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Documento BOE-A-2010-8024

Resolución de 13 de mayo de 2010, de la Dirección de la Agencia Estatal de Boletín Oficial del Estado, por la que se publica un resumen del informe general de actividad correspondiente al año 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 18 de mayo de 2010, páginas 43419 a 43427 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2010-8024

TEXTO ORIGINAL

La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado es un organismo público de los regulados en la Ley de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos. Su Estatuto fue aprobado por Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre.

La Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos, en su artículo 10.2 establece, que es atribución del Consejo Rector de las Agencias Estatales, entre otras, la aprobación de un informe general de actividad. Esta misma competencia, referida al Consejo Rector de la Agencia Boletín Oficial del Estado viene recogida en el artículo 10.1 de su Estatuto.

El Informe General de Actividad de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado correspondiente al año 2009 fue aprobado por el Consejo Rector en la reunión de 22 de abril de 2010.

El Estatuto de la Agencia establece, en su artículo 4.2.a), que una vez aprobado el informe general de actividad, se publicará un resumen de dicho documento en el «Boletín Oficial del Estado», en el que se hará mención de la dirección de la «página web» de la Agencia en la que podrá ser consultado el texto completo del mismo.

En su virtud, y de acuerdo a las competencias que se le atribuyen en el artículo 11.3 del Estatuto de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, esta Dirección ha resuelto:

Primero.– Publicar el resumen del Informe General de Actividad de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado correspondiente al año 2009, aprobado por el Consejo Rector en su reunión del 22 de abril de 2010, cuyo texto se inserta a continuación como anexo.

Segundo.–El contenido completo de dicho documento se podrá consultar en la sede electrónica de la Agencia: http://www.boe.es.

Madrid, 13 de mayo de 2010.–El Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, Fernando Pérez Sánchez.

ANEXO
Resumen del informe general de actividad de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, correspondiente al año 2009

1. Presentación

La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado es un organismo público, de los establecidos en el artículo 43.1.c) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio de la Presidencia. Se creó mediante el Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, en virtud de la autorización otorgada al Gobierno por la disposición adicional segunda de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos (Ley de Agencias). La Agencia asumió todas las competencias y funciones, y quedó subrogada en la totalidad de los bienes, derechos y obligaciones del organismo autónomo Boletín Oficial del Estado, que se suprimió mediante el citado Real Decreto.

Dispone de patrimonio propio, integrado por el conjunto de bienes y derechos de que es titular, y autonomía de gestión y funcional dentro de los límites establecidos por la Ley de Agencias y por su propio Estatuto.

La Agencia es el organismo público competente para la publicación y difusión de las leyes, disposiciones y otros actos a que se refiere el Real Decreto 1511/1986, de 6 de junio, de ordenación del diario oficial del Estado; de los datos a que se refieren los artículos 420 y siguientes del Reglamento del Registro Mercantil, y demás disposiciones y actos que legal o reglamentariamente se determine.

Asimismo, es competente para la publicación y difusión en cualquier soporte, por sí misma o en colaboración con otras administraciones públicas, ministerios, organismos o entidades de derecho público, de repertorios, compilaciones, textos legales y separatas de disposiciones que se consideren de especial interés, así como la permanente actualización y consolidación de lo publicado.

La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado se constituye como organismo especializado de la Administración General del Estado para la edición y distribución de publicaciones oficiales, y tiene la consideración de medio propio instrumental de la Administración General del Estado y de sus organismos y entidades de derecho.

Los órganos de gobierno de la Agencia son el Presidente y el Consejo Rector.

El órgano ejecutivo de la Agencia es su Director, nombrado y separado por el Consejo Rector a propuesta del Presidente.

Del Director de la Agencia dependen las siguientes unidades:

La Secretaría general.

La Subdirección de la Imprenta Nacional.

El Departamento de gestión editorial, documentación e información.

El Departamento de tecnologías de la información.

El Departamento de recursos humanos y relaciones laborales.

El Departamento de programación, seguimiento y evaluación de la gestión.

2. Aspectos más relevantes de la gestión de la Agencia en el año 2009

2.1 Publicación electrónica de los diarios oficiales, con carácter de oficial y auténticos y supresión de la distribución de la edición en papel.

La publicación desde el día 1 de enero de 2009 de los dos diarios oficiales «BOE» y «BORME en la sede electrónica de la Agencia,» en formato electrónico con el carácter de auténticos, ha supuesto un gran reto para la Agencia, y un gran logro de la Administración Pública respecto a su compromiso de promover e impulsar el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones en beneficio de los ciudadanos, contribuyendo así a hacer realidad la sociedad de la información.

La Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, previó que, a partir del 1 de enero de 2009, la publicación electrónica del «BOE», tendría carácter oficial y auténtico, en las condiciones y con las garantías que se determinasen reglamentariamente, derivándose de dicha publicación los efectos previstos en el título preliminar del Código Civil y en las restantes normas aplicables.

Con la finalidad de dar cumplimiento al mandato legal, el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», vino a desarrollar las condiciones y garantías de publicación del nuevo diario electrónico, con el carácter de oficial y auténtico a partir del 1 de enero de 2009.

De modo análogo, el Real Decreto 1979/2008, de 28 de noviembre, regula la edición electrónica del «Boletín Oficial del Registro Mercantil», indicando que dicha edición se publicará conforme a lo previsto en la Ley 11/2007, y otorgando al contenido de los actos, anuncios y avisos legales de la misma el carácter y la eficacia jurídica que resultan de la Ley, del Reglamento del Registro Mercantil y de las normas que se establecen en el propio real decreto.

Entre los aspectos más significativos de la nueva edición electrónica de los diarios oficiales, destacan los siguientes:

a) Acceso universal y gratuito.

La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado garantiza a través de redes abiertas de telecomunicación el acceso universal y gratuito a la edición electrónica de los diarios oficiales. Dicho acceso comprende la posibilidad de consultar, archivar e imprimir, cada una de las disposiciones, actos y anuncios que lo componen.

b) Autenticidad, integridad e inalterabilidad del contenido de los diarios.

Para garantizar la autenticidad, integridad e inalterabilidad del contenido de los diarios, la edición electrónica de los diarios, publicada a partir del 1 de enero de 2009, incorpora firma electrónica avanzada en cada disposición, anuncio, o bloque de actos, y sello de tiempo proporcionado por una autoridad de certificación reconocida.

c) Nuevo formato para facilitar la accesibilidad de las personas con discapacidad.

El nuevo formato de los diarios electrónicos, en el que el texto se muestra en una sola columna y el contenido se encuentra etiquetado, facilita su lectura en pantalla, y permite su lectura a los dispositivos electrónicos que utilizan las personas invidentes.

Estas mejoras en los aspectos de accesibilidad se han visto reconocidas con la concesión a la Agencia, en el año 2009, del premio TAW de la Fundación CTIC (Centro Tecnológico de la Información y la Comunicación) a la web pública más accesible.

d) Nuevo diseño de la página web de la Agencia y medios técnicos para garantizar el acceso.

Para facilitar que las personas que accedan a la página web visualicen claramente cuándo acceden a los diarios oficiales con carácter de auténticos y cuándo acceden a otras informaciones o servicios que presta la Agencia, se modificó el diseño de la página web.

Asimismo, para garantizar el acceso y la disponibilidad de los diarios oficiales en Internet, la Agencia dispone de ocho servidores y dos sistemas de almacenamiento distribuidos geográficamente en dos edificios en Madrid, de tal modo que desde cualquiera de las dos localizaciones se pueden servir sus contenidos de forma simultánea o independiente.

Por otra parte, la Agencia dispone de un centro de respaldo que asegura, en el supuesto de que ocurriese alguna incidencia grave en los sistemas de comunicación que impidiera editar los diarios en la sede de la Agencia, éstos pudieran editarse desde dicho centro de respaldo.

g) Incidencia económica e impacto ambiental.

La supresión del diario en papel y su distribución supone un ahorro de costes en torno a seis millones de euros anuales. No obstante, dicha supresión implicó también la desaparición de los ingresos por las suscripciones y ventas del diario que ascendían a tres millones de euros anuales, por lo que el efecto económico neto es de un ahorro de alrededor de tres millones de euros anuales.

En cuanto al impacto medioambiental, la supresión de la distribución del diario impreso supuso una reducción significativa del consumo de papel, energía, tintas y otras materias primas. El consumo de papel se redujo en unas 4.000 toneladas anuales.

2.2 Reducción de las tasas por publicación de anuncios en el «BOE» y en el «BORME» y por la publicación de actos en la Sección Primera del «BORME».

La supresión del diario en papel y su distribución supuso una importante reducción de costes, lo que propició a su vez una reducción del tipo unitario de las tasas por publicación de anuncios en el «BOE» y en el «BORME», y por la publicación de actos en la Sección Primera del «BORME». Dicha reducción, incluida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, significó una reducción media de dichas tasas superior al 10% respecto al año 2008.

