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Documento BOE-A-2010-6071

Resolución de 9 de septiembre de 2009, de la Autoridad Portuaria de Castellón, por lo que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 16 de abril de 2010, páginas 33751 a 33803 (53 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2010-6071

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con los establecido en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, general presupuestaria, por el que se establece que las entidades que deban aplicar principios contables públicos, así como las restantes que no tengan obligación de publicar sus cuentas en el Registro Mercantil, publicarán anualmente en el «Boletín Oficial del Estado» el Balance de Situación y la Cuenta de Resultado Económico-Patrimonial y un resumen de los restantes estados que conforman las Cuentas Anuales de la Autoridad Portuaria de Castellón, correspondientes al ejercicio 2008, que figura como anexo a esta resolución.

Castellón, 9 de septiembre de 2009.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Castellón, Juan José Monzonís Martínez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

MEMORIA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ANUAL

Terminado el 31 de diciembre de 2008

1. Naturaleza y actividad de la empresa

La Autoridad Portuaria de Castellón se constituyó el 1 de enero de 1993, en virtud de lo dispuesto en la Ley 27/1992 de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante que fue parcialmente modificada por la Ley 62/1997 de 26 de diciembre, mediante la transformación del Organismo Autónomo Junta del Puerto de Castellón al que sucedió en la titularidad de su patrimonio.

La Autoridad Portuaria de Castellón es un Organismo de Derecho Público, con personalidad jurídica y patrimonio propios independientes de los del Estado y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, actúa con sujeción al ordenamiento jurídico privado, incluso en sus adquisiciones patrimoniales y de contratación, salvo en el ejercicio de las funciones de poder público que el ordenamiento le atribuye.

Su actividad se rige por su legislación específica, por las disposiciones de la Ley General Presupuestaria que le sean de aplicación y, supletoriamente por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, desarrollando las funciones asignadas bajo el principio general de autonomía de gestión, todo ello sin perjuicio de las facultades atribuidas al Organismo Público Puertos del Estado y las de tutela y fiscalización que sobre ella ostente el Ministerio de Fomento.

En relación con la legislación específica que afecta a la Autoridad Portuaria de Castellón, debe hacerse especial mención a la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general.

Las competencias de la Autoridad Portuaria de Castellón, de acuerdo con el artículo 36 de la Ley 27/1992, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante que fue parcialmente modificada por la Ley 62/1997 de 26 de diciembre, y que se mantiene expresamente vigente en atención a la disposición derogatoria única de la Ley 48/2003, son las siguientes:

La realización, autorización y control, en su caso, de las operaciones marítimas y terrestres relacionadas con el tráfico portuario, y de los servicios portuarios para lograr que se desarrollen en condiciones óptimas de eficacia, economía, productividad y seguridad, sin perjuicio de la competencia de otras autoridades.

La ordenación de la zona de servicio del puerto y de los usos portuarios, en coordinación con las Administraciones competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

La planificación, proyecto, construcción, conservación y explotación de las obras y servicios del puerto, y el de las señales marítimas que tengan encomendadas, de acuerdo con la planificación general, especificaciones y coordinación que establezca Puertos del Estado.

La gestión del dominio público portuario y de señales marítimas que le sea adscrito.

La optimización de la gestión económica y la rentabilización del patrimonio y de los recursos que tengan asignados.

El fomento de las actividades industriales y comerciales relacionadas con el tráfico marítimo o portuario.

La coordinación de las operaciones de los distintos modos de transporte en el espacio portuario.

El ejercicio económico de la Autoridad Portuaria es coincidente con el año natural, constituyendo los recursos del Organismo, a tenor de lo establecido en el artículo 12 de la Ley 48/2003, los siguientes:

Los productos y rentas de su patrimonio, así como los ingresos procedentes de la enajenación de sus activos y los remanentes resultantes del ejercicio económico anterior.

Los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos en el ejercicio de sus funciones, que tendrán el carácter de recursos de Derecho Privado.

Las tasas procedentes de la utilización de bienes de dominio público portuario, de la prestación de servicios generales o del ejercicio de actividades industriales y comerciales en el ámbito portuario.

Las aportaciones recibidas del Fondo de Compensación Interportuario.

Los que pudieran asignarse en los Presupuestos Generales del Estado o en los de otras Administraciones Públicas. Así como las ayudas y subvenciones, cualquiera que sea su procedencia.

Los procedentes de los créditos, préstamos y demás operaciones financieras que puedan concertar.

El producto de la aplicación del régimen sancionador previsto en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Las donaciones, legados y otras aportaciones de particulares y entidades privadas.

Cualquier otro que les sea atribuido por el ordenamiento jurídico.

La evolución de la actividad de la Autoridad Portuaria durante los últimos ejercicios ha sido la siguiente:

Concepto

Millones de euros

2004

2005

2006

2007

2008

Importe neto de la cifra de negocios

11,82

14,20

15,52

17,53

19,68

Resultado de explotación

3,37

4,80

5,10

5,87

7,14

Resultado del ejercicio

3,02

4,23

4,12

4,28

4,74

2. Bases de presentación de las cuentas anuales

A) Imagen fiel.

Las cuentas anuales del ejercicio 2008 de la Autoridad Portuaria de Castellón reflejan, de acuerdo con la legislación vigente, el ajuste de su contabilidad a las disposiciones del Código de Comercio, a las del Plan General de Contabilidad y a las demás que le sean de aplicación.

Las Cuentas Anuales adjuntas, han sido obtenidas a partir de los registros contables de la Autoridad Portuaria de Castellón a 31 de diciembre de 2008, representando la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los resultados de la Autoridad Portuaria y de los flujos de efectivo habidos durante el ejercicio por dicha Entidad, y que serán presentadas por el Presidente de la Autoridad Portuaria al Consejo de Administración estimándose que serán aprobadas sin ninguna modificación. Por su parte, las cuentas anuales del ejercicio 2007 fueron aprobadas por el Consejo de Administración celebrado el 24 de junio de 2008.

B) Principios contables.

En la preparación de las cuentas anuales adjuntas, la Autoridad Portuaria de Castellón ha aplicado todos los principios y criterios generalmente aceptados contenidos en el Plan General de Contabilidad, e instrucciones complementarias del Organismo Público Puertos del Estado, por lo que no existe ningún principio contable de aplicación obligatoria que teniendo un efecto significativo sobre las cuentas anuales, se haya dejado de aplicar.

C) Aspectos críticos de la valoración y estimación de la incertidumbre.

En la elaboración de las cuentas anuales adjuntas se han utilizado estimaciones realizadas por los Administradores de la Autoridad Portuaria para valorar algunos de los activos, pasivos, ingresos, gastos y compromisos que figuran registrados en ellas.

A pesar de que estas estimaciones se han realizado sobre la base de la mejor información disponible al cierre del ejercicio 2008, es posible que acontecimientos que puedan tener lugar en el futuro obliguen a modificarlas (al alza o a la baja) en los próximos ejercicios, lo que se realizaría, en su caso, de forma prospectiva.

D) Comparación de la información y aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables.

La Autoridad Portuaria de Castellón presenta sus cuentas anuales para el ejercicio 2008, según la estructura establecida en el Plan General de Contabilidad, y en la normativa elaborada por parte del Organismo Público Puertos del Estado.

A los efectos de la obligación establecida en el art. 35.6 del Código de Comercio y a los efectos derivados de la aplicación del principio de uniformidad y del requisito de comparabilidad, las cuentas anuales correspondientes al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2008 se consideran como cuentas anuales iniciales, por lo que no es obligatorio reflejar cifras comparativas.

Sin perjuicio de lo anterior, tal y como establece el R.D. 1514/2007, en el anexo que acompaña a esta memoria se incluyen el balance y la cuenta de pérdidas y ganancias correspondientes al ejercicio 2007, aprobadas por el correspondiente Consejo de Administración. Dichos estados contables fueron elaborados conforme a las normas establecidas en el R.D. 1643/1990 de 20 de diciembre-PGC(90).

La Autoridad Portuaria ha elegido como fecha de transición al Nuevo Plan General de Contabilidad el 1 de enero de 2008.

A continuación, y de acuerdo con la normativa vigente, se presenta la conciliación entre el Patrimonio neto al 1 de enero de 2008 elaborado conforme al PGC(90) y el Patrimonio neto a esa misma fecha elaborado de acuerdo con las nuevas normas contables establecidas en el R.D. 1514/2007:

 

Miles de euros

Patrimonio neto al 1 de enero de 2008 según PGC(90) (*)

93.106.891,21

Impactos por transición al Nuevo Plan General de Contabilidad:

 

Subvenciones

45.244.819,33

Patrimonio neto al 1 de enero de 2008 según NPGC

138.351.710,54

(*) Obtenido de las cuentas anuales al 31 de diciembre de 2007, preparadas de acuerdo con principios y normas de contabilidad aplicables en dicha fecha.

La nueva normativa contable supone, con respecto a la que se encontraba vigente al 31 de diciembre de 2007, importantes cambios en las políticas contables, criterios de valoración, forma de presentación e información a incorporar en las cuentas anuales. En concreto, las principales diferencias entre los criterios contables aplicados en el ejercicio anterior y los actuales son las siguientes:

Se ha cancelado la cuenta «Inmovilizado neto entregado al uso general» que minoraba la cuenta «Patrimonio» por importe de 2.349.815,29. La contrapartida ha sido la cuenta «Reservas de Primera Aplicación», no teniendo efecto alguno sobre el saldo del epígrafe «Patrimonio Neto» al 1 de enero de 2008.

Por último el nuevo Plan contable clasifica las subvenciones de capital, como un epígrafe separado dentro del patrimonio neto del balance de situación. El importe traspasado el 1 de enero de 2008 asciende a 45.244.819,33 euros.

E) Agrupación de partidas.

Determinadas partidas del balance, de la cuenta de pérdidas y ganancias, del estado de cambios en el patrimonio neto y del estado de flujos de efectivo se presentan de forma agrupada para facilitar su comprensión, si bien, en la medida en que sea significativa, se ha incluido la información desagregada en las correspondientes notas de la memoria.

F) Cambios en criterios contables.

