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Documento BOE-A-2011-173

Resolución de 22 de diciembre de 2010, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija la cuantía de la compensación económica a las entidades colaboradoras por la gestión de las ayudas para estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros, gestionadas por la Dirección General de Política Universitaria en el marco del Estatuto del personal investigador en formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 4 de enero de 2011, páginas 832 a 834 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-173

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero (Boletín Oficial del Estado del 9), se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en el marco de la línea instrumental de actuación en recursos humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011.

En el apartado 5 del punto cuarto de dicha Orden, relativo a los beneficiarios y sus requisitos y las entidades colaboradoras, se indica que las convocatorias podrán recoger la existencia de entidades colaboradoras que habrán de cumplir los requisitos y las obligaciones recogidas en la Ley General de Subvenciones para los beneficiarios de las subvenciones. Asimismo en el apartado 6 se dice que a través de las entidades colaboradoras se podrá efectuar el pago de la ayuda a los beneficiarios cuando así lo disponga la convocatoria.

Por otra parte, el artículo 10 de la Orden EDU/2934/2009, de 24 de octubre (BOE de 2 de noviembre) de convocatoria de las ayudas, indica que se considerarán como entidades de adscripción de los beneficiarios a las entidades españolas que presenten al candidato y acepten las condiciones de la convocatoria para el periodo de estancia en el centro de destino en el extranjero del beneficiario de la ayuda. Tales entidades formalizarán la contratación de los beneficiarios de las ayudas y asumirán las obligaciones correspondientes a entidades colaboradoras.

Al respecto y de conformidad con dicha normativa, las universidades y organismos de adscripción de beneficiarios de ayudas, vienen suscribiendo el correspondiente convenio de colaboración. En la cláusula 2.4 del mencionado convenio se establece que, de conformidad con el artículo 16, número 3 m) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la entidad colaboradora recibirá como compensación por los costes derivados por su participación en la gestión de las ayudas, una subvención proporcional al número de beneficiarios activos, cuya cuantía se fijará anualmente a través de resolución de la Secretaría General de Universidades.

Las ayudas concedidas para el programa de estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros gestionado por la Dirección General de Política Universitaria, de la Secretaría General de Universidades, están sujetas al ámbito de aplicación del Real Decreto 63/2006, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación, tal como se señala en el artículo 1.5 de la Orden EDU/2934/2009, de convocatoria.

Por las razones expuestas, esta Secretaría General ha resuelto:

Primero.—Con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido para el subprograma de ayudas para estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros, del Programa Nacional de Movilidad de Recursos Humanos de Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación 2008-2011 y en los correspondientes convenios firmados con las entidades colaboradoras, la compensación económica por los costes derivados por su participación en la gestión de estas ayudas se establece en doscientos cincuenta euros por beneficiario y año, más tres mil euros a aquellas entidades que se han incorporado a dicho programa en el ejercicio 2010, en concepto de gastos generales de las adaptaciones necesarias en el inicio de la gestión del programa.

Segundo.—La compensación referida al curso académico 2010-2011, por un importe de 102.500 euros, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2010.

Tercero.—En el anexo de la presente resolución se relacionan las entidades colaboradoras y la cuantía de la compensación que les corresponde por el número de beneficiarios con nueva alta en el ejercicio 2010 y los que mantienen la ayuda durante parte o todo el ejercicio 2011, así como las ayudas a las entidades colaboradoras que se incorporan al programa en el ejercicio 2010.

Lo que pongo en su conocimiento a los efectos pertinentes.

Madrid, 22 de diciembre de 2010.—El Secretario General de Universidades, P. D. (Orden EDU 2607/2009, de 16 de septiembre), el Director General de Política Universitaria, Juan José Moreno Navarro.

ANEXO
Importe de la compensación económica a las entidades colaboradoras, por la gestión de ayudas para estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros, en el marco del Estatuto del Personal investigador en formación y convenio de colaboración

Organismo

N.º Contratos

Gastos por Gestión

Gastos por Inicio de programa

Total Gastos Gestión

Centre Tecnologic Forestal de Catalunya

1

250

0

250

Centro de Investigación Ecológica y Aplicaciones Forestales

2

500

0

500

Consejo Superior de Investigaciones Científicas

20

5000

0

5000

Fundac. Centro Nacional Inves. Cardiovasc. Carlos III (CNIC)

1

250

0

250

Fundació Instituto Municipal de Investigación Médica (IMIM)

1

250

0

250

Fundació Privada Institut Catalá d’Investigació Quimica

1

250

0

250

Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología

255

63750

0

63750

Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Científica Aplicada y la Tecnologia (FICYT)

1

250

0

250

Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria

2

500

0

500

Universidad Autónoma de Barcelona

12

3000

0

3000

Universidad Autónoma de Madrid

12

3000

0

3000

Universidad Carlos III

1

250

0

250

Universidad de Alcalá de Henares

3

750

0

750

Universidad de Almería

1

250

0

250

Universidad de Cádiz

3

750

0

750

Universidad de Cantabria

3

750

0

750

Universidad de Castilla-La Mancha

1

250

0

250

Universidad de Córdoba

5

1250

0

1250

Universidad de Extremadura

1

250

0

250

Universidad de Granada

31

7750

0

7750

Universidad de Jaén

1

250

0

250

Universidad de La Rioja

1

250

0

250

Universidad de las Islas Baleares

1

250

0

250

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

1

250

0

250

Universidad de Murcia

4

1000

0

1000

Universidad de Oviedo

4

1000

0

1000

Universidad de Sevilla

8

2000

0

2000

Universidad de Valencia / Estudi General

5

1250

0

1250

Universidad de Valladolid

11

2750

0

2750

Universidad de Vigo

1

250

0

250

Universidad Nacional de Educación a Distancia

2

500

0

500

Universidad Pablo Olavide de Sevilla

4

1000

0

1000

Universidad Politécnica de Cataluña

1

250

0

250

Universidad Politécnica de Madrid

4

1000

0

1000

Universidad Pompeu i Fabra

4

1000

0

1000

Universidad Rovira i Virgili de Tarragona

1

250

0

250

Total

410

102.500

0

102.500

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