2.3 Portal único de consulta de legislación estatal y autonómica.

El 6 de marzo de 2009 se presentó a los responsables de los diarios oficiales de las comunidades autónomas, el proyecto sobre el «Portal único de consulta de toda la legislación estatal y autonómica».

Este proyecto, iniciado a finales del año 2007, constituye una iniciativa para establecer, desde un único portal o dirección Internet, el acceso a las bases de datos legislativas del «BOE» y de las Comunidades Autónomas.

La Agencia se comprometió a desarrollar el programa en el que se soporta el citado portal, y que reproduce para España el sistema europeo denominado N-LEX que permite el acceso a las bases de datos legislativas oficiales de veinticuatro de los Estados miembros de la Unión Europea

Tras la realización y presentación del sistema por la Agencia a las comunidades autónomas, éstas deberán desarrollar un conector que posibilite el acceso a sus bases de datos a través del portal común.

2.4 Incorporación del nuevo modelo de gestión previsto en la Ley de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos.

La aprobación del Contrato de Gestión de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, mediante Orden PRE/2009, de 13 de enero, marca el inicio de una nueva etapa en la que el organismo desarrolla su actividad de acuerdo con el nuevo modelo de gestión transparente y por objetivos que persigue la Ley de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos.

Ello supone la incorporación sistemática en la gestión diaria del organismo de una nueva forma de funcionamiento, en la que se potencian las funciones de planificación y programación, seguimiento, control y evaluación de los resultados, de forma que los ciudadanos puedan visualizar de manera clara los fines de la Agencia, y los resultados de su gestión.

De esta forma, y de acuerdo con lo establecido en la Ley de Agencias y en el propio Contrato de Gestión, la Agencia facilita periódicamente información a través de sus órganos de gobierno sobre el grado de cumplimiento de los objetivos establecidos y la adecuada utilización de los recursos asignados. Además y para hacer efectivo el principio de transparencia en la gestión una vez aprobados el plan de acción, el informe general de actividad y las cuentas anuales, publica un resumen de dichos documentos en el «BOE» indicando la dirección de la «página web» de la Agencia en la que pueden consultarse los textos completos de dichos documentos.

3. Seguimiento del Contrato de Gestión y del plan de acción anual

3.1 Objetivos estratégicos.

Partiendo de las competencias y funciones encomendadas por la ley a la Agencia Estatal Boletín oficial del Estado, y el escenario en el que se desarrollará su actividad en los próximos años, en el Contrato de Gestión se establecieron los siguientes tres objetivos estratégicos:

Objetivo 1: Cumplir eficientemente y en la forma legalmente prevista, el servicio público de publicidad de las normas y de aquellas otras disposiciones o actos que el ordenamiento jurídico considera que deben ser publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil».

Objetivo 2: Llevar a cabo la máxima difusión de la legislación y demás contenidos del diario oficial, facilitando su acceso a los ciudadanos en general, así como a profesionales, empresas y otros clientes de la Agencia».

Objetivo 3: Ser la imprenta y el distribuidor «de referencia» de la Administración General del Estado y sus organismos de derecho público para todo tipo de publicaciones oficiales, así como para realizar todo tipo de trabajos que constituyen los fines de la Agencia, y prestar dichos servicios a otras administraciones públicas en los términos que se acuerden.

Para evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos estratégicos, se establecieron los doce indicadores de gestión y de impacto que se analizan a continuación.

3.1.1 Publicación de los diarios oficiales.–Para determinar el grado de cumplimiento del primer objetivo estratégico ligado a la competencia de publicar de los diarios oficiales, se establecieron los siguientes cinco indicadores:

Publicación del diario «Boletín Oficial del Estado» en la sede electrónica de la Agencia, antes de las 8 horas, todos los días del año, excepto los domingos:

Desde el 1 de enero de 2009, los dos diarios oficiales «BOE» y «BORME» se publican en edición electrónica.

El diario «Boletín Oficial del Estado» se ha publicado todos los días que corresponde su publicación antes de las 8 horas. Además se publicó un número extraordinario del «BOE» el domingo 29 de marzo de 2009 y, por primera vez, el 7 de abril de 2009, se publicaron dos diarios en un mismo día.

