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Documento BOE-A-2010-942

Resolución de 5 de octubre de 2009, de la Universidad de A Coruña, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de personal laboral en la categoría de Técnicos Especialistas en Informática.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2010, páginas 6060 a 6069 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2010-942

TEXTO ORIGINAL

Debido a la necesaria provisión de 10 plazas vacantes de técnicos especialistas en informática, de la vigente relación de puestos de trabajo del personal laboral de administración y servicios, este rectorado, en uso de las competencias que se le atribuyen en el artículo 20 de la Ley Orgánica de Universidades, así como en los Estatutos de esta universidad, resuelve:

Primero.–Convocar pruebas selectivas para cubrir 10 plazas de técnicos especialistas en informática (grupo III), de las que 5 se convocan por el turno de promoción interna y 5 por el turno libre.

Según el art. 18 del III Convenio Colectivo de PAS laboral de la UDC las vacantes no cubiertas por el turno de promoción interna se acumularán a la provisión externa, y las personas seleccionadas por el turno de promoción interna, para las que se habilitaran pruebas específicas, tendrán preferencia sobre el turno libre para la elección de vacantes.

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 22 del III Convenio Colectivo de PAS Laboral de la UDC, al terminar las pruebas selectivas se constituirán listas de espera para cubrir con carácter temporal los puestos de trabajo que puedan surgir hasta el próximo proceso selectivo. Las personas candidatas procedentes de la lista de promoción interna tendrán preferencia sobre las de turno libre. Para estos efectos las personas aspirantes deberán presentar la solicitud debidamente cubierta, indicando todos los datos que se requieren en el impreso que figura como anexo III, y especificando sus opciones de preferencia en cuanto a la localidad y/o al tipo de contrato.

Las pruebas selectivas se realizarán con sujeción a las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Solicitudes

1.1 Las personas que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en la solicitud según modelo que figura como anexo III. A la solicitud se le acompañará la fotocopia del documento de identidad, así como el justificante del pago de los derechos de examen en la forma prevista en el punto 1.2, así como los méritos a que se refiere el punto 1.3.

Las solicitudes se dirigirán al rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de 20 días naturales que contarán a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Para los efectos de cómputo de plazos se considerará inhábil el mes de agosto.

La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Coruña (edificio del Rectado, calle de la Maestranza, n.º 9, C.P. 15001 A Coruña), en los registros auxiliares (Casa del Lagar, campus de Elviña, A Coruña y Edificio de Usos Administrativos en Campus de Esteiro, Ferrol), o en las restantes formas previstas en el artículo 38.4.º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14).

Las solicitudes que se suscribieran en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas y consulares españolas correspondientes.

1.2 Las personas aspirantes por el turno libre deberán justificar el pago con el documento bancario acreditativo de que se abonaron los derechos de examen que ascienden a 30,56 €, que se ingresarán en el Banco Santander Central Hispano en la cuenta 0049-5030-15-2516011262. Para realizar el ingreso deberá utilizarse por triplicado el modelo de solicitud que figura en el anexo III.

Estarán exentas del pago de tasa por derechos de examen las personas que posean una discapacidad igual o superior al 33%, circunstancia que deberá ser acreditada documentalmente junto con la solicitud, presentando el original o la copia compulsada de la calificación de la discapacidad.

1.3 Las personas aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso deberán acreditarlos mediante la presentación de los documentos justificativos originales o de las copias compulsadas. Los servicios prestados en la Universidad de A Coruña se acreditarán mediante una certificación expedida por la Gerencia de la Universidad, referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

1.4 Las personas aspirantes que padezcan alguna discapacidad, podrán indicarlo en su solicitud y pedir, de ser el caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

1.5 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hagan constar en sus solicitudes y pueden únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 1.1 para la presentación de solicitudes. Una vez transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y apreciada por el tribunal.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidas a la realización de estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales subscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta está definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, si no estuvieran separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de esta edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación en los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de los sesenta y cinco.

c) Estar en posesión de la titulación de bachillerato superior, título de FPII o equivalente, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas ni estar inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. Las personas aspirantes de nacionalidad no española deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de terminar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de ellos durante el proceso selectivo.

3. Discapacidades

3.1 Para la realización de las pruebas selectivas el tribunal calificador que fue asignado para juzgarlas establecerá, para las personas con minusvalía que lo demandasen en la solicitud de admisión, las adaptaciones posibles de tiempos y medios.

3.2 Si en el desarrollo del proceso selectivo se le presentaran dudas al tribunal con respecto a la capacidad de las personas aspirantes con alguna discapacidad para el desempeño de las actividades que habitualmente desarrollan los trabajadores de la categoría de técnicos especialistas en informática, podrá solicitar el correspondiente dictamen del órgano competente de la Comunidad Autónoma.

