El artículo 120 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, configura la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones, estableciendo, entre otras cuestiones, su composición y forma de designación de los vocales.
Conforme al apartado 6 del artículo 120 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, la designación del vocal en representación de los consumidores corresponde al Ministro de Economía y Hacienda, a propuesta del Ministro de Sanidad, Politica Social e Igualdad.
En su virtud, dispongo el nombramiento como vocal de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones, de don Jorge Sanz Fernández en representación de los consumidores.
Madrid, 20 de julio de 2011.–La Vicepresidenta del Gobierno de Asuntos Económicos y Ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado Méndez.
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