Publicación del periódico «Boletín Oficial del Registro Mercantil» en la sede electrónica de la Agencia, antes de las 8 horas, todos los días del año excepto sábados, domingos y festivos en la localidad de Madrid:

El diario «Boletín Oficial del Registro Mercantil» se ha publicado antes de las 8 horas todos los días que corresponde su publicación.

Tiempo de publicación de anuncios en los diarios oficiales (días hábiles desde la fecha de pago):

El objetivo fijado en el Contrato de Gestión era publicar todos los anuncios en el plazo de entre seis y diez días hábiles desde la fecha de pago. Todos los anuncios se han publicado en diez o menos días hábiles.

No obstante, la puesta en marcha del nuevo sistema de producción y el establecimiento de un registro de anunciantes permitió, en el plan de acción 2009 establecer un objetivo más exigente que el contemplado en el Contrato de Gestión, diferenciando dos plazos de publicación: de tres a seis días hábiles desde la fecha de pago para usuarios registrados, y de cinco a diez días para usuarios no registrados.

Porcentaje de erratas en el «Boletín Oficial del Estado» respecto al número de disposiciones y anuncios publicados:

A pesar de los cambios producidos por la edición electrónica del «BOE» y la necesaria adaptación del personal que edita, corrige y publica dichas disposiciones, el porcentaje de erratas, respecto al número de disposiciones y anuncios publicados, ha sido del 0,19%, este índice de erratas supone una mejora significativa, no solo respecto al objetivo del 0,24% previsto en el Contrato de Gestión, sino también respecto al valor alcanzado en el año 2008 que fue de 0,30%.

Número de consultas a la página web del Boletín Oficial del Estado (millones):

El número de consultas a la página web de la Agencia ha sido de 621,54 millones, por debajo del objetivo de los 750 millones de consultas a la página fijado en el Contrato de Gestión, e inferior en un 30% al número de consultas habidas en el año 2008.

La causa del descenso estuvo motivada por el cambio en la arquitectura de la página web, realizado el 1 de enero de 2009 con motivo de la publicación de los diarios oficiales electrónicos con validez jurídica con la finalidad de separar claramente éstos del resto de los servicios de la Agencia, lo que provocó que los usuarios tuvieran una mayor dificultad para navegar entre las distintas páginas de la web.

No obstante, cabe señalar que contrariamente a la evolución del número de páginas consultadas, que representa el número de documentos o pantallas que se abren en la página web («número de clicks»), otros parámetros representativos del acceso a la web han tenido un comportamiento muy positivo. Así, respecto a los valores del año 2008, se ha incrementado en un 3% el número de usuarios, en un 4% el número de visitas, y en un 37% el número de consultas a las disposiciones y anuncios publicados en los diarios oficiales.

En el mes de diciembre se modificó la arquitectura de la página con la intención de paliar, en la medida de lo posible, el impacto negativo del diseño de la misma en el número de consultas.

3.1.2 Difusión de la legislación.–Para determinar el grado de cumplimiento del segundo objetivo estratégico, ligado a la competencia de difusión de la legislación y otros contenidos del diario oficial, se establecieron los siguientes tres indicadores:

Número de accesos a las bases de datos de la Agencia (millones):

El número de accesos a las bases de datos de la Agencia ha sido de 47,73 millones, lo que supone 2,27 millones por debajo del valor del objetivo previsto en el Contrato de Gestión.

Con la modificación de la arquitectura de la web realizada a mediados de diciembre de 2009, de nuevo son visibles y accesibles desde la página de inicio las bases de datos, por lo que se espera incrementar el número de accesos.

Número de ejemplares vendidos (ediciones y coediciones):

En el año 2009 se han vendido 61.662 ejemplares de libros, lo que supone un 18,87% menos de lo previsto en este indicador.

La causa del descenso en el número de ejemplares vendidos se debe fundamentalmente al impacto que ha tenido en el sector editorial la fase negativa del ciclo económico. Esto se agrava para los textos de contenido normativo que se pueden consultar de forma gratuita a través de Internet, en los que cabe esperar que las ediciones impresas sean las que en primer lugar y de forma más intensa serán sustituidas por ediciones electrónicas.

Índice de satisfacción de los usuarios de los servicios de información de la Agencia:

En las encuestas de satisfacción de los cuatro servicios evaluados, sobre los que se obtiene este indicador: Información Legislativa, Información Telefónica, Alerta BOE y BOELEX, se ha obtenido un índice de satisfacción de 89, coincidente con el valor objetivo previsto en el Contrato de Gestión.