4. Relación de personas admitidas y excluidas

4.1 Una vez que termine el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de veinte días naturales, el rector de la universidad dictará resolución y declarará aprobadas las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se publicarán en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos y documento nacional de identidad y, si fuera el caso, las causas de exclusión.

Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de diez días, que contará a partir de la publicación de la referida resolución, para corregir el defecto que motivase la exclusión. Una vez transcurrido dicho plazo el rector dictará la resolución en que se declarará aprobada la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, que será publicada en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol.

4.2 El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se les reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo con lo previsto en la base 10.1 de esta convocatoria.

5. Sistema selectivo

5.1 El procedimiento de selección de las personas aspirantes será el de concurso-oposición, con la valoración de méritos, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

5.2 El programa de las pruebas de la fase de oposición es el que figura como anexo II.

6. Tribunal calificador

6.1 La composición del tribunal calificador de estas pruebas será publicada en el tablón de anuncios del Rectorado con una antelación de, por lo menos, un mes con respecto a la fecha de inicio de los ejercicios.

6.2 Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir y se lo notificarán al rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, o participaran en tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas dentro de los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El presidente/a podrá solicitar de los miembros del tribunal declaración expresa de no estar incursos en las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

Así mismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurrieran las circunstancias citadas.

6.3 Después de la convocatoria del/de la presidente/a, se constituirá el tribunal con la asistencia del/de la presidente/a y del/de la secretario/a, o de ser o caso, de aquellos/as que los/las sustituyan, y como mínimo de la mitad de sus miembros. En esta sesión el tribunal acordará todas las decisiones que correspondan para el correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

6.4 Para los efectos de realización de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos, se requerirá la asistencia de los miembros del tribunal especificados en el punto anterior.

6.5 El tribunal resolverá todas las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992.

6.6 El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas para las pruebas correspondientes a los ejercicios que estime pertinentes, y estos se limitarán a prestar colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores/as será hecha por el rector de la Universidad de A Coruña, por propuesta del tribunal, y les será de aplicación lo previsto en la base 6.2.

6.7 Los miembros del tribunal calificador deberán poseer titulación igual o superior a la exigida para ser admitidos a las pruebas.

6.8 El tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las personas aspirantes con alguna discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de las personas aspirantes. Para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 1.4, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempo y medios.

6.9 El/la presidente/a del tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos que no deban ser leídos ante el tribunal sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes. El tribunal excluirá aquellos/as opositores/as que consignen en las hojas de examen marcas o signos que permitan conocer su identidad.

6.10 Para los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de A Coruña.

6.11 En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar que superaron las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6.12 El tribunal tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio (DOG de 25 de junio), modificado por el Decreto 144/2008, de 26 de junio (DOG del 18 de julio).

7. Calendario de las pruebas

7.1 El lugar y fecha de comienzo de los ejercicios será hecho público en la resolución rectoral que apruebe las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.

7.2 La duración máxima de las pruebas selectivas será de un año desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

7.3 El orden de actuación de los/las opositores/as se iniciará alfabéticamente por la primera persona de la letra que corresponda, de conformidad con la resolución de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia que se publica a tal efecto para el año 2009.

7.4 En cualquier momento las personas aspirantes podrán ser requeridas por el tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

7.5 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en un único llamamiento y serán excluidas de la oposición aquellas que no comparezcan, excepto en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente considerados por el tribunal.

7.6 La publicación de los sucesivos anuncios de realización de los ejercicios será efectuada por el tribunal en los lugares donde se realizase el anterior, así como en la sede del tribunal y por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación, con 48 horas de antelación, por lo menos, a la fecha señalada para su iniciación.

7.7 En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes carece de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, después de la audiencia de el/la interesado/a, deberá proponerle su exclusión al rector de la Universidad de A Coruña y comunicarle también las inexactitudes y falsedades formulas por el aspirante en la solicitud para los efectos procedentes.

8. Aspirantes de nacionalidad extranjera

8.1 Con carácter previo a la realización de los ejercicios de la fase de oposición, las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del español mediante la realización de una prueba, en que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

9. Relación de personas aprobadas

9.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal calificador publicará en el Rectorado de Coruña, en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, y en el lugar o en los lugares de realización del ejercicio, así como en aquellos que estime oportuno, la puntuación que obtuvieron las personas aspirantes, así como, de ser el caso, de cada una de las pruebas que lo componen.

Posteriormente, el tribunal publicará, en esos mismos lugares, la relación definitiva de personas aprobadas para cada uno de los sistemas de acceso, que en ningún caso podrá contener un número de personas candidatas superior al de plazas convocadas, en que constará el nombre y la puntuación de las personas aspirantes que, al alcanzar la puntuación mínima exigida para superar los ejercicios de la fase de oposición, obtuvieron la mayor puntuación final calculada de acuerdo con el sistema previsto en el anexo I. Las personas opositoras que no estuvieran incluidas en las respectivas relaciones tendrán la consideración de no apto/a para todos los efectos, único extremo acerca del que el tribunal podrá certificar.

