En el BOE n.º314 de 27 de diciembre de 2010 se publicó la Resolución de 14 de diciembre de 2010, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), por la que se aprueba la convocatoria de becas para ciudadanos españoles e iberoamericanos para ampliación de estudios artísticos en la Academia de España en Roma, en colaboración con la Fundación Rafael del Pino, curso académico 2011-2012.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril (B.O.E. de 26 de abril), por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la AECID, la Resolución de la Presidencia de la AECID de 2 de julio de 2009 (BOE 30 de julio de 2009), por la que se delegan determinadas competencias en la Dirección de la AECID, las disposiciones de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006 y en virtud de la Resolución de 14 de diciembre de 2010 (BOE n.º 314 de 27 de diciembre de 2010) por la que se aprueba la convocatoria de «Becas MAEC-AECID» para ciudadanos españoles e iberoamericanos, a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto, esta Presidencia de la AECID, ha resuelto:
Conceder con cargo al concepto presupuestario 143A 486.02, 2 becas para ciudadanos españoles e iberoamericanos para ampliación de estudios artísticos en la Academia de España en Roma, en colaboración con la Fundación Rafael del Pino, curso académico 2011/12, a los dos beneficiarios iberoamericanos referidos a continuación, por el período 01/10/2011 a 30/06/2012 y condiciones que se indican:
Contreras Vázquez, Manuel, de nacionalidad chilena. País destino: Italia.
Rodríguez Santana, Efraín, de nacionalidad cubana. País destino: Italia.
La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria consiste en:
Dotación mensual: 1.200 euros.
Seguro médico no farmacéutico y de accidentes, durante el período de vigencia de la beca, por un importe mensual de 60 euros.
Ayuda de viaje: reembolso único de 1.600 euros.
Ordenar la publicación en el BOE de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden de AEC/1098/2005 de 11 de abril.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa en virtud de lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia de la AECID en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o bien recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 11, 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.
Madrid, 16 de junio de 2011.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Francisco Moza Zapatero.
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