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Documento BOE-A-2010-19529

Resolución de 10 de diciembre de 2010, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueba la convocatoria de los programas de "Becas MAEC-AECID", para ciudadanos españoles para el curso académico 2011-2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 20 de diciembre de 2010, páginas 104805 a 104821 (17 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2010-19529

TEXTO ORIGINAL

La oferta de formación educativa superior para ciudadanos españoles, para la realización de estudios en el exterior, mediante la anual convocatoria de los distintos programas de becas MAEC-AECID para ciudadanos españoles, constituye un instrumento destacado de la política de cooperación española con los países receptores de ayuda oficial al desarrollo. Es, asimismo, un elemento esencial para las relaciones culturales y científicas de España con el resto del mundo.

Dicha convocatoria se regirá por las normas específicas y bases contenidas en esta Resolución y, asimismo, se ajustará a lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 99, de 26 de abril de 2005), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción, y de viajes y estancia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la AECID y de lo establecido en la Resolución de 2 de julio de 2009 («Boletín Oficial del Estado» del 30 de julio), de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se delegan determinadas competencias, así como a las disposiciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, y de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

En virtud de ello, esta Presidencia de la Agencia Española de Cooperación para el Desarrollo, previo informe de la Abogacía del Estado, Resuelve:

Primero.–Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de becas MAEC-AECID para ciudadanos españoles, incluidas en el anejo I, para el curso académico 2011-2012 (período comprendido entre el día 1 de julio de 2011 y el día 31 de diciembre de 2012), de acuerdo con la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, y con el contenido de la presente, incluidos los anejos.»

Segundo.–Aprobar las siguientes bases de la convocatoria:

Primera. Objeto de la convocatoria.–La convocatoria presente tiene por objeto financiar, en concepto de subvención, el coste que implica la formación en universidades, centros y organismos de investigación extranjeros, de titulados superiores españoles, teniendo por finalidad facilitar la formación en el ámbito de la cooperación para el desarrollo. También se convocan becas de formación en el campo de la gestión y la cooperación cultural, como elemento estratégico y sectorial de la ayuda oficial española al desarrollo y como parte de la política cultural española con el exterior.

Segunda. Requisitos de los solicitantes.–Solicitantes de beca nueva:

1. Tener la nacionalidad española. Asimismo, los solicitantes procedentes de otro país de la Unión Europea deben poseer perfecto dominio del español y residencia oficial y cotidiana demostrable en España, en el momento de solicitar la beca.

2. Solicitud de una sola beca por persona y convocatoria.

3. No haber sido beneficiario de ningún programa de la Convocatoria de becas MAEC-AECID, de seis o más meses, ni de la Fundación Carolina, en los últimos tres años.

4. Estar en posesión de pasaporte nacional con validez mínima de seis meses en el momento de incorporarse al centro estudios de destino.

5. Poseer la titulación necesaria que se requiera legalmente para cursar los estudios elegidos en el momento de solicitar la beca.

6. Realizar los trámites necesarios para la oportuna convalidación ante las autoridades educativas correspondientes, cuando ello sea requisito para seguir los estudios elegidos.

7. No haber superado, preferiblemente, los 35 años de edad a la fecha de finalización del período de solicitud de la beca.

8. Conocer la lengua extranjera correspondiente para la realización de los estudios proyectados.

9. No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18-11-2003 España) recogidas en el anexo II de la presente convocatoria, con excepción del apartado f) tal y como se establece en el artículo 3.º de la mencionada Orden de bases de 11 de abril de 2005, que regula la presente convocatoria.

10. Indicar una dirección de correo electrónico permanente, personal e intransferible a efectos de notificaciones.

11. Disponer, en aquellos programas de becas que lo requieran de la preadmisión del centro de destino donde se realizarán los estudios, proyecto de investigación o prácticas, de acuerdo con los requisitos que fije el mismo, quedando la concesión de aquélla condicionada a la aceptación final de admisión por el centro en las condiciones que determine el mismo.

12. Rellenar en buena y debida forma, el correspondiente formulario de solicitud de beca. No serán admitidos a trámite aquellas solicitudes que no se cumplimenten con la información requerida en cada apartado.

13. Cumplir con los requisitos específicos del perfil de los solicitantes indicado para cada uno de los programas de beca (ver anexo I).

Solicitantes de beca de renovación:

1. Estar realizando estudios, investigación u otras actividades, con duración superior al plazo inicial para el que se concedió la beca al amparo de la convocatoria de becas MAEC-AECID 2010/2011 para España o el exterior, dentro del plazo máximo de prórroga previsto en el programa de beca en cuestión.

2. No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18-11-2003 España) recogidas en el anexo II de la presente convocatoria, con excepción del apartado f) tal y como se establece en el artículo 3.º de la mencionada Orden de bases de 11 de abril de 2005, que regula la presente convocatoria.

3. Tener el informe favorable y justificativo del tutor, docente, investigador o responsable de la actividad desarrollada por el becario, en el cuál se especifique claramente los objetivos a desarrollar en la renovación de la beca.

4. Cumplir aquellos requisitos específicos indicados, en su caso, en el anexo I para los programas que los contemplen.

Tercera. Presentación de solicitudes y plazos.–Las solicitudes de beca nueva o beca de renovación tendrán que ser cumplimentadas debida y enteramente en español por los peticionarios en el formulario correspondiente por vía telemática, conformado en www.aecid.es/becas, de forma completa y verídica, quedando ulterior y automáticamente eliminadas aquellas solicitudes que aleguen datos no contrastables o falsos, así como las no presentadas vía telemática.

De acuerdo con el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, es obligatoria la comunicación con la AECID, utilizando solo medios electrónicos.

Los plazos de presentación de solicitudes de beca para los distintos programas que esta convocatoria incluye, son los siguientes:

Programas

Inicio

Finalización

I.A: Becas para españoles para estudios de posgrado, doctorado e investigación en Universidades y centros superiores extranjeros de reconocido prestigio en países de Ayuda Oficial al Desarrollo.

10 de enero de 2011

28 de enero de 2011

I.B: Becas para españoles para estancias formativas en organismos internacionales en países de Ayuda Oficial al Desarrollo.

10 de enero de 2011

28 de enero de 2011

I-C: Becas para españoles para realización de trabajos y proyectos de fin de carrera y fin de máster en centros de enseñanza superior en países de Ayuda Oficial al Desarrollo

10 de enero de 2011

28 de enero de 2011

I.D: Becas de renovación para becarios españoles de la convocatoria de becas MAEC-AECID 2010-11 (programa I-A) para 2.º año de estudios de postgrado, doctorado y posdoctorado y prácticas en organismos internacionales.

1 de marzo de 2011

15 de marzo de 2011

II.A: Becas para españoles en el Colegio de Europa Campus de Brujas (Bélgica) y Natolín (Polonia)

10 de enero de 2011

28 de enero de 2011

II-B: Becas Tordesillas para españoles para cursos oficiales de especialización o máster en las Universidades brasileñas del Grupo Tordesillas.

10 de enero de 2011

28 de enero de 2011

III.A: Becas para españoles para prácticas de Gestión y Cooperación Cultural para el Desarrollo

10 de enero de 2011

28 de enero de 2011

III.B: Becas Tándem para españoles y franceses de Gestión Cultural en programas de la Cooperación Española

10 de enero de 2011

28 de enero de 2011

III.C: Becas de renovación para becarios MAEC-AECID de la CV 2010-2011 (programa III-A-Gestión Cultural)

1 de marzo de 2011

15 de marzo de 2011

Cuarta. Valoración de solicitudes y propuesta de concesión de becas.–El órgano administrativo competente para la instrucción del procedimiento, valoración y propuesta de concesión es la Comisión de Valoración.

La propuesta de concesión y de selección final de las becas nuevas y de renovación, se realizará por la Comisión de Valoración nombrada por el Director de la AECID y presidida por el mismo, o persona en la que delegue, y de la que formará parte el Director de Relaciones Culturales y Científicas, como Vicepresidente, el Jefe del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica, un secretario y cuatro vocales que serán nombrados conforme a las características de cada uno de dichos Programas, siendo todos ellos personal de la AECID.

Para sus procesos de valoración la Comisión de Valoración podrá contar con el asesoramiento externo de expertos por áreas temáticas.

La valoración de las solicitudes de beca nueva, podrá incluir entrevista personal con el solicitante, teniendo en consideración los criterios que se indican para cada programa específico de becas en el anexo II de esta convocatoria.

La valoración de la solicitud de renovación de beca, tomará en consideración los siguientes criterios:

Necesidad de continuación de los estudios o proyectos emprendidos. No será renovada, en ningún caso, la beca para realizar estudios distintos o de nivel diferente de aquellos para los que inicialmente fue concedida (máximo 2 puntos).

Poseer el informe del tutor, docente, investigador u otro responsable del seguimiento de los estudios o actividades emprendidas o haber superado satisfactoriamente todas las materias del curso o master realizado en el año anterior (máximo 3 puntos).

Quinta. Plazo para la propuesta de concesión.–La Comisión de Valoración formulará las propuestas de resolución de concesión de becas en un periodo máximo de seis meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de cada programa.

Sexta. Resolución de concesión.–La Comisión de Valoración elevará la propuesta de resolución de concesión en una relación priorizada de acuerdo con la puntuación obtenida de la aplicación de los criterios incluidos en la base cuarta y el anexo II, que podrá incluir, en su caso, una lista de candidatos suplentes para cubrir las renuncias o bajas que puedan tener lugar. La adjudicación de las becas correspondientes a bajas y renuncias se producirá en el orden establecido en la relación de suplentes, en función de la financiación disponible.

En el caso de producirse una renuncia, se podrá acordar la concesión al suplente, según programa y aplicación presupuestaria, para que, una vez comunicado este hecho al interesado, éste exprese, en su caso, su aceptación en el plazo de diez días hábiles improrrogables.

La Comisión de Valoración instruirá los procedimientos para la concesión de las becas y realizará de oficio cuantas actuaciones estimen necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos aportados por el solicitante, en virtud de lo cual y una vez efectuadas las comprobaciones oportunas, pronunciará la propuesta de resolución de la convocatoria, que se atendrá al régimen de concurrencia competitiva.

Vistas las propuestas presentadas por las Comisiones de Valoración correspondientes a los programas de becas en cuestión, la Presidencia de la AECID dictará y notificará las resoluciones de concesión de becas correspondientes, en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de cada programa.

Las resoluciones que dicte la Presidencia de la AECID, que serán publicadas en el BOE, cumplirán y serán motivadas de acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras de la presente convocatoria, y surtirán efectos de notificación a los interesados.

Los listados de los beneficiarios de las becas concedidas y, en su caso, los suplentes, serán expuestos en el tablón de anuncios de la AECID y en su página electrónica www.aecid.es.

Contra la resolución que pondrá fin a la vía administrativa, según lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación; o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Transcurrido el plazo máximo fijado sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el apartado 5 del artículo 25 de la Ley General de Subvenciones.

Concedida la beca, en caso de necesidad justificada y siempre que el Departamento de Cooperación Universitaria y Científica lo apruebe, se podrán modificar o ampliar las fechas de concesión inicialmente fijadas, siempre que estén dentro del plazo de duración total previsto en el anexo I de esta convocatoria para cada programa de beca.

Séptima. Documentación y presentación de la misma.–Los solicitantes de beca nueva no tienen que presentar la documentación completa en el momento de remitir la solicitud por vía telemática, con la única excepción del programa II.A (Colegio de Europa) que sí presentarán la documentación en el momento de solicitud de la beca (base tercera).

