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Documento BOE-A-2010-1907

Resolución de 30 de diciembre de 2009, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo de prórroga del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la aportación y distribución de crédito para la adquisición de fondos bibliográficos para la mejora de las bibliotecas públicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2010, páginas 10934 a 10935 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2010-1907

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Extremadura han suscrito un Acuerdo de prórroga del Convenio de Colaboración suscrito el 3 de julio de 2009 entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Extremadura para la aportación y distribución de crédito para la adquisición de fondos bibliográficos para la mejora de las bibliotecas públicas (2009), por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 30 de diciembre de 2009.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Cultura, Francisco de Asís Javier Rodríguez Mañas.

ANEXO
Acuerdo de prórroga (Addenda) al Convenio de Colaboración de 3 de julio de 2009 (Boletín Oficial del Estado de 13 de agosto de 2009) entre el Ministerio de Cultura y la Junta de Extremadura, para la adquisición de fondos bibliográficos para la mejora de las bibliotecas públicas

Madrid, a 29 de diciembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. Dña. Ángeles González-Sinde, Ministra de Cultura en virtud del Real Decreto 558/2009, de 7 de abril, en ejercicio de las competencias que le confieren el artículo 6 y la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra, la Sra. Doña Leonor Flores Rabazo, Consejera de Cultura y Turismo de la Junta de Extremadura, que interviene en nombre y representación de la misma, cargo para la que fue nombrada por Decreto 27/2007, de 30 de junio (Diario Oficial de Extremadura, extraordinario n.º 6, de 2 de julio), y por delegación de firma del Presidente de la Junta de Extremadura, de fecha 2 de agosto de 2007, y previa autorización del Consejo de Gobierno de fecha 17 de abril de 2009.

Ambas partes se reconocen mutuamente, en la calidad en que cada uno interviene, con capacidad legal para firmar el presente convenio.

EXPONEN

Primero.–Que con fecha 1 de diciembre se ha recibido en el Ministerio de Cultura un escrito de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Extremadura en el que solicita la prórroga del plazo de ejecución y justificación del Convenio de colaboración suscrito con fecha 3 de julio de 2009 entre el Ministerio de Cultura y la Junta de Extremadura, para la adquisición de fondos bibliográficos para la mejora de las bibliotecas públicas.

Segundo.–Que la propuesta realizada por la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Extremadura supone la modificación de las cláusulas sexta y octava del mencionado convenio en el sentido de ampliar los plazos establecidos en las mismas.

En consecuencia, el Ministerio de Cultura y la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Extremadura acuerdan formalizar el presente Anexo al Convenio de colaboración de 3 de julio de 2009 entre el Ministerio de Cultura y la Junta de Extremadura, para la adquisición de fondos bibliográficos para la mejora de las bibliotecas públicas, conforme a la siguiente

CLÁUSULA

Única.–Modificación de las cláusulas sexta y octava del Convenio de colaboración de 3 de julio de 2009 entre el Ministerio de Cultura y la Junta de Extremadura, para la adquisición de fondos bibliográficos para la mejora de las bibliotecas públicas, por la que se amplían los plazos de justificación y de vigencia de dicho convenio.

El plazo de justificación de tres meses establecido en la cláusula sexta del Convenio se contará a partir del nuevo plazo de vigencia del mismo cuya fecha de finalización se fija en el día 30 de junio de 2010.

Y en prueba de conformidad, se suscribe el presente Anexo al Convenio de colaboración de 3 de julio de 2009 entre el Ministerio de Cultura y la Junta de Extremadura, para la adquisición de fondos bibliográficos para la mejora de las bibliotecas públicas, en lugar y fecha arriba indicados, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, quedando uno de ellos en poder de cada una de las partes.–La Ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde.–La Consejera de Cultura y Turismo, Leonor Flores Rabazo.

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