El apartado 2 del artículo 7 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado, dispone que el Real Patronato del Museo estará integrado por un mínimo de veinte Vocales y un máximo de treinta, nueve de los cuales, al menos, tendrán el carácter de natos conforme al Estatuto.
El artículo 5.2 del Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, por el que aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado, desarrolla las previsiones de la ley y regula más detalladamente la composición del Real Patronato y el nombramiento de sus Vocales. De acuerdo con este artículo corresponde a la Ministra de Cultura nombrar libremente hasta un máximo de quince Vocales designados entre personas de reconocida competencia en asuntos relacionados con el patrimonio histórico español o que se hayan distinguido por sus servicios a la cultura.
Teniendo en cuenta lo anterior y dada la existencia de vacantes entre los Vocales, por haber expirado el plazo de su mandato, he resuelto:
Primero.–Renovar el nombramiento, por un período de cinco años, de los siguientes Vocales:
Don Alfonso Emilio Pérez Sánchez.
Doña Ana María Ruiz Tagle.
Segundo.–Nombrar, por un período de cinco años, al siguiente Vocal:
Don Javier Solana de Madariaga.
Madrid, 8 de febrero de 2010.–La Ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde Reig.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid