Está Vd. en

Documento BOE-A-2010-2665

Resolución de 8 de enero de 2010, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Educación y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos rutas literarias, escuelas viajeras y rutas científicas, durante 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 18 de febrero de 2010, páginas 15899 a 15906 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-2665

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha han suscrito un Convenio para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos, rutas literarias, escuelas viajeras y rutas científicas, durante 2009, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de dicho Convenio.

Madrid, 8 de enero de 2010.–La Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL PARA ALUMNOS RUTAS LITERARIAS, ESCUELAS VIAJERAS Y RUTAS CIENTÍFICAS, DURANTE 2009

REUNIDOS

De una parte, don Ángel Gabilondo Pujol, Ministro de Educación, en virtud del Real Decreto 556/2009, de 7 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, doña María Ángeles García Moreno, Consejera de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, quien se encuentra debidamente facultada para este acto en virtud del artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha («DOCM» de 6 de octubre de 2003) y del Decreto 61/2004, de 30 de abril («DOCM» de 30 de mayo de 2004), así como por lo establecido en el Decreto 88/2004, de 11 de mayo de 2004, por el que establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación y Ciencia.

EXPONEN

Que el artículo 149.1.30.ª de la Constitución establece la competencia exclusiva del Estado sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Que el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, y reformado por las Leyes Orgánicas 7/1994, de 24 de marzo, y 3/1997, de 3 de julio, dispone en su artículo 37.1 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía.

Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación encomienda al Estado la promoción de programas de cooperación territorial dirigidos a alcanzar objetivos educativos de carácter general, a favorecer el conocimiento y aprecio por parte del alumnado de la riqueza cultural y lingüística de las distintas Comunidades Autónomas, así como a contribuir a la solidaridad interterritorial y al equilibrio territorial en la compensación de desigualdades. La Ley determina, asimismo, que los referidos programas podrán llevarse a cabo mediante convenios o acuerdos con las diferentes Administraciones educativas competentes.

Que de conformidad con esta normativa el Ministerio de Educación y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha han venido colaborando desde hace años en diversos programas de cooperación territorial. En el año 2009 esta colaboración se extenderá a los siguientes programas:

Rutas Literarias.

Escuelas Viajeras.

Rutas Científicas.

Para poder realizar estos programas, se hace preciso articular la colaboración entre el Ministerio de Educación y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en dicho año 2009.

Consecuentemente con todo lo anterior, el Ministerio de Educación y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, suscriben el presente Convenio para la ejecución de dichos Programas conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del presente Convenio.–El presente Convenio de colaboración tiene por objeto actualizar los datos de participación y aportaciones en base a los que han de ejecutarse cada uno de los programas, teniendo en cuenta que todos los compromisos económicos con cargo al presupuesto 2009 recogidos en el presente convenio, están sujetos a las disponibilidades presupuestarias de las aplicaciones correspondientes.

Segunda. Programas de cooperación territorial incluidos en el presente Convenio y financiación.–Por parte del Ministerio de Educación las aportaciones en 2009 ascenderán a un máximo de 38.375,96 euros con el desglose por programas que se indica a continuación:

1.–Programa de Rutas Literarias.

1.1 Descripción del programa:

«Rutas Literarias» es un programa educativo dirigido al alumnado de 2.º ciclo de Educación Secundaria Obligatoria; que pretende promover el interés hacia la lectura mediante el desarrollo de una ruta literaria apoyada en textos de escritores cuya obra está vinculada con los lugares que la ruta recorre. Los grupos de la Comunidad Castilla-La Mancha recorren rutas de otras comunidades y grupos de otras Comunidades realizan rutas en la Comunidad Castilla-La Mancha.

Las rutas tendrán una duración de una semana, girarán en torno a un libro, personaje o autor, y tendrá como objetivos generales:

Suscitar en el alumnado una actitud de aprendizaje permanente, tanto dentro como fuera del aula.

Desarrollar el hábito lector como fuente de aprendizaje, conocimiento y desarrollo personal.

Conocer los aspectos básicos de la diversidad cultural, natural y social con el fin de poder valorarlos y respetarlos.

Apreciar y disfrutar con el placer que aporta la lectura y la posibilidad de recrearla vivencialmente.