Durante el ejercicio 2008 el único cambio de criterio contable significativo respecto a los criterios aplicados en el ejercicio 2007, adicionalmente a lo mencionado en el apartado D) de esta Nota, ha sido, siguiendo instrucciones de Puertos del Estado, la reclasificación de un activo registrado en el epígrafe «Gastos a distribuir en varios ejercicios» al epígrafe «Inmovilizado en curso» por importe de 3.273.198,05.

Este activo se correspondía con unas obras eléctricas realizadas fuera de las instalaciones de la Autoridad Portuaria, pero que se han considerado, dada su obligatoriedad y su necesidad, como mayor valor de las obras en curso de la Dársena Sur. Adicionalmente la Autoridad Portuaria se responsabiliza del mantenimiento futuro de las mismas.

G) Corrección de errores.

En la elaboración de las cuentas anuales adjuntas no se ha detectado ningún error significativo que haya supuesto la reexpresión de los importes incluidos en las cuentas anuales del ejercicio 2007.

3. Distribución de resultados

La propuesta de distribución de resultados del ejercicio 2008 formulada por esta Autoridad Portuaria y que presentará el Presidente de la misma al Consejo de Administración, contempla destinar dicho beneficio a la dotación de reservas legales.

Base de distribución

2008

Euros

Pérdidas y ganancias (beneficio)

4.744.000,56

Aplicación:

 

Fondo de contribución neto

0,00

Reservas

4.744.000,56

Resultados negativos de ejercicios anteriores

0,00

4. Normas de valoración

Las normas de valoración aplicadas por la Autoridad Portuaria de Castellón en la elaboración de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de 2008, han sido las siguientes:

A) Inmovilizado inmaterial.

Se trata de inversiones realizadas en propiedad industrial y en aplicaciones informáticas, y la valoración de estos activos, se efectúa al precio de adquisición, incluyendo en este todos los gastos necesarios para su puesta en marcha o afectación de propiedad. Posteriormente se valora a su coste minorado por la correspondiente amortización acumulada y, en su caso, por las pérdidas por deterioro que haya experimentado.

La amortización es lineal y la vida útil de estos activos es de cinco años, aplicando un coeficiente del 20 por 100 anual.

B) Inmovilizado material.

El Inmovilizado Material se presenta valorado siguiendo diferentes criterios dependiendo de su fecha de incorporación:

A) Inmovilizado material adquirido por esta Autoridad Portuaria con anterioridad a 1/1/93, y que no entran en el apartado b) siguiente, se encuentra valorado por su coste de adquisición, revalorizado según las disposiciones de la entonces Dirección General de Puertos, menos su correspondiente Amortización Acumulada, que también fue objeto de revalorización de acuerdo con las mencionadas disposiciones.

B) Inmovilizado material adquirido por esta Autoridad Portuaria con anterioridad a 1/1/93, y que pertenece a alguno de los grupos de inmovilizado siguientes:

Terrenos y bienes naturales.

Accesos marítimos.

Obras de abrigo y dársenas.

Obras de atraque.

A estos bienes que son los más significativos del activo fijo aportado a la Autoridad Portuaria a 1 de enero de 1993, el criterio de valoración deja de ser el coste de adquisición revalorizado y pasa a ser el valor venal a dicha fecha, determinado por una tasación independiente.

C) A partir del 1 de enero de 1.993 hasta el 31 de diciembre de 2007 se sigue el criterio del precio de adquisición, incorporando todos los gastos necesarios para la puesta en explotación, como norma de valoración, de acuerdo con la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 1643/1990, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, a la que se remitió el I.C.A.C. en su dictamen, para todos los elementos del inmovilizado material a la fecha de entrada en vigor de la Ley 27/1992.

El cambio de criterio contable supone que, para los bienes más significativos del activo fijo aportado a las Autoridades Portuarias a 1 de enero de 1993, el criterio de valoración deja de ser el coste de adquisición revalorizado y pasa a ser el valor venal de dicha fecha, determinado por una tasación independiente. Con ello, es cierto que aunque tengamos dos criterios de valoración para el activo incorporado con anterioridad a 1 de enero de 1993, los elementos que siguen valorados al coste de adquisición revalorizados, pasan a ser residuales en el conjunto del inmovilizado.

Con la incorporación de estos nuevos valores la Autoridad Portuaria entiende que se da respuesta al dictamen del ICAC comentado anteriormente, en el sentido de que es la valoración inicial del Patrimonio en la fecha de entrada en funcionamiento de los nuevos Entes la que soporta el ajuste producido por el cambio de vidas útiles.

Al final, el proceso de creación de la Autoridad Portuaria puede asimilarse a la constitución de una nueva sociedad en la que el capital social es aportado en especie por la Junta del Puerto y por la Dirección General de Costas (señales marítimas).

Por tanto, la cifra final de «Patrimonio» es la suma del valor venal de los bienes del activo fijo aportados al 1 de enero de 1993 y de la diferencia entre los restantes activos y pasivos también aportados (otro inmovilizado, activo circulante y pasivo circulante) y cuyo valor ya se ha ajustado en ejercicios anteriores (afloración de pasivos, dotaciones de insolvencias, etc.).

D) A partir del 1 de enero de 2008 el inmovilizado material se valora inicialmente por su precio de adquisición o coste de producción de acuerdo con el R.D. 1514/2007 por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.

La Autoridad Portuaria amortiza su inmovilizado material siguiendo el método lineal, distribuyendo el coste de los activos, deducido el valor residual, entre los años de vida útil estimada, que para los elementos que se encuentran valorados por su coste de adquisición o por su coste de adquisición revalorizado hasta el 1 de enero de 1993, son los que se detallan a continuación y que derivan del «Manual de Tratamiento Contable de los Activos Materiales del Sistema Portuario» desarrollado por el Organismo Público Puertos del Estado, por personal de las distintas Autoridades Portuarias y por Arthur Andersen como asesor externo:

 

Años de vida útil aplicados

Instalaciones técnicas:

 

Instalaciones de ayudas a la navegación

5-10

Construcciones:

 

Accesos marítimos

35-50

Obras de abrigo y dársenas

40-50

Obras de atraque

5-40

Instalaciones para reparación de barcos

25-40

Edificaciones

17-35

Instalaciones generales

17

Pavimentos, calzadas y vías de circulación

15-25

Maquinaria:

 

Equipos de manipulación de mercancías

10-20

Material flotante

10-25

Material ferroviario

15-20

Equipo de taller

14

Otro Inmovilizado:

 

Equipos de transporte

6

Mobiliario y enseres

10

Equipo informático

5

Material diverso

5

Para los elementos del inmovilizado material que se encuentran valorados a su valor venal, los años de vida útil aplicados son los estimados en la tasación independiente mencionada anteriormente, que corresponden a su vida útil remanente al 1 de enero de 1993.

Los gastos de conservación y mantenimiento de los diferentes elementos que componen el inmovilizado material se imputan a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se incurren. Por el contrario, los costes de ampliación, modernización y mejoras que representan un aumento de la productividad, capacidad o eficiencia o un alargamiento de la vida útil de los bienes se capitalizan como mayor coste de los correspondientes bienes.

Para aquellos inmovilizados que necesitan un período de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, los costes capitalizados incluyen los gastos financieros que se hayan devengado antes de la puesta en condiciones de funcionamiento del bien y que hayan sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación ajena, específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición o fabricación del mismo.

El inmovilizado en curso está valorado a su precio de coste, que incluye servicios de ingeniería, asistencia técnica, equipos, instalaciones y obra civil, y no comienza su amortización hasta la puesta en funcionamiento, previa recepción provisional del mismo.

C) Inversiones inmobiliarias.

El epígrafe inversiones inmobiliarias del balance de situación recoge los valores de terrenos, edificios y otras construcciones que se mantienen bien, para explotarlos en régimen de alquiler, bien para explotarlos en régimen de concesión o autorización.

Estos activos se valoran de acuerdo con los criterios indicados en la Nota 4.B), relativa al inmovilizado material.

Los ingresos ciertos, en virtud de contrato, para los próximos ejercicios relacionados con estos activos son los siguientes (en miles de euros):

Tipo de ingresos

2009

2010

2011

2012

2013

Tasas ocupación

4.824

4.824

4.824

4.824

4.824

Ingresos adicionales

2.409

2.472

2.472

2.472

2.472

Total

7.233

7.296

7.296

7.296

7.296

D) Instrumentos financieros.

D.1 Activos financieros.

Clasificación.–Los activos financieros que posee la Autoridad Portuaria se clasifican en las siguientes categorías:

a) Préstamos y partidas a cobrar: activos financieros originados en la venta de bienes o en la prestación de servicios por operaciones de tráfico de la empresa, o los que no teniendo un origen comercial, no son instrumentos de patrimonio ni derivados y cuyos cobros son de cuantía fija o determinable y no se negocian en un mercado activo.

b) Inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, asociadas y multigrupo: se consideran empresas del grupo aquellas vinculadas con la Autoridad Portuaria por una relación de control, y empresas asociadas aquellas sobre las que la Autoridad Portuaria ejerce una influencia significativa. Adicionalmente, dentro de la categoría de multigrupo se incluye a aquellas sociedades sobre las, en virtud de un acuerdo, se ejerce un control conjunto con uno o más socios.

Atendiendo al principio contable de importancia relativa, los instrumentos financieros correspondientes a fianzas o depósitos recibidos o constituidos (tanto a corto como a largo plazo), los anticipos y créditos al personal, los dividendos a cobrar, cuentas a cobrar por subvenciones recibidas y débitos y partidas a pagar con vencimiento inferior o igual a 60 días son valorados por su valor nominal, aplicando a los mismos la norma de valoración inicial a valor razonable.

Al 31 de diciembre de 2008 la Autoridad Portuaria de Castellón no tenía inversión alguna calificada como «Inversión en el patrimonio de empresas del grupo, asociadas y multigrupo». Durante el ejercicio se ha enajenado la participación en la Sociedad de Estiba y Desestiba del Puerto de Castellón como consecuencia de su conversión en Asociación Portuaria de Interés Económico (APIE).

