Suscrito el Acuerdo de prórroga para el año 2011 del Convenio de colaboración suscrito en 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad de Melilla para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.
Madrid, 21 de junio de 2011.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo e Inmigración, José Luis de Ossorno Almécija.
En Melilla, a 19 de mayo de 2011.
De una parte, doña Anna Terrón i Cusí, como Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración nombrada por Real Decreto 230/2010 de 26 de febrero («BOE» n.º 51, del 27 de febrero de 2010), en nombre y representación de la Administración General del Estado, Ministerio de Trabajo e Inmigración, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y en el artículo 5 del Real Decreto 1129/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo e Inmigración, por delegación de firma del Ministro dictada por la Orden Ministerial Comunicada de 8 de febrero de 2011.
De otra parte, doña María Antonia Garbín Espigares, Consejera de Bienestar Social y Sanidad, nombrada por Decreto del Presidente, núm. 33, de 16 de julio de 2007 («BOME» extraordinario núm. 13 de 16 de julio), en nombre y representación de la Ciudad de Melilla, en uso de las competencias que le corresponden según Decretos del Consejo de Gobierno de distribución de competencias de 20 y 27 de julio de 2007 («BOME» extraordinario núm. 14, de 25 de julio y «BOME» núm. 4423 de 7 de agosto, respectivamente).
Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen plena competencia y capacidad para firmar el presente Acuerdo de Prórroga del Convenio reseñado (en adelante Acuerdo de Prórroga) y
EXPONEN
Que conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad de Melilla suscribieron con fecha 26 de septiembre de 2005 un Convenio de colaboración para el desarrollo conjunto de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo de los mismos.
Que, de acuerdo a la voluntad manifestada en la cláusula décima del citado Convenio de colaboración, el mismo se prorroga de forma automática, de no mediar denuncia expresa de las partes, en los mismos términos establecidos y acompañado de los correspondientes Anexos, en los que se detallarán las nuevas actuaciones a realizar y las cuantías a aportar por ambas partes en este ejercicio
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Acuerdo de Prórroga que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
En virtud de la cláusula décima del citado Convenio de colaboración suscrito el 26 de septiembre de 2005, la vigencia del mismo queda prorrogada hasta el 31 de diciembre del año 2011 y su correspondiente ejercicio económico al que se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.
Las actuaciones concretas que conlleva el desarrollo del presente Acuerdo de Prórroga se ajustan a lo señalado en el «Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes 2011» (en adelante, Marco), acordado en la reunión del día 22 de febrero de 2011 por la Conferencia Sectorial de la Inmigración, que se incorpora como anexo 1 al presente Acuerdo de Prórroga. Dichas actuaciones deben estar enmarcadas en los ejes, medidas y líneas de intervención que en dicho documento se señalan.
Las actuaciones a desarrollar por la Ciudad de Melilla en el presente ejercicio, se recogen en el Plan de Acción 2011. Dicho plan ha sido aprobado de común acuerdo por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y por la Comunidad Autónoma, con anterioridad a la firma de este documento, aprobación que se formaliza por medio de un Acuerdo entre la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, a través de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes y la Ciudad de Melilla, a través de la Dirección General de Servicios Sociales, según el documento adjunto.
El coste total de las actuaciones objeto del presente Acuerdo de Prórroga es de seiscientos diecisiete mil ochocientos cincuenta y tres euros (617.853,00 euros).
El Ministerio de Trabajo e Inmigración aporta como participación a la financiación de este Acuerdo de Prórroga con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2011, consignada en la aplicación presupuestaria 19.07.231H.455.00, la cantidad de cuatrocientos treinta y dos mil cuatrocientos noventa y siete euros (432.497 euros).
La Ciudad de Melilla, con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2011, aporta la cantidad de ciento ochenta y cinco mil trescientos cincuenta y seis euros (185.356 euros). La aportación de la Comunidad Autónoma supone, como mínimo, el treinta por ciento del coste total de las actuaciones a desarrollar de Acogida e Integración. Esta cantidad procede de las siguientes partidas presupuestarias:
– 2011.05.23000.22199.
– 2011.05.23000.48000.
– 2011.05.23304.22199.
– 2011.03.92001.13100.
– 2011.03.92000.16000.
El Ministerio de Trabajo e Inmigración se compromete a:
– Aportar la cantidad de cuatrocientos treinta y dos mil cuatrocientos noventa y siete euros (432.497 euros), para las actuaciones de Acogida e Integración.
– Prestar su colaboración en el desarrollo del presente Acuerdo de Prórroga y principalmente, en lo referido al seguimiento y evaluación de las actuaciones recogidas en el Plan de Acción 2011.
La Ciudad de Melilla se compromete a:
– Destinar cuatrocientos treinta y dos mil cuatrocientos noventa y siete euros (432.497 euros), para las actuaciones de Acogida e Integración.
La Comunidad Autónoma deberá comunicar cualquier propuesta de modificación que pudiera surgir durante el desarrollo y ejecución de las actuaciones comprometidas en el. Plan de Acción, tanto de contenido como de costes, con el fin de acordar el Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y la Comunidad Autónoma, la aceptación expresa de dicha variación.
En cumplimiento de lo señalado en la cláusula novena del convenio de colaboración, la Comunidad Autónoma remitirá periódicamente al Ministerio de Trabajo e Inmigración la información necesaria que permita conocer el desarrollo de actuaciones, así como aquella otra información requerida a efectos del seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan de Acción.
En lo no dispuesto expresamente en este Acuerdo de Prórroga, será de aplicación lo establecido en el Convenio de colaboración suscrito en 2005, en especial lo que se refiere a la justificación del gasto (cláusula quinta del Convenio), resolución del convenio (cláusula undécima del Convenio) y a la naturaleza y jurisdicción (cláusula duodécima del Convenio).
Y en prueba de conformidad, firman el presente Acuerdo de Prórroga en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, P.D. (Orden Ministerial Comunicada sobre Delegación de firma de 8 de febrero de 2011), la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón i Cusí.–Por la Ciudad Autónoma de Melilla, la Consejera de Bienestar Social y Sanidad, María Antonia Garbín Espigares.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid