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Documento BOE-A-2011-10266

Resolución de 5 de mayo de 2011, de la Presidencia del Congreso de los Diputados y de la Presidencia del Senado, por la que se dispone la publicación del Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado, correspondiente al ejercicio 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 13 de junio de 2011, páginas 60406 a 60900 (495 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2011-10266

TEXTO ORIGINAL

Los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado, en sus sesiones de 13 y 27 de abril de 2011, respectivamente, aprobaron el Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado, correspondiente al ejercicio 2008, así como los Acuerdos anejos, de conformidad con la norma de las Mesas del Congreso y del Senado sobre la tramitación de la Cuenta General del Estado de 1 de marzo de 1984.

Palacio del Congreso de los Diputados y del Senado, 5 de mayo de 2011.–El Presidente del Congreso de los Diputados, José Bono Martínez.–El Presidente del Senado, Francisco Javier Rojo García.

Los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado, en sus sesiones de 13 y 27 de abril de 2011, respectivamente, han aprobado el Dictamen de la Declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2008 (núm. expte. Congreso 250/7 y núm. expte. Senado 770/4), adoptando los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2008, integrada por la Cuenta General del Sector Público Administrativo, la Cuenta General del Sector Público Empresarial y la Cuenta General del Sector Público Fundacional.

Segundo. Se aprueba la siguiente Resolución adoptada, en su día, por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2008, con el siguiente tenor:

I. Aprobar la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2008, aun reconociendo que su representatividad está afectada por las deficiencias puestas de manifiesto por el Tribunal de Cuentas en su Declaración.

II. Instar al Gobierno a:

1. Dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5 del apartado quinto de la Orden por la que se regula la elaboración de la Cuenta General del Estado, tras la modificación efectuada por la Orden EHA/1681/2009, de 12 de junio, presentando una Cuenta Única Consolidada comprensiva de todo el sector público estatal y en la que se integrarán de forma paulatina las entidades de los sectores públicos empresarial y fundacional en la Cuenta General del sector público administrativo consolidada, por el procedimiento de puesta en equivalencia modificado, además de las Cuentas Generales de cada uno de sus tres subsectores.

2. Dar cumplimiento a lo dispuesto en los puntos 3.7 y 4.5 del apartado quinto de la Orden por la que se regula la elaboración de la Cuenta General del Estado, tras la modificación efectuada por la Orden EHA/1681/2009, de 12 de junio, incluyendo en la Cuenta General del Estado información relativa a la ejecución y liquidación de los presupuestos de las entidades que integran los sectores públicos empresarial y fundacional.

3. Que en la Cuenta General del sector público administrativo se amplíe la información consolidada que se presenta en el estado de liquidación del presupuesto de gastos e ingresos, para recoger las demás fases de ejecución presupuestaria.

4. Que la memoria de la Cuenta General del sector público administrativo presente información consolidada.

5. Que se regule la rendición de cuentas para las entidades participadas de forma paritaria por varias Administraciones Públicas.

6. Incluir en el endeudamiento de la Administración General del Estado la deuda con la Sociedad Estatal SEITTSA, correspondiente a una parte de la liquidación de las inversiones realizadas por ADIF, en los ejercicios 2005 y 2006, en la línea de alta velocidad Madrid-Galicia.

7. Incrementar paulatinamente el contenido de los inventarios de la Administración General del Estado, comenzando por los bienes inmuebles situados en el extranjero.

8. Revisar y regularizar aquellas rúbricas del activo y pasivo de la Cuenta General del sector público administrativo cuya antigüedad permite prever que no van a ser realizables ni exigibles.

9. Modificar el procedimiento de registro de las operaciones de Seguros de Crédito a la Exportación en la Cuenta de la Administración General del Estado.

10. Que tenga en cuenta en el momento de elaborar los Presupuestos anuales los excedentes de tesorería que pudieran presentar determinados Organismos o Unidades, aprovechando en lo posible estos recursos.

11. Que regularice las relaciones recíprocas entre la Administración General del Estado y la Seguridad Social que derivaron de insuficiencias financieras del Sistema de Seguridad Social y que, pese al tiempo transcurrido, presentan discrepancias en algún caso en su tratamiento contable y una situación que debería normalizarse a fin de mejorar la representatividad de las cuentas respectivas, con independencia de su anulación en la Cuenta General consolidada.