Fomentar la convivencia entre los diferentes grupos que comparten la actividad y el trabajo en equipo.

La selección se efectuará de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación y teniendo en cuenta el proyecto presentado por cada centro solicitante, así como las características socioeconómicas de la zona en que esté ubicado el centro docente, a fin de dar preferencia a los alumnos con menores oportunidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales o ambientales, y, en este sentido, tendrán preferencia los alumnos provenientes de zonas rurales, cinturones periféricos y suburbiales. Los alumnos estarán acompañados por dos profesores/as de los que les impartan clase habitualmente, que prepararán la actividad previamente con los alumnos, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables de los mismos.

El recorrido del itinerario en autocar no deberá sobrepasar los 250 kilómetros por día y su duración deberá ser inferior a 10 horas, para evitar a los alumnos largos desplazamientos que pudieran dificultar los aspectos educativos de la experiencia y/o superar las disponibilidades.

1.2 Alumnado y profesorado participantes:

Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que participarán en el Programa: 7 grupos.

Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta literaria» de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha:

Ruta «Por tierras y letras de Cuenca»: 4.

Ruta de «El Quijote»: 4.

1.3 Recursos financieros: Aportaciones para el desarrollo del programa:

A. Por parte del Ministerio de Educación:

a) Gastos del programa:

Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de las «Rutas Literarias» establecidas en dicha Comunidad:

Ruta «Por tierras y letras de Cuenca»: 22.090,60 euros

Ruta de «El Quijote»: 46.360,32 euros

Total aportación del Ministerio de Educación: 68.450,92 euros

b) Ayudas de preparación y desplazamiento:

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, libra a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta literaria» asignada, por un importe de 18.042,00 €.

El presente programa no presenta ningún contenido económico para el Ministerio de Educación con cargo al ejercicio presupuestario 2009, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2008, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa «Rutas Literarias» durante la primavera del curso 2008/2009, por Orden de 22 de diciembre de 2008 del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ingresa el importe de dicho libramiento en el presupuesto de gastos y habilita el crédito recibido en su presupuesto de 2009, de forma que les permita hacer frente a los gastos que se deriven de la actividad y transfieran las ayudas para la preparación de la actividad y desplazamiento a los centros beneficiarios de las mismas.

B. Por parte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: Cofinanciación con el Ministerio de Educación de los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnos y profesores que recorran las rutas de Castilla-La Mancha) se imputarán a la partida presupuestaria 18030000G423A/48711, por la cuantía estimada de 14.560 euros.

2.–Programa de Escuelas Viajeras.

2.1 Descripción del programa:

La Escuela Viajera es un programa educativo que permite al alumnado continuar el aprendizaje iniciado en el aula, contribuyendo, especialmente, a potenciar el conocimiento de las distintas Comunidades que constituyen España, de su riqueza y características peculiares mediante el seguimiento, durante una semana, de una determinada ruta. El alumnado de la Comunidad Castilla-La Mancha de 5.º y 6.º de Educación Primaria, acompañado de su profesor/a, recorre las rutas de Escuelas Viajeras establecidas en otras Comunidades Autónomas y los grupos de otras Comunidades recorren la de la Comunidad de Castilla-La Mancha.

Son objetivos generales de esta actividad:

Lograr un adecuado nivel de conocimiento, comprensión y respeto de la Comunidad visitada, sus gentes y costumbres, su historia y sus recursos.

Fomentar la convivencia entre los diferentes grupos de alumnos que comparten la actividad enseñándoles a aceptar y respetar sus diferencias lingüísticas y culturales.

Crear hábitos de apreciación y respeto del Patrimonio y del Medio Ambiente.

Suscitar en los alumnos una actitud de aprendizaje permanente tanto dentro como fuera del aula.

La selección se efectuará de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación y teniendo en cuenta el proyecto presentado por cada centro solicitante, así como las características socioeconómicas de la zona en que esté ubicado el centro docente, a fin de dar preferencia a los alumnos con menores oportunidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales o ambientales, y, en este sentido, tendrán preferencia los alumnos provenientes de zonas rurales, cinturones periféricos y suburbiales. Los alumnos estarán acompañados por un profesor/a de los que les impartan clase habitualmente, que prepararán la actividad previamente con los alumnos, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables de los mismos.

