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Documento BOE-A-2010-3947

Resolución de 1 de marzo de 2010, de la Universidad Rovira i Virgili, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 9 de marzo de 2010, páginas 23820 a 23827 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2010-3947

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria primera y la disposición adicional segunda y décima de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades, y el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, y a tenor de lo establecido en el articulo 175 y siguientes del Estatuto de la Universitat Rovira i Virgili, aprobado por Decreto 202/2003, de 26 de agosto, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, de 8 de septiembre de 2003 y el acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de noviembre de 2009.

Este rectorado ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios; el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, el Estatuto de la Universitat Rovira i Virgili, y por la Normativa de concursos de acceso a plazas de profesorado funcionario de los cuerpos docentes Universitarios aprobada por Consejo de Gobierno de la Universidad de 30 de abril de 2009, y con carácter supletorio por lo previsto en la legislación general de Funcionarios Civiles del Estado.

1.2 Los concursos de acceso tendrán procedimiento independiente para cada plaza o plazas convocadas en una misma área o ámbito de conocimiento cuyas características resulten diferentes.

2. Requisitos de los candidatos/as

a) Ser español. No obstante, podrán participar en idénticas condiciones que los españoles los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europa o nacional de algún Estado, al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de algunos de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europa y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Asimismo podrán participar en los concursos de accesos convocados los acreditados de nacionalidad extranjera no comunitaria cuando se cumplan los requisitos del artículo 12 del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre.

En el momento de presentación de la solicitud para participar en el proceso selectivo, deberá acreditarse la nacionalidad, así como en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen traducido a alguna de las dos lenguas oficiales en Catalunya.

b) Edad: Tener cumplida la edad mínima exigida por la normativa vigente y no haber superado la edad de jubilación prevista en la legislación vigente.

c) No haber sido separado/da, mediante expediente disciplinario, del Servicio de Administración del Estado o de la Administración autonómica, local o institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes al profesorado de Universidad.

3. Requisitos específicos

a) Además de los requisitos generales, los candidatos/as deberán deben cumplir los requisitos específicos que se señalan en los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales primera, segunda y cuarta del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre y el artículo 178 y siguientes del Estatuto de la Universitat Rovira i Virgili.

Los requisitos enumerados en el artículo 4 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre y en estas bases deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario/a de carrera.

4. Solicitudes

4.1 La solicitud para participar en estas pruebas selectivas se ajustará al modelo que se adjunta como anexo II a la presente convocatoria.

4.2 La solicitud se dirigirá al Rector de la Universitat Rovira i Virgili por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de quince días naturales a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Cuando la solicitud se envíe por correo certificado, la presentación de la documentación en la oficina de correos correspondiente, se debe de hacer de acuerdo con lo que dispone el articulo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, en sobre abierto, para que la solicitud, escrito o comunicación dirigida a la Universidad, pueda ser fechada y sellada antes de ser certificada. Si la solicitud no esta fechada y sellada por la oficina de correos correspondiente, se entenderá como fecha válida de presentación la que tenga de entrada en el Registro General de la Universidad.

A la solicitud habrá que adjuntar los siguientes documentos que acrediten que se reúnen los requisitos para participar en el presente concurso.

a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.

b) Fotocopia compulsada de los documentos que acrediten el cumplimento de los requisitos específicos que señalan las bases puntos 2 y 3.

c) Justificante de ingreso en concepto de derechos de examen.

4.3 Derechos de examen.—Se deberán de ingresar en concepto de derechos de examen, la cantidad de 49,30 euros a nombre de la Universitat Rovira i Virgili, Caixa de Tarragona, cuenta corriente número 2073 0074 36 0110237702 especificando el nombre y apellidos, número de identificación fiscal y número de plaza a la que se concursa.

El cómputo de los plazos establecidos en la convocatoria se realizará excluyendo el mes de agosto.

5. Admisión de aspirantes

5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el Rector de la Universitat Rovira i Virgili dictará una resolución en el plazo máximo de quince días hábiles, en virtud de la cual se declaran aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a los distintos concursos de acceso. En esta resolución figurarán los aspirantes excluidos con la causa de exclusión. La citada resolución se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos y en la dirección: www.urv.cat convocatorias PDI.

