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Documento BOE-A-2011-17981

Orden EDU/3092/2011, de 24 de octubre, por la que a propuesta del Departamento de Enseñanza de la Comunidad Autónoma de Cataluña, se integra en el Cuerpo de Inspectores de Educación a don Francesc Colomé i Montserrat.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 17 de noviembre de 2011, páginas 119086 a 119086 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-17981

TEXTO ORIGINAL

La disposición derogatoria del Real Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas básicas para el acceso y la provisión de puestos de trabajo en el Cuerpo de Inspectores de Educación y la integración en el mismo de los actuales Inspectores, mantiene la vigencia del artículo 17 del Real Decreto 1524/1989, de 15 de diciembre, respecto de los funcionarios a que se refieren las disposiciones transitorias segunda y tercera del citado Real Decreto.

Transcurridos los tres años de adscripción en el ejercicio de la función inspectora, el citado funcionario solicitó su continuidad, para lo cual se ha llevado a cabo la valoración de su trabajo por la Comisión Evaluadora según acta del 31 de mayo de 2011.

Vista la propuesta del Departamento de Enseñanza de la Comunidad Autónoma de Cataluña,

Este Ministerio, ha dispuesto:

Primero.

De acuerdo lo previsto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre, integrar a don Francesc Colomé i Montserrat, con documento nacional de identidad número 39008248 y número de Registro de Personal 3900824868 A0510, en el Cuerpo de Inspectores de Educación, con efectos de 1 de febrero de 1997.

Segundo.

A los solos efectos de determinar su antigüedad en el Cuerpo de Inspectores de Educación, se le reconoce la fecha de acceso como docente a la función inspectora, de conformidad con las disposiciones de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio.

Tercero.

La presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 24 de octubre de 2011.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.

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