Por Resolución de 4 de enero de 2011 (Boletín Oficial del Estado de 13 de enero de 2011) se convocaron las ayudas para la realización de obras audiovisuales con empleo de nuevas tecnologías, al amparo de lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, de Cine, y de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre.
De conformidad con el procedimiento de selección expuesto en el punto séptimo de la citada resolución, el Comité Asesor de Ayudas para la realización de obras audiovisuales con empleo de nuevas tecnologías, en su reunión de 24 de mayo de 2011 informó las solicitudes presentadas hasta el 1 de marzo de 2011, que no hubieran sido excluidas.
Teniendo en cuenta el informe del citado Comité, así como la propuesta de la Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual, y en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, y el punto séptimo de la resolución de convocatoria de ayudas, por Resolución de esta Dirección General de 20 de junio de 2011, se resolvió la concesión de ayudas para la realización de obras audiovisuales con empleo de nuevas tecnologías, en la convocatoria del año en curso.
Por todo ello, y como garantía del principio de publicidad establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Hacer público el extracto de la Resolución de 20 junio de 2011, por la que se conceden, con cargo a la aplicación 24.101.470 «Fondo de Protección a la Cinematografía» del programa 335C «Cinematografía» del presupuesto de gastos del organismo para el año en curso, las ayudas que figuran en el anexo, a las productoras que se relacionan y por las cuantías que se indican.
El resto de las solicitudes se entenderán excluidas o desestimadas.
Segundo. La Resolución de 20 de junio de 2011, cuyo texto íntegro se encuentra a disposición de los interesados en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, y en el tablón de anuncios del Ministerio de Cultura, plaza del Rey, 1, de Madrid, pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma puede interponer en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9. c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En el caso de no impugnarla directamente mediante el recurso contencioso-administrativo a que se refiere el párrafo anterior, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, pudiendo efectuarse, además de en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la misma, a través de la oficina virtual –Registro Telemático– del Ministerio de Cultura (www.mcu.es/registro), siempre que se posea un certificado de firma electrónica con plena validez.
En caso de interponerse el recurso de reposición, el recurso contencioso-administrativo no podrá interponerse hasta que el de reposición haya sido resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición es de un mes, transcurrido el cual podrá entenderse desestimado a los efectos de interponer el recurso contencioso -administrativo.
Madrid, 21 de julio de 2011.–El Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Carlos Cuadros Soto.
Título |
Productora |
Importe |
---|---|---|
Alfa-APP |
Xavier Jose Cunilleras |
40.000,00 |
Archibald in Valencia |
Nakamura Films, S.C. |
20.000,00 |
Cenicientas 3.0 |
Joseé Ignacio Galán Ugartemendia |
20.000,00 |
Cult-travel |
Una y Media Massmedia, Sl. |
47.000,00 |
Dcode |
Associacio Marato de l´Espectacle |
47.000,00 |
Desenterrados |
Carolina Miralles Bernabe |
20.000,00 |
Donde viven las mujeres |
Tus Ojos, S.L. |
50.000,00 |
Fabulous |
Tech Media Telecom Factory, S.L. |
20.000,00 |
Fungi ecosistema digital |
Stor Fisk S.L. |
25.000,00 |
Gran dia de los feos, el |
Tiempo de Rodar, S.L. |
20.000,00 |
Grial |
Moonbite Games, S.L. |
25.000,00 |
Hostal La Roca |
Cromosoma, SA |
45.000,00 |
Impacto |
La Voz Que Yo Amo, S.L.U. |
40.000,00 |
Madretoday.Com |
Astronauta Producciones, S.L. |
45.000,00 |
Mallorca souvenir |
Cinética Producciones, S.L. |
25.000,00 |
Molday |
Tech Media Telecom Factory, S.L. |
32.000,00 |
Mr. Trance |
Sergio Cabrera y Asociados, S.L. |
12.400,00 |
Mr. Trance |
Valeriano Veneras Ruiz |
49.600,00 |
¿Quién es Maxime Stransky? |
Los Sueños de la Hormiga Roja, S.L. |
37.000,00 |
Secretos de Basajaun, los |
Dibulitoon Studio, SL, |
30.000,00 |
Secuestrada |
Filmutea, S.L. |
40.000,00 |
Sombras |
Potenza Producciones, S.L. |
40.000,00 |
Villa, la |
Alejandro Cano Escribano |
10.000,00 |
Villa, la |
Sara García - Delgado Gutiérrez |
10.000,00 |
Villalba cuenta |
Estación Central de Contenidos, S.L. |
20.000,00 |
Zoobabu R.A. |
Screen Veintiuno, S.A.U. |
30.000,00 |
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