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Documento BOE-A-2010-950

Resolución de 23 de diciembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se resuelve el concurso nacional de buenas prácticas para la dinamización e innovación de las bibliotecas de los centros escolares para el año 2009, convocado por Resolución de 30 de abril de 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2010, páginas 6091 a 6092 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-950

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en las bases novena a decimocuarta de la Resolución de 30 de abril de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional (Boletín Oficial del Estado de 13 de mayo), por la que se convoca el concurso nacional de buenas prácticas para la dinamización e innovación de las bibliotecas de los centros escolares para el año 2009, y de acuerdo con la propuesta formulada por el Jurado de selección establecido en dicha disposición, he resuelto:

Primero.–Conceder premios por un importe total de 240.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.324N.484 a los siguientes centros:

En la modalidad a) correspondiente a los Centros de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial y Educación de Personas Adultas los siguientes premios:

Un primer premio dotado con 15.000 euros al centro:

CEIP Alba Plata, de Cáceres.

Cuatro segundos premios, dotados con 10.000 euros cada uno, a los siguientes centros:

CEIP Gabriel y Galán, de Cáceres.

CEIP Atenea, de Torremolinos (Málaga).

CRA Alto Aller-Santibáñez, de Levinco (Asturias).

CEIP Fernández y Marín, de Talarrubias (Badajoz).

Siete terceros premios, dotados con 7.000 euros cada uno, a los siguientes centros:

CEIP Frian-Teis, de Vigo (Pontevedra).

CEIP Splai, de Barcelona.

CEIP Virgen de la Fuensanta, de La Alberca de las Torres (Murcia).

CRA Mestre Manuel Garcés, de Tomiño (Pontevedra).

CEIP Marqués de Valero, de Béjar (Salamanca).

CEIP A Pedra, de Bueu (Pontevedra).

CEIP Virrey Morcillo, de Villarrobledo (Albacete).

En la modalidad b) correspondiente a los Centros de Educación Secundaria, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Escuelas Oficiales de Idiomas los siguientes premios:

Un primer premio dotado con 15.000 euros al centro:

IES Josep Sureda i Blanes, de Palma de Mallorca (Illes Balears).

Cuatro segundos premios, dotados con 10.000 euros cada uno, a los siguientes centros:

IES Sanxenxo, de Sanxenxo (Pontevedra).

IES María Pérez Trujillo, de Puerto de la Cruz (Santa Cruz de Tenerife).

IES Torre Atalaya, de Málaga.

IES Batalla de Clavijo, de Logroño.

Seis terceros premios, dotados con 7.000 euros cada uno, a los siguientes centros:

IES Tiempos Modernos, de Zaragoza.

IES Rey Pelayo, de Cangas de Onís (Asturias).

IES Medina Albaida, de Zaragoza.

IES Miguel Durán, de Azuaga (Badajoz).

IES Las Encinas, de Valencina de la Concepción (Sevilla).

IES de Catabois, de Ferrol (A Coruña).

En la modalidad c) correspondiente a los Centros docentes privados concertados que impartan cualquiera de las enseñanzas regladas no universitarias indicadas en las dos modalidades anteriores los siguientes premios:

Un primer premio dotado con 15.000 euros al centro:

Colegio La Salle, de Santander.

Un segundo premio, dotado con 10.000 euros al centro:

Colegio María Auxiliadora, de Cáceres.

Dos terceros premios, dotados con 7.000 euros cada uno, a los siguientes centros:

Col-legi Maristes Valldemia, de Mataró (Barcelona).

Escola Pia, de Moià (Barcelona).

Segundo.–Los centros seleccionados recibirán los premios directamente por transferencia bancaria o a través de las comunidades autónomas de las que dependen. Una vez recibida la cantidad correspondiente al premio, notificarán su recepción por escrito a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, Subdirección General de Cooperación Territorial, calle Los Madrazo, 15-17, 2.ª planta, 28014 Madrid.

Tercero.–Para el cobro de los premios, los centros que reciban directamente la dotación económica deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Cuarto.–Los centros premiados destinarán la cuantía del premio a la mejora de la biblioteca escolar con las actuaciones que se decidan en el Consejo Escolar. Los centros remitirán a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, Subdirección General de Cooperación Territorial, la documentación correspondiente a dicha decisión.

Quinto.–Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 23 de diciembre de 2009.–La Secretaria de Estado de Educación y Formación Profesional, P.D. (Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio), la Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

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