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Documento BOE-A-2010-2608

Resolución de 22 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica la Adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la realización de planes de mejora de la calidad del servicio eléctrico, planes de control de tensión y de limpieza del arbolado.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 17 de febrero de 2010, páginas 14773 a 14774 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2010-2608

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Andalucía han suscrito, el 23 de noviembre de 2009, la primera Adenda al Convenio marco de colaboración firmado el 5 de diciembre de 2007, para la realización de planes de mejora de la calidad del servicio eléctrico, planes de control de tensión y de limpieza del arbolado en Andalucía a cargo de la tarifa eléctrica 2006, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de dicho Convenio, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 22 de enero de 2010.–El Secretario de Estado de Energía, Pedro Luis Marín Uribe.

PRIMERA ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA, PARA LA REALIZACIÓN DE PLANES DE MEJORA DE LA CALIDAD DEL SERVICIO ELÉCTRICO, PLANES DE CONTROL DE TENSIÓN Y DE LIMPIEZA DEL ARBOLADO EN ANDALUCÍA A CARGO DE LA TARIFA ELÉCTRICA 2006

En Madrid, a 23 de noviembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. D. Pedro Luis Marín Uribe, Secretario de Estado de Energía del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo cuarto del artículo 4 del Real Decreto 1634/2006, de 29 de diciembre, por el que se establece la tarifa eléctrica a partir de 1 de enero de 2007.

De otra parte, la Sra. D.ª Isabel de Haro Aramberri, actuando en nombre y representación de la Agencia Andaluza de la Energía, con domicilio social en Avda. Isaac Newton, s/n, de Sevilla, con C.I.F. Q4100698B, como Presidenta de la Agencia Andaluza de la Energía, por nombramiento mediante Decreto 76/2005, de 15 de marzo, publicado en el «BOJA» número 55, de 18 de marzo de 2005.

Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para obligarse en representación de sus respectivos organismos.

ANTECEDENTES

Que, con fecha 5 de diciembre de 2007, y previos los trámites reglamentarios correspondientes, se firmó el Convenio Marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la comunidad autónoma de Andalucía, para la realización de planes de mejora de la calidad del servicio eléctrico, planes de control de tensión y de limpieza del arbolado en Andalucía a cargo de la tarifa eléctrica 2006.

Que el mencionado Convenio Marco recoge en su Anexo I la relación de obras a ejecutar para la mejora de la calidad del servicio, para la mejora de control de tensión y para limpieza de la vegetación de los márgenes por donde discurren líneas eléctricas de distribución en Andalucía, así como un Anexo II que recoge una relación de obras alternativas.

Que mediante escrito de fecha 21 de julio de 2009, la empresa Endesa Distribución Eléctrica ha comunicado a la Agencia Andaluza de la Energía que ante el retraso en la tramitación de determinadas obras del Anexo I debido, entre otras causas, a problemas técnicos, inclemencias meteorológicas y retrasos en la tramitación de la documentación, resulta inviable su finalización y certificación en plazo.

EXPONEN

Que ambas partes desean establecer la presente adenda al convenio de referencia, sujeto a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.–Modificar la cláusula tercera «Presentación de certificaciones y liquidación de las obras».

Se incluye el siguiente párrafo al final del punto «1. Justificación de las obras y liquidaciones con cargo a la tarifa 2006».

«Excepcionalmente, si por causas debidamente justificadas por la Comunidad Autónoma, no se pudieran presentar las certificaciones, este plazo se podrá prorrogar de mutuo acuerdo entre las partes por un año.»

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se suscribe, por duplicado ejemplar, el presente documento, en el lugar y fecha arriba indicados.

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