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Visto el expediente de indulto de don Rodrigo López Álvarez, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Málaga, en sentencia de 4 de diciembre de 2006, como autor de un delito continuado de apropiación indebida, a la pena de tres años de prisión, con privación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en los años 2003-2004, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de julio de 2011,
Vengo en conmutar a don Rodrigo López Álvarez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 1 de julio de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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