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Documento BOE-A-2010-946

Resolución de 18 de noviembre de 2009, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se homologa el centro de formación marítima de Denia, Miguel Ángel Cid Sevillano, para impartir cursos.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2010, páginas 6073 a 6074 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2010-946

TEXTO ORIGINAL

Efectuada solicitud de homologación por el centro de formación marítima de Denia, Miguel Ángel Cid Sevillano, situado en Denia, para impartir los cursos de especialidad marítima de formación básica, embarcaciones de supervivencia y botes de rescate (no rápidos), botes de rescate rápido, operador general del sistema mundial de socorro y seguridad marítima, operador restringido del sistema mundial de socorro y seguridad marítima, avanzado en lucha contra incendios, básico de buques de pasaje, buques ro-ro de pasaje y buques de pasaje distintos a buques ro-ro, vista la documentación aportada y el informe de la Capitanía marítima de Alicante, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden FOM de 4 de septiembre de 2002 (BOE núm. 226 del 20) por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de marineros de puente y máquinas de la marina mercante, y de patrón portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.–Homologar al centro de de formación marítima de Denia, Miguel Ángel Cid Sevillano para impartir los cursos de especialidad de:

Certificado de formación básica.

Certificado de operador restringido del SMSSM.

Certificado de operador general del SMSSM.

Certificado avanzado de lucha contra incendios.

Certificado de embarcaciones de supervivencia y botes de rescate (no rápidos).

Certificado de botes de rescate rápidos.

Certificado básico de buques de pasaje.

Certificado de buques ro-ro de pasaje y buques de pasaje distinto a buques ro-ro.

Segundo.–Esta homologación tendrá validez por dos años, a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, pudiéndose prorrogar a la vista de la memoria, planes de estudio, prácticas y demás documentación que presente el centro de formación sobre los cursos realizados en base a esta homologación y se solicite antes de la fecha de su expiración.

Tercero.–Respecto a la formación objeto de la presente resolución que se imparte durante una asignatura o módulo de enseñanzas integradas en la formación profesional reglada, el centro de formación marítima de Denia, Miguel Ángel Cid Sevillano, deberá comunicar por medios telemáticos y papel antes de comenzar el curso escolar, la asignatura o módulo en la que se dan los contenidos referidos al certificado correspondiente, las fechas estimadas de impartición, la forma de hacer las prácticas, y las fechas y lugares de las mismas en los casos en que se hagan en un lugar externo al centro. El acta se remitirá de acuerdo con el procedimiento de comunicación y plazos establecidos en los epígrafes quinto y sexto, una vez se complete la formación y se referirá sólo a la formación del certificado correspondiente.

Cuarto.–En un plazo no inferior a quince días antes de la celebración de cada curso no relacionados con el epígrafe tercero, el centro de formación marítima de Denia, Miguel Ángel Cid Sevillano, informará a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación mediante fax y medios telemáticos, y preferentemente informáticos o electrónicos, las fechas de inicio y finalización del curso a impartir, así como la distribución del contenido del curso en las fechas de desarrollo del mismo y la relación de los formadores, instructores y evaluadores del curso correspondiente acompañada del curriculum profesional, con la cualificación y experiencia de aquellos que no hayan participado en cursos anteriores o que no consten en el expediente de homologación.

En el caso de cursos a impartir en el exterior del centro de formación marítima de Denia, Miguel Ángel Cid Sevillano, deberá además detallar el lugar donde se va a impartir el curso, con las características del equipamiento material que se va a utilizar. En este caso, se notificará también la información anterior a la Capitanía marítima correspondiente.

Quinto.–En el plazo no superior a setenta y dos horas posteriores a la finalización del curso, el centro de formación marítima de Denia, Miguel Ángel Cid Sevillano, remitirá a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación, mediante medios telemáticos, y preferiblemente informáticos o electrónicos, los datos de los alumnos que hayan superado el curso, de acuerdo con los contenidos determinados en el Anexo IV de la Orden FOM 2296/2002, de 4 de septiembre.

Sexto.–En el plazo no superior a setenta y dos horas posteriores a la finalización del curso, el centro de formación marítima de Denia, Miguel Ángel Cid Sevillano, remitirá a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación, mediante medios telemáticos, y preferiblemente informáticos o electrónicos, los datos de los alumnos que hayan superado el curso de acuerdo con los contenidos determinados en el Anexo IV de la Orden FOM 2296/2002, de 4 de septiembre.

Séptimo.–Al personal que haya finalizado con aprovechamiento el curso realizado, se le expedirá por la Dirección General de la Marina Mercante el oportuno certificado oficial a la vista de las actas o el certificado emitido por el centro de formación, con los contenidos determinados en el Anexo V de la Orden FOM 2296/2002, de 4 de septiembre.

Octavo.–Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecua a los niveles de calidad y profesionalidad necesarias, la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación podrá llevar a cabo inspecciones de los mismos.

Noveno.–El personal que participen los cursos deberá estar amparado por un seguro amplio de accidentes que pudieran producirse durante la realización de los mismos.

Madrid, 18 de noviembre de 2009.–El Director General de la Marina Mercante, P.S. (Real Decreto 1037/2009, de 29 de junio), el Subdirector General de Seguridad Marítima y Contaminación, Francisco Suárez-Llanos Galán.

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