La concepción de la nueva Ley 48/2003 ha tenido como consecuencia la conversión de las sociedades de estiba y desestiba en asociaciones portuarias de interés económico donde las Autoridades Portuarias ya no tienen participación económica. El Consejo de Administración de 27 de diciembre de 2007, celebrado en la Sociedad de Estiba y Desestiba de Castellón, acordó la transformación de la actual entidad en Agrupación Portuaria de Interés Económico. El 14 de febrero de 2008, se reunió la junta universal de accionistas, en la cual se ratificó dicha transformación. Con fecha 23 de diciembre de 2008 ha sido inscrita en el Registro Mercantil de Castellón la Sociedad de Estiba y Desestiba del Puerto de Castellón, Agrupación Portuaria de Interés Económico, SEDCAS, APIE, dándose por finalizado el proceso de transformación.

Valoración inicial.–Los activos financieros se registran inicialmente al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de la transacción que sean directamente atribuibles.

Valoración posterior.–Los préstamos, partidas a cobrar e inversiones mantenidas hasta el vencimiento se valoran por su coste amortizado según el método del tipo de interés efectivo. Dicho interés efectivo es el tipo de actualización que iguala el valor en libros del instrumento con la corriente esperada de pagos futuros previstos hasta el vencimiento del pasivo.

Las inversiones en empresas del grupo, asociadas y multigrupo se valoran por su coste, minorado, en su caso, por el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro. Dichas correcciones se calculan como la diferencia entre su valor en libros y el importe recuperable, entendido éste como el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta y el valor actual de los flujos de efectivo futuros derivados de la inversión. Salvo mejor evidencia del importe recuperable, se toma en consideración el patrimonio neto de la entidad participada, corregido por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de la valoración (incluyendo el fondo de comercio, si lo hubiera).

Al menos al cierre del ejercicio la Autoridad Portuaria realiza un test de deterioro para los activos financieros que no están registrados a valor razonable. Se considera que existe evidencia objetiva de deterioro si el valor recuperable del activo financiero es inferior a su valor en libros. Cuando se produce, el registro de este deterioro se registra en la cuenta de pérdidas y ganancias.

En particular, y respecto a las correcciones valorativas relativas a los deudores comerciales y otras cuentas a cobrar, el criterio utilizado por la Autoridad Portuaria para calcular las correspondientes correcciones valorativas, si las hubiera, es el siguiente:

La Autoridad Portuaria de Castellón, atendiendo y analizando los casos específicos en los que existen evidencias racionales de impago, efectúa las dotaciones correspondientes, para cubrir los riesgos de insolvencias. Las provisiones se dotan de forma globalizada para la totalidad de los clientes, en función de la antigüedad de la deuda, del carácter de las mismas diferenciando si son tasas portuarias o si son ingresos de carácter privado y de acuerdo con los criterios que se detallan a continuación:

 

Porcentaje

Tasas portuarias:

 

Entre 0 y 12 meses

0,00

Entre 12 y 24 meses

50,00

Más de 24 meses

100,00

Ingresos de carácter privado:

 

Más de 6 meses

100,00

La Autoridad Portuaria da de baja los activos financieros cuando expiran o se han cedido los derechos sobre los flujos de efectivo del correspondiente activo financiero y se han transferido sustancialmente los riesgos inherentes a su propiedad.

D.2 Pasivos financieros.–Son pasivos financieros aquellos débitos y partidas a pagar que tiene la Autoridad Portuaria y que se han originado en la compra de bienes y servicios por operaciones de tráfico de la empresa, o también aquellos que sin tener un origen comercial, no pueden ser considerados como instrumentos financieros derivados. Estos recursos ajenos se clasifican como pasivos corrientes, a menos que la Autoridad Portuaria tenga un derecho incondicional a diferir su liquidación durante al menos 12 meses después de la fecha del balance.

Los débitos y partidas a pagar se valoran inicialmente al valor razonable de la contraprestación recibida, ajustada por los costes de la transacción directamente atribuibles. Con posterioridad, dichos pasivos se valoran de acuerdo con su coste amortizado según el método del tipo de interés efectivo. Dicho interés efectivo es el tipo de actualización que iguala el valor en libros del instrumento con la corriente esperada de pagos futuros previstos hasta el vencimiento del pasivo.

La Autoridad Portuaria utiliza instrumentos financieros derivados para cubrir los riesgos a los que se encuentran expuestas sus actividades, operaciones y flujos de efectivo futuros. Fundamentalmente, estos riesgos son de variaciones de los tipos de interés. En el marco de dichas operaciones la Autoridad Portuaria contrata instrumentos financieros de cobertura.

Para que estos instrumentos financieros puedan calificar como de cobertura contable, son designados inicialmente como tales documentándose la relación de cobertura. Asimismo, la Autoridad Portuaria verifica inicialmente y de forma periódica a lo largo de su vida (como mínimo en cada cierre contable) que la relación de cobertura es eficaz, es decir, que es esperable prospectivamente que los cambios en el valor razonable o en los flujos de efectivo de la partida cubierta (atribuibles al riesgo cubierto) se compensen casi completamente por los del instrumento de cobertura y que, retrospectivamente, los resultados de la cobertura hayan oscilado dentro de un rango de variación del 80 al 125% respecto del resultado de la partida cubierta.

La Autoridad Portuaria aplica los siguientes tipos de cobertura, que se contabilizan tal y como se describe a continuación:

Coberturas de flujos de efectivo: En este tipo de coberturas, la parte de la ganancia o pérdida del instrumento de cobertura que se haya determinado como cobertura eficaz, se imputa en la cuenta de pérdidas y ganancias en el mismo período en que el elemento que está siendo objeto de cobertura afecta al resultado, salvo que la cobertura corresponda a una transacción prevista que termine en el reconocimiento de un activo o pasivo no financiero, en cuyo caso se incluirán en el coste del activo o pasivo cuando sea adquirido o asumido.

La contabilización de coberturas es interrumpida cuando el instrumento de cobertura vence, o es vendido, finalizado o ejercido, o deja de cumplir los criterios para la contabilización de coberturas. En ese momento, cualquier beneficio o pérdida acumulado correspondiente al instrumento de cobertura que haya sido registrado en el patrimonio neto se mantiene dentro del patrimonio neto hasta que se produzca la operación prevista. Cuando no se espera que se produzca la operación que está siendo objeto de cobertura, los beneficios o pérdidas acumulados netos reconocidos en el patrimonio neto se transfieren a los resultados netos del período.

E) Impuesto sobre beneficios.

El gasto o ingreso por impuesto sobre beneficios comprende la parte relativa al gasto o ingreso por el impuesto corriente y la parte correspondiente al gasto o ingreso por impuesto diferido.

El impuesto corriente es la cantidad que la Autoridad Portuaria satisface como consecuencia de las liquidaciones fiscales del impuesto sobre el beneficio relativas a un ejercicio. Las deducciones y otras ventajas fiscales en la cuota del impuesto, excluidas las retenciones y pagos a cuenta, así como las pérdidas fiscales compensables de ejercicios anteriores y aplicadas efectivamente en éste, dan lugar a un menor importe del impuesto corriente.

El gasto o el ingreso por impuesto diferido se corresponde con el reconocimiento y la cancelación de los activos y pasivos por impuesto diferido. Estos incluyen las diferencias temporarias que se identifican como aquellos importes que se prevén pagaderos o recuperables derivados de las diferencias entre los importes en libros de los activos y pasivos y su valor fiscal, así como las bases imponibles negativas pendientes de compensación y los créditos por deducciones fiscales no aplicadas fiscalmente. Dichos importes se registran aplicando a la diferencia temporaria o crédito que corresponda el tipo de gravamen al que se espera recuperarlos o liquidarlos.

Se reconocen pasivos por impuestos diferidos para todas las diferencias temporarias imponibles, excepto aquellas derivadas del reconocimiento inicial de fondos de comercio o de otros activos y pasivos en una operación que no afecta ni al resultado fiscal ni al resultado contable y no es una combinación de negocios, así como las asociadas a inversiones en empresas dependientes, asociadas y negocios conjuntos en las que la Autoridad Portuaria puede controlar el momento de la reversión y es probable que no reviertan en un futuro previsible.

Por su parte, los activos por impuestos diferidos sólo se reconocen en la medida en que se considere probable que la Autoridad Portuaria vaya a disponer de ganancias fiscales futuras contra las que poder hacerlos efectivos.

Los activos y pasivos por impuestos diferidos, originados por operaciones con cargos o abonos directos en cuentas de patrimonio, se contabilizan también con contrapartida en patrimonio neto.

En cada cierre contable se reconsideran los activos por impuestos diferidos registrados, efectuándose las oportunas correcciones a los mismos en la medida en que existan dudas sobre su recuperación futura. Asimismo, en cada cierre se evalúan los activos por impuestos diferidos no registrados en balance y éstos son objeto de reconocimiento en la medida en que pase a ser probable su recuperación con beneficios fiscales futuros.

F) Ingresos y gastos.

Siguiendo las normas de valoración establecidas en el Plan General de Contabilidad, los ingresos y gastos se imputan en función del criterio del devengo, es decir, cuando se produce la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, con independencia del momento en que se produzca la corriente financiera o monetaria derivada de ellos. Dichos ingresos se valoran por el valor razonable de la contraprestación recibida, deducidos descuentos e impuestos.

El reconocimiento de los ingresos por ventas se produce en el momento en que se ha transferido al comprador los riesgos y beneficios significativos inherentes a la propiedad del bien vendido, no manteniendo la gestión corriente sobre dicho bien, ni reteniendo el control efectivo sobre el mismo.

En cuanto a los ingresos por prestación de servicios, éstos se reconocen considerando el grado de realización de la prestación a la fecha de balance, siempre y cuando el resultado de la transacción pueda ser estimado con fiabilidad. Dada la tipología de servicios que presta la Autoridad Portuaria de Castellón se considera que la realización de los mismos es instantánea.

Los intereses recibidos de activos financieros se reconocen utilizando el método del tipo de interés efectivo y los dividendos, cuando se declara el derecho del accionista a recibirlos.

