La Directora General de la Función Pública y la Secretaria General del Consejo de Seguridad Nuclear han suscrito, con fecha 30 de junio de 2011, un Acuerdo por el que se encomienda que la citada Secretaría General lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas derivadas de la Oferta de empleo acumulada 2008-2011, para cubrir plazas de personal laboral adscritas a su Organismo, mediante contratación laboral fija en el ámbito del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración del Estado, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en la categoría de Oficial de Gestión y Servicios Comunes.
Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 6 de julio de 2011.–La Subsecretaria de la Presidencia, Soledad López Fernández.
Acuerdo de encomienda de gestión a la Secretaría General del Consejo de Seguridad Nuclear
La Dirección General de la Función Pública y la Secretaría General del Consejo de Seguridad Nuclear acuerdan, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que la citada Secretaría General lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas derivadas de la oferta de empleo acumulada 2008-2011, para cubrir plazas de personal laboral adscritas a su Organismo, mediante contratación laboral fija en el ámbito del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración del Estado, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en la categoría de Oficial de Gestión y Servicios Comunes.
La gestión material que se encomienda se concretará en las siguientes actividades, con el alcance que en cada caso se señala:
a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.
b) Propuesta de las resoluciones por las que se declaren aprobadas las listas de admitidos y excluidos y se señalen el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.
c) Propuesta de los miembros que han de formar parte de los órganos de selección de las pruebas selectivas.
d) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.
e) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las convocatorias.
f) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso selectivo cuya gestión se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
Correrán a cargo de la sección presupuestaria «Consejo de Seguridad Nuclear», los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda.
El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de dieciocho meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.
La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Dirección General de la Función Pública.
Es responsabilidad de la Dirección General de la Función Pública dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.
Madrid, 30 de junio de 2011.–La Secretaria General del Consejo de Seguridad Nuclear, Purificación Gutiérrez López.–La Directora General de la Función Pública, Cristina Pérez-Prat Durbán.
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