivo de este proyecto es definir como tendría que ser una web participativa para una asociación de personas distribuidas que comparten un interés o un ideal común y no necesariamente están próximas territorialmente:

Definir un entorno virtual de trabajo en equipo de forma colaborativa.

Definir un entorno virtual de publicación.

Definir un entorno virtual de participación.

Como objetivo paralelo está el tema de la formación en trabajo en red indispendable para que los agentes sepan a que atenerse y puedan decidir que entornos virtuales pueden funcionar mejor en sus asociaciones.

Se desarrollará un piloto el cual tendrá que ser implementado y probado en diferentes asociaciones de personas e instituciones distribuidas, y a partir de este test se mejorará su desarrollo.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Número de asociaciones que se integran en red.

Número de personas de estas organizaciones que se dan de alta en cada asociación en red.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2009

Año 2010

MITYC

70.050,00 €

 

CA

21.015,00 €

49.035,00 €

Total

140.100,00 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2010:

CA: 140.100,00 €.

Total. 140.100,00 €.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación

Bernat Albertí Garau.

Actuación 2. Implantación de la acreditación TIC en la Comunitat Autònoma de les Illes Balears

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

La diversidad de sistemas operativos y aplicaciones informáticas crea una gran ambigüedad entre sus usuarios y las entidades que tienen la necesidad de certificar unos determinados conocimientos.

Tanto empresas como administraciones públicas requieren una homogeneización en la acreditación de conocimientos y habilidades informáticas a nivel de usuario, sobretodo durante procesos selectivos. Por otra parte el usuario que se inicia en las TIC tiene la sensación de descontrol por el número de productos disponibles en el mercado de las aplicaciones informáticas.

La Acreditación TIC en las Illes Balears permitirá a los ciudadanos demostrar sus conocimientos TIC mediante una prueba/examen que acreditará competencias, es decir, la combinación de conocimientos, habilidades y actitudes y no sólo conocimientos estrictamente instrumentales y basados en productos concretos.

De esta manera se contará con una acreditación oficial, dirigida a la ciudadanía en edad laboral que le capacite para la incorporación en la Sociedad de la Información. La acreditación contará con distintos niveles de capacitación desde el conocimiento general a la capacidad de innovación en TIC, pasando por el dominio de las competencias TIC a nivel aplicado.

Objetivos:

Mejorar cualitativamente el uso de las TIC.

Aumentar la calidad y la estandarización de la formación en TIC.

Homogeneizar los niveles competenciales de referencia para el mercado de trabajo favoreciendo la integración de las empresas en la sociedad de la información.

Incrementar la demanda de las TIC.

Incrementar la cohesión digital.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Número de acreditaciones realizadas.

Grado de satisfacción de los aspirantes.

Número de ofertas de trabajo publicadas valorando la acreditación TIC.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2009

Año 2010

MITYC

50.000,00 €

 

CA

15.000,00 €

35.000,00 €

Total

100.000,00 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2010:

CA: 100.000,00 €.

Total. 100.000,00 €.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación

Bernat Albertí Garau.

Actuación 3. Desarrollo de la red de telecentros de las Illes Balears (XATIB)

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

La Red de Telecentros de les Illes Balears (XATIB) se implantó gracias a la Actuación 6 de la Adenda Ciudadanía Digital del Plan Avanza 2008 suponiendo la creación de una red de puntos públicos de acceso a Internet y capacitación tecnológica para los ciudadanos de la Baleares.

Estos telecentros tienen como objetivos minimizar el riesgo de fractura digital y garantizar el equilibrio territorial y la cohesión social en la Sociedad del Conocimiento. Su estructura, organizada en red, permite conocer las necesidades de los ciudadanos y poder atenderlas, y ayudar a aprovechar las ventajas que tiene acceder y moverse en la Sociedad del Conocimiento.

Después de implantar Telecentros en distintos municipios de las Illes Balears durante el año 2008 ahora es necesario impulsar los elementos de gestión de éstos. Para ello se requiere poner en funcionamiento una oficina de coordinación y una oficina técnica general.

La oficina de coordinación será el elemento de homogeneización que organice junto a los dinamizadores las actividades de los Telecentros y armonice los planes de formación de éstos, así como fomente programas de alfabetización digital para ciudadanos. La oficina también organizará las comunidades virtuales de usurarios en el portal web de la XATIB y fomentará el trabajo colaborativo, tanto entre dinamizadores como usuarios.

La oficina general técnica, por su parte, dará soporte a todos los Telecentros de la XATIB mediante un sistema de Help-Desk de atención a los dinamizadores y un servicio de asistencia remota sobre los equipos.

Objetivos:

Crear la oficina de coordinación de la XATIB.

Desarrollar programas de alfabetización digital y formación TIC.

