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Documento BOE-A-2010-2907

Resolución de 8 de febrero de 2010, de la Universidad de A Coruña, por la que se nombra Profesor Titular de Universidad a don Felipe Peña Pereda.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 23 de febrero de 2010, páginas 17520 a 17520 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2010-2907

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta de la comisión designada para juzgar el concurso de acceso convocado por esta Universidad por Resolución de 13 de octubre de 2009 (BOE del 2 de noviembre de 2009), para la provisión de la plaza número 09/023 de Profesor Titular de Universidad del área de conocimiento de Proyectos Arquitectónicos, departamento de Proyectos Arquitectónicos y Urbanismo de esta Universidad, a favor de don Felipe Peña Pereda, con DNI núm. 00111994F, y una vez que el interesado acreditara los requisitos establecidos en la convocatoria,

Este Rectorado, en el uso de las atribuciones que le confiere el artículo 20 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y demás disposiciones que la desarrollan, ha resuelto nombrar a don Felipe Peña Pereda, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de A Coruña, del área de conocimiento de Proyectos Arquitectónicos, departamento de Proyectos Arquitectónicos y Urbanismo de esta Universidad.

En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato deberá tomar posesión de su destino.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Potestativamente se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de A Coruña, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de dicha publicación, en cuyo caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A Coruña, 8 de febrero de 2010.–El Rector, José M.ª Barja Pérez.

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