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Documento BOE-A-2010-2309

Resolución de 4 de enero de 2010, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Educación y la Comunidad de Castilla y León, para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos rutas literarias, escuelas viajeras, rutas científicas, aulas de la naturaleza, centros de educación ambiental e inmersión lingüística, durante 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 12 de febrero de 2010, páginas 12953 a 12963 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-2309

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y la Comunidad de Castilla y León han suscrito un Convenio para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos, rutas literarias, escuelas viajeras, rutas científicas, aulas de la naturaleza, centros de educación ambiental e inmersión lingüística, durante 2009, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho Convenio.

Madrid, 4 de enero de 2010.–La Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL PARA ALUMNOS RUTAS LITERARIAS, ESCUELAS VIAJERAS, RUTAS CIENTÍFICAS, AULAS DE LA NATURALEZA, CENTROS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL E INMERSIÓN LINGÜÍSTICA DURANTE 2009

REUNIDOS

De una parte, D. Ángel Gabilondo Pujol, Ministro de Educación, en virtud del Real Decreto 556/2009, de 7 de abril y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, en representación de la Comunidad de Castilla y León, el Excmo. Sr. D. Juan José Mateos Otero, Consejero de Educación de la Junta de Castilla y León, nombrado por Acuerdo 11/2007, de 2 de julio, de su Presidente, en ejercicio de la competencia referida en la competencia referida en el artículo 26.1.l) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Reconociéndose que ostentan capacidad para formular el presente convenio

EXPONEN

Que el artículo 149.1.30) de la Constitución establece la competencia exclusiva del Estado sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Que el artículo 73.1 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal.

Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación encomienda al Estado la promoción de programas de cooperación territorial dirigidos a alcanzar objetivos educativos de carácter general, a favorecer el conocimiento y aprecio por parte del alumnado de la riqueza cultural y lingüística de las distintas Comunidades Autónomas, así como a contribuir a la solidaridad interterritorial y al equilibrio territorial en la compensación de desigualdades. La Ley determina, asimismo, que los referidos programas podrán llevarse a cabo mediante convenios o acuerdos con las diferentes Administraciones educativas competentes.

Que de conformidad con esta normativa el Ministerio de Educación y la Junta de Castilla y León han venido colaborando desde hace años en diversos programas de cooperación territorial incluyéndose entre los mismos para 2009 el Programa «Inmersión Lingüística», con lo que dicha colaboración en este año se extenderá a los siguientes programas:

Rutas Literarias,

Escuelas Viajeras,

Rutas Científicas,

Aulas de Naturaleza

Centros de Educación Ambiental e

Inmersión Lingüística.

Para poder realizar estos Programas, se hace preciso articular la colaboración entre el Ministerio de Educación y la Comunidad de Castilla y León en dicho año 2009.

Consecuentemente con todo lo anterior, el Ministerio de Educación y la Comunidad de Castilla y León, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, suscriben el presente Convenio para la ejecución de dichos Programas conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.–Constituye el objeto del presente Convenio el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación y la Comunidad de Castilla y León, a través de la Consejería de Educación, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el mismo para llevar a cabo los Programas de Cooperación Territorial Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Rutas Científicas, Aulas de Naturaleza, Centros de Educación Ambiental e Inmersión Lingüística durante el año 2009.

Segunda. Desarrollo de los programas.–El Ministerio de Educación convocará en régimen de concurrencia competitiva ayudas para participar en los programas que se relacionan en la cláusula anterior. Estas ayudas se librarán una vez resueltas las citadas convocatorias. Asimismo, contratará la organización y prestación del transporte durante el desarrollo de los programas de Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Rutas Científicas y Centros de Educación Ambiental y el seguro de accidentes y responsabilidad civil de los participantes en todos los programas.

La Comunidad de Castilla y León, por su parte, difundirá entre los centros docentes la oferta de los programas y efectuará la selección de los participantes de la Comunidad Autónoma de acuerdo con los criterios establecidos en la correspondiente convocatoria. Del mismo modo, la Comunidad de Castilla y León llevará a cabo la organización de estos programas en Castilla y León.

Con excepción del programa de Aulas de Naturaleza, los alumnos participarán en las actividades acompañados por profesores de los que les imparten clase habitualmente, en el número que se establezca en la correspondiente convocatoria, que prepararán la actividad previamente con los alumnos, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables de sus alumnos.

Todos los compromisos económicos con cargo al presupuesto de 2009 recogidos en el presente convenio están sujetos a las disponibilidades presupuestarias de las aplicaciones correspondientes. Por parte del Ministerio de Educación, las aportaciones en 2009 ascenderán a un máximo de 211.122,00 euros con el desglose por programas que se indica a continuación.

1. Rutas Literarias.

1.1 Descripción del programa:

«Rutas Literarias» es un programa educativo dirigido al alumnado de 2º ciclo de Educación Secundaria Obligatoria; que pretende promover el interés hacia la lectura mediante el desarrollo de una ruta literaria apoyada en textos de escritores cuya obra está vinculada con los lugares que la ruta recorre. Los grupos de la Comunidad de Castilla y León recorren rutas de otras comunidades y grupos de otras Comunidades realizan rutas en la Comunidad de Castilla y León.

Las rutas tendrán una duración de una semana, girarán en torno a un libro, personaje o autor, y tendrá como objetivos generales:

Suscitar en el alumnado una actitud de aprendizaje permanente, tanto dentro como fuera del aula.

Desarrollar el hábito lector como fuente de aprendizaje, conocimiento y desarrollo personal.

Conocer los aspectos básicos de la diversidad cultural, natural y social con el fin de poder valorarlos y respetarlos.

Apreciar y disfrutar con el placer que aporta la lectura y la posibilidad de recrearla vivencialmente.

Fomentar la convivencia entre los diferentes grupos que comparten la actividad y el trabajo en equipo.

La selección se efectuará de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación y teniendo en cuenta el proyecto presentado por cada centro solicitante, así como las características socioeconómicas de la zona en que esté ubicado el centro docente, a fin de dar preferencia a los alumnos con menores oportunidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales o ambientales, y, en este sentido, tendrán preferencia los alumnos provenientes de zonas rurales, cinturones periféricos y suburbiales. Los alumnos estarán acompañados por dos profesores/as de los que les impartan clase habitualmente, que prepararán la actividad previamente con los alumnos, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables de los mismos.

El recorrido del itinerario en autocar no deberá sobrepasar los 250 kilómetros por día y su duración deberá ser inferior a 10 horas, para evitar a los alumnos largos desplazamientos que pudieran dificultar los aspectos educativos de la experiencia y/o superar las disponibilidades.

1.2 Alumnado y profesorado participantes:

Número máximo de grupos, de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de la Comunidad de Castilla y León que participarán en el Programa: 13 grupos.

Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán las «Rutas literarias» de la Comunidad de Castilla y León:

Ruta «Romances y Leyendas por Zamora»: 6 grupos.

Ruta «Antonio Machado y Soria»: 8 grupos.

1.3 Recursos financieros:

A. Por parte del Ministerio de Educación:

a) Gastos del programa:

Ruta «Romances y Leyendas por Zamora»: destinados a sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes, así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de las Rutas literarias establecidas en dicha Comunidad por importe de 33.090,18 euros.

Ruta «Antonio Machado y Soria»: destinados a sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes, así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de las Rutas literarias establecidas en dicha Comunidad por importe de 50.923,20 euros.

Total aportación Ministerio de Educación en euros: 84.013,38.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento:

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, libra a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta literaria» asignada, que ascienden a un total de 35.834,00 €.

El presente programa no presenta ningún contenido económico para el Ministerio de Educación con cargo al ejercicio presupuestario 2009, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2008, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa «Rutas Literarias» durante el curso 2008/2009, por Orden de 22 de diciembre de 2008. La Comunidad de Castilla y León ingresa el importe de dicho libramiento en el presupuesto de gastos y habilita el crédito recibido en su presupuesto de 2009 de forma que les permita hacer frente a los gastos que se deriven de la actividad y transfieran las ayudas para la preparación de la actividad y desplazamiento a los centros beneficiarios de las mismas.