Únicamente los solicitantes de beca nueva que hayan sido propuestos para la concesión final de la beca aportarán, previa notificación del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica, la siguiente documentación completa, en un plazo de diez días hábiles desde la fecha de dicha notificación:

1. Copia en papel del formulario de solicitud, cumplimentada por vía telemática.

2. Certificado de empadronamiento para los solicitantes de la Unión Europea que no posean la nacionalidad española.

3. Copia compulsada del documento de identidad personal o del que reglamentariamente lo sustituya.

4. Copia compulsada de la certificación académica personal y del título universitario alcanzado expedido por la Universidad o centro.

5. Curriculum vitae desarrollado en un folio como máximo (los documentos acreditativos podrán exigirse «a posteriori» y «ad hoc», excepto para el programa II.A (Colegio de Europa, campus de Brujas y Natolín) que irán acompañados de cuantos documentos puedan avalarlo a juicio del solicitante).

6. Certificado de convalidación por las autoridades educativas competentes del título o estudios cursados, si lo requieren los estudios a realizar.

7. Certificado acreditativo del conocimiento de los idiomas extranjeros en los que se seguirán los estudios en el exterior, con especificación del nivel.

8. Para los ciudadanos de la Unión Europea, copia del certificado acreditativo del conocimiento de español, con especificación del nivel, preferentemente el DELE del Instituto Cervantes.

9. Originales de las dos cartas avales de profesores, profesionales o personalidades, de fecha anterior, no superior a un año, relevantes por su relación académica o profesional con el solicitante, cuyo texto previamente habrá sido introducido en el apartado correspondiente de la aplicación telemática.

10. Una fotografía reciente tipo pasaporte con el nombre y apellidos al dorso.

11. Cuando el solicitante esté sujeto en España a las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social españolas, deberá presentar certificado de la Agencia Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, respectivamente. Cuando no esté sujeto, deberá aportar, debidamente cumplimentada, la declaración responsable que aparece en el anexo III.

12. Copia de la carta o comunicación de admisión del Centro de acogida o destino donde se pretenda realizar la actividad para el curso 2011/2012. Excepto para los programas que se indiquen en el anexo I.

13. En su caso, deberán acreditarse también todos aquellos requisitos exigidos de forma específica para cada programa de becas en el anexo I de la presente convocatoria.

Los solicitantes para beca de renovación deberán presentar o remitir, a la AECID y dentro del mismo plazo (base tercera), la solicitud por vía telemática y la siguiente documentación:

1. Copia en papel del formulario de la solicitud, cumplimentada por vía telemática.

2. Informe del responsable de los estudios o actividad del interesado avalando la oportunidad de la renovación, y justificación oficial de su rendimiento. En caso de realización de curso especialización o master, deberán enviar o presentar, certificado original de haber superado el curso o de los créditos correspondientes obtenidos.

3. Proyecto de los estudios y/o actividades a desarrollar durante el año en curso.

4. Fotocopia compulsada del pasaporte en vigor, para quienes viajan al extranjero, o del DNI para quienes vayan a cursar la beca de gestión cultural en España.

5. Cuando el solicitante esté sujeto en España a las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social españolas, deberá presentar certificado positivo de la Agencia Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, respectivamente. Cuando no esté sujeto deberá aportar, debidamente cumplimentado, el anexo III.

Los documentos presentados en lengua distinta al español deberán acompañarse de traducción a esta lengua.

En caso de incumplimiento de alguno de los requisitos indicados en la solicitud o falta de acreditación de los mismos, se procederá a la desestimación de la solicitud.

Para ambos tipos de solicitantes preseleccionados, de beca nueva y de beca de renovación, la presentación de documentación se realizará en el Registro General de la AECID (avenida Reyes Católicos 4, 28040 Madrid). También se podrá realizar alternativamente en los registros de los organismos administrativos relacionados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Octava. Dotación e imputación presupuestaria.–La presente convocatoria se realizará con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los ejercicios 2011 y 2012 del programa de Cooperación al Desarrollo 12.401.05.143A. 486.02 para programas de becas MAEC-AECID, con importes de 2.612.537,50 euros y 3.684.410,00 euros respectivamente, y del programa de Cooperación, Promoción y Difusión Cultural en el Exterior 12.402.05.144A. 481.00 para becas, con importes de 498.510,00 euros y 596.760,00 euros respectivamente, estando su concesión condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente durante ambos años.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 12 de La Ley General de Subvenciones y de la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, la AECID podrá designar entidades colaboradoras para la gestión de las ayudas objeto de esta convocatoria en los términos que se recogerán en los oportunos convenios de colaboración.

Las condiciones económicas de la presente convocatoria son las siguientes:

Dotación mensual: Según el programa de beca elegido (ver anexo I).

El pago de la dotación mensual de la beca se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta en España que indique el beneficiario.

Ayuda de matrícula: Según el programa de beca elegido (ver anexo I).

El reembolso para ayuda de matrícula, se realizará en un plazo máximo de noventa días a partir de la fecha de presentación de la copia compulsada del resguardo de pago de matrícula o documento similar del centro del país destino de la beca.

Ayuda de viaje: Se percibirá, excepto en los casos de los beneficiarios de programas de beca de renovación, en un reembolso único, por los importes que corresponda según el país de destino de la beca:

1. Países del norte África: Magreb (Marruecos, Argelia y Túnez): 500 euros.

2. Países de la Unión Europea, Suiza, Noruega e Islandia: 700 euros.

3. Otros países de Europa, Oriente Medio, Libia, Turquía e Irán: 1.000 euros.

4. Países de África Subsahariana y Mauritania: 1.200 euros.

5. Federación Rusa, América, Asia y Oceanía: 1.600 euros.

La ayuda de viaje, se justificará con un documento probatorio en el cual se especifique el trayecto realizado desde el país de origen del beneficiario, al país destino de la beca, siendo la fecha del trayecto anterior y máximo de sesenta días desde la fecha de inicio de la beca concedida.

