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Documento BOE-A-2010-3990

Resolución de 4 de febrero de 2010, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publican las sanciones por infracción muy grave impuestas a Financiera Ponferrada, SICAV, S.A. y a don José María Fernández-Castañeda San José.

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 9 de marzo de 2010, páginas 24013 a 24013 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-2010-3990

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose declarado firme en vía administrativa las sanciones impuestas a la entidad Financiera Ponferrada, SICAV, S.A. y a don José María Fernández-Castañeda San José, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 80, letra f), de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 94.3 de dicho texto legal, las sanciones impuestas mediante Orden Ministerial de fecha 24 de abril de 2009 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:

«Imponer a la entidad Financiera Ponferrada, SICAV, S.A., por la comisión de una infracción tipificada como muy grave en el artículo 80, letra f), de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, en relación con lo establecido en el artículo 32, punto 7, del mismo texto legal, al haber realizado de forma recurrente la compra y venta de sus acciones propias, entre las fechas de 28 de septiembre de 2005 a 31 de marzo de 2007, incumpliendo los límites y condiciones establecidos en el mismo y su normativa de desarrollo, una sanción de amonestación pública con publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Imponer a don José María Fernández-Castañeda San José, en su condición de Presidente ejecutivo de la entidad Financiera Ponferrada, SICAV, S.A., por la comisión de una infracción tipificada como muy grave en el artículo 80, letra f), de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, en relación con el artículo 32, punto 7, del mismo texto legal, al haber realizado de forma recurrente la compra y venta de sus acciones propias, entre las fechas de 28 de septiembre de 2005 a 31 de marzo de 2007, incumpliendo los límites y condiciones establecidos en el mismo y su normativa de desarrollo, multa por un importe de 90.000 euros (noventa mil euros).»

Madrid, 4 de febrero de 2010.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Julio Segura Sánchez.

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