5.2 Contra dicha resolución los aspirantes excluidos podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de diez días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio o bien subsanar en el mismo plazo el motivo de la exclusión.

Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará resolución aprobando el listado definitivo de candidatos/as admitidos y excluidos que se publicará de la forma antes establecida. Contra esta resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la lista definitiva en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos y en la dirección de correo electrónico, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación.

6. Comisiones de acceso

6.1 Las comisiones estarán formadas por los miembros que figuran en el anexo III de esta convocatoria, conforme al procedimiento y con los requisitos establecidos en el artículo 177.2 del Estatuto de la Universitat Rovira i Virgili y en la normativa propia de la misma.

6.2 El nombramiento como miembro de una comisión es irrenunciable, salvo cuando concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma. En este caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Rector, quién resolverá en el plazo de 5 días hábiles a contar desde la recepción del escrito de renuncia.

6.3 Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión, o éstos abstenerse, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en él artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

6.4 En el supuesto excepcional de que también el miembro suplente no pudiese actuar, su substitución se hará por orden correlativo de nombramiento entre los miembros suplentes que pertenezcan al mismo cuerpo docente. Si tampoco fuera posible esta sustitución, el Rector de esta Universidad procederá al nombramiento de un nuevo titular y suplente conforme el procedimiento establecido en el Estatuto.

6.5 La comisión deberá de resolver el concurso dentro de los cuatro meses siguientes a la publicación de esta convocatoria. La constitución y funcionamiento de la misma estará vinculado a lo previsto en el Estatuto de la Universitat Rovira i Virgili y en la normativa de concursos de acceso a plazas de profesorado funcionario de los cuerpos docentes universitarios de la misma Universidad. Para ello el Presidente/a titular de la comisión convocará a los miembros titulares para proceder al acto de constitución de la misma, fijando día, hora y lugar. En dicho acto, la comisión fijará los criterios para la valoración del concurso y el correspondiente baremo y los hará públicos antes del acto de presentación de los candidatos/as.

Los miembros de la comisión y los aspirantes al concurso de acceso deberán ser convocados con una antelación mínima de diez días respecto a la fecha del acto de presentación.

7. Desarrollo del concurso

7.1 El proceso de selección constará de dos fases que serán públicas: un acto de presentación y una evaluación de la adecuación al perfil de la plaza convocada a concurso y de la idoneidad del candidato/a, de acuerdo con el artículo 181 del Estatuto de la Universitat Rovira i Virgili.

7.2 En la primera fase, en el acto de presentación de los candidatos/as, se informará de los criterios de valoración y baremo acordado, se sorteará el orden de actuación de los diferentes candidatos/as y se convocará a los concursantes para la realización de la segunda fase del proceso de selección. En el mismo acto de presentación, los concursantes entregan a la comisión su currículum académico, docente, investigador y profesional, un ejemplar de sus publicaciones y los documentos acreditativos de los hechos que constan en el currículum.

7.3 En la segunda fase se evalúa la adecuación del candidato/a al perfil de la plaza convocada, con la valoración de su CV, de acuerdo con el baremo aprobado por la comisión, en base a lo que establece la normativa de concursos de acceso a plazas de profesorado funcionario de los cuerpos docentes universitarios y con la valoración de la exposición oral del candidato/a sobre sus proyectos académicos (proyecto docente y/o proyecto de investigación) en relación con las necesidades de la Universidad, puestas de manifiesto en la convocatoria de la plaza, seguida de un debate entre la comisión y la persona concursante. La exposición del candidato/a tendrá una duración máxima de una hora y la duración total de la exposición y el debate no podrá exceder de dos horas y media.

8. Propuesta de provisión

8.1 Finalizada la prueba la comisión elaborará un informe razonado, que puede ser individual o colectivo si la comisión así lo acuerda, sobre los méritos de los candidatos/as, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos e indicando el baremo conseguido por cada uno de los concursantes. La comisión propondrá al Rector de forma motivada y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos/as que han sido valorados positivamente, con el orden de preferencia para su nombramiento. La comisión también puede dejar la plaza desierta.

La comisión puede acordar su propuesta por unanimidad o por mayoría. En este segundo caso el miembro de la comisión disconforme deberá hacer constar su propia valoración y ordenación de los candidatos/as.

8.2 Los concursantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados para la plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes de la Universitat Rovira i Virgili.

