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Documento BOE-A-2011-18137

Cuestión de inconstitucionalidad nº 4965-2011, en relación con el artículo 141.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por posible vulneración del artículo 149.1.18ª de la CE.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 19 de noviembre de 2011, páginas 121050 a 121050 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2011-18137

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4965-2011 planteada por Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Almería, en el procedimiento ordinario núm. 344-2007, en relación con el artículo 141.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por posible vulneración del artículo 149.1.18.ª de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento ordinario núm. 344-2007, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de noviembre de 2011.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 07/11/2011
  • Fecha de publicación: 19/11/2011
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y DECLARA su desestimación, por Sentencia 183/2013, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2013-12189).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad del art. 141.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-811).
Materias
  • Andalucía
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Ordenación del territorio
  • Suelo

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