12. Que restrinja y, en lo posible, anule la creación de Fondos sin personalidad jurídica, asumiendo la gestión de los recursos destinados a los mismos los servicios administrativos que correspondan, evitando situaciones en los que puede verse afectada la seguridad jurídica y el sistema de control implantado.

13. Que la Intervención General de la Seguridad Social regularice definitivamente la situación reiteradamente expresada por el Tribunal de los centros mancomunados sin personalidad jurídica pendientes de liquidación a finales de 2007.

14. Que todas las entidades citadas en el artículo 129 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria, elaboren y rindan el Informe relativo al cumplimiento de las obligaciones de carácter económico-financiero que asumen por pertenecer al sector público.

15. Que la Entidad Pública Empresarial de Loterías y Apuestas del Estado, ajuste la liquidez de su Fondo de maniobra al montante necesario para garantizar el pago de los premios y el funcionamiento de la entidad, transfiriendo —como el Real Decreto 1511/1992 exige— al Tesoro Público la aportación complementaria que corresponda; así como investigar las razones por las que dicha Entidad mantiene tan elevada provisión en su Fondo de maniobra y aprobar formalmente un inventario que justifique determinados asientos contables de regularización de valores del inmovilizado.

16. Adoptar las medidas necesarias para que la Cuenta General del Estado y las cuentas que la conforman se ajusten a la legislación aplicable y a los principios que deben informar su elaboración y rendición, y pongan de manifiesto adecuadamente la situación financiera y patrimonial y los resultados de la ejecución presupuestaria y de la actividad económico-financiera del sector público estatal en el ejercicio.

17. Cumplir con el objetivo de estabilidad presupuestaria en los términos establecidos por el Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, aplicando criterios de austeridad en los gastos del Sector Público para evitar el incremento excesivo del déficit.

18. Exigir que todos los órganos integrantes del Sector público administrativo, todas las empresas del Sector público empresarial y todas las entidades del Sector público fundacional legalmente obligadas a ello rindan sus cuentas al Tribunal de Cuentas, y que lo hagan en el plazo legalmente establecido.

A) Respecto a los Presupuestos:

19. Un mayor rigor presupuestario que evite las significativas desviaciones presupuestarias y el desfase entre la previsión inicial y el resultado final del resultado presupuestario.

20. El cumplimiento del límite máximo de gasto no financiero fijado en el Presupuesto General del Estado.

21. Que se haga efectiva la aplicación del principio de transparencia establecido en el Texto Refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, facilitando que los Presupuestos y sus liquidaciones contengan información suficiente y adecuada para poder verificar su adecuación al principio de estabilidad presupuestaria.

22. Que la cuenta General del Sector Público Empresarial proporcione información en materia de planificación de la actividad económica-financiera del sector público empresarial, así como de la ejecución y liquidación de los presupuestos de las entidades que lo integran.

23. Que en la Cuenta General del Sector Público Empresarial la forma de elaboración de las liquidaciones de los presupuestos permita realizar una comparación entre los presupuestos aprobados para 2008 y su ejecución.

24. Que se facilite una mayor información presupuestaria en la Cuenta General del Sector Público Fundacional y se corrijan las discrepancias entre los datos de los presupuestos de explotación y de capital que figuran en los Presupuestos Generales del Estado y los que figuran en la Cuenta General del Sector Público Fundacional.

B) Respecto a los Estados financieros:

25. Corregir las discrepancias observadas en ejercicios anteriores entre la contabilidad patrimonial de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Administración General del Estado respecto a las insuficiencias de financiación de las prestaciones y servicios de asistencia sanitaria y servicios sociales incluidos en la acción protectora de la Seguridad Social de financiación obligatoria por el Estado.

26. Proceder a la amortización de las deudas de la Seguridad Social con la Administración General del Estado por la liquidación del Concierto Económico suscrito con el Gobierno Vasco y el Convenio Económico suscrito con la Comunidad foral.

27. Corregir las discrepancias entre el número de fundaciones consideradas en la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y el de las integradas en la Cuenta General del Sector Público Fundacional.

C) Respecto a la Cuenta General del Sector Público Administrativo:

28. Regularizar el importe de los compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores que no figuran todavía en la memoria de la Cuenta General del Sector Público Administrativo de ejercicios anteriores, ya que todavía quedan por contabilizar 287 millones de euros.

