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Documento BOE-A-2010-4184

Orden SAS/582/2010, de 9 de marzo, por la que se integra en la condición de personal estatutario de los servicios de salud, al personal laboral fijo del área funcional de actividades específicas que presta servicios en el Hospital Militar "Capitán Médico Fidel Pagés" de Melilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 13 de marzo de 2010, páginas 25220 a 25221 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Política Social
Referencia:
BOE-A-2010-4184

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 187/2008, de 8 de febrero, establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral de la Red Hospitalaria de la Defensa.

Por Orden PRE/2823/2009, de 19 de octubre, se convocó proceso de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral del área funcional de actividades específicas del Hospital Militar de Melilla «Capitán Médico Fidel Pagés».

Concluida la instrucción de la convocatoria, a propuesta de la Ministra de Defensa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del citado Real Decreto 187/2008, de 8 de febrero, dispongo:

Primero.–Aprobar la relación definitiva y nombrar personal estatutario fijo al personal laboral del área funcional de actividades específicas del Hospital Militar de Melilla «Capitán Médico Fidel Pagés», que figura en el Anexo I, en la categoría estatutaria que asimismo se indica.

Segundo.–La integración tendrá efectos desde el 15 de marzo de 2010.

Tercero.–El personal integrado que adquiera la condición de personal estatutario será transferido al Hospital Comarcal de Melilla, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, con efectos a partir del 1 de mayo de 2010, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional tercera de la Orden de convocatoria del proceso de integración.

Contra la presente Orden, los interesados podrán interponer recurso potestativo de Reposición en el plazo de 1 mes ante el titular del Ministerio de Sanidad y Política Social, al amparo de lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o alternativamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 9 de marzo de 2010.–La Ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez García-Herrera.

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