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Visto el expediente de indulto de doña Charlotte Angharad Manser, condenada por la Audiencia Provincial de Alicante/Alacant, sección tercera, en sentencia de 23 de octubre de 2008, como autora de un delito de tráfico de drogas, a la pena de tres años de prisión, con accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 200 euros, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de julio de 2011,
Vengo en conmutar a doña Charlotte Angharad Manser la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 8 de julio de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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