B. Por parte de la Comunidad de Castilla y León:

La Comunidad de Castilla y León aportará los gastos correspondientes al mantenimiento de las aulas en instalaciones propias de la comunidad, necesarios para garantizar la adecuada prestación del servicio.

2. Escuelas Viajeras.

2.1 Descripción del programa:

La Escuela Viajera es un programa educativo que permite al alumnado continuar el aprendizaje iniciado en el aula, contribuyendo, especialmente, a potenciar el conocimiento de las distintas Comunidades que constituyen España, de su riqueza y características peculiares mediante el seguimiento, durante una semana, de una determinada ruta. El alumnado de la Comunidad de Castilla y León de 5.º y 6.º de Educación Primaria, acompañado de su profesor/a, recorre las rutas de Escuelas Viajeras establecidas en otras Comunidades Autónomas y los grupos de otras Comunidades recorren las de la Comunidad de Castilla y León.

Son objetivos generales de esta actividad:

Lograr un adecuado nivel de conocimiento, comprensión y respeto de la Comunidad visitada, sus gentes y costumbres, su historia y sus recursos.

Fomentar la convivencia entre los diferentes grupos de alumnos que comparten la actividad enseñándoles a aceptar y respetar sus diferencias lingüísticas y culturales.

Crear hábitos de apreciación y respeto del Patrimonio y del Medio Ambiente.

Suscitar en los alumnos una actitud de aprendizaje permanente tanto dentro como fuera del aula.

La selección se efectuará de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación y teniendo en cuenta el proyecto presentado por cada centro solicitante, así como las características socioeconómicas de la zona en que esté ubicado el centro docente, a fin de dar preferencia a los alumnos con menores oportunidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales o ambientales, y, en este sentido, tendrán preferencia los alumnos provenientes de zonas rurales, cinturones periféricos y suburbiales. Los alumnos estarán acompañados por un profesor/a de los que les impartan clase habitualmente, que prepararán la actividad previamente con los alumnos, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables de los mismos.

El recorrido del itinerario en autocar no deberá sobrepasar los 250 kilómetros por día y su duración deberá ser inferior a 10 horas, para evitar a los alumnos largos desplazamientos que pudieran dificultar los aspectos educativos de la experiencia y/o superar las disponibilidades.

2.2 Alumnado y profesorado participantes:

Número máximo de grupos de 12 a 15 alumnos y un profesor procedente de la Comunidad de Castilla y León que participarán en la ruta: 72.

Número máximo de 12 a 15 alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán las rutas de la Comunidad de Castilla y León.

Ruta de Burgos: 18.

Ruta de León: 18.

Ruta de Salamanca: 24.

Ruta de Soria: 24.

2.3 Recursos financieros:

A. Por parte del Ministerio de Educación:

a) Gastos del programa:

Destinados a sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes en las rutas de dicha Comunidad (en euros):

Ruta de Burgos: 18.986,20.

Ruta de León: 18.511,48.

Ruta de Salamanca: 24.335,78.

Ruta de Soria: 30.063,72.

Destinados a sufragar gastos diversos que se originen en el desarrollo de las rutas. Total (en euros):

Ruta de Burgos: 1.351,30.

Ruta de León: 1.758,62.

Ruta de Salamanca: 2.398,70.

Ruta de Soria: 2.621,76.

Total aportación a las rutas de Castilla y León (en euros): 94.014,82.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento:

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación libra a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la ruta de Escuelas Viajeras asignada, que ascienden a un total de 142.240,00 €. La Junta de Castilla y León ingresa el importe de dicho libramiento en el presupuesto de gastos y habilita el crédito recibido en su presupuesto de 2009 de forma que les permita hacer frente a los gastos que se deriven de la actividad y transfieran las ayudas para la preparación de la actividad y desplazamiento a los centros beneficiarios de las mismas.

Los gastos de las rutas y las ayudas para preparación y desplazamiento no suponen coste para el Ministerio de Educación con cargo al ejercicio presupuestario 2009, ya que las cuantías citadas, se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2008, una vez adjudicadas parcialmente las ayudas para participar en el programa por Resolución de 23 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación.

B. Por parte de la Comunidad de Castilla y León:

Los gastos correspondientes al mantenimiento de las aulas en instalaciones propias de la Comunidad, necesarios para garantizar la adecuada prestación del servicio.

3. Rutas Científicas.

3.1 Descripción del programa:

El programa «Rutas Científicas» es un programa educativo dirigido tanto a alumnos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León como del resto de Comunidades Autónomas que cursen estudios de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio en centros públicos ordinarios y tiene una duración de una semana. Los grupos procedentes de otras Comunidades y Ciudades Autónomas recorren los itinerarios de la Ruta Científica de Castilla y León en tanto que grupos de alumnos de la Comunidad de Castilla y León recorren las rutas científicas establecidas en otras Comunidades Autónomas.

Son objetivos generales de esta actividad:

Aumentar el interés por las Ciencias e incrementar la matrícula en los estudios relacionados con las Ciencias.

Descubrir y ampliar el conocimiento de campos de trabajo relacionados con las ciencias

Avanzar en la comprensión del alcance e importancia que para la sociedad tiene el desarrollo de estudios e investigaciones científicas.

Conocer sobre el terreno la importancia del trabajo científico y la tecnología para el desarrollo y la mejora de la vida de las personas y sociedades.

Conocer las riquezas económicas y sociales de la Comunidad visitada.

Convivir con el alumnado de otras Comunidades.

Se trata de apoyar los procesos educativos y ofrecer una herramienta que colabore a la formación integral del alumnado, a mejorar sus conocimientos científicos y apoyar el desarrollo del espíritu investigador.

La selección se efectuará de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación y teniendo en cuenta el proyecto presentado por cada centro solicitante, así como las características socioeconómicas de la zona en que esté ubicado el centro docente, a fin de dar preferencia a los alumnos con menores oportunidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales o ambientales, y, en este sentido, tendrán preferencia los alumnos provenientes de zonas rurales, cinturones periféricos y suburbiales. Los alumnos estarán acompañados por dos profesores/as de los que les impartan clase habitualmente, que prepararán la actividad previamente con los alumnos, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables de los mismos.

El recorrido diario del itinerario en autocar no deberá sobrepasar los 250 kilómetros y su duración deberá ser inferior a 10 horas, para evitar a los alumnos largos desplazamientos que pudieran dificultar los aspectos educativos de la experiencia y/o superar las disponibilidades de financiación

3.2 Alumnado y profesorado participantes:

Número de grupos de la Comunidad de Castilla y León que participarán en otra «Ruta científica»: 5.

Número de grupos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta científica» de la Comunidad de Castilla y León: 6.

3.3 Recursos financieros:

A. Por parte del Ministerio de Educación:

a) Gastos del programa: destinados a sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la actividad por una cuantía máxima estimada de 49.440 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con las convocatorias de ayudas, el Ministerio de Educación, libra a la Comunidad el total de las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta científica» asignada, hasta un máximo de 21.691 euros.

Los gastos y ayudas se sufragan por el Ministerio de Educación con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.324N.482 del presupuesto de 2009, una vez adjudicadas las ayudas. La Junta de Castilla y León ingresa el importe de dicho libramiento en el presupuesto de gastos y habilita el crédito recibido en su presupuesto de 2009, de forma que les permita hacer frente a los gastos que se deriven de la actividad y transfieran las ayudas para la preparación de la actividad y desplazamiento a los centros beneficiarios de las mismas.

B. Por parte de la Comunidad de Castilla y León:

Los gastos correspondientes al mantenimiento de las aulas en instalaciones propias de la Comunidad, necesarios para garantizar la adecuada prestación del servicio.

4. Aulas de naturaleza.

4.1 Descripción del programa:

«Aulas de la Naturaleza» es un programa educativo que, a la vez que propicia el contacto entre alumnos de distintas Comunidades Autónomas, tiene como objetivo fundamental fomentar la integración de alumnos que presentan necesidades educativas especiales, aprovechando la oportunidad que aporta la convivencia en un entorno educativo no formal. Se dirige a chicos-as entre 10 y 13 años, excepcionalmente hasta 16 y acepta hasta un 30% de alumnado con necesidades educativas especiales. Esta actividad se desarrollará en el verano de 2009.

a) Aulas de la Naturaleza a realizar por los alumnos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Corresponde al Ministerio de Educación:

La selección de alumnos, para cada uno de los turnos.