9.2 El tribunal publicará la valoración de los méritos de la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la fase de oposición.

9.3 El tribunal le remitirá al rector la relación definitiva de las personas aspirantes aprobadas por el orden de esta puntuación final, con propuesta de que se les formalice el correspondiente contrato de trabajo.

10. Presentación de documentos y formalización dos contratos

10.1 En el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente a aquel en que se publicase la relación definitiva de personas aprobadas en las pruebas selectivas, estas deberán presentar en el Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de A Coruña (calle de la Maestranza, 9), los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a las pruebas.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública ni estar inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración o promesa de non estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que inhabilite en su Estado para el acceso a la función pública.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que lo imposibiliten para el servicio.

10.2 Una vez que la persona aspirante, supere las pruebas selectivas, y realice debidamente los trámites de presentación de documentos, será contratada como técnico especialista en informática.

10.3 El período de prueba será de un mes, en este plazo el/la trabajador/a tendrá los derechos y las obligaciones que le correspondan en relación con el puesto de trabajo que desempeñe, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse por solicitud de cualquiera de las partes durante su transcurso.

Segundo.–Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de personal de administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14), y a los Estatutos de esta Universidad, aprobados por el Decreto de la Xunta de Galicia 101/2004, de 13 de mayo (DOG del 26), a la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (BOE del 24), sobre acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea, modificada por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, y a las bases de esta convocatoria.

Tercero.–La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se derivasen de ellas podrán ser impugnados ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo en los casos y en la forma que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14).

Así mismo, las personas interesadas podrán interponer el recurso de alzada contra los actos del tribunal calificador de las pruebas ante el rector de la Universidad de A Coruña, en los términos previstos en el artículo 114 y que concuerdan con la mencionada ley.

A Coruña, 5 de octubre de 2009.–El Rector, José María Barja Pérez.

ANEXO I
Procedimiento de selección

De acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la UDC, de manera excepcional y al tratarse éste del primer proceso selectivo para técnicos especialistas en informática tras la publicación de la RPT de 2005, se valorará como sigue:

Fase de oposición: 60 puntos.

Primer ejercicio, de carácter obligatorio y eliminatorio para aquellos/as candidatos/as que no acrediten poseer, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el Celga 3, curso de iniciación de gallego o equivalente debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden del 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (publicada en el DOG n.º 146, de 30 de julio).

Consistirá en realizar por escrito una prueba sobre el uso del idioma gallego que determinará el tribunal. Se calificará con apto/a o no apto/a y le corresponderá al tribunal determinar el nivel de conocimientos exigidos para alcanzar el resultado de apto/a.

El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de sesenta minutos.

Segundo ejercicio, consistirá en contestar un cuestionario de 60 preguntas (más tres de reserva, que sólo se corregirán en el caso de anulación de alguna pregunta), con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una será correcta. Todas las preguntas tendrán la misma puntuación y cada respuesta errónea descontará el 25% del valor de la respuesta correcta. Su valoración será de 0 a 20 puntos y será necesario obtener 8 puntos para superarlo. El cuestionario se basará en los temas de los bloques I, II, III, IV. El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de noventa y cinco minutos.

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 18 del vigente Convenio Colectivo del PAS laboral de la UDC, las personas aspirantes de promoción interna están exentas de examinarse de los temas correspondientes al Bloque I. El ejercicio consistirá en contestar un cuestionario de 45 preguntas (más tres de reserva, que sólo se corregirán en caso de anulación de alguna pregunta), con cuatro respuestas alternativas, de las que solo una será correcta. Todas las preguntas tendrán la misma puntuación y cada respuesta errónea descontará el 25 % del valor de la respuesta correcta. La duración del ejercicio será de setenta y dos minutos y su valoración será de 0 a 20 puntos y será necesario obtener 8 puntos para superarlo.

Tercer ejercicio, de carácter obligatorio y eliminatorio: consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos, que se elegirán de entre cinco propuestos por el tribunal, de los que uno estará relacionado con gestión, uno con sistemas, uno con red, y dos de carácter general. La duración de este ejercicio será de 150 minutos. La calificación del ejercicio será de 0 a 40 puntos, y es necesario obtener 16 puntos para superarlo. El temario para este ejercicio es el que consta en los bloques II, III, IV.

Fase de concurso: 40 puntos.

La antigüedad se valorará hasta un máximo de 30 puntos, a razón de 0,625 puntos por mes en la misma categoría y grupo en la UDC y 0,15 puntos por mes en la misma categoría y grupo en otras administraciones.

