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Documento BOE-A-2010-7854

Resolución de 27 de abril de 2010, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se otorga el reconocimiento al que se refiere el apartado vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, a las formaciones deportivas de técnico deportivo en Espeleología de nivel I y de nivel II, autorizadas por la Secretaría General para el Deporte de la Junta de Andalucía e impartidas por la Federación Andaluza de Espeleología.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 15 de mayo de 2010, páginas 42853 a 42856 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2010-7854

TEXTO ORIGINAL

El 8 de noviembre de 2007, el Boletín Oficial del Estado, publicó el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.

A su vez el BOE publicó el 19 de febrero de 2010, el Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso. En su disposición adicional sexta establece el plazo para el reconocimiento de las formaciones deportivas a las que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre y la disposición transitoria primera del Real Decreto1363/2007, de 24 de octubre.

La Disposición transitoria primera y tercera del mencionado Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, prevé que hasta el momento en que se produzca la implantación efectiva de las enseñanzas en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva, las formaciones de entrenadores que lleven a cabo las Federaciones deportivas y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas en la misma modalidad o especialidad, pueden obtener, además del efecto federativo, el efecto académico de correspondencia formativa con las enseñanzas deportivas de régimen especial.

La regulación de estas formaciones se recoge en la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre (BOE de 30 de diciembre), por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de la formación en materia deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre.

Esta Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, que mantiene su vigencia por así quedar determinado en la disposición transitoria tercera del ya mencionado Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, exige para que las formaciones puedan obtener el efecto académico, entre otros requisitos, que cuenten con la autorización de la Administración competente en este ámbito, y además, contar con el reconocimiento del Consejo Superior de Deportes.

El reconocimiento referido ha de otorgarlo el Consejo Superior de Deportes, cuando proceda, a solicitud del órgano competente de la Administración Autónoma, y conforme a lo previsto en la Orden de 30 de julio de 1999, que regula el procedimiento para el reconocimiento de las formaciones de entrenadores deportivos a las que se refieren el artículo 42 y la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, igualmente vigente.

La Secretaría General para el Deporte de la Junta de Andalucía ha solicitado del Consejo Superior de Deportes el correspondiente reconocimiento de las formaciones deportivas de espeleología, que previamente autorizó en la citada modalidad mediante Resolución, con el objeto de que puedan obtener los efectos académicos ya señalados.

Por ello, una vez efectuada la instrucción del procedimiento conforme a lo previsto en el apartado Decimoquinto de la Orden de 30 de julio de 1999, y en virtud de las competencias que se atribuyen al Consejo Superior de Deportes en el apartado Decimoquinto de la Orden de 30 de julio de 1999, y en el apartado Vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, he resuelto:

Primero.–A los efectos de equiparación de las formaciones llevadas a cabo conforme a lo previsto en la Disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, se otorga el reconocimiento al que se refiere el apartado Vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, a las formaciones deportivas de Técnico Deportivo en Espeleología de nivel I y II autorizadas por la Secretaría General para el Deporte de la Junta de Andalucía e impartidas por la Federación Andaluza de Espeleología que se detallan en el Anexo de la presente Resolución.

Segundo.–A los efectos de equiparación con las enseñanzas deportivas de régimen especial, quedarán inscritas en el Consejo Superior de Deportes las formaciones reconocidas conforme a lo establecido en el apartado Primero de la presente Resolución, que dieron lugar a la expedición de los correspondientes certificados y diplomas de entrenadores deportivos.

La presente Resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el Presidente del Consejo Superior de Deportes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso - Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, y el artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 27 de abril de 2010.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Jaime Lissavetzky Díez.

ANEXO
FORMACIONES QUE SE RECONOCEN EN LA MODALIDAD DE ESPELEOLOGÍA AUTORIZADAS POR LA SECRETARÍA GENERAL PARA EL DEPORTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA E IMPARTIDAS POR LA FEDERACIÓN ANDALUZA DE ESPELEOLOGÍA

Cursos que se reconocen

Diploma de Técnico Deportivo en Espeleología. Nivel 1

N.º

Autorizado por

Lugar

Fechas

Código de plan

1

Resolución de 27/06/02.

Villaluenga del Rosario (Cádiz) y Sevilla.

