En el BOE n.º 308, de 20 de diciembre de 2010 se publicó la Resolución de 10 de diciembre de 2010, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el desarrollo (AECID), por la que se convocan los Programas de Becas MAEC-AECID para ciudadanos españoles para el curso académico 2011-12.
Por Resolución de 30 de mayo de 2011 (BOE número 158, de 4 de julio de 2011) de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, se conceden becas de la convocatoria de becas MAEC-AECID para el curso académico 2011-12 para los Programas I-B y I-C.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden AEC/1098/2005 de 11 de abril (BOE de 26 de abril), por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), el Real Decreto 1403/2007 de 26 de octubre por el que se aprueba el Estatuto de la AECID, la Resolución de la Presidencia de la AECID de 2 de julio de 2009 (BOE 30 de julio), por la que se delegan determinadas competencias en la Dirección de la AECID, las disposiciones de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y su reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006 y en virtud de las Resoluciones anteriormente citadas de 20 de diciembre de 2010 (BOE núm. 308 de 20 de diciembre de 2010) y 30 de mayo de 2011 (BOE número 158, de fecha 4 de julio de 2011) a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto,
Esta Presidencia de la AECID ha resuelto:
Conceder con cargo al concepto presupuestario 143 A 486.02, una beca del Programa I-B» Becas para españoles para estancias formativas en Organismos Internacionales en países de Ayuda Oficial al Desarrollo», debido a la renuncia de Laura Almansa Sánchez, y nombrar al siguiente beneficiario y suplente,
Apellidos y nombre: Alonso Corcuera, Nagore.
País destino: Bolivia.
Duración: 01-01-2012/31-12-2012.
La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria consiste en:
Dotación: 1.200 euros mensuales.
Seguro médico no farmacéutico y de accidentes, durante el período de vigencia de la beca, por un importe mensual de 65 euros.
Ayuda de viaje: reembolso único según el país de destino.
Conceder con cargo al concepto presupuestario 143 A 486.02, dos becas del Programa I-C» Becas para españoles para realización de trabajos y proyectos de fin de carrera y fin de master en centros de enseñanza superior en países de Ayuda Oficial al Desarrollo» debido a las renuncias de Laura Majuelos Aicart y Julia Matos Astorgano y nombrar a los siguientes beneficiarios y suplentes:
Apellidos y nombre |
Destino |
Duración |
---|---|---|
González Pablos, Miguel Ángel |
Argentina. |
01-01-2012/30-04-2012 |
Morollón del Río, Diego |
México. |
01-10-2011/31-12-2011 |
La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria consiste en:
Dotación: 1.200 euros mensuales.
Seguro médico no farmacéutico y de accidentes, durante el período de vigencia de la beca, por un importe mensual de 65 euros.
Ayuda de matrícula: Hasta 2000 euros de ayuda individual cuando se requiera, siempre y cuando, se presenten los documentos probatorios del centro y país destino de la beca.
Estas dos modificaciones no suponen incremento económico en el expediente de gasto aprobado con anterioridad.
Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden Ministerial AEC/1098/2005 de 11 de abril.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa en virtud de lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la AECID, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia de la AECID en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o bien recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 11, 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.
Madrid, 1 de septiembre de 2011.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Francisco Moza Zapatero.
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