Los 10 puntos restantes se obtendrán por la valoración de la formación relacionada con la categoría de la plaza, acreditada suficientemente e impartida por centros y organismos oficiales y/o de reconocido prestigio.

La valoración de la formación se hará atendiendo a los siguientes criterios:

1. Lengua gallega, en el caso de poseer más de un curso de lengua gallega, sólo puntuará el más alto.

CELGA 3: 1 punto.

CELGA 4: 2 puntos.

Lenguaje administrativa: 2,5 puntos.

Lenguaje administrativa, nivel superior: 3 puntos.

CELGA 5: 3 puntos.

2. Formación relacionada con la categoría de pertenencia de la plaza:

Cursos de asistencia:

Menos de 10 horas, o que no indiquen su duración: 0,25 puntos/curso.

De 10 a 19 horas: 0,50 puntos/curso.

De 20 a 29 horas: 1 punto/curso.

De 30 a 39 horas: 1,5 puntos/curso.

De 40 a 49 horas: 2 puntos/curso.

De 50 horas o más: 2,5 puntos/curso.

Los cursos impartidos o de aprovechamiento puntuarán el doble.

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 18 del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la UDC los/las aspirantes de promoción interna están exentos/as de examinarse de los temas correspondientes al bloque I.

Las vacantes no cubiertas por el turno de promoción interna se acumularán a las de turno libre.

Las personas seleccionadas por el turno de promoción interna, tendrán preferencia sobre el turno libre para la elección de vacantes.

ANEXO II
Temario

Bloque I. General

1. Constitución: de los derechos y deberes fundamentales.

2. Estatuto de Autonomía de Galicia: del poder gallego. De la Administración pública gallega.

3. Ley orgánica de universidades: de la naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las universidades.

4. Estatutos de la UDC.

5. III Convenio Colectivo del personal laboral de administración y servicios de la UDC.

6. Ley de prevención de riesgos laborales: derechos y obligaciones. Responsabilidades y sanciones.

Bloque II. Tecnología básica

1. Informática básica. Conceptos de datos e información. Concepto de sistema de información. Elementos constitutivos de un sistema. Características y funciones.

2. Arquitectura de ordenadores. Elementos básicos. Funciones. La unidad central de proceso. La memoria principal.

3. Periféricos. Conectividad. Elementos de impresión. Elementos de almacenamiento. Elementos de visualización y digitalización.

4. Estructuras de datos. Organizaciones de ficheros. Algoritmos. Formatos de información y ficheros.

5. Sistemas operativos. Características y elementos constitutivos. Sistemas Windows. Sistemas Unix y Linux.

6. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales. Características y componentes.

7. Arquitectura cliente/servidor: modelo de 2 capas, modelo de 3 capas, componentes y operación.

Bloque III. Operaciones

8. Sistema operativo y software de base. Funciones y responsabilidades. Control de cambios de los programas de una instalación.

9. Bases de datos. Funciones y responsabilidades. Lenguajes de interrogación de bases de datos. Estándar ANSI SQL.

10. Redes de área local. Gestión de usuarios y grupos, principales funciones de Active Directory y LDAP. Gestión de dispositivos.

11. Conceptos de seguridad de los sistemas de información. Seguridad física. Seguridad lógica. Amenazas y vulnerabilidades: antivirus, firewalls personales y programas antiespias.

12. CAU. Centro de atención al usuario de la Universidad de A Coruña, configuración, soporte y aplicación de gestión de incidencias Service Manager.

Bloque IV. Comunicaciones

13. Comunicaciones. Medios de transmisión. Modos de comunicación. Equipos terminales y equipos de interconexión y conmutación.

14. Sistemas de comunicación. ATM, RDSI, xDSL, CWDM. Sistemas inalámbricos.

15. El modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) de ISO. Protocolos TCP/IP.

16. Internet. Origen, evolución y estado actual. Servicios: correo electrónico, WWW, FTP, Telnet. Protocolos HTTP, HTTPS y SSL. Seguridad y protección en redes de comunicaciones. Sistemas de cortafuegos. Redes Privadas Virtuales (VPN).

17. Sistemas de cableado estructurado. Medios físicos de transmisión (cable de pares, cable coaxial y fibra óptica). Tipos de cableado. Sistemas corporativos de cableado estructurado. Medidas reflectométricas. Repartidores de telefonía.

18. Redes Inalámbricas: WLAN 802.11b/g. Sistemas de autenticación 802.1x, Radius, LDAP.

19. Centrales de telefonía. Conceptos, funcionamiento y servicios. Planes fundamentales: encaminamiento, numeración, conmutación, tarificación, transmisión y señalización. VoIP: conceptos básicos.

20. Sistemas de videoconferencia H320, H323, SIP. Multicast. Conceptos básicos.

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