G) Provisiones y contingencias.–Los Administradores de la Autoridad Portuaria en la formulación de las cuentas anuales diferencian entre:

Provisiones: saldos acreedores que cubren obligaciones actuales derivadas de sucesos pasados, cuya cancelación es probable que origine una salida de recursos, pero que resultan indeterminados en cuanto a su importe y/o momento de cancelación.

Pasivos contingentes: obligaciones posibles surgidas como consecuencia de sucesos pasados, cuya materialización futura está condicionada a que ocurra, o no, uno o más eventos futuros independientes de la voluntad de la Autoridad Portuaria.

Las cuentas anuales recogen todas las provisiones con respecto a las cuales se estima que la probabilidad de que se tenga que atender la obligación es mayor que de lo contrario. Los pasivos contingentes no se reconocen en las cuentas anuales, sino que se informa sobre los mismos en las notas de la memoria, en la medida en que no sean considerados como remotos.

Las provisiones se valoran por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar o transferir la obligación, teniendo en cuenta la información disponible sobre el suceso y sus consecuencias, y registrándose los ajustes que surjan por la actualización de dichas provisiones como un gasto financiero conforme se va devengando.

H) Elementos patrimoniales de naturaleza medioambiental.–Se consideran activos de naturaleza medioambiental los bienes que son utilizados de forma duradera en la actividad de la Autoridad Portuaria, cuya finalidad principal es la minimización del impacto medioambiental y la protección y mejora del medioambiente, incluyendo la reducción o eliminación de la contaminación futura.

La información medioambiental de la Autoridad Portuaria se recoge en la Nota 18.

I) Subvenciones de capital.–Para la contabilización de las subvenciones, donaciones y legados recibidos, la Autoridad Portuaria sigue los criterios siguientes:

Las subvenciones, donaciones y legados de capital no reintegrables se valoran por el valor razonable del importe o el bien concedido, en función de si son de carácter monetario o no, contabilizándose, en el caso de las monetarias, a medida que se certifican las obras que financian y en proporción a la cuantía de inversión acreditada según el porcentaje de cofinanciación.

Se imputan a resultados en proporción a la depreciación experimentada durante el periodo por los activos financiados por dichas subvenciones, salvo que se trate de activos no depreciables en cuyo caso se imputará al resultado del ejercicio en que se produzca la enajenación o baja en inventario de los mismos.

J) Periodificaciones a largo plazo.–La Autoridad Portuaria de Castellón, siguiendo instrucciones de Puertos del Estado, tiene el criterio de registrar en este epígrafe todos los importes percibidos por anticipado, bien en especie bien en términos monetarios, procedentes de concesiones otorgadas a terceros. Estos importes se traspasan a resultados del ejercicio como un importe adicional a la tasa de ocupación, durante el período de otorgamiento de las citadas concesiones (véase Nota 13-1).

K) Fondo de Compensación Interportuario.–Este fondo está regulado en la Ley 48/2003, Capítulo III, artículo 13, en el cual se cita «de conformidad con el principio de solidaridad entre los organismos públicos portuarios, se crea el Fondo de Compensación Interportuario como instrumento de redistribución de recursos del sistema portuario estatal, que será administrado por Puertos del Estado de conformidad con los acuerdos adoptados por el comité de distribución del fondo, y se adoptará anualmente el presupuesto de explotación individual de dicho organismo público».

La cuantía anual de la aportación de cada Autoridad Portuaria se determinará por agregación de los importes correspondientes al ejercicio anterior y que se determinan en el apartado 4 del citado artículo.

En el ejercicio 2008 el Fondo de Compensación aportado por la Autoridad Portuaria de Castellón ha sido de 520.000 euros y el recibido de 544.000 euros.

5. Inmovilizaciones inmateriales

La situación de esta partida en el activo del balance de situación es la siguiente:

 

2008

Euros

 

V.B.C.

A.A.

V.N.C.

Inmovilizaciones inmateriales

690.511,79

441.943,60

248.568,19

Propiedad industrial

14.123,78

0,00

14.123,78

Aplicaciones informáticas

676.388,01

441.943,60

234.444,41

Anticipos

0,00

0,00

0,00

El epígrafe «propiedad industrial» recoge el importe satisfecho por la adquisición de la propiedad o del derecho de uso de la imagen corporativa del Puerto de Castellón incluyendo todos los gastos incurridos con motivo de dicha adquisición.

El epígrafe «aplicaciones informáticas» recoge el importe satisfecho por el software utilizado por la Autoridad Portuaria de Castellón. Durante el ejercicio 2008 se han producido varias altas con motivo de las actualizaciones y mejoras del software existente por un valor de 123.622,12 euros.

El movimiento habido durante el presente ejercicio en las diferentes cuentas de inmovilizado inmaterial y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas se encuentran recogidas en el cuadro n.º 1 adjunto en el anexo.

6. Inmovilizaciones materiales

El importe de las cuentas que componen el inmovilizado material y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas durante el ejercicio 2008 es el siguiente:

 

2008

Euros

 

V.B.C.

A.A.

V.N.C.

Inmovilizaciones materiales

212.354.568,06

45.378.758,50

166.975.809,56

Terrenos y bienes naturales

24.084.606,36

0,00

24.084.606,36

Construcciones

171.950.692,92

41.720.897,96

130.229.794,96

Equipamiento e instalaciones técnicas

1.512.081,73

1.237.394,57

274.687,16

Anticipos e inmovilizaciones en curso

10.357.697,08

0,00

10.357.697,08

Otro inmovilizado

4.449.489,97

2.420.465,97

2.029.024,00

Provisiones

0,00

0,00

0,00

Los activos inmovilizados registrados en los epígrafes «Terrenos y bienes naturales» y «Construcciones» de este apartado y del apartado de «Inversiones Inmobiliarias» (véase Nota 7) se consideran bienes de dominio público no correspondiendo por tanto a las Autoridades Portuarias ni la titularidad de dichos bienes ni la facultad de enajenación o gravamen de los mismos, mientras mantengan su calificación jurídica. No obstante, salvo por la facultad de disposición, la Autoridad Portuaria ostenta el resto de facultades típicas de un derecho de propiedad, actuando con plenas facultades y competencias de administración, y realizando sobre dicho dominio público actos de gestión de derecho público y privado, cediendo su uso en exclusiva y percibiendo un precio a cambio, por lo que asume sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de estos activos y, por tanto se consideran parte del inmovilizado material (o inversiones inmobiliarias en su caso).

Existe un inmovilizado material no afecto a explotación, dentro de la partida de terrenos y bienes naturales, por valor de 323.586,55 euros, estando todos los demás bienes afectos a la explotación.

El inmovilizado de la Autoridad Portuaria de Castellón no está sometido a arrendamientos financieros, pero se han obtenido subvenciones FEDER, COHESION y de la Consellería de Infraestructuras y Transporte (CIT) para financiar proyectos de inmovilizado, que se describen en la Nota 11 de esta memoria. A 31 de diciembre el inmovilizado no está inmerso en ningún litigio.

Durante este ejercicio se han activado gastos financieros por valor de 40.882,37 euros que corresponden a parte de los intereses cargados en cuenta por el préstamo que la Autoridad Portuaria de Castellón dispone y que se ha destinado a financiar las inversiones ejecutadas y certificadas en el ejercicio, correspondientes al proyecto de la dársena sur 2.ª fase.

Al cierre del ejercicio 2008 la Autoridad Portuaria de Castellón tenía elementos del inmovilizado material totalmente amortizados que seguían en uso por importe de 20.974.956,20 euros.

El detalle de los importes y movimientos del inmovilizado material y de su correspondiente amortización acumulada al 31 de diciembre de 2008, así como las variaciones experimentadas de cada una de las partidas del Balance que lo componen, están recogidas en los cuadros n.º 2, 2.1, 2.2,2.3, y 2.5 que se adjuntan en el anexo.

Al cierre del presente ejercicio el inmovilizado en curso pendiente de incorporar al activo es de 10.357.697,08 euros, de los cuales el 46,22 por 100 corresponden a las obras de la dársena sur y del muelle de costa, pendientes de recepcionar, el 22,00 por 100 a las obras de los accesos ferroviarios (norte y a las terminales) y el 31,88 por 100 a otras obras.

7. Inversiones Inmobiliarias

El importe de las cuentas que componen el epígrafe «Inversiones Inmobiliarias» y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas durante el ejercicio 2008 es el siguiente:

 

2008

Euros

 

V.B.C.

A.A.

V.N.C.

Inversiones inmobiliarias

50.603.055,43

7.355.114,82

43.247.940,61

Terrenos y bienes naturales

37.814.315,14

0,00

37.814.315,14

Construcciones

12.788.740,29

7.355.114,82

5.433.625,47

Provisiones

0,00

0,00

0,00

Los activos inmovilizados registrados en este apartado se consideran bienes de dominio público (véase Nota 6).

La Autoridad Portuaria tiene registrados en este epígrafe del balance de situación adjunto todos los elementos de inmovilizado calificados como concesionables en su plan director, habiéndole reportado unos ingresos en concepto de tasa por ocupación privativa del dominio público portuario por importe de 4.823.502 euros.

Las inversiones más significativas incluidas en este epígrafe del balance de situación adjunto son las siguientes:

Activos incluidos en la explanada adjunta al muelle de Levante.

Activos incluidos en la ampliación norte, principalmente muelles del Centenario y de la Cerámica.

Activos incluidos en la ampliación de la Dársena Sur.

La Autoridad Portuaria de Castellón ha seguido el criterio de no considerar como activos concesionables todos aquellos activos relacionados con vías férreas y de acceso.

8. Activos financieros (largo y corto plazo)

8.1 Activos financieros a largo plazo.

La situación de esta partida en el activo del balance de situación es la siguiente:

 

2008

Euros

Inversiones financieras a largo plazo

4.078.224,70

Instrumentos de patrimonio

10.000,00

Créditos a terceros

7.302,75

Administraciones Públicas, subvenciones oficiales pendientes de cobro

4.057.348,00

Otros activos financieros

3.573,95

Provisiones

0,00

En la rúbrica «Instrumentos de patrimonio» se recoge la dotación fundacional del 16,66 por 100 realizada por la Autoridad Portuaria de Castellón para la constitución de la «Fundación APROA» que se realizó en el año 2005, fundación que con fecha 30 de noviembre de 2007 modificó su denominación comercial por Fundación Portcastelló.

