Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado», el fallo de la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 7 de León, de fecha 13 de octubre de 2009, por la que se estima parcialmente las pretensiones de la parte actora contenidas en su escrito de demanda contra la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 12 de enero de 2009.
En los autos de juicio verbal número 550/09 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 7 de León, a instancia de don Eugenio Rodríguez Cepeda, registrador de la Propiedad de León número 2, frente a la Dirección General de los Registros y del Notariado, se ha dictado sentencia, en fecha 13 de octubre de 2009, que contiene el siguiente fallo:
FALLO
Que estimando como estimo parcialmente la demanda interpuesta por el procurador don Ildefonso del Fueyo Álvarez, en representación de don Eugenio Rodríguez Cepeda, Registrador de la Propiedad, contra la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 12 de enero de 2009, publicada en el «BOE» el día 11 de febrero de 2009, interviniendo en su representación el señor abogado del Estado, habiendo dado traslado del procedimiento al señor notario recurrente, debo declarar y declaro haber lugar a la nulidad de dicha Resolución, en cuanto a lo que se refiere a la aplicación de los artículos 254 y 255 de la Ley Hipotecaria, en virtud de lo dispuesto en el fundamento jurídico cuarto de esta resolución, todo ello sin hacer imposición de las costas procesales.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. La Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 7 de León.
Madrid, 2 de junio de 2011.–La Directora General de los Registros y del Notariado, M.ª Ángeles Alcalá Díaz.
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