El Rector a la vista de la propuesta presentada, dictará resolución nombrando al candidato/a de mayor puntuación propuesto por la comisión.

8.3 Según el artículo 65 de la LOU, el candidato/a nombrado no podrá participar en un nuevo concurso de acceso para plazas de igual categoría y área o ámbito de conocimiento de esta Universidad o una Universidad diferente, hasta que no hayan transcurrido dos años desde la fecha de toma de posesión.

8.4 Contra la propuesta de la comisión juzgadora, los candidatos/as podrán presentar reclamación ante el Rector de la Universidad, en el plazo de diez días a partir de la fecha de la propuesta de la Comisión.

La valoración de las mismas, según el artículo 182 del Estatuto de la Universitat Rovira i Virgili, corresponderá a la Comisión de Reclamaciones. La comisión, después de haber escuchado a los miembros de la comisión de valoración del concurso reclamado y los candidatos/tas que hayan participado en el mismo, tiene que resolver motivadamente las reclamaciones en el plazo máximo de tres meses. La resolución del Rector, que ejecuta el acuerdo de la Comisión de Reclamaciones, pone fin a la vía administrativa.

9. Presentación de documentos y nombramientos

9.1 Los candidatos/as propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en el Registro General de la Universidad, en el plazo de veinte días naturales siguientes a la conclusión de la actuación de la Comisión los siguientes documentos:

a) Copia compulsada del documento nacional de identidad o documento correspondiente si su nacionalidad es diferente a la española.

b) Fotocopia compulsada del título correspondiente requerido para la plaza.

c) Certificado medico oficial en que conste que no padece enfermedad ni defecto físico ni psíquico que le incapacite para realizar las funciones correspondientes a profesor/a de universidad.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

e) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad.

9.2 Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar Certificación extendida por el órgano competente de la administración de la que dependieran para acreditar su condición y servicios.

Los nombramientos propuestos por la comisión, serán efectuados por el Rector de la Universitat Rovira i Virgili. En caso de que el candidato/a propuesto renuncie o no se haga efectiva la toma de posesión, el Rector procederá al nombramiento del siguiente candidato/a en el orden de valoración formulado entre los otros candidatos/as propuestos por la comisión.

Los nombramientos serán publicados en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, y se comunicaran a la Secretaría General del Consejo de Universidades. En el plazo de 20 días a partir el día siguiente a la publicación del nombramiento, el candidato/a propuesto ha de tomar posesión de su destino, momento en el que adquiere la condición de funcionario/a docente universitario del cuerpo de que se trate.

Tarragona, 1 de marzo de 2010.—El Rector, Francesc Xavier Grau Vidal.

ANEXO I

Código de la plaza: DF000686.

Cuerpo/Categoría/Escala: Catedrático/a de Universidad.

Grupo: A.

Dedicación: Tiempo completo.

Área/ámbito de conocimiento: Arqueología.

Departamento: Historia y Historia del Arte.

Centro: Facultad de Letras.

Titulación: Doctor/a.

Perfil: Arqueología de Grecia y Roma.

Total plazas: 1.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

ANEXO III

Código de la plaza: DF000686.

Cuerpo/Categoría/Escala: Catedrático/a de Universidad.

Grupo: A.

Dedicación: Tiempo completo.

Área/ámbito de conocimiento: Arqueología.

Departamento: Historia y Historia del Arte.

Centro: Facultad de Letras.

Titulación: Doctor/a.

Perfil: Arqueología de Grecia y Roma.

Total plazas: 1.

Comisión de selección:

Comisión titular:

Presidenta: Doña Isabel Rodà de Llanza, Catedrática de Universidad de la Universitat Autónoma de Barcelona.

Vocal Secretario: Don Eudald Carbonell Roura, Catedrático de Universidad de la Universitat Rovira i Virgili.

Vocal: Don Ricardo Olmos Romera, Profesor de Investigación del CSIC.

Comisión suplente:

Presidenta: Doña Emma Liaño Martínez, Catedrática de Universidad de la Universitat Rovira i Virgili.

Vocal Secretario: Don Amancio Isla Frez, Catedrático de Universidad de la Universitat Rovira i Virgili.

Vocal: Don Josep Guitart Duran, Catedrático de Universidad de la Universitat Autónoma de Barcelona.

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