Atendiendo al Título V-Modificación, Fusión, Extinción y Liquidación de los Estatutos de la Fundación Portcastelló, y en particular a lo dispuesto en su artículo 37, apartado 2, cuyo texto es el siguiente «dada la naturaleza jurídico-pública de la Autoridad Portuaria de Castellón, y de conformidad con lo establecido en el artículo 26.3 de la Ley 8/1998, los bienes y derechos resultantes de la liquidación revertirán a la Autoridad Portuaria de Castellón como entidad fundadora de la Fundación Aproa». Es por ello por lo que el tratamiento de la aportación inicial, el cual constituye parte del capital social, es considerado como inmovilizado financiero y no como gasto.

En la rúbrica «Créditos a terceros» se registran los importes de los créditos a largo plazo concedidos al personal de la empresa sin intereses.

En la rúbrica «Administraciones públicas, subvenciones oficiales pendientes de cobro» están registradas todas aquellas subvenciones con una fecha cobro esperada superior a 1 año, según el siguiente detalle:

 

Euros

Subvención Dársena Norte

1.222.400,00

Subvención Dársena Sur

2.834.948,00

Total

4.057.348,00

La fecha estimada de cobro para ambas subvenciones es el 31 de marzo de 2010.

En la rúbrica «Otros activos financieros» se registran las fianzas constituidas a largo plazo.

La composición y movimiento de esta partida de inversiones financieras a largo plazo al 31 de diciembre de 2008, se recogen en los cuadros n.º 4, 4.1 y 4.2, que se adjuntan en el anexo.

8.2 Activos financieros a corto plazo.–La situación de esta partida en el activo del balance de situación es la siguiente:

 

2008

Euros

Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar

5.974.544,42

Clientes

2.811.089,81

Clientes, empresas del grupo y asociadas

60.101,21

Deudores varios

119.930,00

Administraciones Públicas, subvenciones oficiales pendientes de cobro

629.206,10

Otros créditos Administraciones Públicas

2.399.274,77

Provisiones

(45.057,47)

Clientes.–La entrada en vigor de la nueva Ley 48/2003 ha hecho que la mayor parte de los ingresos del puerto tengan la consideración de tasas (en lugar de tarifas y cánones). Esto hace que la regulación de las mismas en cuanto a gestión, recaudación y revisión la ampare la Ley General Tributaria.

Esta mención es importante tenerla en cuenta en este apartado de la memoria, puesto que afecta directamente al comportamiento del saldo de cliente, puesto que modifica los plazos de recaudación siendo estos los que se detallan a continuación.

En función de la notificación recibida:

Entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 o inmediato siguiente, del mes posterior.

Entre los días 16 y último, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 o inmediato siguiente, del segundo mes posterior.

Contra el saldo de clientes, el movimiento de la cuenta de pérdidas y ganancias de la dotación para insolvencias realizada en el año se explica en el siguiente cuadro:

 

Euros

Total provisión insolvencia clientes año 2007

(52.080,60)

Aplicación provisión por insolvencia dictaminada por AEAT

60,00

Aplicación provisión insolvencias año 2008

6.963,13

Total Provisión Insolvencia Clientes año 2008

(45.057,47)

Deudores varios.–En esta rúbrica del balance de situación se registra la periodificación de los derivados de cobertura y los préstamos al personal a corto plazo.

Administraciones Públicas, subvenciones pendientes de cobro.

En esta rúbrica se recoge la deuda de las subvenciones de capital devengada (una vez emitidas las certificaciones) y que se detalla a continuación:

 

Euros

Subvención muelle de costa

70.199,00

Subvención renovación acceso ferroviario

347.282,03

Subvención Feder 07/13 Dique Este

211.725,07

Total

629.206,10

Administraciones Públicas.–El detalle de esta rúbrica es el siguiente:

 

Euros

Hacienda pública deudora por IVA

1.655.880,96

Hacienda pública IVA soportado

(206.882,06)

Hacienda pública retenciones y pagos a cuenta

950.275,87

Total

2.399.274,77

8.3 Información sobre naturaleza y nivel de riesgo de los instrumentos financieros.–La gestión de los riesgos financieros de la Autoridad Portuaria está centralizada en la Dirección Financiera, la cual tiene establecidos los mecanismos necesarios para controlar la exposición a las variaciones en los tipos de interés y tipos de cambio, así como a los riesgos de crédito y liquidez. A continuación se indican los principales riesgos financieros que impactan a la Autoridad Portuaria:

a) Riesgo de crédito: Con carácter general la Autoridad Portuaria mantiene su tesorería y activos líquidos equivalentes en entidades financieras de elevado nivel crediticio. Adicionalmente, hay que indicar que no existe una concentración significativa del riesgo de crédito con terceros.

b) Riesgo de liquidez: Con el fin de asegurar la liquidez y poder atender todos los compromisos de pago que se derivan de su actividad, la Autoridad Portuaria dispone de la tesorería que muestra su balance, así como de las líneas crediticias y de financiación que se detallan en la Nota 13.2.

c) Riesgo de mercado (incluye tipo de interés, tipo de cambio y otros riesgos de precio): Tanto la tesorería como la deuda financiera de la Autoridad Portuaria, están expuestas al riesgo de tipo de interés, el cual podría tener un efecto adverso en los resultados financieros y en los flujos de caja. Por ello, la Autoridad Portuaria sigue la política de contratar derivados de cobertura sobre el 100% de su deuda financiera (exceptuando las líneas de financiación a corto plazo) con el objetivo de fijar un tope máximo a los tipos de interés que paga por dichas operaciones.

9. Instrumentos financieros derivados

La Autoridad Portuaria utiliza instrumentos financieros derivados para cubrir los riesgos a los que se encuentran expuestas sus actividades, operaciones y flujos de efectivo futuros. En el marco de dichas operaciones la Autoridad Portuaria ha contratado determinados instrumentos financieros de cobertura según el siguiente detalle:

En noviembre de 2005 firmó una cobertura de los tipos de interés con Caja Madrid para cubrir el préstamo formalizado con ésta misma Entidad (véase Nota 13.1) con las condiciones que se detallan a continuación, basadas en un producto llamado «coser swap con collar» (flotante protegido), que recoge dos ventajas fundamentales: por un lado se beneficia de posibles bajadas del tipo de interés y por otro, limita las subidas de tipos de interés.

Condiciones

Desde:

12/12/05

12/12/10

Hasta:

12/12/10

12/12/18

Tipo mínimo:

2.10%

3.50%

Tipo máximo:

4.25%

5.00%

El nocional de este derivado se ajusta conforme se realizan amortizaciones de la operación de endeudamiento que cubre.

En octubre de 2007, se procedió a formalizar una cobertura de los tipos de interés con Caixa Catalunya, para proteger el préstamo que se mantiene con dicha entidad (véase Nota 13.1), siendo el producto contratado un tipo SWAP referenciado al euribor 6M con barrera desactivante, con las ventajas similares a la cobertura anteriormente citada y con las condiciones que detallamos a continuación:

Condiciones

Desde:

27/02/07

Hasta:

27/02/17

Tipo mínimo:

4.31%

Tipo máximo:

5.30%

El nocional de este derivado se ajusta conforme se realizan amortizaciones de la operación de endeudamiento que cubre.

La Autoridad Portuaria ha cumplido con los requisitos detallados en la nota 4.D) sobre normas de valoración para poder clasificar los instrumentos financieros que se detallan abajo como cobertura. En concreto, han sido designados formalmente como tales, y se ha verificado que la cobertura resulta eficaz. Ambas coberturas se califican como cobertura de flujos de efectivo.

10. Fondos propios

El detalle e importe de esta partida del pasivo del balance de situación es el siguiente:

 

2008

Euros

Fondos propios

97.850.891,77

Patrimonio

59.694.407,78

Reservas por resultados acumulados

35.762.298,72

Reservas por primera aplicación

(2.349.815,29)

Pérdidas y ganancias

4.744.000,56

11. Subvenciones, donaciones y legados recibidos

El detalle de este epígrafe del balance de situación adjunto es el siguiente:

 

2008

Euros

Subvenciones, donaciones y legados recibidos

46.175.096,27

Subvenciones oficiales

45.287.457,42

Otras subvenciones

887.638,85

Subvenciones oficiales.–El detalle de las subvenciones oficiales de capital al cierre del ejercicio 2008 es el siguiente:

 

Importe
devengado

Euros

Traspaso a resultados

Euros

Saldo

Euros

Programa 1994-1999 (FEDER)

 

113.129,52

4.515.753,04

Subvención (IFOP)

 

11.007,36

897,78

Programa 2000-2006 (FEDER)

 

351.043,68

22.892.410,72

Subvención (CIT)

1.031.055,98

30.889,74

3.240.193,11

Fondos de Cohesión

0,00

185.781,80

13.988.959,20

Programa 2007-2013 (FEDER)

649.243,57

 

649.243,57

 

1.680.299,55

691.852,10

45.287.457,42

Estas subvenciones se enmarcan dentro de diversos programas operativos coordinados por el Organismo Público Puertos del Estado. El destino de las subvenciones de la Autoridad Portuaria de Castellón es la financiación de las siguientes obras:

Prolongación del dique de levante y demolición parcial del dique de poniente (FEDER 94-99).

Adecuación de la lonja del puerto pesquero de Castellón (100% IFOP).

Nuevo dique, muelle polivalente y dragado del canal de entrada del puerto de Castellón (50% FEDER 00-06).

Remodelación del puerto pesquero del puerto de Castellón (100% CIT).

Muelle de Costa (70% CIT).

Renovación acceso ferroviario (50% CIT).

Dársena sur 1.ª fase (49,41% COHESION).

Dique de Levante (FEDER 2007-2013).

La Autoridad Portuaria de Castellón ha cumplido todas las condiciones asociadas a estas subvenciones, no existiendo litigio alguno relacionado con las mismas.

