Por Orden EDU/2395/2011, de 8 de agosto, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del 7 de septiembre, se concedieron subvenciones para la movilidad de estudiantes universitarios «Séneca» para el curso académico 2011-2012.
Advertidos errores en el anexo I y en el anexo II de la misma, procede su corrección en el siguiente sentido:
En la página 96536, donde dice: «SANCHEZ MORALES, MARIO; DNI 48642071S; UNIVERSIDAD DE DESTINO: UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA»; debe decir: «SANCHEZ MORALES, MARIO; DNI 48642071S; UNIVERSIDAD DE DESTINO: UNIVERSIDAD DE LAS ISLAS BALEARES».
En la página 96547, donde dice: «UNIVERSIDAD DE DESTINO: UNIVERSIDAD DE LAS ISLAS BALEARES; N.º BECARIOS APROBADOS: 11»; debe decir: «UNIVERSIDAD DE DESTINO: UNIVERSIDAD DE LAS ISLAS BALEARES; N.º BECARIOS APROBADOS: 12».
Donde dice: «UNIVERSIDAD DE DESTINO: UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA; N.º BECARIOS APROBADOS: 80»; debe decir: «UNIVERSIDAD DE DESTINO: UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA; N.º BECARIOS APROBADOS: 79».
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 177 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación.
Madrid, 27 de septiembre de 2011.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), el Secretario General de Universidades, Màrius Rubiralta i Alcañiz.
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