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Documento BOE-A-2011-12262

Acuerdo 69/2011, de 16 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la Abadía de Santa María de Párraces en Bercial (Segovia), bien de interés cultural con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 15 de julio de 2011, páginas 79375 a 79376 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2011-12262

TEXTO ORIGINAL

La abadía de Párraces, llego a ser uno de los Señoríos de Abadengo más poderosos de Castilla durante los siglos XIV y XV momento de máximo esplendor, cuando se establece en la Abadía, un colegio y seminario que tendrá vida desde 1567 a 1575 año en que se produce el traslado del Seminario a El Escorial y comienza su decadencia y final con la desamortización eclesiástica de 1836.

La Dirección General de Patrimonio Cultural, por Resolución de 14 de mayo de 2009, acordó incoar procedimiento para declarar la Abadía de Santa Maria de Párraces, en Bercial (Segovia), como Bien de Interés Cultural con categoría de monumento.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 12/20002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 42 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Universidad IE de Segovia informó favorablemente la pretendida declaración. Habiéndose solicitado informe a la Universidad de Valladolid y transcurridos tres meses desde la solicitud sin que este se haya emitido, se entiende dicho informe favorable a la declaración, en aplicación del mencionado artículo del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

Cumplidos los trámites preceptivos de información pública y de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto, se presentan alegaciones al expediente que han sido estudiadas y valoradas en la propuesta de declaración.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar la Abadía de Santa Maria de Párraces, en Bercial (Segovia), Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 16 de junio de 2011, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.

Declarar la Abadía de Santa Maria de Párraces, en Bercial (Segovia), Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

Segundo.

Delimitar como entorno de protección el área descrita por los siguientes puntos:

Punto de inicio: Intersección río Zorita y Cº de Monterrubio.

Límites: Cº de Monterrubio, paralela 100 m al Cº de Villacastín, paralela 50 m. a la Ctra. SG 322, río Zorita hasta punto de inicio.

El entorno de protección declarado es el que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.

Motivacion: Teniendo en cuenta que se trata de un conjunto de edificios y huertas, se delimita un entorno de protección amplio que se justifica por constituir su entorno visual y ambiental inmediato en el que cualquier intervención que se realice pueda suponer una alteración de las condiciones de percepción del bien o del propio carácter de este conjunto.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 16 de junio de 2011.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.–La Consejera de Cultura y Turismo, María José Salgueiro Cortiñas.

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