El recorrido del itinerario en autocar no deberá sobrepasar los 250 kilómetros por día y su duración deberá ser inferior a 10 horas, para evitar a los alumnos largos desplazamientos que pudieran dificultar los aspectos educativos de la experiencia y/o superar las disponibilidades.

2.2 Alumnado y profesorado participantes:

Número de grupos de 12 a 15 alumnos y un profesor procedentes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que participarán en otra ruta: 44

Número de grupos de 12 a15 alumnos y un profesor procedente de la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha que participarán en la actividad a resultas de vacantes en las ayudas ofertadas a otra administración educativa: 1

Número máximo de grupos de 12 a 15 alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la ruta de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: 30.

2.3 Recursos financieros:

A. Por parte del Ministerio de Educación:

a) Gastos del programa:

Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes en las rutas de dicha Comunidad (en euros):

Etapa de primavera: 14.084,14.

Etapa de primavera: 14.084,14.

Para sufragar gastos diversos que se originen en el desarrollo de la ruta. Total (en euros):

Etapa de primavera: 1.613,24.

Etapa de otoño: 1.613,24.

Total aportación del Ministerio de Educación ruta de Castilla-La Mancha (en euros): 31.394,76.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento:

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, librará a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la ruta de Escuelas Viajeras asignada, para una posterior transferencia a los centros, beneficiarios, por importe de 92.940,00 euros.

Los gastos de la ruta y las ayudas para preparación y desplazamiento no suponen coste para el Ministerio de Educación con cargo al ejercicio presupuestario 2009 ya que las cuantías citadas, se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto 2008, una vez adjudicadas las ayudas para participar en las actividades del programa de 2009, por Resolución de 23 diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación.

B. Por parte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: Cofinanciar con el Ministerio de Educación los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnos y profesores que recorran la ruta de Castilla-La Mancha), se imputarán a la partida presupuestaria 18030000G423A/48711, por la cuantía estimada de14.560 euros.

3.–Programa de Rutas Científicas.

3.1 Descripción del programa.

El programa «Rutas Científicas» consiste en que grupos compuestos por 2 profesores y 20 a 24 alumnos que cursen estudios de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio en centros públicos ordinarios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, recorran los itinerarios del Programa educativo «Rutas Científicas» establecidos en otras Comunidades Autónomas. Durante la actividad los alumnos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha convivirán con alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas.

Por su parte, grupos procedentes de otras Comunidades y Ciudades Autónomas recorrerán la «Ruta Científica» de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

La «Ruta Científica» tendrá una duración de una semana, girará en torno a distintos temas de interés científico y tendrá como objetivo complementar la formación que se imparte en el aula, ofreciendo a los alumnos que la recorran un mejor conocimiento de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. El programa de 2009 se desarrolla en el otoño del curso 2009-2010.

3.2 Compromisos de las partes.

Corresponderá al Ministerio de Educación:

Asegurar, mediante la cofinanciación con el Gobierno de Castilla-La Mancha, el alojamiento, manutención y desarrollo de las actividades de los participantes.

Coordinar y supervisar las actividades relacionadas con el desarrollo del programa elaborando las oportunas instrucciones para la participación.

Determinar el itinerario y fechas concretas de participación de los alumnos procedentes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en función de la distribución prevista en la convocatoria de ayudas.

Corresponderá al Gobierno de Castilla-La Mancha:

Diseñar en colaboración con el Ministerio de Educación la «Ruta científica», proporcionando toda la información sobre aspectos educativos, organizativos y administrativos a las restantes Comunidades Autónomas, con el fin de garantizar la debida coordinación en su desarrollo.

Asegurar, mediante la cofinanciación del Ministerio de Educación, el alojamiento, manutención y desarrollo de las actividades de los participantes.

Poner a disposición del programa un coordinador responsable tanto de la participación de los grupos procedentes de otras comunidades y ciudades autónomas, como de los grupos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La mancha.

Poner a disposición del programa el personal de apoyo que resulte necesario que como mínimo incluirá un responsable que acompañará a los grupos durante el desarrollo de todas las actividades.

Adoptar las medidas que resulten necesarias para garantizar el correcto desenvolvimiento de las actividades ya sean las visitas programadas o el transporte durante la ruta, que en ningún caso deberá sobrepasar los 250 kms de recorrido o las diez horas de duración, etc.

