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Documento BOE-A-2010-4372

Orden SAS/637/2010, de 25 de febrero, por la que se clasifica la Fundación Calidad y Calidez y se procede a su inscripción en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 15 de marzo de 2010, páginas 25994 a 25995 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Política Social
Referencia:
BOE-A-2010-4372

TEXTO ORIGINAL

Examinada la escritura de constitución de la Fundación Calidad y Calidez, instituida en Zaragoza.

Antecedentes de hecho

Primero.–Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Segundo.–La Fundación fue constituida por la Fundación Ramón Rey Ardid y por la mercantil Vida a los Años, S.L., mediante escritura pública otorgada ante el notario de Zaragoza, don José María Badía Gascó, el 23 de diciembre de 2009, con el número 4.555 de su protocolo.

Tercero.–La dotación inicial de la Fundación es de treinta mil euros, aportados por los fundadores y depositados en una entidad bancaria a nombre de la Fundación.

Cuarto.–El Patronato de la Fundación esta constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: La Fundación Ramón Rey Ardid, representada por don Miguel Alcázar Terrén y doña María Teresa Albájez Beltrán.

Secretario: Don Carlos-Ramón Iglesias Allue.

Tesorero: La compañía mercantil Vida a los Años, S.L., representada por don Joaquín Guillén Gómez.

Asimismo, mediante escritura otorgada ante el notario de Zaragoza, don José María Badía Gascó, el 23 de diciembre de 2009, con el número 4.556 de su protocolo, se eleva a público el acuerdo de conferir poderes a favor de don Miguel Alcázar Terrén y don Carlos-Ramón Iglesias Allue, Presidente y Secretario, respectivamente, del Patronato, para que puedan ejercitar las facultades que se recogen en la certificación incorporada a la escritura, si bien, para los actos que requieran autorización del Protectorado, se entenderá que el poder se otorga a los efectos de ejecución de dichos actos, una vez aprobados por el Patronato y autorizados por el Protectorado.

Quinto.–El domicilio de la entidad radica en la calle Guillén de Castro, 2 - 4, de Zaragoza, CP 50018 y su ámbito territorial de actuación, según consta en el artículo 5 de sus Estatutos, será todo el territorio nacional, sin perjuicio de su participación o cooperación con entidades u organismos nacionales, internacionales, públicos o privados, dependientes de Gobiernos extranjeros u organizaciones no gubernamentales.

Sexto.–El objeto de la Fundación queda determinado en el artículo 6. 1 de los Estatutos, en la forma siguiente:

El objetivo de la Fundación es la realización, de forma directa o concertada, de programas que faciliten el pleno desarrollo social de las personas mayores que presentan o pueden presentar problemas de autonomía en su desarrollo de su vida personal ya sean derivados de la edad o de cualquier otra causa, concertando programas para el desarrollo de actividades de asistencia e integración, o asumiendo directamente estas funciones.

Séptimo.–Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación, queda recogido en los Estatutos por los que se rige, constando expresamente el carácter gratuito de los cargos del Patronato, estando obligado, dicho órgano de gobierno, a la presentación de las cuentas y del plan de actuación anuales ante el Protectorado.

Fundamentos de Derecho

Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

El Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

El Real Decreto 1041/2009, de 29 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Política Social y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La Orden SAS/1969/2009, de 15 de julio, por la que se delegan en el Secretario General Técnico las competencias que están atribuidas a la Ministra de Sanidad y Política Social en cuanto titular del Protectorado de fundaciones, así como las competencias en materia de registro de las mismas, en tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.

Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.–Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, en tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes por lo que procede la inscripción de la Fundación en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Por cuanto antecede, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.–Clasificar a la Fundación Calidad y Calidez, instituida en Zaragoza, cuyos fines de interés general son de asistencia e inclusión social.

Segundo.–Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad y Política Social, bajo el número 50-0168.

Tercero.–Inscribir en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad y Política Social el nombramiento de los miembros del Patronato, su aceptación de cargo y los poderes conferidos, relacionados en el antecedente de hecho cuarto de la presente Orden.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 25 de febrero de 2010.–La Ministra de Sanidad y Política Social, P.D. (Orden SAS/1969/2009, de 15 de julio), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad y Política Social, Luis Pedro Villameriel Presencio.

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