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Documento BOE-A-2011-18180

Orden TIN/3145/2011, de 18 de noviembre, por la que se declara desierto el puesto de Consejero de Trabajo e Inmigración en Argentina.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 19 de noviembre de 2011, páginas 121569 a 121569 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-18180

TEXTO ORIGINAL

Mediante sentencia de 26 de octubre de 2011 de la Audiencia Nacional, se anula la Orden TIN/1470/2010, de 28 de mayo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración, por la que se adjudica la plaza de Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales en Argentina a D. Julio Olmos Lablanca. En ejecución de dicha sentencia, procede acordar la exclusión de D. Julio Olmos Lablanca.

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 80 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, cumplida la tramitación que exige el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y de acuerdo con el fundamento cuarto de la precitada sentencia, siguiendo el procedimiento establecido, se ha procedido a analizar las restantes candidaturas y su posible idoneidad para el desempeño de las funciones que el artículo 4 del Real Decreto 904/2003 atribuye a las Consejerías de Trabajo e Inmigración. En atención a dichas funciones, en especial a las de naturaleza institucional, y tomando en consideración que corresponde al Consejero ostentar la jefatura superior de la misma, una vez estudiado el perfil de los solicitantes, y en el ejercicio de la discrecionalidad inherente a la provisión de puestos de libre designación, este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General de Estado, ha dispuesto declarar desierto el puesto que se indica en el anexo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 18 de noviembre de 2011.–El Ministro de Trabajo e Inmigración, P. D. (Orden TIN/2254/2011, 28 de julio de 2011), el Subsecretario de Trabajo e Inmigración, José María de Luxán Meléndez.

ANEXO
Puesto convocado

Denominación: Consejero de Trabajo e Inmigración (Consejería de Trabajo e Inmigración en Argentina). Nivel complemento destino: 28. Complemento específico: 19.626,88 €. Adjudicatario: Desierto.

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