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Documento BOE-A-2010-4640

Resolución de 5 de noviembre de 2009, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueba el entorno de protección provisional para la cueva de Coimbre, en Peñamellera Alta.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 19 de marzo de 2010, páginas 27383 a 27384 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2010-4640

TEXTO ORIGINAL

La Cueva de Coimbre o de Las Brujas, sita en el lugar de Besnes, en el concejo de Peñamellera Alta, fue declarada Bien de Interés Cultural en aplicación del artículo 40.2 de la Ley 16/85, de 16 de junio, de Patrimonio Histórico Español. Cuenta esta cueva con tres niveles de galerías, en los que hay constancia de la existencia de arte rupestre en el superior. El repertorio de arte parietal de esta cavidad se distribuye en cinco conjuntos, la mayoría de ellos sitos en angostas galerías. Se trata en todos los casos de grabados, en su mayoría de trazo final, aunque hay algunos ejemplos notables de grabado con trazo profundo.

En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, se considera conveniente proceder a delimitar un entorno de protección para la Cueva de Coimbre.

Visto el acuerdo del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias de fecha 13 de abril de 2009 por el que se informa favorablemente la propuesta de incoación de expediente administrativo para la definición de un entorno de protección para esta cavidad.

Vistas la Ley 1/2001, de 6 de marzo de Patrimonio Cultural; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, modificada por la Ley 15/99 de 15 de julio y demás disposiciones de aplicación, resuelvo:

Primero.–Incoar expediente administrativo para fijar un entorno de protección para la Cueva de Coimbre, en el concejo de Peñamellera Baja.

Segundo.–Establecer un entorno provisional para esta cueva, según la descripción literal y gráfica que se publica como Anexo a la presente Resolución.

Tercero.–Que este acuerdo se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado y se proceda a su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Oviedo, 5 de noviembre de 2009.–La Consejera de Cultura y Turismo, Mercedes Álvarez González.

(Publicada en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» n.º 26 de 2 de febrero de 2010)

ANEXO I
Delimitación literal del entorno de protección

La superficie abarcada por la delimitación de entorno propuesta alcanza 20,91 hectáreas. Comprende el espacio incluido dentro del perímetro definido por los siguientes puntos:

1. Intersección de la carretera AS-345 con el camino a Besnes.

1-2. Sigue el eje de la carretera AS-345 hacia el Norte, hasta el punto 2.

2-3-4. Del punto 2 siguiendo líneas de cambio de vertiente, bordeando las parcelas de referencia catastral: (pol 003) 54 y 56, hasta el punto de altitud 534,08 (Pendendo).

4-1. Sigue el eje de la carretera AS-345 hacia el Noroeste, hasta su encuentro con el punto 1.

En los casos en los que el entorno limita con carreteras, se ha de entender que el espacio protegido llega hasta el límite exterior de la zona de dominio público de carreteras.

ANEXO II
Delimitación gráfica del entorno de protección

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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