3.1.3 Medio propio instrumental de la Administración General del Estado y de sus organismos y entidades de derecho público.–Para determinar el grado de cumplimiento del objetivo estratégico, ligado a la consideración de la Agencia como medio propio instrumental de la Administración General del Estado y de sus organismos y entidades de derecho público en las materias que constituyen sus fines, se establecieron los siguientes cuatro indicadores:

Facturación por trabajos de imprenta (millones de euros):

La facturación por trabajos de imprenta, en 2009, ha sido de 9 millones de euros lo que significa un 23% más que el objetivo establecido en el Contrato de Gestión, y un 13% más que en el año 2008.

Número de clientes institucionales de la Agencia:

El número medio de clientes de la Agencia, en 2009, ha sido de 93 clientes, 7 más que los previstos en el Contrato de Gestión para ese año.

El incremento del número de clientes se debe a la labor de difusión de los productos de la Agencia, sin embargo, el rápido crecimiento del número de clientes, produce una reducción del número de clientes potenciales y, al mismo tiempo, puede provocar, a corto plazo, la saturación de la capacidad de producción de la Imprenta Nacional, que debe contemplar, por otra parte, la necesidad de abordar en momentos puntuales trabajos urgentes e ineludibles. Por ello, el número de clientes debería crecer más lentamente en el futuro próximo.

Número de obras editadas para terceros o en coedición con terceros:

El número de obras editadas en el año ha sido de 190, lo que supone un incremento del 58% respecto al valor del objetivo previsto en el Contrato de Gestión para el año 2009. No obstante, hay que señalar que se trata de un número excepcionalmente alto de obras, que probablemente será difícil repetir en otros años.

Número de transacciones efectuadas a través de la tienda virtual:

El número de transacciones efectuadas a través de Internet, durante el año 2009, fue de 2.692, un 29% por debajo del valor objetivo fijado en el Contrato de Gestión para este indicador.

Del análisis del indicador parece desprenderse que, además del descenso general de las ventas de libros, también influyó en los malos resultados de este indicador la mayor dificultad para encontrar la tienda virtual en la página web, como consecuencia del cambio de arquitectura de la misma antes señalado.

3.2 Índice General de cumplimiento de objetivos de la Agencia (IGA).

A partir del índice de cumplimiento obtenido para cada uno de los indicadores y la ponderación de cada uno de ellos, se calcula el Índice General de cumplimiento de objetivos de la Agencia (IGA) en la forma establecida en el Anexo 3 del Contrato de Gestión. En el siguiente cuadro se detalla el IGA obtenido en 2009.

Índice General de Cumplimiento de los objetivos de la Agencia en 2009

Indicadores de cumplimiento de los objetivos estratégicos

Resultados año 2009

Cumplimiento (Vij)

Ponderación (Pij)

Producto (Vij* Pij)

1.1 Publicación del diario “Boletín Oficial del Estado” antes de las 8 horas.(minutos de retraso).

0’

100

0,15

15

1.2 Publicación del «Boletín Oficial del Registro Mercantil» antes de las 8 horas (minutos de retraso)

0’

100

0,15

15

1.3 Tiempo de publicación de anuncios en los diarios oficiales (tanto por mil de anuncios publicados en más de diez días hábiles desde la fecha de pago).

0‰

100

0,05

5

1.4 Porcentaje de erratas en el «Boletín Oficial del Estado» respecto al número de disposiciones y anuncios publicados.

0,19%

100

0,05

5,0

1.5 Número de consultas a la página web de la Agencia (millones).

621,5

 

0,10

0,0

2.1 Número de accesos a las bases de datos de la Agencia (millones).

47,7

89

0,11

9,8

2.2 Número de ejemplares vendidos (ediciones y coediciones).

61.662

 

0,11

0,0

2.3 Índice de satisfacción de los usuarios de los servicios de información de la Agencia.

89,00

100

0,08

8,0

3.1 Facturación por trabajos de imprenta (millones de euros).

8,99

100

0,06

6,0

3.2 Número de clientes institucionales de la Agencia.

93

100

0,05

5,0

3.3 Numero de obras editadas para terceros o en coedición con terceros.

190

100

0,05

5,0

3.4 Número de transacciones efectuadas a través de la tienda virtual.

2.692

 

0,04

0,0

Índice General de cumplimiento de los objetivos de la Agencia

74

3.3 Programas y proyectos.

Los planes de actuación recogen la planificación de la Agencia con un alcance temporal igual al del Contrato de Gestión, y dichos planes, en su concreción anual, dan lugar al plan de acción anual de la Agencia. Los programas y proyectos a desarrollar durante los cuatro años de vigencia del Contrato de Gestión, así como sus indicadores y el objetivo a alcanzar para cada uno de ellos, se recogen en el Anexo 6 del Contrato.

