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La Subsecretaría del Ministerio de Cultura y el Presidente de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas han suscrito, con fecha 22 de julio de 2011, un Acuerdo para que la citada Agencia lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas, derivadas del proceso de consolidación de empleo temporal en empleo fijo, de ingreso en la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos (Sección Bibliotecas).
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone su publicación como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 7 de septiembre de 2011.–La Subsecretaria de la Presidencia, Soledad López Fernández.
La Subsecretaría de Cultura y la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas acuerdan, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que la citada Agencia lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas, derivadas del proceso de consolidación de empleo temporal en empleo fijo, de ingreso en la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos (Sección Bibliotecas).
La gestión material que se encomienda, con respecto a Escala citada en el apartado anterior, se concretará en las siguientes actividades, con el alcance que en cada caso se señala:
a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.
b) Propuesta de las resoluciones por las que se declaren aprobadas las listas de admitidos y excluidos y se señalen el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.
c) Propuesta de los miembros que han de formar parte de los tribunales calificadores de las pruebas selectivas.
d) Gestión de la operatividad necesaria para el desarrollo material del proceso selectivo.
e) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las convocatorias.
Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso selectivo cuya gestión se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
Correrán a cargo de la sección presupuestaria «Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas», los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda.
El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de dieciocho meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.
La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Subsecretaría de Cultura.
Es responsabilidad de la Subsecretaría de Cultura dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.
Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión la Subsecretaría de Cultura y el Presidente de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Madrid, 22 de julio de 2011.–La Subsecretaria del Ministerio de Cultura, Mercedes Elvira del Palacio Tascón.–El Presidente de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Rafael Rodrigo Montero.
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