Desarrollar comunidades virtuales de usuarios.

Fomentar el trabajo colaborativo entre dinamizadores y usuarios.

Crear la oficina general técnica de la XATIB.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Fecha de creación de la oficina de coordinación.

Número de actividades formativas organizadas desde la oficina de coordinación.

Número de comunidades virtuales creadas.

Fecha de creación de la oficina técnica.

Número de incidencias resueltas por la oficina técnica.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2009

Año 2010

MITYC

100.117,00 €

 

CA

30.035,10 €

70.081,90 €

Total

200.234,00 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2010:

CA: 200.234,00 €.

Total: 200.234,00 €.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación

Bernat Albertí Garau.

Actuación 4. Desarrollo e implantación de la administración electrónica

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

A raíz de la aprobación de la Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a las Servicios Públicas los distintos niveles de la administración han emprendido un conjunto de acciones con el objetivo de que los ciudadanos puedan ejercer los derechos establecidos en dicha norma.

Desde las Islas Baleares se ha apostado por actuar de forma conjunta entre las diferentes administraciones con el objetivo de reutilizar al máximo los recursos existentes y con la premisa de no tener que realizar o adquirir, y por extensión financiar, varias veces los mismos productos en distintas administraciones. Para ello se ha creado una oficina técnica que coordina la implantación de la administración electrónica en las Islas Baleares y su principal misión es el desarrollo y ejecución del Plan ANIBAL. Dicho Plan establece una política de uso de software de fuentes abiertas (open source) y de transferencia de tecnología (reusability) y define un conjunto de actividades y componentes a desarrollar para la implantación de la administración electrónica en las Islas Baleares. Un conjunto de estas actividades y componentes se han desarrollado específicamente para la ejecución de dicho plan y han sido puestas a disposición de todas las administraciones, otro conjunto de componentes se han adaptadado de otras administraciones que ya las utilitzaban mientras que existe un conjunto de componentes y actividades pendiente de ejecución.

El principal objetivo de este proyecto consiste en la ejecución del Plan ANIBAL, haciendo especial incapié en los componentes y actividades pendientes de ejecución y que son necesarias para el desarrollo pleno de la administración electrónica en las Islas Baleares. Otro objetivo en el que se va a trabajar es la transferencia de tecnología y sobre todo conocimiento entre las diferentes administraciones de las Islas Baleares.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Grado de implantación del Plan ANIBAL en las administraciones de las Islas Baleares.

Componentes o actividades desarrollados.

Entidades que han reutilizado componentes.

Ciudadanos potencialmente usuarios de las actividades o componentes.

Componentes y conocimiento transferido entre administraciones

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2009

Año 2010

MITYC

75.000,00 €

 

CA

22.500,00 €

52.500,00 €

Total

150.000,00 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2010:

CA: 150.000,00 €

Total administraciones: 150.000,00 €

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación

Bernat Albertí Garau.

Actuación 5. Implantación del formato factura-e de la AEAT con su extensión para turismo

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

El formato «Factura-e» definido por la Agencia Tributaria nació con una vocación de dar cabida en él a todos las empresas, grandes, PYMES y autónomos. Se definieron muchísimos campos con el fin de abarcar el máximo posible de información de una manera estandarizada. No obstante, consciente de que hay determinados sectores de actividad y situaciones particulares que no se adaptan al régimen general, se dejó la puerta abierta a la definición de extensiones (parejas de etiqueta y valor), para ser introducidas en cada factura, cuando fuese necesario.

Ahora, se están desarrollando extensiones estandarizadas del formato Factura-e para los sectores que tienen esas necesidades específicas. Estas extensiones del formato pueden introducirse a nivel de línea, de factura o de lote de facturas. Este es el caso del sector turístico, para el cual también se están definiendo extensiones que abarcan sus necesidades específicas.

En concreto, en la extensión para el sector turístico, se ha contemplado que las facturas emitidas se puedan agrupar en uno de los cuatro modelos siguientes:

Servicio único: la factura describe un único servicio con su correspondiente importe, impuestos y comisiones relacionadas con el mismo. El servicio viene identificado por su bono, localizador, fechas de inicio/fin, etcétera.

Multiservicio: la factura describe varios servicios, cada uno de los cuales con su correspondiente importe y descripción. Impuestos, comisiones, etcétera, se aplican sobre los totales. Todos los servicios están ligados a una única referencia (bono, localizador, pax lider).

Multibono: la factura contiene múltiples detalles, cada uno de los cuales utiliza una referencia independiente. El bono. Como en el caso anterior, impuestos y comisiones se aplican sobre los totales.

Monobono: la factura contiene múltiples detalles, pero todos ligados a una misma referencia. El Bono se indicará a nivel de cabecera, y los servicios a nivel de detalle.