Seleccionar, de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación, los grupos de su Comunidad que participarán en el programa.

Para el curso 2009/2010, las partes acuerdan que el Programa se desarrollará con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

Alumnado y profesorado participantes:

Número de grupos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que participarán en otra «Ruta científica»: 4.

Número de grupos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta científica» de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: 4.

Recursos financieros:

A. El Ministerio de Educación con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.324N.482 del año 2009 financiará los siguientes gastos:

a) Gastos del programa de la «Ruta Científica» de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la actividad hasta un máximo de 22.483,96 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento:

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, libra a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha el total de las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta científica» asignada, para una posterior transferencia a los centros beneficiarios, hasta un máximo de 15.892,00 euros.

Total aportaciones del Ministerio de Educación hasta un máximo de 38.375,96 euros.

B. Por parte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: Cofinanciar con el Ministerio de Educación los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnos y profesores que recorran la ruta de Castilla-La Mancha) se imputarán a la partida presupuestaria 18030000G423A/48711, por la cuantía estimada de 12.460 euros.

Tercera. Justificación.–La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha justificará los libramientos efectuados en aplicación del presente convenio mediante la presentación de la documentación especificada y en los plazos establecidos en la correspondiente convocatoria debiendo cumplir todas las obligaciones establecidas para las Comunidades Autónomas en la normativa vigente.

Cuarta. Comisión Mixta.

1. Para el seguimiento de la ejecución del presente Convenio, ambas partes convienen la constitución de una Comisión Mixta paritaria, compuesta de seis miembros, tres de los cuales serán designados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, dos por el Ministerio de Educación, y uno por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que actuará en representación de la Delegación del Gobierno de dicha Comunidad.

2. Corresponde a la Comisión Mixta realizar la evaluación de los programas a que se refiere el presente convenio en sus aspectos pedagógicos, organizativos y administrativos.

3. La Comisión Mixta se reunirá cuando una de las partes lo solicite.

Quinta. Difusión.–Ambos firmantes se comprometen a hacer constar la participación de la otra parte en la difusión en cualquier ámbito de los programas a que se refiere el presente Convenio.

Concretamente, las publicaciones y notificaciones efectuadas por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación y la mención expresa: «Programa cofinanciado por el Ministerio de Educación».

Del mismo modo, las publicaciones y notificaciones del Ministerio de Educación contendrán la mención expresa «Programa cofinanciado por las Comunidades Autónomas».

Sexta. Naturaleza.–El presente Convenio de colaboración será del tipo de los mencionados en el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, siéndole de aplicación igualmente, en defecto de normas especiales, los principios de dicho texto legal, para resolver dudas y lagunas que pudieran producirse.

Séptima. Resolución de controversias.–Según dispone expresamente el artículo 4.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el que disponga igualmente de forma expresa que se aplicarán los principios de dicha ley a la resolución de las dudas que pudiera plantear el cumplimiento de este convenio. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre su ejecución e interpretación, deberán solventarse con carácter previo de mutuo acuerdo entre las partes, a través del órgano de seguimiento. Si dicho Acuerdo no pudiera alcanzarse, las posibles controversias deberán ser resueltas por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Octava. Vigencia.–El presente Convenio entrará en vigor el día siguiente al de su suscripción, teniendo vigencia hasta el 30 de junio de 2010, pudiendo prorrogarse para años sucesivos, siempre que no se proponga su revisión o denuncia con una antelación mínima de un mes antes del término de su vigencia.

En caso de prórroga, se incorporará un anexo al presente Convenio, en el que se especificarán las aportaciones de cada una de las partes para el año de que se trate.

Novena. Causas de resolución.–No obstante la vigencia establecida en la cláusula anterior, serán causa de resolución de mutuo acuerdo, la denuncia por causa justificada comunicada por escrito a la otra parte con al menos dos meses de antelación a la fechas en que vaya a terminar su vigencia o el incumplimiento del Convenio por cualquiera de las partes con los efectos legales que ello comporta.

Y en prueba de conformidad con todo lo estipulado, se firma este Convenio por ambas partes en Madrid a veintinueve de diciembre de 2009.–Por el Ministerio de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.–Por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, María Ángeles García Moreno.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid