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Advertidos errores en el anexo II que dificultan su comprensión a efectos del cálculo de las ayudas recogidas en la Orden ARM/1258/2011, de 12 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas por paralización temporal a armadores o propietarios de buques de palangre de superficie, afectados por el plan integral de gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 117, de 17 de mayo de 2011, se procede a subsanarlo mediante la oportuna rectificación:
En la página 49801, se sustituye el anexo II por el siguiente:
Cuantías máximas de la ayuda
Categoría de buque por clase de tonelaje (G.T.) |
Importe máximo de la prima por buque y día (en euros) |
---|---|
< 25 |
5,16xGT+ 36 (*) |
≥ 25 y < 50 |
3,84xGT+ 66 |
≥ 50 y < 100 |
3,00xGT+ 108 |
≥ 100 y < 250 |
2,40xGT+ 168 |
≥ 250 y < 500 |
1,80xGT+ 318 |
≥ 500 y < 1.500 |
1,32xGT+ 558 |
≥ 1.500 y < 2.500 |
1,08xGT+ 918 |
≥ 2.500 |
0,80xGT+1.608 |
(*) Garantizándose un mínimo de 100 € diarios.
Cuando el importe máximo de la prima por buque y día sea inferior al valor máximo posible en el tramo anterior, se aplicará este último valor.
Madrid, 7 de octubre de 2011.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Rosa Aguilar Rivero.
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