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Documento BOE-A-2011-14486

Resolución de 29 de noviembre de 2010, de la Secretaría de Industria y Empresa, del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, de certificación del producto fabricado por Sammler B. Michalopoulos, SA, con contraseña GPS-8424: paneles solares.

Publicado en:
«BOE» núm. 214, de 6 de septiembre de 2011, páginas 96383 a 96384 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2011-14486

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Secretaría de Industria y Empresa, del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por Globasolar 2010, S.L., con NIF B-91879296, con domicilio social en la calle Cruzadas, 3, local A, municipio de Sevilla, para la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por Sammler B. Michalopoulos, S.A., en sus instalaciones industriales ubicadas en la zona industrial de Aspropyrgos, en Atenas (Grecia): Panel solar prefabricado.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se solicita y que el laboratorio SPF (Solar Prüfung Forschunt) ha emitido informes con clave de referencia S114EN de fecha 27 de octubre de 2008, S115EN de fecha 27 de octubre de 2008 y S113EN de fecha 27 de octubre de 2008, donde ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 891/1980, de 2 de abril (BOE de 12 de mayo), la Orden ITC/71/2007, de 22 de enero (BOE del 26) y por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre (BOE de 6 de febrero de 1996), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo (BOE de 26 de abril). También ha presentado el certificado de cumplimiento de la norma UNE-EN ISO 9001 vigente.

De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones, y con la Orden del Departamento de Industria y Energía, de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986, he resuelto:

Certificar el tipo del citado producto, con contraseña de certificación GPS-8424, con fecha de caducidad el 29 de noviembre de 2012, disponer como fecha límite el día 29 de noviembre de 2012, para que el titular acredite que en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

Definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo certificado, los que se detallan a continuación:

Dimensiones del colector TI-150-ECO y especificaciones generales.

Fabricante: Sammler B. Michalopoulos, S.A.

Marca y modelo del colector: TI-150-ECO.

Área de apertura: 1,903 m2.

Área total: 2,086 m2.

Fluido de trabajo: Agua / Agua + propileno glicol.

Presión máxima: 6 bar.

Tipo constructivo: Prefabricado con termosifón.

Peso colector vacío: 41 kg.

Capacidad del depósito: 145 litros.

Dimensiones del colector TI-200-ECO y especificaciones generales.

Fabricante: Sammler B. Michalopoulos, S.A.

Marca y modelo del colector: TI-200-ECO.

Área de apertura: 1,903 m2.

Área total: 2,086 m2.

Fluido de trabajo: Agua / Agua + propileno glicol.

Presión máxima: 6 bar.

Tipo constructivo: Prefabricado con termosifón.

Peso colector vacío: 41 kg.

Capacidad del depósito: 192 litros.

Dimensiones del colector TI-300-ECO y especificaciones generales.

Fabricante: Sammler B. Michalopoulos, S.A.

Marca y modelo del colector: TI-300-ECO.

Área de apertura: 1,903 m2.

Área total: 2,086 m2.

Fluido de trabajo: Agua / Agua + propileno glicol.

Presión máxima: 6 bar.

Tipo constructivo: Prefabricado con termosifón.

Peso colector vacío: 41 kg.

Capacidad del depósito: 282 litros.

Esta certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se efectúa en relación con las disposiciones que se citan, y por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será la indicada en el encabezamiento, salvo que se publique cualquier disposición que derogue o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Esta resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Universidades y Empresa, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 29 de noviembre de 2010.–El Secretario de Industria y Empresa, P. D. de firma (Resolución de 2 de marzo de 2007), el Jefe del Servicio de Automóviles, Productos y Metrología, Carles Sans Ravellat.

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