Ante la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Quinta, se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo número 508/2009 por Tecnoresiduos R3, S. L., contra el Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se declara la inadmisión de la solicitud de nulidad de pleno derecho, instada por la representación de la mercantil Tecnoresiduos R3, S. L., del artículo 2, apartado b); artículo 4, apartados 4, 5, 6 y 7, y artículo 6, apartado 1, del Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de residuos.
En su virtud, esta Secretaria General Técnica ha resuelto publicar a efectos de notificaciones y emplazar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y del artículo 49 de la Ley 2911998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a cuantos se hayan personado en el expediente administrativo y a quienes ostenten derechos derivados de la resolución recurrida, a fin de que puedan comparecer y personarse en este recurso en forma legal en el plazo de nueve días.
Madrid, 5 de marzo de 2010.–La Secretaria General Técnica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Alicia Camacho García.
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