En el cuadro 6 del Anexo aparece el movimiento del ejercicio 2008 de esta rúbrica del balance de situación adjunto.

Otras subvenciones.–En esta rúbrica se registran dos donaciones de obras de arte; una escultura sita en el muelle de costa «niños saltando» por 45.900,51 euros y una acuarela de Tasio «marina del puerto» por 2.250,40 euros.

Adicionalmente, al 31 de diciembre de 2008 existe un importe de 839.487,94 euros registrados en esta rúbrica correspondientes a activos recibidos por la reversión de diferentes concesiones. Durante el ejercicio 2008 se ha imputado a resultados un total de 58.170,51 euros procedentes de esta rúbrica.

12. Provisiones a largo plazo

Al 31 de diciembre de 2008 existe una provisión para responsabilidades civiles de la Autoridad Portuaria de Castellón por importe de 35.702,53 euros. Esta provisión se ha estimado en base a un dictamen jurídico sobre los litigios en curso al cierre del ejercicio 2008.

En el cuadro n.º 7, adjunto en el anexo, se detalla el movimiento que ha tenido este epígrafe durante el año 2008.

13. Deudas (largo y corto plazo)

13.1 Pasivos financieros a largo plazo.

La composición de esta partida en el balance de situación ha sido la siguiente:

 

2008

Euros

Acreedores a largo plazo

43.729.166,75

Deudas con entidades de crédito

43.333.165,28

Deudas con empresas del grupo y asociadas

0,00

Otros acreedores

396.001,47

Periodificaciones a largo plazo

8.452.777,18

Deudas con entidades de crédito.–El detalle por vencimientos de las partidas que conforman esta rúbrica es el siguiente:

Préstamos

2009

Euros

2010

Euros

2011

Euros

2012

Euros

2013 y siguientes

Euros

Total

Euros

Caja Madrid

1.898.734,00

1.982.421,11

2.069.796,80

2.161.023,59

15.119.923,83

23.231.899,28

Caixa Catalunya

2.500.000,00

19.500.000,00

22.000.000,00

Total

1.898.734,00

1.982.421,11

2.069.796,80

4.661.023,59

34.619.923,83

45.231.899,28

El vencimiento correspondiente al ejercicio 2009 está registrado dentro del epígrafe «Deudas a corto plazo».

El préstamo con Caixa Catalunya tiene un importe de 3.000.000 de euros disponible.

La Autoridad Portuaria de Castellón tiene cubierto el riesgo de tipo de interés de estas operaciones (véase Nota 9).

Otros acreedores.–El desglose del saldo de este epígrafe es el siguiente:

 

Euros

Fianzas recibidas

215.088,08

Otras deudas

180.913,39

Total

396.001,47

El importe recogido en «otras deudas» corresponde al importe principal de la deuda reconocida con el Ayuntamiento de Castellón, en concepto del impuesto de bienes inmuebles correspondiente a los años 1992-1996, y sobre la cual se acordó un fraccionamiento de la misma, durante 8 plazos semestrales, y cuya resolución se firmó el 9 de abril de 2007.

Dicha cantidad corresponde al importe aplazado para el año 2010. A esta cantidad hay que añadirle los intereses devengados desde el día siguiente al vencimiento de plazo en periodo voluntario hasta la fecha del vencimiento del plazo concedido.

Periodificaciones a largo plazo.–En esta rúbrica está registrado el importe correspondiente a las obras asociadas al concurso público para la construcción y explotación de una planta de biodiesel en la dársena sur del puerto de Castellón, y que fueron cedidas a la Autoridad Portuaria como mejora de la concesión. Este importe se traspasa a resultados del ejercicio, como un importe adicional a la tasa de ocupación, durante el periodo de otorgamiento de dicha concesión, que corresponde a 30 años, a contar desde finales de noviembre de 2007, fecha en la que se procedió a dar de alta en el inventario de inmovilizado de la Autoridad Portuaria de Castellón el correspondiente activo, en la partida de «diques y obras de abrigo», por un importe de 8.769.451,72 euros (véase Nota 4-J).

El importe periodificado durante el ejercicio 2008 ha ascendido a 292.314,96 euros.

En el cuadro n.º 8, del anexo, se detalla el movimiento que han tenido las cuentas recogidas en este epígrafe durante el año 2008.

13.2 Pasivos financieros a corto plazo.

El desglose de este epígrafe del pasivo corriente del balance de situación al 31 de diciembre de 2008 es el siguiente:

 

2008

Euros

Deudas a corto plazo

22.201.252,56

Deudas con entidades de crédito

14.872.188,26

Proveedores de inmovilizado a corto plazo

7.325.577,79

Otros pasivos financieros

3.486,51

Deudas con empresas del grupo y asociadas

7.755,51

Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar

3.402.338,20

Acreedores y otras cuentas a pagar

3.123.023,01

Deudas con Administraciones públicas

279.315,19

Deudas con entidades de crédito.–El importe registrado en esta rúbrica, corresponde al importe dispuesto de las pólizas de crédito que la Autoridad Portuaria de Castellón ha negociado con distintas entidades de crédito, así como al importe a corto plazo de una deuda bancaria a largo plazo (véase Nota 13.1).

Al 31 de diciembre de 2008 la Autoridad Portuaria de Castellón tenía un importe disponible de 5.164.643 euros en diversas pólizas de crédito.

Deudas con Administraciones Públicas.–El desglose de esta rúbrica es el siguiente:

 

Euros

Hacienda pública acreedora por IRPF

83.737,09

Organismos de la seguridad social acreedores

108.773,64

Hacienda pública acreedora por IVA

86.655,86

Muface y derechos pasivos

148,60

Total

279.315,19

14. Situación fiscal

Impuesto sobre sociedades.–La Ley de 24/2001, de 27 de diciembre, Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social para 2002, incluyó entre sus disposiciones la que considera a las Autoridades Portuarias como entidades parcialmente exentas del impuesto sobre sociedades e introdujo las siguientes modificaciones:

Las Autoridades Portuarias son declaradas organismos parcialmente exentos del impuesto sobre sociedades, tributando en el mismo, por las tarifas por servicios no asociados a la utilización del dominio público portuario, así como los ingresos accesorios a la explotación.

El tipo impositivo a aplicar es del 25 por 100.

Durante el año 2008 en relación con el impuesto de sociedades, la Autoridad Portuaria de Castellón ha realizado las siguientes actuaciones:

Se han presentado los tres pagos a cuenta del ejercicio 2008.

La liquidación definitiva del impuesto correspondiente al 2007.

El cálculo de los pagos a cuenta se ha efectuado conforme a las normas generales del Impuesto para entidades parcialmente exentas.

La conciliación entre el resultado contable y la base imponible de Impuesto sobre Sociedades es la siguiente:

Miles de euros

Aumentos

Disminuciones

Total

Resultado contable antes de impuestos

 

 

4.744.000,56

Diferencias permanentes:

 

 

 

Ingresos exentos

(20.670.793,03)

(20.670.793,03)

Gastos no relacionados con ingresos sujetos

14.693.686,33

14.693,686,33

Base imponible fiscal

 

 

(1.233.106,14)

Al cierre del ejercicio 2008, el vencimiento de las bases imponibles negativas no registradas en el balance de situación adjunto era el siguiente:

Bases imponibles negativas

Importe

Vencimiento

Año 2001

1.543.655,29

2016

Año 2002

369.990,39

2017

Año 2004

517.273,49

2019

Año 2005

157.029,45

2020

Año 2006

57.398,20

2021

Año 2007

735.900,23

2022

Año 2008

1.233.106,14

2023

Total

4.614.353,19

 

Según establece la legislación vigente, los impuestos no pueden considerarse definitivamente liquidados hasta que las declaraciones presentadas hayan sido inspeccionadas por las autoridades fiscales o haya transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años. Al cierre del ejercicio 2008 la Autoridad Portuaria tiene abiertos a inspección los ejercicios 2004 y siguientes del Impuesto sobre Sociedades y los ejercicios 2004 y siguientes para los demás impuestos que le son de aplicación. El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria considera que se han practicado adecuadamente las liquidaciones de los mencionados impuestos, por lo que, aún en caso de que surgieran discrepancias en la interpretación normativa vigente por el tratamiento fiscal otorgado a las operaciones, los eventuales pasivos resultantes, en caso de materializarse, no afectarían de manera significativa a las cuentas anuales adjuntas.

15. Ingresos y gastos

Importe neto de la cifra de negocio.–La Autoridad Portuaria de Castellón obtiene ingresos a través de dos fuentes principalmente, que son:

Tasas portuarias: que vienen recogidas en la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, en su Capítulo IV, artículos 14 hasta 30 (ambos inclusive), dónde dice «son tasas portuarias, aquellas exigidas por la utilización privativa y aprovechamiento especial de dominio público portuario y por la prestación de servicios no comerciales por las autoridades portuarias...».

Tarifas por servicios comerciales prestados por las Autoridades Portuarias: recogidas en la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, en su Capítulo V, artículos 31 hasta 35 (ambos inclusive), donde dice «Las Autoridades Portuarias exigirán por los servicios comerciales que se presten en régimen de concurrencia el pago de las correspondientes tarifas. Estas tarifas tendrán el carácter de precios privados y deberán contribuir a lograr el objetivo de autofinanciación, evitar prácticas abusivas en relación con los tráficos cautivos, así como actuaciones discriminatorias y otras análogas. Estas tarifas no podrán ser inferiores al coste del servicio y deberán atender al cumplimiento de los objetivos fijados en el plan de empresa». «El Consejo de Administración de cada Autoridad Portuaria aprobará libremente sus tarifas».

El Consejo de Administración celebrado en sesión ordinaria el día 17 de diciembre de 2007, aprobó el informe del Director de la Autoridad Portuaria relativo a «aprobación bonificaciones comerciales año 2008» en el que se propone, en base al artículo 27.3 de la Ley 48/2003 de 26 de noviembre, que el porcentaje para la aplicación de las bonificaciones comerciales para el presente año 2008, sea del 10 por 100 sobre la recaudación media conjunta por las tasas al buque, al pasaje y a la mercancía de los dos últimos ejercicios.