El objetivo de la presente línea de actuación es desarrollar y distribuir un kit de herramientas para la generación e importación del formato Factura-e, con su extensión para el sector turístico, y llevar a cabo acciones piloto de integración en empresas del clúster turisTEC (Agrupación de Empresas Innovadoras de Baleares en soluciones TIC-Turismo).

Fases de la línea de actuación:

Fase 1: Extensión del formato Factura-e para turisTEC: Se trata de adaptar/extender el formato XML Schema de Factura-e definido por la Agencia Tributaria, con su extensión para el sector turístico, a las necesidades detectadas en el marco del clúster turisTEC. Se definirán tipologías de productos turísticos y su codificación para incluir en las líneas de factura.

Fase 2: Desarrollo de un toolkit de clases Java y.NET: Consistirá en el desarrollo de un conjunto de clases reutilizables en Java y.NET para que las empresas puedan integrar la generación e importación de facturas (con el formato definido en la fase 1) en sus ERPs.

Fase 3: Acciones piloto de integración en soluciones TIC: Se desarrollarán acciones piloto para llevar a cabo la implantación del proceso de factura electrónica en los ERP de algunas empresas, con los resultados de las fases anteriores.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Indicadores a medir al final de la actuación:

Número de empresas TIC que han integrado en sus soluciones la Factura-e con su extensión para el sector turístico.

Número de empresas turísticas que se han beneficiado de la integración de la Factura-e en su ERP.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2009

Año 2010

MITYC

50.000,00 €

 

CA

15.000,00 €

35.000,00 €

Total

100.000,00 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2010

CA: 100.000,00 €.

Total: 100.000,00 €.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación

Bernat Albertí Garau

Actuación 6. Dispositivos móviles para la mejora de la eficiencia del trabajo de pymes y autónomos

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

El uso de dispositivos móviles se ha generalizado como herramienta aplicada al trabajo. Cada vez más trabajadores autónomos, profesionales liberales, y empleados de distintas categorías profesionales y sectores utilizan tecnologías móviles en su trabajo diario. En esta categoría se pueden incluir muchos tipos de herramientas móviles que presentan diferentes características en cuanto a conectividad, así como una gran variedad de aplicaciones dependiendo del uso al que se destinen y el tipo de dispositivo utilizado.

El rango de variables es muy amplio y en este momento asistimos a una rápida adopción de dispositivos móviles para uso profesional.

La demanda tanto de estos dispositivos como de las aplicaciones que los acompañan está animada por los operadores de telecomunicaciones y fabricantes de dispositivos móviles, de forma muy agresiva, en ocasiones. El crecimiento del sector profesional es un nicho de mercado que las operadoras de telecomunicaciones están explotando al tiempo que las pymes se benefician de las ventajas que presentan estos dispositivos.

Sin embargo, en este escenario se evidencia que la rápida adopción de estas herramientas y el incremento en el consumo de estos servicios profesionales de comunicación no suponen que los usuarios estén utilizando con eficiencia estas herramientas.

El objetivo de este proyecto es incrementar la eficiencia en el uso de dispositivos móviles por parte de trabajadores autónomos o empleados de pymes que deben realizar su trabajo fuera de la sede central de su oficina.

Para ello se determinará en primer lugar el modo de seleccionar los usuarios a los que se dirige el proyecto. Una vez determinado este grupo, se hace necesario determinar las herramientas móviles y las aplicaciones más utilizadas por el colectivo al que nos dirigimos, de manera que una vez analizados los usos que, de hecho, lleva a cabo el consumidor profesional, se puedan determinar si las herramientas y aplicaciones que está utilizando son las más adecuadas a estos usos, y se pueda desarrollar un sistema de asesoramiento que mejore la eficiencia en el uso profesional de dispositivos móviles. En último extremo, se trata de proponer las herramientas y aplicaciones más eficientes para cada tipo de necesidad detectada en el ámbito profesional, elaborando un análisis de las aplicaciones más adecuadas para cada tipo de necesidad.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Los indicadores que se proponen para el análisis de los resultados de la presente actuación son los siguientes:

N.º de usuarios seleccionados para implantar el proyecto.

N.º Herramientas móviles y aplicaciones analizadas.

N.º sesiones divulgativas para la difusión de herramientas y apliaciones móviles eficientes para uso profesional.

N.º participantes en sesiones divulgativas para la difusión de herramientas y aplicaciones móviles eficientes para uso profesional.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2009

Año 2010

MITYC

40.000,00 €

 

CA

12.000,00 €

28.000,00 €

Total

80.000,00 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2010:

CA: 80.000,00 €.

Total: 80.000,00 €.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación

Bernat Albertí Garau.

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