La organización de las actividades educativas de los alumnos participantes en los distintos turnos.

Proporcionar el material pedagógico y el soporte necesario para la realización de las actividades que se programen en cada uno de los turnos.

Proporcionar el equipo de personal encargado de llevar a cabo las actividades.

La supervisión de las actividades que se desarrollen en el Programa.

La inclusión en los Seguros de Accidentes y de Responsabilidad Civil, que el Programa contrata para todos los participantes en el mismo.

El respeto y cuidado de las instalaciones.

Corresponde a la Comunidad de Castilla y León, a través de la Consejería de Educación:

Proponer al Ministerio de Educación, una vez valorados, los alumnos participantes de la Comunidad Autónoma.

Hacerse cargo de los gastos de traslado hasta el emplazamiento en que se les ha adjudicado su participación, así como el de regreso a su domicilio una vez finalizada la actividad.

b) Aulas de la Naturaleza a realizar por los alumnos procedentes de otras Comunidades en Castilla y León.

Corresponde al Ministerio de Educación:

La selección de alumnos, para cada uno de los turnos.

La organización de las actividades educativas de los alumnos participantes en los distintos turnos.

Suministrar el material pedagógico y el soporte necesario para la realización de las actividades que se programen en cada uno de los turnos.

Proporcionar el equipo de personas encargado de llevar a cabo las actividades.

La supervisión de las actividades que se desarrollen en el Programa.

La inclusión en los Seguros de Accidentes y de Responsabilidad Civil, que el Programa contrata para todos los participantes en el mismo.

El respeto y cuidado de las instalaciones.

Corresponde a la Comunidad de Castilla y León:

Poner a disposición del Programa la utilización de las instalaciones del Centro Colegio de Educación Especial «Santa Isabel» de Soria (pabellones, comedor, aulas…).

Prestar los servicios derivados de la estancia de los participantes en el Programa (alojamiento, manutención, limpieza…).

El mantenimiento de las instalaciones durante la estancia de los participantes en el Programa.

Prestar la asistencia necesaria para garantizar la seguridad y bienestar de los participantes.

4.2 Alumnos participantes.

Un grupo de entre 30 y 100 alumnos procedentes de la Comunidad de Castilla y León participarán en los diferentes centros en que se desarrolle este programa en el verano de 2009. Por su parte, la Comunidad de Castilla y León acogerá hasta un máximo de 243 alumnos procedentes de otras Comunidades, en el Colegio de Educación Especial «Santa Isabel» de Soria.

4.3 Recursos financieros.

El Ministerio de Educación, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.324N.482, librará los gastos de alojamiento, manutención y otros servicios necesarios para la estancia de los alumnos por un importe de 58.829,00 €

5. Centros de Educación Ambiental.

5.1 Descripción del programa:

La finalidad principal del programa es el desarrollo de proyectos de educación ambiental que propicien la adquisición de conocimientos, hábitos y conductas que conduzcan al cuidado y mejora del entorno medioambiental mediante el análisis de los problemas derivados de la relación del hombre con el medio y la participación en actividades que llevan a la reflexión, el compromiso y la actuación responsable hacia el entorno.

Asimismo, trata de fomentar hábitos de vida saludable, constituyendo un recurso que facilite la incorporación de la educación ambiental y de otras enseñanzas transversales (educación para la salud, educación del consumidor, educación moral y cívica etc.) al currículo escolar.

Son objetivos del programa:

Relacionar a los alumnos con el entorno físico, social y cultural de forma que se tome conciencia de la pertenencia a la red de relaciones del Ecosociosistema que nos sostiene.

Fomentar el intercambio y la convivencia entre personas de distinta procedencia.

Conocer las técnicas y métodos más adecuados que respeten y ayuden a desenvolverse en un medio natural.

Estudiar y analizar las formas de relación con el entorno, desarrollando hábitos y actividades favorables para su cuidado y mejora.

Analizar el impacto ambiental que las actividades humanas tienen sobre el medio.

Conocer, valorar y respetar el patrimonio cultural, artístico e histórico.

Fomentar en los alumnos participantes el uso enriquecedor del tiempo libre, y el aprovechamiento de las posibilidades de su entorno habitual.

Las actividades se desarrollarán en períodos semanales de lunes a sábado durante 21 semanas en el período comprendido entre el 2 de marzo y el 6 de junio; y entre el 28 de septiembre y el 28 de noviembre de 2009.

5.2 Alumnos y profesores participantes:

N.º de grupos de 20 a 25 alumnos participantes en el programa: 42.

N.º de grupos por semana: 2.

N.º de profesores participantes: 84.

N.º de profesores por grupo: 2.

N.º total de semanas: 21.

5.3 Recursos financieros:

A. Por parte del Ministerio de Educación.

El Ministerio de Educación con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.324N.482 del año 2009 financiará los siguientes gastos:

Gastos de alojamiento, manutención y demás gastos necesarios para el desarrollo de la actividad en el Centro de Educación Ambiental de Villardeciervos por importe de 78.162,00 euros.

Con el fin de colaborar en el óptimo desarrollo de las actividades programadas en el Centro de Educación Ambiental, el Ministerio de Educación destinará una cuantía máxima de 3.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.01.324N.630 de los Presupuestos Generales del Estado, para inversiones en material pedagógico, que se mantendrá de propiedad del Ministerio, con el fin de su utilización por los alumnos que participen en el programa educativo. Las inversiones se ejecutarán de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

B. Por parte de la Comunidad de Castilla y León:

La Comunidad de Castilla y León garantizará el buen estado de conservación de las instalaciones y enseres del «Centro de Educación Ambiental» de Villardeciervos, donde se desarrollará el Programa.

Además, la Consejería de Educación nombrará un funcionario docente como Director del «Centro de Educación Ambiental» de Villardeciervos y contratará el personal preciso para el desarrollo del Programa, que contará como mínimo con cuatro educadores y tres personas de apoyo.

6. Programa de Inmersión lingüística.

6.1 Descripción del programa:

El Programa de «Inmersión Lingüística» consistirá en la asistencia, en régimen de internado, de dos grupos de alumnos de la Comunidad de Castilla y León, a distintos centros ubicados en diferentes puntos de la geografía española fuera del entorno escolar habitual, en los que se realizarán actividades orientadas a mejorar la fluidez de los alumnos en el uso de la lengua inglesa. En dichos centros, los alumnos de la Comunidad de Castilla y León convivirán, al menos, con otro grupo de alumnos procedente de otra Comunidad Autónoma, durante periodos semanales comprendidos entre los meses de octubre y diciembre de 2009.

A estos efectos, el Ministerio de Educación contratará con empresas del sector, la organización del programa y la utilización de las instalaciones en que se desarrolle el mismo.

Una parte del coste del programa será financiada directamente por el Ministerio de Educación a la/s empresa/s adjudicataria/s y otra parte será abonada por los centros educativos que participen en el programa.

El Ministerio de Educación convocará en régimen de concurrencia competitiva ayudas para participar en el Programa de «Inmersión Lingüística». Asimismo, contratará el seguro de accidentes y responsabilidad civil de los participantes en el programa.

La Comunidad de Castilla y León, por su parte, difundirá el programa entre los centros docentes y efectuará la selección de los participantes, de acuerdo con los criterios establecidos en la correspondiente convocatoria. Del mismo modo, la Comunidad de Castilla y León llevará a cabo la organización de estos programas.

Los alumnos participarán en las actividades acompañados por profesores que les imparten clase habitualmente, en el número que se establezca en la correspondiente convocatoria, prepararán la actividad previamente con los alumnos, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables de sus alumnos.

6.2 Compromisos de las partes.

A. Corresponderá al Ministerio de Educación:

Organizar cursos de inmersión lingüística en inglés para dos grupos de 25 alumnos de sexto curso de educación primaria matriculados en centros públicos de la Comunidad de Castilla y León. A estos efectos, el Ministerio de Educación contratará con empresas del sector, la utilización del inmueble y la prestación de todos los servicios y el material pedagógico requeridos durante la estancia de los grupos de alumnos, incluyendo el equipo de personal especializado encargado de llevar a cabo las actividades y que actuará conjuntamente con los profesores que acompañen a los alumnos participantes.

Conceder ayudas a los centros seleccionados hasta cubrir la totalidad del precio del programa, que resultará de la adjudicación correspondiente y que comprenderá un máximo de 5.800 euros por grupo. Estas ayudas se abonarán a las empresas con cargo a la aplicación 18.06.324N.482 de los Presupuestos Generales del Estado para 2009. Como consecuencia de lo anterior, este Programa no implicará transferencia directa de fondos por parte del Ministerio de Educación a la Comunidad de Castilla y León.

B. Corresponderá a la Comunidad de Castilla y León:

Seleccionar a los grupos de la Comunidad que participarán en el programa, de acuerdo con la convocatoria que haga pública el Ministerio de Educación.

Financiar la participación de los centros seleccionados para asistir al programa, con 3.500 euros por cada grupo con cargo.

Organizar el traslado de los grupos hasta el lugar en que se desarrolle el programa, determinando el método de financiación que estimen conveniente.

Tercera. Justificación.–La Comunidad de Castilla y León justificará los libramientos efectuados en aplicación del presente convenio mediante la presentación de la documentación especificada y en los plazos establecidos en las correspondientes convocatorias debiendo cumplir todas las obligaciones establecidas para las Comunidades Autónomas en la normativa vigente.

Cuarta. Comisión mixta.–Para el seguimiento de la ejecución del presente Convenio, ambas partes convienen la constitución de una Comisión Mixta paritaria, compuesta de seis miembros, tres de los cuales serán designados por la Comunidad de Castilla y León, dos por el Ministerio de Educación, y uno por la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Castilla y León que actuará en representación de la Delegación del Gobierno de dicha Comunidad.

Corresponde a la Comisión Mixta realizar la evaluación de los programas a que se refiere el presente convenio en sus aspectos pedagógicos, organizativos y administrativos.

La Comisión Mixta se reunirá cuando una de las partes lo solicite.

Quinta. Resolución de controversias.–Según dispone expresamente el artículo 4.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público se aplicarán los principios de dicha ley a la resolución de las dudas que pudiera plantear el cumplimiento de este convenio. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre su ejecución e interpretación, deberán solventarse con carácter previo de mutuo acuerdo entre las partes, a través del órgano de seguimiento. Si dicho Acuerdo no pudiera alcanzarse, las posibles controversias deberán ser resueltas por el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Sexta. Naturaleza.–El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo el establecido en el título I de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos del presente convenio que no queden solventadas por la comisión prevista en la cláusula cuarta serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Séptima. Difusión.–Ambos firmantes se comprometen a hacer constar la participación de la otra parte en la difusión en cualquier ámbito de los programas a que se refiere el presente convenio. Concretamente, las publicaciones y notificaciones efectuadas por la Junta de Castilla y León por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación y la mención expresa: «Programa cofinanciado por el Ministerio de Educación».

Del mismo modo, las publicaciones y notificaciones del Ministerio de Educación contendrán la mención expresa «Programa cofinanciado por las Comunidades Autónomas».

Octava. Vigencia.–El presente Convenio entrará en vigor el día siguiente al de su suscripción, teniendo vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009, pudiendo prorrogarse para años sucesivos, siempre que no se proponga su revisión o denuncia con una antelación mínima de un mes antes del término de su vigencia.

En caso de prórroga, se incorporará un Anexo al presente Convenio, en el que se especificarán las aportaciones de cada una de las partes para el año de que se trate.

Novena. Causas de resolución.–No obstante la vigencia establecida en la cláusula anterior, serán causa de resolución de mutuo acuerdo, la denuncia por causa justificada comunicada por escrito a la otra parte con al menos dos meses de antelación a la fechas en que vaya a terminar su vigencia o el incumplimiento del Convenio por cualquiera de las partes con los efectos legales que ello comporta.

Y en prueba de conformidad con todo lo estipulado, se firma este Convenio por ambas partes en Madrid a 4 de diciembre de 2009.–Por el Ministerio de Educación, El Ministro de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.–Por la Comunidad de Castilla y León, el Consejero de Educación, Juan José Mateos Otero.

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