El plazo de presentación del documento probatorio es de un mes a partir de la fecha de inicio de la beca. El reembolso de la ayuda será único y se realizará en un plazo máximo de noventa días a partir de la fecha de presentación.

Seguros: Asistencia médica primaria, no farmacéutica, en las condiciones que se recogen en la póliza suscrita por la AECID con la compañía aseguradora correspondiente, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la beca, y seguro de accidentes. El importe mensual de la póliza por cada beneficiario es de 65 euros.

Novena. Obligaciones de los becarios.–Las personas beneficiarias de una beca estarán obligadas a:

1. Comunicar la aceptación expresa de la propuesta de concesión de beca de la Comisión de Valoración por correo electrónico o fax al Departamento de Cooperación Universitaria y Científica de la AECID, en el período de siete días naturales desde su notificación. Si no fuera aceptada en dicho plazo se entenderá que renuncia a la misma.

2. Una vez concedida la subvención, ésta deberá igualmente aceptarse por escrito dentro del plazo máximo de treinta días hábiles a partir de la notificación de concesión. Si no fuera aceptada en dicho plazo se entenderá que renuncia a la misma.

3. Obtener el visado de estudiante en el país o consulado correspondiente, según el país de destino, así como respetar la legislación correspondiente en materia de visados.

4. Comunicar por correo electrónico al Departamento de Cooperación Universitaria y Científica de la AECID, la incorporación a la beca desde el país de destino, la dirección postal en el país de destino y sus cambios en el plazo de diez días naturales, a partir del comienzo de la beca. En caso de que se justifique el retraso en la incorporación, la AECID podrá decidir el pago de la mensualidad completa o de media mensualidad.

Si transcurren treinta días sin que se haya incorporado, ni medie la debida justificación se entenderá que renuncia a la beca.

5. Presentarse personalmente ante el responsable de sus estudios o actividad en el Centro de destino, en el plazo de diez días naturales, a partir del comienzo de la beca, y envío al Departamento de Cooperación Universitaria y Científica del justificante de la presentación.

6. Residir en el lugar de destino de la beca durante el período de la beca, y no ausentarse del mismo sin previa comunicación y autorización del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica que resolverá, en su caso, la reducción o reintegro de la beca.

7. No cambiar de estudios, actividad o proyecto, ni de centro, ni de fechas de la beca, sin la previa autorización del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica.

8. Remitir al Departamento de Cooperación Universitaria y Científica copia del resguardo de matrícula y todos aquellos documentos requeridos y probatorios para la percepción de las ayudas contempladas en cada programa.

9. Remitir al Departamento de Cooperación Universitaria y Científica, con la periodicidad que corresponda y puntualmente, la hoja-informe firmada y sellada del «Boletín Oficial de Seguimiento de la Beca MAEC-AECID». Dicho boletín se remitirá a las diferentes Embajadas o Representaciones en el exterior, donde podrá ser recogido por la persona beneficiaria de la beca

10. Comunicar, previo escrito de la persona responsable o tutora de la beca, al Departamento de Cooperación Universitaria y Científica la ausencia del país de destino, o periodo de vacaciones, siempre que el centro de destino así lo estipule y de acuerdo con las fechas establecidas por el mismo.

Si la ausencia excediera de este período, se aplicará una reducción proporcional en la mensualidad de beca correspondiente o reintegro de la beca, en su caso.

En los casos de beca de renovación, se tendrá derecho a percibir una mensualidad, como máximo, en concepto de vacaciones, de acuerdo con el calendario académico de destino.

11. Realizar la actividad o el proyecto propuesto, o bien, superar los exámenes o pruebas correspondientes a los estudios para los cuáles se ha concedido la beca, en el plazo que se establezca en la resolución de su concesión, y presentar la memoria de la misma en el plazo máximo de un mes después de finalizada la beca.

12. Enviar los certificados o comprobantes que correspondan de haber completado los estudios al Departamento de Cooperación Universitaria y Científica, en el plazo máximo de un mes después de finalizada la beca.

13. De conformidad con la política de fomento del acceso abierto (open access) a los resultados de la investigación científica, que se alinea con las políticas y recomendaciones realizadas al respecto por la Unión Europea, en el caso de que la beca dé lugar a trabajos de investigación, los beneficiarios del programa de becas MAEC/AECID deberán permitir el acceso abierto a los resultados de su investigación en el repositorio institucional disponible a tal efecto en su universidad, organismo público de investigación y/o en un repositorio temático, en el que deberán depositar una copia de la tesis o del artículo publicado o la versión final del mismo, aceptada para su publicación, pudiendo también incluir los documentos de trabajo, los resultados de los experimentos, etcétera, en un plazo no superior a seis meses para las áreas de tecnologías y biociencias y de doce meses para las áreas de ciencias sociales y humanidades, desde el momento de publicación del artículo o inmediatamente después de su aprobación en el caso de las tesis.

Además, se deberá mencionar la condición de «Becario del MAEC-AECID» en los trabajos de investigación que vayan a ser publicados y/o depositados.

14. Cumplir su dedicación en el centro de investigación de acogida en las condiciones y bajo la disciplina de trabajo que éste establezca para su personal de formación predoctoral, sin que ello implique vinculación laboral con esa entidad.

15. No desempeñar labor alguna remunerada en España o en el exterior durante el periodo de vigencia de la beca, sin previa autorización del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica. Comunicar, para su debida autorización al Departamento de Cooperación Universitaria y Científica, la propuesta de realización de otra actividad remunerada indicando el organismo, centro o institución, el tiempo de dedicación y la remuneración a percibir.

16. Mantener un comportamiento cívico en la convivencia y provechoso en el centro de estudios.

17. No aceptar de forma concurrente con la beca MAEC-AECID cualesquiera otras becas o ayudas de estudios, concedidas o en tramitación, para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

18. Los becarios al inicio de su beca, deberán inscribirse en el Registro de Transeúntes/ Residentes de la Representación Diplomática o Consular española en el país de destino y presentarse al Consejero o encargado de Asuntos Culturales de la misma.

Décima. Compromiso de los solicitantes.–Los solicitantes, por serlo, aceptan en todos sus términos las bases generales de la presente convocatoria, así como la propuesta de la Comisión de valoración y la resolución correspondiente, sin perjuicio del derecho a recurrir a la vía judicial.

Undécima. Reintegro, interrupción y renuncia.–La concesión y disfrute de la beca o estancia formativa, no crean relación laboral o estatutaria alguna con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

El Departamento de Cooperación Universitaria y Científica previo expediente instruido al efecto, podrá solicitar el reintegro o la finalización de la beca, si concurriera alguna de las causas siguientes:

1. Obtención de la beca sin reunir o acreditar debidamente los requisitos solicitados.

2. Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad o de alguna de las obligaciones de la base novena, con independencia de la causa, siempre que esta no sea única y directamente imputable a la AECID o al centro de destino.

3. Incumplimiento de la obligación de justificación de la ayuda o la justificación insuficiente.

4. Obtención concurrente de subvenciones o ayudas con cargo a fondos públicos o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o extranjeros.

En estos casos, la persona beneficiaria de la beca deberá reintegrar las cantidades percibidas hasta el momento, así como el interés de demora desde el momento en que se efectuaron los abonos de la beca.

El Departamento de Cooperación Universitaria y Científica, en caso de incumplimiento temporal de la actividad de la beca, previo expediente instruido al efecto, podrá interrumpir la misma cuando concurran las siguientes causas:

1. Por causa de fuerza mayor imputable a la persona beneficiaria de la beca.

2. Decisión del Departamento adoptada de oficio por causas justificadas.

Las resoluciones que puedan dictarse, una vez oído el caso, estudiadas las circunstancias concurrentes e instruido el expediente, tendrán los siguientes efectos:

1. En caso de reintegro: La devolución total o parcial de las cantidades percibidas, así como el interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro.

2. En caso de finalización: Se procederá a la cancelación de los abonos pendientes.

3. En caso de interrupción: Pasado el plazo de un mes, se podrá autorizar la reanudación de la actividad o su finalización definitiva.

4. Durante el período de interrupción, si concurrieran circunstancias excepcionales en el país de destino la AECID podrá mantener el pago de las ayudas durante dicho período.

5. En caso de interrupción por circunstancias excepcionales en el país de destino, la AECID podrá asumir los gastos de transporte que pueda ocasionar el desplazamiento con cargo a las aplicaciones presupuestarias relacionadas en la presente resolución de convocatoria, por un importe no superior al fijado.

En caso de renuncia, deberá comunicarse al Departamento de Cooperación Universitaria y Científica, por escrito firmado, una vez oído el caso y estudiadas las circunstancias concurrentes se resolverá si procede la solicitud del reintegro total o parcial de las cantidades percibidas o únicamente la anulación de los abonos pendientes.

En el caso de que el beneficiario proceda a la devolución voluntaria de las ayudas deberá hacerlo a la siguiente cuenta: 0049-5121-22-2710125548

Decimosegunda. Responsabilidad y régimen sancionador.–Los beneficiarios de las ayudas quedarán sometidos a las responsabilidades y el régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establece el título IV de la Ley General de Subvenciones. Asimismo quedarán sometidos a lo dispuesto en el título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del artículo 67 de la Ley General de Subvenciones.

Madrid, 10 de diciembre de 2010.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Francisco Moza Zapatero.

ANEXO I
Programas de «Becas MAEC-AECID» para ciudadanos españoles para el curso académico 2011/2012

Las becas tienen por objeto la realización de estudios, cursos, estancias de formación, investigación, etc. en el exterior, según los distintos programas de becas, agrupados por capítulos, que se indican a continuación:

Capítulo I

Becas para españoles para estudios postgrado, doctorado e investigación en el exterior

Programa I.A: Becas para españoles para estudios de postgrado, doctorado e investigación en Universidades y Centros Superiores Extranjeros de Reconocido Prestigio en países de Ayuda Oficial al Desarrollo.

Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 10 hasta el 28 de enero de 2011

Duración: Hasta un año, a partir de octubre de 2011. Prorrogable hasta un 2.º año más.

Requisitos específicos:

Para realizar estudios de postgrado (máster, especialización y experto) y estancias, poseer título de Licenciado o Grado.

Para realizar estudios de doctorado o investigación, poseer título de licenciado o grado, preferentemente tres años antes del momento de incorporarse al centro de estudios de destino y con perspectiva avalada de proseguir carrera docente o investigadora en Universidades o centros españoles al regreso.

Dotación: 1.200 euros mensuales.

Matrícula: Hasta 2.000 euros de ayuda individual, cuando se requiera, siempre y cuándo se presenten los documentos probatorios del centro y país destino de la beca.

Programa I.B: Becas para españoles para estancias formativas en organismos internacionales en países de Ayuda Oficial al Desarrollo.

Objetivo: Para realizar estancias formativas y pasantías en un Organismo Internacional.

Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 10 hasta el 28 de enero de 2011

Duración: Hasta doce meses, a partir del 1 octubre de 2011. Prorrogable hasta un 2.º año más.

Requisitos específicos:

Poseer título de Licenciado o Grado.

Tener la preadmisión en el centro de destino, así como la indicación, por parte del responsable de la estancia, del período y fechas en las que se realizará la misma.

Dotación: 1.200 euros mensuales.

Programa I.C: Becas para españoles para realización de trabajos y proyectos de fin de carrera y fin de master en centros de enseñanza superior en países de Ayuda Oficial al Desarrollo.

Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 10 hasta el 28 de enero de 2011

Duración: Un mínimo de dos meses, hasta un máximo de cuatro meses, a partir de julio de 2011.

Requisitos específicos:

Existencia de un acuerdo de colaboración entre las universidades de origen y destino, que deberá reflejarse en el apartado oportuno de la solicitud.

Apoyo del tutor español y de quien vaya a realizar esa tarea en el centro de destino

Para realizar el trabajo o proyecto de fin de carrera, estar cursando el último año de la carrera para cuyo trabajo se solicita la beca.

Para realizar el trabajo o proyecto de fin de master, poseer título de Licenciado o Grado, y estar cursando el máster oficial para cuyo trabajo se solicita la beca.

Dotación: 1.200 euros mensuales.

Matrícula: Hasta 2.000 euros de ayuda individual cuando se requiera, siempre y cuándo, se presenten los documentos probatorios del centro y país destino de la beca.

Programa I.D: Becas de renovación para becarios españoles de la convocatoria de becas MAEC- AECID 2010-11 (programa I-A) para 2.º año de estudios de postgrado, doctorado y postdoctorado y prácticas en organismos internacionales.

Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 1 hasta el 15 de marzo de 2011

Duración: Hasta doce meses, dentro del período 2011-2012.

Requisitos específicos:

Presentación de la documentación exigida en la base séptima y en los plazos indicados

No se renovarán aquellas becas cuya oportunidad y justificación oficial de su rendimiento no quede claramente acreditada

Dotación: 1.200 euros mensuales.

Matrícula: Hasta 2.000 euros de ayuda individual cuando se requiera, siempre y cuándo, se presenten los documentos probatorios del centro y país destino de la beca.

Capítulo II

Becas para españoles para estudios europeos especializados

Programa II.A: Becas para españoles en el Colegio de Europa Campus de Brujas (Bélgica) y Natolin (Polonia).

Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 10 de enero al 28 de enero de 2011

Duración: Nueve meses y medio, a partir del 16 de septiembre de 2011.

Requisitos específicos:

Ser menor de treinta años en el momento de incorporarse al Colegio.

Poseer título de licenciado o grado, o ser estudiante de último año de grado, completado a la fecha de incorporación al Colegio, para realización de estudios en materias jurídicas, económicas, político-sociológicas o relaciones internacionales.

Dominio de inglés y francés.

Cumplir con los requisitos del Colegio de Europa, remitiéndole directamente su propio impreso de solicitud de plaza y la documentación específica que solicita (descargar en: www.coleurope.eu), en los plazos estipulados por el Colegio.

Cumplir con los requisitos de la convocatoria de becas MAEC-AECID, enviando la solicitud de beca por vía telemática (descargar en: https://www.becasmae.es/login), remitiendo el propio impreso cumplimentado y la documentación específica requerida en la base séptima y en los plazos indicados en la base tercera de esta Resolución.

Serán eliminadas aquellas solicitudes de beca MAEC-AECID cuyos candidatos/as no hayan presentado previamente al Colegio de Europa, su solicitud de plaza. Por lo tanto, se realizarán las solicitudes de plaza y de beca, independientemente y de acuerdo con los plazos, procedimiento y documentación requeridos por cada Institución.

No es de aplicación la obligación contenida en el punto 4 de la base novena.

Dotación: 2.500 euros mensuales, abonados en dos pagos: en septiembre de 2011 las tres mensualidades y media primeras, y en enero de 2012 las seis restantes.

Programa II.B: Becas Tordesillas para españoles para cursos oficiales de especialización o master en las Universidades brasileñas del Grupo Tordesillas.

Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 10 hasta el 28 de enero de 2011.

Duración: Hasta nueve meses, entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2012.

Requisitos específicos:

Poseer título universitario superior, Licenciado o Grado.

Solicitar curso o máster oficial.

Tener la preadmisión del centro o universidad de destino. Siendo este, requisito indispensable para la concesión de la beca.

La ayuda de matrícula correrá a cargo de las Universidades del Grupo Tordesillas.

Dotación: Exención de pago de matrículas hasta 2.500 euros, a cargo de la Universidad correspondiente. 1.200 euros mensuales.

Capítulo III

Becas para españoles de cooperación cultural en España y el exterior

Programa III.A: Becas para Españoles para prácticas de Gestión Cultural y Cooperación Cultural para el Desarrollo.

Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 10 de enero al 28 de enero de 2011.

Documentación: Los solicitantes de beca nueva que hayan sido preseleccionados para entrevista personal deberán presentar la documentación a la que se hace referencia en la base séptima de la presente convocatoria en el plazo de diez días a contar desde la fecha de la comunicación de su preselección para la referida entrevista.

Duración: Hasta un año, a partir de 1 de julio de 2011, prorrogable por un año más. Habrá un seminario previo en Madrid al comienzo de la beca.

Requisitos específicos:

Ser menor de treinta años en el momento de incorporarse al destino.

Poseer título de licenciado o equivalente, en áreas afines a la gestión cultural, cooperación cultural al desarrollo, gestión de programas de capacitación técnica y relaciones internacionales.

Compromiso de realizar durante el período de beca la estancia de colaboración formativa en centros de formación, centros culturales u oficinas técnicas de cooperación de la AECID en las Representaciones Diplomáticas o Consulares de España en el exterior o en los Servicios de la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas en Madrid.

Indicar la preferencia por el país en que se realizará la estancia, aceptando asimismo ser propuesto para otro distinto al elegido.

Para estancias en el exterior, conocimiento del idioma del país de destino o el habitual de comunicación utilizado en él.

Se valorará perfil del candidato y su adecuación al centro de destino.

No se precisa carta de admisión alguna del centro de destino.

Los becarios dispondrán de un periodo vacacional de veintidós días hábiles por cada año completo de duración de la beca, o de los días que corresponda proporcionalmente al tiempo de duración efectivo. La autorización y control del mismo se hará por el responsable directo del becario.

Dotación:

2.200 euros mensuales (Japón).

2.000 euros mensuales (República Democrática del Congo y Rusia).

1.800 euros mensuales [países U.E., excepto España, y Occidentales (inclusive Turquía)], Asia-Pacífico (inclusive Irán), y África.