El mismo Consejo de Administración, celebrado el 17 de diciembre de 2007, en aplicación del artículo 26 de la Ley 48/2003 de 26 de noviembre, acuerda la aplicación del un coeficiente corrector del 1 para aplicar a las tasas del buque y de la mercancía para el año 2008.

La rentabilidad de explotación de la Autoridad Portuaria de Castellón para determinar el coeficiente corrector aplicado en el 2008, se obtuvo de la media calculada sobre la rentabilidad anual de los dos ejercicios anteriores cerrados y que resultó ser del 5,51 por 100.

Tanto las bonificaciones comerciales como el coeficiente corrector aplicables para el ejercicio 2008, fueron previamente aprobados, en el Plan de Empresa celebrado en el Organismo Público Puertos del Estado, el 17 de mayo de 2007.

La actualización de las cuantías de las tasas aplicada durante el 2008, está definida en la siguiente legislación:

Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de presupuestos generales del estado para el año 2008.

Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general.

Orden FOM/3690/2007, de 10 de diciembre, por la que se aprueba la valoración de terrenos y lámina de agua de la zona de servicio del puerto de Castellón.

La distribución del importe neto de la cifra de negocio del ejercicio 2008 ha sido el siguiente:

 

2008

Euros

Importe neto de la cifra de negocio

19.683.009,04

A) Tasas portuarias

17.700.551,95

Tasas por ocupación privativa del dominio público portuario

4.823.501,97

Tasas por utilización especial de las instalaciones portuarias

9.220.970,13

Tasa del buque

3.160.307,57

Tasa de embarcaciones deportivas y de recreo

109.824,94

Tasa del pasaje

453,77

Tasa de la mercancía

5.805.760,18

Tasa de la pesca fresca

144.623,67

Tasa por aprovechamiento especial del dominio público

2.527.692,96

Tasas por servicios no comerciales

1.128.386,89

Tasa por servicios generales

1.004.256,78

Tasa por servicio de señalización marítima

124.130,11

B) Otros ingresos de negocio

1.982.457,09

Importes adicionales a las tasas

1.408.168,78

Tarifas y otros

574.288,31

Otros ingresos de explotación.–El detalle de este epígrafe es el siguiente:

 

2008

Euros

Otros ingresos de explotación

907.164,34

Ingresos accesorios y otros de gestión corriente

282.083,67

Subvenciones

22.910,16

Ingresos por concesiones traspasados a resultados

58.170,51

Fondo de Compensación Interportuario recibido

544.000,00

Gastos de personal.–La composición de esta partida en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2008 es la siguiente:

 

2008

Euros

Gastos de personal

4.900.013,72

Sueldos y salarios

3.578.855,38

Indemnizaciones

0,00

Seguridad social a cargo de la empresa

1.058.003,49

Otros gastos de personal

263.154,85

El número medio de personal empleado en la Autoridad Portuaria de Castellón en el ejercicio 2008, clasificado por categorías se refleja en el siguiente detalle:

 

N.º de empleados

Personal fuera de convenio

20

Presidencia

1

Alta dirección

1

Jefe de departamento técnico

1

Jefe de departamento

6

Jefe de división

5

Jefe de unidad

5

Secretaria de presidencia

1

Personal dentro de convenio

86

Grupo II banda I

13

Grupo II banda II

15

Grupo III banda I

8

Grupo III banda II

49

Grupo III banda III

1

Personal eventual

14

Total

120

El detalle de la rúbrica «Otros gastos de personal» durante el ejercicio 2008 es el siguiente:

 

2008

Euros

Aportación a sistemas complementarios de pensiones

48.263,88

Formación al personal

32.233,25

Otros gastos sociales

182.657,72

Total

263.154,85

La Autoridad Portuaria de Castellón autorizó la constitución de un fondo de pensiones de aportación definida en su Consejo de Administración del 5 de diciembre de 1997 a propuesta del Jefe del Departamento Económico Financiero, configurado como un institución de previsión de carácter privado, voluntario y complementario para todo el personal de la APC con al menos un año de antigüedad, teniendo en cuenta el artículo 49 del I Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, y según lo establecido en el Acta de la Comisión de Seguimiento y control del Plan de Jubilaciones anticipadas celebradas los días 9 y 17 de octubre de 1996 y de conformidad con el Acta de la Comisión paritaria de fecha 25 de mayo de 1997.

En virtud de dicho acuerdo, la Autoridad Portuaria de Castellón se compromete a realizar una aportación anual global fijada en los presupuestos del año. El reparto de esta aportación entre los empleados acogidos a este régimen se realiza atendiendo a la edad del partícipe, la antigüedad del mismo y el salario base anual del ejercicio anterior. Por su parte los empleados que se acojan a este plan deberán realizar una aportación mínima anual de un 25 por 100 de lo realizado por la Autoridad Portuaria de Castellón. En el caso de que no se cumpliera este porcentaje mínimo se ajustaría la aportación realizada por la Autoridad Portuaria de Castellón.

El gasto registrado por este concepto durante el ejercicio 2008 ha ascendido a 48.263,88 euros.

Otros gastos de explotación.–El detalle del epígrafe «Otros gastos de explotación» es el siguiente:

 

2008
-
Euros

Otros gastos de explotación

4.483.995,92

Servicios exteriores

2.431.606,54

Reparaciones y conservación

267.187,64

Servicios profesionales independientes

481.485,11

Suministros y consumos

540.959,58

Otros servicios exteriores

1.141.974,21

Tributos

206.906,80

Pérdidas, deterioro y variación de provisiones por operaciones comerciales

-5.314,36

Otros gastos de gestión corriente

681.482,43

Aportación Puertos del Estado

649.314,51

Fondo de Compensación Interportuario aportado

520.000,00

La Aportación a Puertos del Estado viene recogida en el capítulo II de la Ley 48/2003 en su artículo 11.1.b) que cita «el cuatro por ciento de los ingresos devengados por las Autoridades Portuarias en concepto de tasas, que tendrá la consideración de gasto de explotación para éstas y se liquidará con periodicidad trimestral...».

Gastos e ingresos financieros.–El detalle de este epígrafe de la cuenta de resultados del ejercicio 2008 está recogido en el cuadro 13 del Anexo.

El importe de los gastos financieros registrados por las coberturas contables de las operaciones de préstamo durante el ejercicio 2008 asciende a 306.449 euros.

16. Otra información

Delegaciones en materia de recaudación.–De acuerdo con la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, el régimen sustantivo y las funciones orgánicas de la Autoridad Portuaria de Castellón en materia de tasas portuarias ha variado sustancialmente. Con el objeto de dotar de la necesaria agilidad, eficacia y operatividad a la tramitación de los respectivos expedientes, se propone al Consejo de Administración de esta entidad, el siguiente acuerdo y delegaciones en materia de recaudación de las tasas portuarias:

A) Las funciones relativas a la notificación de las liquidaciones y procedimiento de apremio, quedan delegadas en el jefe del área económico-financiera de la entidad, exceptuando del proceso de recaudación la concesión de aplazamientos en el pago de la deuda tributaria, que las ejercitará en virtud de la presente delegación, facultándole para que, a su vez, delegue el ejercicio total o parcial de las competencias, actuaciones y funciones delegadas en otros órganos o personas de la Autoridad Portuaria de Castellón.

B) La concesión de aplazamientos del pago en la fase de recaudación de las tasas y demás tributos quedan delegadas en el Presidente de la Entidad que las ejercitará en virtud de la presente delegación, facultándole para que, a su vez, delegue el ejercicio total o parcial de las competencias, actuaciones y funciones delegadas en otros órganos o personas de la Autoridad Portuaria de Castellón.

Propuesta que fue aprobada por el Consejo de Administración celebrado el 28 de junio de 2005.

Ampliación del alcance de la certificación ISO 9001:2000.–Durante el ejercicio 2008 se ha ampliado el alcance de la certificación ISO 9001:2000, que desde el año 2001 afectaba a uno de los procesos clave de la organización, el de «Escala de Buque». Tras pasar satisfactoriamente la auditoría realizada por Lloyd’s Register en julio de 2008, también el segundo proceso clave, la «Tramitación Administrativa del Dominio Público Portuario» está incluido en el ámbito de dicha certificación.

17. Acontecimientos posteriores al cierre

Aprobación del coeficiente corrector año 2009.–La rentabilidad de explotación de la Autoridad Portuaria de Castellón para determinar el coeficiente corrector aplicable en el 2009, se obtiene de la media calculada sobre la rentabilidad anual de los dos ejercicios anteriores cerrados y que resulta ser del 5,58 por 100.

El Consejo de Administración celebrado el 15 de diciembre de 2008, en aplicación del artículo 26 de la Ley 48/2003 de 26 de noviembre, acuerda la aplicación del coeficiente corrector de 1 para aplicar a las tasas del buque y de la mercancía para el año 2009.

Bonificaciones comerciales año 2009.–El Consejo de Administración celebrado en sesión ordinaria el día 15 de diciembre de 2008, aprobó el informe del director de la Autoridad Portuaria relativo a «aprobación bonificaciones comerciales año 2009» en el que se propone, en base al artículo 27.3 de la Ley 48/2003 de 26 de noviembre, que el porcentaje para la aplicación de las bonificaciones comerciales para el próximo año 2009, sea del 10 por 100 sobre la recaudación media conjunta por las tasas al buque, al pasaje y a la mercancía de los dos últimos ejercicios.

Tanto las bonificaciones comerciales como el coeficiente corrector aplicables para el ejercicio 2009, fueron previamente aprobados, en el plan de empresa celebrado en el Organismo Público Puertos del Estado, el 26 de mayo de 2008.

Incremento de la cuantía de tasas portuarias.–La actualización de las cuantías de las tasas, a aplicar durante el próximo ejercicio 2009, está definida en la legislación mencionada en la Nota 15 y en la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del estado para el año 2009.

Plan de igualdad.–Aun no siendo obligatorio, según los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, la Autoridad Portuaria de Castellón, se ha comprometido a finales del ejercicio 2008 a implantar un plan de igualdad de aplicación a partir del 2009 a todos los empleados de la organización.