29. Continuar la labor de reducir en lo posible los desplazamientos temporales de ingresos y gastos entre ejercicios presupuestarios.

30. Solventar las discrepancias, que se repiten con respecto a ejercicios anteriores, entre la contabilidad patrimonial de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Administración General del Estado, respecto a las insuficiencias de financiación de las prestaciones y servicios de asistencia sanitaria y servicios sociales incluidos en la acción protectora de la Seguridad Social de financiación obligatoria por el Estado.

31. Asegurar que el tratamiento dado a todas las operaciones de la Cuenta General del Sector Público Administrativo en el ejercicio es el correcto, atendiendo a su verdadera naturaleza económica, ya que desde hace varios ejercicios el tratamiento que se da a algunas operaciones es diferente al que debería darse según su naturaleza.

32. Adoptar definitivamente las medidas oportunas con el fin de garantizar la supresión del balance del Sistema de la Seguridad Social del registro del valor neto contable de los bienes inmuebles transferidos a las Comunidades Autónomas como consecuencia de los Reales Decretos de traspaso de las funciones y servicios en materia sanitaria y de servicios sociales del extinguido INSALUD, del IMSERSO y del ISM.

D) Respecto a la Cuenta General del Sector Público Empresarial:

33. Adoptar, en el menor tiempo posible, las medidas oportunas para cumplir con la obligación de transformar en Agrupaciones Portuarias de Interés Económico, tal como establece la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Económico y de la Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, a las 19 Sociedades Estatales de Estiba y Desestiba que todavía no lo han hecho, ya que el plazo legalmente establecido para hacerlo ya está vencido.

E) Respecto a la Cuenta General del Sector Público Fundacional:

34. Garantizar que todas las fundaciones pertenecientes al Sector Público estatal diferencien adecuadamente, en los términos que prevee el Plan contable, su actividad propia de la mercantil en la elaboración de sus cuentas.

35. Corregir las discrepancias injustificadas que existen entre el número de fundaciones consideradas en la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y el de las integradas en la Cuenta General del Sector Público Fundacional.

III. Instar a la Intervención General del Estado a:

36. Confeccionar la Cuenta General del Estado de forma completa, integrando todas las cuentas individuales del sector público, justificando, en su caso, las causas extraordinarias de su no inclusión.

37. Seguir avanzando en el proceso de consolidación y representatividad de la Cuenta General:

En el Sector Público Administrativo:

Que se analice si la O.M. que rige la presentación de las cuentas consolidadas recoge ya, o pudiera recoger en el futuro, los requisitos técnicos contenidos en el documento «Consolidación de cuentas en el sector público» aprobado por la Comisión de expertos para la elaboración de estudios de Contabilidad Pública.

En el Sector Público Empresarial:

Que todas las entidades del Sector Público Empresarial y fundacional cumplan con la obligación de rendir cuentas al Tribunal de Cuentas en el plazo legalmente establecido.

Que se practiquen los ajustes y eliminaciones de las operaciones realizadas entre los grupos empresariales o entidades cuyas cuentas anuales se han agregado.

En el Sector Público Fundacional:

Que se mejore la representatividad de la Cuenta General del Sector Público Fundacional con la inclusión de todas las cuentas de las fundaciones y de la liquidación de los presupuestos de las fundaciones agregadas.

38. Que la Memoria del Sector Público Administrativo aporte la información necesaria que complete y amplíe el contenido de los balances, cuentas del resultado económico-patrimonial y estados de liquidación del presupuesto.

39. Que la Memoria del Sector Público empresarial proporcione información suficiente para explicar la composición de las partidas que integran el balance y la cuenta de pérdidas y ganancias, así como de los compromisos adquiridos por avales y otras garantías, y la situación del endeudamiento correspondiente a determinadas entidades.

40. Que en las Memorias individuales de cada Fundación se corrijan las deficiencias o carencias de información ajustándose a lo establecido en la adaptación del Plan General de Contabilidad.

41. Realizar un seguimiento de todas las recomendaciones pendientes de la Declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2007, en referencia a:

Realizar un seguimiento de los Organismos Autónomos del Sector público administrativo y de las Empresas Públicas que presentan informes de auditoría con opiniones favorables con salvedades, con opiniones desfavorables y cuando se deniega opinión.

