La Resolución de 23 de mayo de 2011, de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, por la que se desarrolla la convocatoria del Premio Nacional de Historia de España correspondiente a 2011 (Boletín Oficial del Estado de 31 de mayo), establece en su punto tercero, apartado 1, la composición del jurado encargado de la propuesta de obras, la valoración de las mismas y el fallo del premio.
Dado que en España existen diversas instituciones especializadas en el estudio de la historia de España que hasta ahora no participaban en el jurado del premio, se considera necesario incluir una representación de las mismas en el jurado, lo que redundará en la riqueza, pluralidad y rigor de las propuestas y deliberaciones.
De acuerdo con ello la Resolución de 23 de mayo de 2011 queda modificada como sigue:
«Tercero.
1. La propuesta de obras, la valoración de las mismas y el fallo del Premio, corresponderá a un Jurado cuya composición será la siguiente:
Presidente: el Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas.
Vicepresidenta: la Subdirectora General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas o la Subdirectora General Adjunta de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.
Vocales:
Los dos autores galardonados en las dos convocatorias anteriores con el Premio Nacional de Historia de España.
Un miembro o representante de la Real Academia de la Historia.
Un miembro o representante de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.
Un miembro o representante de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas.
Un miembro o representante de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.
Un miembro o representante del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
Un miembro o representante del Instituto de Historia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Un miembro o representante elegido por alguna de las principales Asociaciones o Sociedades de historiadores existentes en España.
Un miembro o representante de Centros de Estudios de Género, perteneciente al ámbito universitario o de reconocido prestigio.
Un miembro o representante de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE).
Un miembro o representante de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).
Un representante designado por la Ministra de Cultura.
Secretario: un funcionario de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, designado por el Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas, que actuará con voz pero sin voto.»
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 14 de junio de 2011.–El Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas, Rogelio Blanco Martínez.
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