07/07/02 al 30/11/03

PT0403N1EPEP00

2

Resolución de 30/06/06.

Villaluenga del Rosario (Cádiz) y Málaga.

07/07/06 al 27/05/07

PT0407N1EPEP01

3

Resolución de 09/03/07.

Villaluenga del Rosario (Cádiz) y Málaga.

31/03/07 al 30/03/08

PT0407N1EPEP01

4

Resolución de 26/03/08.

Villaluenga del Rosario (Cádiz) y Málaga.

05/04/08 al 20/03/09

PT0407N1EPEP01

Total de cursos reconocidos: 4.

Código de plan: PT0403N1EPEP00

 

 

Horas

Requisitos de acceso.

Título de Educación Secundaria o equivalente a efectos académicos 16 años de edad. Prueba de acceso de carácter específico.

 

Bloque común.

Fundamentos biológicos

25

 

Comportamiento y aprendizaje

20

 

Teoría y práctica del entrenamiento

10

 

Organización y legislación del deporte

5

 

Total bloque común

60

Bloque específico.

Formación técnica, táctica y reglamento

50

 

Didáctica de la espeleología

15

 

Seguridad/ Autosocorro

10

 

Desarrollo profesional

5

 

Medio natural

10

 

Total bloque específico

90

Requisitos posteriores.

Periodo de prácticas

200

Carga lectiva total: 350 horas.

 

Código de plan: PT0407N1EPEP01

 

 

Horas

Requisitos de acceso.

Título de Educación Secundaria equivalente a efectos académicos 16 años de edad. Prueba de acceso de carácter específico

 

Bloque común.

Fundamentos biológicos

15

 

Comportamiento y aprendizaje

10

 

Teoría y práctica del entrenamiento

15

 

Organización y legislación del deporte

5

 

Total bloque común

45

Bloque específico.

Formación técnica, táctica y reglamento

50

 

Didáctica de la espeleología

10

 

Entrenamiento específico

5

 

Seguridad e higiene en espeleología

10

 

Desarrollo profesional

5

 

Medio natural

10

 

Total bloque específico

90

Requisitos posteriores.

Periodo de prácticas

150

Carga lectiva total: 285 horas.

 

Diploma de Técnico Deportivo en Espeleología. Nivel 2

N.º

Autorizado por

Lugar

Fechas

Código de plan

1.

Resolución de 12/03/07.

Villaluenga del Rosario (Cádiz) y Málaga.

31/03/07 al 30/03/08

PT0408N2EPEP00

2.

Resolución de 26/03/08.

Villaluenga del Rosario (Cádiz) y Málaga.

15/04/08 al 28/09/09

PT0409N2EPEP01

Total de cursos reconocidos: 2.

Código de plan: PT0408N2EPEP00

 

 

Horas

Requisitos de acceso.

Título de Educación Secundaria o equivalente a efectos académicos. Haber superado en nivel I de la especialidad.

 

Bloque común.

Fundamentos biológicos

25

 

Comportamiento y aprendizaje

15

 

Teoría y práctica del entrenamiento

25

 

Organización y legislación del deporte

5

 

Total bloque común

70

Bloque específico.

Formación técnica, táctica y reglamento

95

 

Didáctica de la espeleología

25

 

Entrenamiento específico

45

 

Desarrollo profesional

45

 

Total bloque específico

210

Requisitos posteriores.

Periodo de prácticas

200

Carga lectiva total: 480 horas.

 

Código de plan: PT0409N2EPEP01

 

 

Horas

Requisitos de acceso.

Título de Educación Secundaria o equivalente a efectos académicos. Haber superado en nivel I de la especialidad.

 

Bloque común.

Fundamentos biológicos

25

 

Comportamiento y aprendizaje

15

 

Teoría y práctica del entrenamiento

25

 

Organización y legislación del deporte

5

 

Total bloque común

70

Bloque específico.

Formación técnica, táctica y reglamento

95

 

Didáctica de la espeleología

50

 

Entrenamiento específico

45

 

Seguridad e higiene en el deporte

25

 

Desarrollo profesional

20

 

Medio ambiente

25

 

Total bloque específico

260

Requisitos posteriores.

Periodo de prácticas

200

Carga lectiva total: 530 horas.

 

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