1.500 euros mensuales (España y resto de países).

Alojamiento y manutención en el Colegio Mayor Guadalupe para el seminario en Madrid.

150 euros de ayuda de viaje a Madrid para la asistencia al Seminario.

La ayuda de viaje a que se refiere la base octava de la presente convocatoria será única para los dos años que puede durar la beca.

Cuando así lo aconsejen circunstancias excepcionales en el país de destino del becario, se podrá realizar un cambio de destino a otra Representación o Unidad en la que pueda continuar desarrollando su beca. Los gastos de transporte que genere este desplazamiento serán asumidos por el Departamento de Cooperación Universitaria y Científica por un importe no superior al fijado en el apartado ayuda de viaje correspondiente al país en cuestión.

Programa III.B: Becas TÁNDEM para españoles y franceses de Gestión Cultural en programas de la Cooperación Española.

Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 10 hasta el 28 de enero de 2011.

Duración: Hasta un máximo de cinco meses, a partir del 1 de julio de 2011(improrrogable). Habrá un seminario previo en Madrid al comienzo de la beca.

Requisitos específicos:

Ser menor de treinta años en el momento de incorporarse al destino, tener nacionalidad española o francesa, siendo imprescindible el conocimiento de la lengua francesa y española como lengua de comunicación.

Poseer título de licenciado/grado o equivalente, en áreas afines a la gestión y la cooperación cultural (Humanidades y Ciencias Sociales).

Realizar una actividad en programas culturales de la cooperación española, integrado en un equipo tándem binacional, durante el periodo de duración de la beca de colaboración formativa, en países de la Cooperación Española.

Indicar la preferencia por el país en que se realizará la estancia, aceptando asimismo ser propuesto para otro distinto al elegido

Los seleccionados españoles y franceses para proyectos de la Cooperación Española serán financiados con cargo a la AECID. Los seleccionados españoles para proyectos franceses serán informados y financiados por el Ministerio Francés correspondiente (www.diplomatie.gouv.fr)

Los solicitantes suplentes españoles podrán ser propuestos para proyectos franceses en países receptores de ayuda oficial al desarrollo francesa.

Dotación: 1.200 euros mensuales.

Alojamiento y manutención en el Colegio Mayor Guadalupe para el seminario en Madrid.

600 euros de ayuda de viaje a Madrid para el seminario para los beneficiarios franceses y 150 euros para los españoles.

Programa III.C: Becas de renovación para becarios MAEC-AECID de la CV 2010/2011 (programa III-A-Gestión Cultural).

Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 1 hasta el 15 de marzo de 2011.

Duración: 1 de julio de 2011 al 30 de junio de 2012.

Dotación:

2.200 euros mensuales (Japón).

1.800 euros mensuales [países U.E, excepto España, y Occidentales (inclusive Rusia y Turquía)], Asia-Pacífico (inclusive Irán), y África.

1.500 euros mensuales (España y resto de países).

Requisitos específicos:

Presentación de la documentación exigida en la base séptima y en los plazos indicados.

No se renovarán aquellas becas cuya oportunidad y justificación oficial de su rendimiento, no quede claramente acreditada.

Para cubrir las renuncias o bajas que puedan tener lugar, y en función de la financiación disponible, se podrá acudir al listado de candidatos suplentes correspondiente al programa III.A. En estos casos la dotación de la beca incluirá la correspondiente ayuda de viaje según el país de destino.

ANEXO II
Criterios de evaluación de solicitudes de beca nueva de los programas de «Becas MAEC-AECID» para ciudadanos españoles para el curso académico 2011/2012

Capítulo I

Becas para españoles para estudios postgrado, doctorado e investigación en el exterior

Programa I.A: Becas para españoles para estudios de postgrado, doctorado e investigación en Universidades y centros superiores extranjeros de reconocido prestigio en países de Ayuda Oficial al Desarrollo.

La evaluación de las solicitudes de beca nueva en el caso del programa IA podrá incluir entrevista personal con el solicitante, y tomará en consideración los siguientes criterios, cuya ponderación se indica entre paréntesis:

El currículum académico-profesional del solicitante, acreditativo de su nivel de excelencia académica, su potencial de liderazgo en su área de actividad y la pertinencia de los conocimientos y experiencias referidas para el proyecto de estudios solicitado. En el caso de estudios de doctorado, se valorará la orientación profesional actual hacia la docencia o investigación (máximo 4 puntos)

El rigor y coherencia del proyecto de estudios propuesto para la beca y su motivación del solicitante, así como su interés para las prioridades sectoriales y geográficas de la Cooperación Española definidas en el Plan Director vigente y su grado de complementariedad con otras acciones relacionadas con la cooperación al desarrollo (máximo 4 puntos)

Se valorarán las evidencias de fortalecimiento institucional en la universidad de destino derivadas del proyecto de estudios propuesto para la beca y el apoyo manifestado desde la institución académica en la que desarrolla su actividad el solicitante en España según lo evidenciado por los avales que presente el solicitante por parte de dos personalidades académicas o institucionales (máximo 2 puntos)

Programa I.B: Becas para españoles para estancias formativas en organismos internacionales en países de Ayuda Oficial al Desarrollo.

La evaluación de las solicitudes de beca nueva en el caso del programa IB podrá incluir entrevista personal con el solicitante, y tomará en consideración los siguientes criterios, cuya ponderación se indica entre paréntesis:

El currículum académico-profesional del solicitante, acreditativo de su nivel de excelencia académica, su potencial de liderazgo en su área de actividad y la pertinencia de los conocimientos y experiencias referidas para el proyecto de prácticas solicitado (máximo 4 puntos).

