Visto el expediente de indulto de doña Rita Gubau Arcos, condenada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Palma de Mallorca, en sentencia de 10 de abril de 2008, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa por importe del tanto del valor de la droga incautada 303.635,40 euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de julio de 2011,
Vengo en conmutar a doña Rita Gubau Arcos la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 15 de julio de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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