El objetivo es establecer un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

Nuevas Normas de Contratación.–El sábado 24 de enero de 2009 se publicó en el «BOE» la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. Esta Orden deroga la anterior Orden FOM/4247/2006, de 28 de diciembre. Es de aplicación para los contratos de obras, servicios y suministros que celebre la Autoridad Portuaria.

Perfil del Contratante.–Desde el mes de enero del 2009 contamos en la página web de la Autoridad Portuaria de Castellón con la sección de Perfil de contratante, en la que se cuelga toda la información relativa a las licitaciones de los contratos de obras, servicios y suministros, tales como los anuncios de licitación, Pliegos de Condiciones…, con el fin de asegurar la transparencia y el acceso al público a la información relativa a la actividad contractual de la Autoridad Portuaria.

La implantación de la Responsabilidad Social Corporativa en el Puerto de Castellón.–La Responsabilidad Social Corporativa (RSC) se define como la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en las operaciones comerciales y las relaciones con los interlocutores.

La Autoridad Portuaria de Castellón ha decidido implantar en el año 2009 la RSC con el objetivo de cumplir las siguientes metas:

Dar una visión clara del impacto humano y ecológico de la APC.

Proporcionar a las partes interesadas datos fiables que sean relevantes para sus necesidades e intereses.

Proporcionar una herramienta de gestión que ayude a la organización a evaluar y a mejorar constantemente las actuaciones y progresos.

Así pues, las fases del proyecto serán:

Diagnóstico de la situación actual.

Diseño de una estrategia, definiendo los propósitos válidos, recopilando y canalizando objetivos de RSC para materializarlos en un plan operativo de RSC rentable.

Diseño del programa operativo de puesta en marcha de RSC.

Plan de comunicación para generar difusión de RSC a través de distintos materiales promocionales.

18. Medidas medioambientales

La Resolución número 6389 de 25 de marzo de 2002, del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas (ICAC), establece la obligación de informar en las cuentas anuales sobre las cuestiones relacionadas con la prevención, reducción y reparación del impacto medioambiental ocasionado por las actividades de la Autoridad Portuaria.

La Autoridad Portuaria de Castellón desarrolla su gestión medioambiental tutorizada por un Comité Medioambiental formado por personal de la empresa con tareas directivas en las principales áreas de actividad. Este Comité lleva funcionando desde el año 2002 en el que se constituyó con la clara idea de implantar un Sistema de Gestión Medioambiental (SGMA) en el Puerto de Castellón. Durante estos años, toda la labor medioambiental se ha canalizado a través de este grupo que está formado por personal de las áreas de Conservación y Mantenimiento y de Operaciones Portuarias. Sin embargo, desde el 2004, la Autoridad Portuaria cuenta con una división de Seguridad y Medio Ambiente y con personal dedicado exclusivamente a estas tareas, si bien ello no ha supuesto la desaparición de este Comité que sigue activo en la implantación del SGMA y la mejora continua de procesos más respetuosos con el entorno. En esta línea, la Autoridad Portuaria logró en el 2006 la implantación del P.E.R.S. (Port Enviromental Review System) que finalizó con la consecución de la certificación otorgada por la Fundación Ecoports y avalada por la auditoria de Lloyd´s Register y que ha supuesto la puesta en marcha de un Sistema de Gestión Medioambiental en el Puerto con el que se pretende prevenir y minimizar los posibles impactos negativos sobre el medio ambiente de nuestras actividades y servicios.

La gestión medioambiental de la Autoridad Portuaria de Castellón ha continuado durante 2008 incidiendo en las líneas básicas trazadas ya en los últimos ejercicios con una apuesta clara por el desarrollo sostenible de nuestras infraestructuras y operaciones. En este camino hemos seguido yendo de la mano de la Comunidad Portuaria para lograr que todas las actividades que se desarrollan en el puerto se realicen de forma respetuosa con la perseguida sostenibilidad.

El año 2008 ha sido importante a nivel de nuestra gestión medioambiental por varias razones. La primera de ellas, ha sido la puesta en marcha de la Dársena Sur donde la Terminal PortSur y la planta de producción de biodiesel de Infinita Renovables han comenzado a operar. Esta nueva zona portuaria creada al sur permite seguir alejando nuestras actividades de la zona urbana y crear espacios logísticos que no impidan el desarrollo lógico de las ciudades y el bienestar de los ciudadanos. Toda esta expansión se ha llevado a cabo bajo la bandera de la sostenibilidad y bajo el estricto control de la legislación y de los cumplimientos medioambientales más exigentes.

Pero 2008 ha sido también el año en el que el Puerto de Castellón ha seguido trabajando en la mejora de su gestión medioambiental y en la recertificación P.E.R.S. (Port Environmental Review System) acreditada por Lloyd’s Register y avalada por la Fundación ECOPORTS. Este es el único certificado de gestión ambiental desarrollado específicamente por y para el sector portuario y recoge las particularidades que son innatas a la realidad portuaria y a todos los agentes que en ella operan. El Puerto de Castellón obtuvo esta certificación por primera vez en el año 2006 convirtiéndose en el segundo puerto a nivel nacional que obtiene este aval a su gestión medioambiental.

Otro hito destacable que la Autoridad Portuaria ha desarrollado durante el 2008 ha sido la implantación de un nuevo medidor de partículas que analiza las partículas en suspensión pudiéndose obtener valores de inmisión anual y diaria de una zona y que controlará las emisiones procedentes de las operaciones de la Dársena Sur. Este nuevo medidor permitirá seguir controlando la calidad del aire y ofrecernos datos reales con los que poder seguir mejorando nuestra gestión.

La gestión de los residuos sigue siendo uno de los objetivos prioritarios en nuestra política medioambiental y durante el 2008 se ha invertido en el soterramiento de los residuos sólidos urbanos en las zonas de integración puerto-ciudad. La puesta en marcha de un innovador sistema de contenedores de residuos selectivos soterrados ha permitido la integración de estos puntos y la eliminación de los sistemas de recogida tradicionales por uno más limpio y acorde con el entorno.

Inmovilizaciones materiales e inmateriales.–La Autoridad Portuaria de Castellón tiene las siguientes inversiones en inmovilizaciones inmateriales y materiales relacionadas con la mejora del medio ambiente, con el siguiente detalle:

Concepto

Coste

Amortización
acumulada

Neto

Construcciones:

 

 

 

Instalaciones generales

191.480,18

79.421,79

112.058,39

Otro inmovilizado material:

 

 

 

Material diverso

259.440,22

115.900,77

143.539,45

Total

450.920,40

195.322,56

255.597,84

Movimientos de las cuentas realizados en el presente ejercicio.

Concepto

Construcciones

Otro Inmov. Mat.

Total

Coste: Saldo inicial

163.591,02

137.670,14

301.261,16

Más Traspasos de Inmovilizado en curso

27.889,16

121.770,08

149.659,24

Saldo final

191.480,18

259.440,22

450.920,40

Amortización acumulada: Saldo inicial

68.000,36

88.343,73

156.344,09

Dotaciones

11.421,43

27.557,04

38.978,47

Saldo final

79.421,79

115.900,77

195.322,56

Valor Neto Contable

112.058,39

143.539,45

255.597,84

Ventas, ingresos y bonificaciones relacionadas con el medio ambiente.–En la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, queda regulado un nuevo ordenamiento legal del Sistema Portuario de Titularidad Estatal. Los aspectos ambientales dentro de esa Ley son:

Se prevén bonificaciones, dentro del artículo 27, apartado 5 para incentivar mejores prácticas medioambientales, bonificaciones que se aplicarán a la tasa al buque.

Se regulan las actividades de recogidas de desechos generados por buques, y en su caso el almacenamiento, clasificación y tratamiento, y sus traslados a instalaciones de tratamiento autorizadas por la Administración (artículo 87). Se regula el servicio de acuerdo con el contenido de la Directiva 2000/59/CE, y se establece la tarifa fija, exigida por dicha Directiva, que ha de exigir la Autoridad Portuaria a todo buque que haga escala en su puerto. Además se prevé el cobro de una tarifa por la no utilización del servicio que cobrará la Autoridad Portuaria.

Dentro del Capítulo X del Título IV de la Ley, se regulan temas relativos al medio ambiente y la seguridad (artículos 129 al 132). Se regula la prevención y tratamiento de aquellas actuaciones que puedan tener efectos en el medio ambiente: vertidos, recepción de desechos. Los planes de emergencia y seguridad relacionados con las mercancías peligrosas. Elaborando cada Autoridad Portuaria su plan de emergencias interior y residuos procedentes tanto de buques como de las obras de dragado en los puertos.

Las bonificaciones a la Tarifa del buque debido a la utilización del servicio de recogida de residuos Marpol por la Autoridad Portuaria de Castellón han sido las siguientes:

Año

Bonificaciones a la tarifa del buque

Euros

Incremento

Porcentaje

Reclamaciones recibidas sobre el servicio

2004

3.990

 

 

2005

13.187

231

 

2006

28.607

117

 

2007

37.196

30

 

2008

56.994

35

4

Con respecto a las bonificaciones del artículo 27, apartado 5, de la citada Ley, en el presente ejercicio ha ascendido a euros 245.222,64.La tarifa devengada por la no utilización de los servicios de recogida de desechos generados por buques, prevista en el artículo 87 de la citada Ley, en el 2008 ha ascendido a 135.592 euros.

Costes y gastos medioambientales.–Los costes y gastos de la Autoridad Portuaria de Castellón en el ejercicio 2008 son los siguientes:

Costes y gastos Medioambientales

2008

Otros Gastos de Explotación

62.030,17

Servicios exteriores

62.030,17

Reparación y Conservación

25.234,30

Servicios profesionales independientes

4.677,39

Otros Servicios Exteriores

32.118,48

Dietas y Gastos de viaje

1.270,44

Otros

30.848,04

Gastos de Personal

81.595,94

Sueldos y Salarios

66.780,97

Seguridad Social

14.310,19

Aportación Planes de pensiones

504,78

Otros gastos de personal

496,63

Dotaciones a las Amortizaciones

38.978,47

Total

182.604,58

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