Que realice informes específicos de evaluación de los gastos corrientes de las cuentas públicas dirigidas a una mayor modernización y racionalización de la Administración.

Que en la Declaración de la Cuenta General del Estado o en informes específicos incluya una opinión sobre el contenido de la liquidación de los programas presupuestarios, en cuanto a futuros análisis de la eficacia, eficiencia y economía de la actuación de la Administración.

Que en la Declaración de la Cuenta General del Estado o en informes específicos proceda a la evaluación de los Planes del Gobierno contra la crisis y de los planes de austeridad o saneamiento de las cuentas públicas.

42. Que adopte las medidas necesarias a fin de que todas las entidades rindan sus cuentas individuales en el plazo legalmente establecido, prestando especial atención a aquellas entidades que sistemáticamente incumplen esta obligación o vienen rindiendo sus cuentas fuera de plazo.

43. Que haya un seguimiento exhaustivo, dirigido a corregir las deficiencias observadas en las entidades públicas cuyas cuentas han merecido una opinión favorable con salvedades, y singularmente sobre aquéllas, cuya opinión ha sido denegada o desfavorable, en los respectivos informes de auditoría.

44. Que, aun reconociendo el avance registrado en la elaboración de los estados contables de la Cuenta General del sector público administrativo, prosiga en esta dirección y elimine las deficiencias puestas de manifiesto por el Tribunal, aportando información sobre las eliminaciones entre entidades no efectuadas y perfeccionando la información consolidada sobre la liquidación del presupuesto; y aplique también criterios de consolidación en la presentación de las cuentas del Sector público fundacional.

45. Que incremente la información de la Memoria, a fin de que puedan ser adecuadamente interpretados los saldos contables incorporados a la liquidación del presupuesto, al balance y a la cuenta de resultados.

IV. Instar al Tribunal de Cuentas a:

46. Realizar un seguimiento de todas las recomendaciones pendientes de la Declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2007, en referencia a:

Favorecer la lectura y comprensión de la Cuenta General y de sus anexos.

Efectuar un análisis sobre el endeudamiento financiero de los distintos sectores públicos.

47. Que formule el requerimiento conminatorio previsto en su normativa a todas las entidades del sector público estatal que, a la conclusión del plazo legalmente establecido, no le hayan rendido formalmente sus cuentas.

48. Que intensifique los contactos con la Intervención General a fin de analizar las deficiencias que reiteradamente vienen recogidas en la Declaración y acelerar su corrección.

49. Que prosiga en futuras Declaraciones efectuando el seguimiento sobre las cuestiones pendientes de regularizar de ejercicios anteriores y formulando propuestas para su corrección definitiva.

50. Que prosiga presentando cuadros de evolución de los resultados presupuestarios, así como de las partidas pendientes al final de cada ejercicio de ser incorporadas a futuros presupuestos.

51. Que incorpore mayor información y análisis sobre la evolución de las dotaciones presupuestarias por capítulos, examinando la evolución de los ingresos, en sus principales capítulos, así como los gastos, en operaciones corrientes o de capital, así como de las operaciones financieras, evaluando el cumplimiento de las políticas públicas establecidas en los Presupuestos del ejercicio.

52. Que continúe presentando y, en lo posible, incrementando información sobre las relaciones con la Unión Europea, así como sobre la presupuestación por programas, junto con un examen de las diferentes variaciones interanuales que pudiera ofrecer la liquidación del presupuesto, reestructurando el contenido de la Declaración a favor de una información sobre las principales variables que pudieran afectar al desarrollo interanual.

53. Que efectúe un examen del cumplimiento de los plazos en el pago de las entidades públicas, en cumplimiento de la normativa reguladora de la demora en los pagos comprometidos.

54. Que en la próxima Declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2009, incorpore un apartado en el que se deje constancia del cumplimiento de las resoluciones adoptadas por los Plenos del Congreso y del Senado en relación con las tres últimas Declaraciones.

V. Instar al Tribunal de Cuentas y a la Intervención General de la Administración del Estado a que:

55. Con independencia de la necesaria reducción de los plazos legales para la rendición de las cuentas, intensifiquen el intercambio de información contable aprovechando las utilidades de los servicios informáticos.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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