El rigor y coherencia del proyecto de prácticas propuesto para la beca y su motivación, así como su interés para las prioridades sectoriales y geográficas de la Cooperación Española definidas en el Plan Director vigente y su grado de complementariedad con otras acciones relacionadas con la cooperación al desarrollo (máximo 4 puntos)

Se valorarán igualmente el conocimiento de la región para la que se solicita la beca y experiencia profesional en el terreno, preferiblemente no superior a tres años, así como los avales de dos personalidades académicas o institucionales que presente el solicitante (máximo 2 puntos).

Programa I.C: Becas para españoles para realización de trabajos y proyectos de fin de carrera y fin de máster.

La evaluación de las solicitudes de beca nueva en el caso del programa IC podrá incluir entrevista personal con el solicitante, y tomará en consideración los siguientes criterios, cuya ponderación se indica entre paréntesis:

El currículum académico-profesional del solicitante, acreditativo de su nivel de excelencia académica y la pertinencia de los conocimientos y experiencias referidas para el proyecto de estudios solicitado (máximo 4 puntos).

El rigor y coherencia del proyecto de estudios propuesto para la beca y motivación del solicitante, así como su interés para las prioridades sectoriales y geográficas de la Cooperación Española definidas en el Plan Director, la Política Exterior de España vigente y su grado de complementariedad con otras acciones relacionadas con la cooperación al desarrollo (máximo 3 puntos)

Se valorarán igualmente los avales de dos tutores, que presente el solicitante y en los que quedarán claramente reflejados el apoyo de los mismos al proyecto (máximo 3 puntos).

Capítulo II

Becas para españoles para estudios europeos especializados

Programa II.A: Becas para españoles en el Colegio de Europa Campus de Brujas (Bélgica) y Natolin (Polonia).

La evaluación de las solicitudes de beca nueva en el caso del programa IIA, incluirá entrevista personal con el solicitante, y tomará en consideración los siguientes criterios, cuya ponderación se indica entre paréntesis:

Pertinencia de los estudios realizados en función de los programas de estudios ofertados por el Colegio de Europa (máximo 2 puntos).

Número de créditos ECTS (European Credit Transfer System) obtenidos (máximo 2 puntos).

Nivel de los resultados académicos obtenidos (máximo 2 puntos).

Conocimientos lingüísticos atribuidos (máximo 2 puntos).

Motivación para el programa de estudios solicitado por cada candidato (máximo 2 puntos).

Programa II.B: becas Tordesillas para españoles para cursos de especialización en las Universidades brasileñas del Grupo Tordesillas.

La evaluación de las solicitudes de beca nueva en el caso del programa IA podrá incluir entrevista personal con el solicitante, y tomará en consideración los siguientes criterios, cuya ponderación se indica entre paréntesis:

El currículum académico-profesional del solicitante, acreditativo de su nivel de excelencia académica, su potencial de liderazgo en su área de actividad y la pertinencia de los conocimientos y experiencias referidas para el proyecto de estudios solicitado. En el caso de estudios de doctorado, se valorará la orientación profesional actual hacia la docencia o investigación (máximo 4 puntos)

Rigor y coherencia del proyecto de estudios propuesto para la beca y su motivación, así como su interés para las prioridades sectoriales y geográficas de la Cooperación Española definidas en el Plan Director vigente y su grado de complementariedad con otras acciones relacionadas con la cooperación al desarrollo (máximo 4 puntos)

Se valorarán las evidencias de fortalecimiento institucional en la universidad de destino derivadas del proyecto de estudios propuesto para la beca y el apoyo manifestado desde la institución académica en la que desarrolla su actividad el solicitante en España según lo evidenciado por los avales que presente el solicitante por parte de dos personalidades académicas o institucionales (máximo 2 puntos)

Capítulo III

Becas para españoles de cooperación cultural en España y el exterior

Programa III.A: Becas para españoles para prácticas de Gestión Cultural y Cooperación Cultural para el Desarrollo.

La evaluación de las solicitudes de beca nueva en el caso del programa IIIA, incluirá entrevista personal con el solicitante, y tomará en consideración los siguientes criterios, cuya ponderación se indica entre paréntesis:

El currículum académico-profesional del solicitante, acreditativo de su nivel de excelencia y de su potencial de liderazgo en su área de actividad. En caso de estudios de postgrado, se valorará su orientación al ámbito de la gestión cultural, cooperación cultural al desarrollo y /o estudios internacionales (máximo 4 puntos).

Relación de la motivación expuesta en la solicitud de la beca con las prioridades geográficas y sectoriales de la Cooperación Española, definidas en el Plan Director vigente, su grado de complementariedad con otras acciones relacionadas con la cooperación al desarrollo, y su interés para las relaciones culturales y científicas de España en el exterior (máximo 2 puntos).

Conocimiento de idiomas relevantes en el área geográfica a la que pertenezca el destino solicitado (máximo 2 puntos).

Conocimiento de la región para la que se solicita la beca y experiencia en el terreno (máximo 1 punto).

Se valorarán los avales de dos personalidades académicas o institucionales que presente el solicitante (máximo 1 punto).

Programa III.B: Becas Tándem para españoles y franceses de Gestión Cultural en programas de la Cooperación Española.

El currículum académico-profesional del solicitante, acreditativo de su nivel de excelencia y de su potencial de liderazgo en su área de actividad. Se valorará la orientación académica y profesional en el ámbito de la gestión cultural, cooperación cultural al desarrollo y /o estudios internacionales (máximo 4 puntos).

Relación de la motivación expuesta en la solicitud de la beca con las prioridades geográficas y sectoriales de la Cooperación Española, definidas en el Plan Director vigente, su grado de complementariedad con otras acciones relacionadas con la cooperación al desarrollo, y su interés para las relaciones culturales y científicas de España en el exterior (máximo 2 puntos).

Conocimiento de idiomas relevantes en el área geográfica a la que pertenezca el destino solicitado (máximo 2 puntos).

Conocimiento de la región para la que se solicita la beca y experiencia en el terreno (máximo 1 punto)

Se valorarán los avales de dos personalidades académicas o institucionales que presente el solicitante (máximo 1 punto).

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