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Documento BOE-A-2011-16051

Resolución de 29 de noviembre de 2010, de la Secretaría de Industria y Empresa, del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, de certificación del producto fabricado por Aplisun Develop, SL, con contraseña GPS-8428: panel solar.

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 12 de octubre de 2011, páginas 107273 a 107274 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2011-16051

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Secretaría de Industria y Empresa, del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por Aplisun Develop, SL, con NIF B-64252042, con domicilio social en Carrer Terra Alta, 24, de Castellar del Vallès, provincia de Barcelona, para la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por Aplisun Develop, SL, en sus instalaciones industriales ubicadas en Castellar del Vallès, provincia de Barcelona correspondiente a la contraseña de certificación GPS-8428: Panel solar.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se solicita y que el laboratorio Cener (Centro Nacional de Energías Renovables) ha emitido informes con clave de referencia 30.1367.0-2-1 Anexo 5, de fecha 26/07/2010 y 30.1151.0-2-2 Anexo 6, de fecha 05/11/2009, donde han hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 891/1980, de 2 de abril (BOE 12/05/80), la Orden ITC/71/2007, de 22 de enero (BOE 26/01/07), por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, (BOE 6-2-96), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo (BOE 26-4-97) de acuerdo con la Orden ITC/2761/2008, de 26 de septiembre, por la que se amplia el plazo de la disposición transitoria segunda del Orden ITC/1/2007 y el Decreto 200/2007, de 10 de septiembre de reestructuración del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa. Asimismo, ha presentado el certificado de cumplimiento de la norma UNE-EN ISO 9001 del fabricante.

De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones, y con la Orden del Departamento de Industria y Energía, de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986, he resuelto:

Certificar el tipo del citado producto, con contraseña de certificación GPS-8428, con fecha de caducidad el 29/11/2012, disponer como fecha límite el día 29/11/2012, para que el titular acredite que en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

Definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo certificado, los que se detallan a continuación:

Dimensiones del colector y especificaciones generales

Fabricante: Aplisun Develop, S. L.

Marca y modelo del colector: Aplisun APTH250.

Área de apertura: 2,50 m2.

Área total: 2,78 m2.

Fluido de trabajo: Agua/Agua + propileno glicol.

Presión máxima: 8 bar.

Tipo constructivo: Plano.

Peso colector vacío: 51,0 kg.

Resultados del ensayo.

Rendimiento térmico:

η0

0,747 ± 0,005

 

a1

3,350 ± 0,377

W/m2K

a2

0,020 ± 0,007

W/m2K2

Nota: Referente al área de apertura

 

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1.000 W/m2

10

658

1.219

1.779

30

451

1.011

1.571

50

203

764

1.324

Esta certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se efectúa en relación con las disposiciones que se citan, y por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o Disposición que le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será la indicada en el encabezamiento, salvo que se publique cualquier disposición que derogue o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Esta resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Universidades y Empresa, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 29 de noviembre de 2010.–El Secretario de Industria y Empresa, P.D. de firma (Resolución de 2 de marzo de 2007), el Jefe del Servicio de Automóviles, Productos y Metrología, Carles Sans Ravellat.

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