Visto el expediente de indulto de don Carlos Alberto Serna Andrade, condenado por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Navarra, en sentencia de 4 de noviembre de 2003, como autor de un delito de posesión para el tráfico de sustancias estupefacientes, a la pena de cinco años de prisión, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, para el supuesto de que por su condición de extranjeros, ciudadanos de países de Iberoamérica, lo ostentaran y multa de 120.000 euros por hechos cometidos en el año 2000, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de marzo de 2010,
Vengo en indultar a don Carlos Alberto Serna Andrade cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 5 de marzo de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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