El Plan de Acción 2009 contemplaba sesenta proyectos y programas, que integran el conjunto de actividades concretas que debía desarrollar la Agencia en ese año para la consecución de sus objetivos.

Asociado a cada programa o proyecto existe un indicador que permite medir el grado o nivel de consecución del objetivo fijado a cada uno de ellos. En el plan de acción anual se aprobaron tanto los objetivos a alcanzar como los criterios para evaluar el cumplimiento de cada uno de los programas y proyectos.

De los sesenta programas/proyectos previstos en el plan de acción 2009, se han ejecutado cincuenta y nueve. Del grado de ejecución de los proyectos resulta que las seis unidades administrativas de la Agencia tienen un índice de cumplimiento de objetivos en torno al 95%.

El proyecto no ejecutado fue el relativo a la inclusión de jurisprudencia en la base de datos Iberlex (código de proyecto: DL 3), respecto a este proyecto cabe señalar que el Consejo General del Poder Judicial y la Agencia firmaron, en 2007, un Convenio de colaboración para el intercambio de sus respectivas Bases de Datos con el fin de mejorar los servicios que prestan. Sin embargo, el Consejo todavía no podido abordar los trabajos necesarios para facilitar el acceso a sus sentencias, por lo que no ha sido posible definir los requisitos necesarios para su incorporación a la base de datos legislativa de la Agencia.

3.4 Recursos humanos, materiales y presupuestarios.

La Agencia para llevar a cabo las actividades descritas ha contado con los recursos humanos, materiales y presupuestarios que se exponen a continuación:

3.4.1 Recursos humanos.–Las actividades de la Agencia ligadas al ámbito editorial y de las artes gráficas, determinan la peculiar configuración de su plantilla, integrada en un alto porcentaje por personal laboral, gran parte del cual pertenece a «oficios propios de prensa».

La plantilla efectiva de la Agencia, a 31 de diciembre de 2009, era de 501 empleados, 3 menos que a la misma fecha del año anterior.

3.4.2 Recursos materiales y presupuestarios.–A 1 de enero de 2009 el valor neto contable del inmovilizado de la Agencia era de 28.005.512,95 euros. El acentuado carácter industrial de parte de las actividades de la Agencia tiene su reflejo en la composición de su inmovilizado: El equipamiento industrial, entendiendo por tal el conjunto de maquinaria e instalaciones técnicas, utillaje, equipos de proceso de información y aplicaciones informáticas, equipos de comunicaciones y transportes, etc., constituye casi la mitad del valor del mismo.

En el siguiente cuadro se refleja los recursos presupuestarios de los que ha dispuesto la Agencia en 2009.

Presupuesto de ingresos 2009

Clasificación
Económica

Explicación

Presupuesto
Definitivo

Capítulo 3

Tasas, precios públicos y otros ingresos

70.048.780,00

Capítulo 4

Transferencias corrientes

0,00

Capítulo 5

Ingresos patrimoniales

150.000,00

Capítulo 6

Enajenación de inversiones reales

260.000,00

Capítulo 8

Activos financieros

120.000,00

Total presupuesto de ingresos

70.578.780,00

Presupuesto de gastos 2009 (*)

Clasificación
Económica

Explicación

Presupuesto
Definitivo

Capítulo 1

Gastos de personal

26.050.990,00

Capítulo 2

Gastos corrientes en bienes y servicios

10.651.690,00

Capítulo 3

Gastos financieros

19.000,00

Capítulo 4

Transferencias corrientes

175.100,00

Capítulo 6

Inversiones reales

2.325.622,63

Capítulo 8

Activos financieros

110.000,00

Total (programa 921,r)

39.332.402,63

Capítulo 4

Transferencias corrientes

30.366.000,00

Total (programa 000,X)

30.366.000,00

Total presupuesto de gastos

69.698.402,63

(*) El desequilibrio presupuestario entre los ingresos y gastos es debido a la «no disponibilidad de crédito» por un importe de 880.377 euros aplicado al capítulo 6 (Inversiones) del presupuesto de gastos, como consecuencia del Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de febrero de 2009.

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