Está Vd. en

Documento BOE-A-2010-7236

Resolución de 26 de abril de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo por el que se prorroga el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Junta de Andalucía, para el desarrollo de un plan piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 2010, páginas 40317 a 40319 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2010-7236

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo por el que se prorroga el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Junta de Andalucía para el desarrollo de un plan piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 26 de abril de 2010.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo e Inmigración, José Antonio Panizo Robles.

ANEXO
Protocolo por el que se prorroga el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Junta de Andalucía para el desarrollo de un plan piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante y su anexo

En Madrid, a 12 de diciembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte, doña Consuelo Rumí Ibáñez, como Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, nombrada por Real Decreto 549/2008 de 21 de abril («BOE» n.º 97, de 22 de abril de 2008), en nombre y representación de la Administración General del Estado, Ministerio de Trabajo e Inmigración, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.6 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado; en el artículo 5 del Real Decreto 1129/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo e Inmigración, y en virtud del acuerdo de avocación de fecha 2 de noviembre de 2009.

De otra parte, don Antonio Fernández García, Consejero de Empleo de la Junta de Andalucía, en nombre y representación del citado Organismo, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 4/2009, de 23 de abril, y en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen plena competencia y capacidad para firmar el presente Protocolo de Prórroga del Convenio reseñado y su Anexo (en adelante, Protocolo de prórroga), y

MANIFIESTAN

Primero. Que conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Comunidad Autónoma de Andalucía suscribieron con fecha 11 de diciembre de 2008 un Convenio de colaboración para el desarrollo de un Plan Piloto de actuación integral en zonas sensibles de Andalucía con presencia significativa de población inmigrante.

Segundo. Que con fecha 2 de abril de 2009, las partes firmaron un anexo al Convenio por el que se acordaba la participación del Fondo Europeo de Integración de Nacionales de Terceros Países (FEI) cofinanciando el presupuesto aportado por el Ministerio de Trabajo e Inmigración.

Tercero. Que dicho Plan Piloto de actuación integral se ha venido desarrollando satisfactoriamente y de acuerdo con lo convenido, en aquellas zonas de Andalucía que fueron seleccionadas, de común acuerdo, por las partes del Convenio. Que las circunstancias que hicieron necesario el desarrollo de dicho plan de actuación exigen, hoy, el mantenimiento de los proyectos puestos en marcha, dándoles la continuidad necesaria que permita, consolidando los resultados ya alcanzados, progresar en la consecución del objetivo de integración intercultural y cohesión social que este Plan pretende.

Cuarto. Que, de acuerdo con la voluntad manifestada en la cláusula novena del citado Convenio de colaboración, el mismo, con una duración inicial de un año desde su firma, podrá ser objeto de ulteriores prórrogas, de la misma duración, acordándolo así las partes de común acuerdo.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo de Prórroga que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.–Prórroga del Convenio de colaboración.

En virtud de la cláusula novena del citado Convenio de colaboración suscrito el 11 de diciembre de 2008, la vigencia del mismo y de su anexo, queda prorrogada un año y su correspondiente ejercicio económico, desde la firma del presente Protocolo de prórroga.

Segunda.–Actuaciones.

Las actuaciones que conlleva el desarrollo del presente Protocolo de Prórroga se ajustan a lo señalado en el Convenio que se prorroga y en su citado anexo, continuando con el desarrollo del plan piloto puesto en marcha a través del mismo, de acuerdo con lo convenido.

Tercera.–Financiación.

El coste total de la actividad se estima en tres millones de euros (3.000.000 euros), cuyo desglose estimado por actividades queda incluido en el anexo al presente Protocolo.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración contribuirá con una aportación económica de dos millones quinientos mil euros (2.500.000 euros), con cargo a la aplicación 19.07.231H. 455.03 del Presupuesto vigente del Departamento, cofinanciado con el FEI.

Esta aportación se transferirá a la Junta de Andalucía a la firma del Convenio.

La Junta de Andalucía contribuirá con una aportación económica, con cargo a su Presupuesto vigente, de quinientos mil euros (500.000 euros), de lo cuales 300.000 euros con cargo a las partidas presupuestarias 01.12.00.01.00 (120, 121, 160, 226, 227, 230, 233, 482 y 483) y 200.000 euros con cargo a las partidas 01.12.00.02.00 (226, 227 482 y 483).

Cuarta.–Justificación del empleo de los fondos.

Al estar cofinanciado el gasto por el fondo europeo para la integración, la junta de Andalucía se compromete, en lo referente a la justificación de los gastos incurridos en ejecución de las actuaciones señaladas en la cláusula segunda de este convenio de Prórroga, con cargo a la aportación del Ministerio de Trabajo e Inmigración, a seguir el procedimiento y los formatos que se especifican en el Manual de justificación de gastos del Fondo Europeo para la Integración de Nacionales de Terceros Países (FEI), entregado a la Consejería de Gobernación con anterioridad a la firma de este Convenio de prórroga. Igualmente, los justificantes de pago llevarán un código contable que les identifique.

Disposición adicional.

En lo no dispuesto expresamente en este Protocolo de Prórroga, será de aplicación lo establecido en el Convenio de colaboración suscrito en 2008.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Protocolo de Prórroga en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicados. La Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración (P.D. Orden Ministerial Comunicada delegación de firma de 2 de noviembre de 2009), Consuelo Rumí Ibáñez.–El Consejero de Empleo, Antonio Fernández García.

ANEXO
Presupuesto desglosado por actuaciones

Actuaciones

Aportación MTIN

Euros

Aportación Junta de Andalucía

Euros

Intervención socioeducativa

200.000

 

Detección temprana de situaciones de abandono, maltrato y/o explotación

200.000

 

Interculturalidad en espacios públicos de ocio y cultura

400.000

100.000

Formación y Empleo

500.000

100.000

Sensibilización

500.000

200.000

Información, orientación y asesoramiento

400.000

100.000

Actividades asistenciales

300.000

Total

2.500.000

500.000

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid