El Consejo de Ministros, en su reunión de 18 de noviembre de 2011 y a propuesta conjunta de la Ministra de Ciencia e Innovación, de la Vicepresidenta del Gobierno de Asuntos Económicos y Ministra de Economía y Hacienda, del Ministro de Educación y de la Ministra de Cultura, ha adoptado un Acuerdo para la recuperación y preservación del patrimonio de la Residencia de Estudiantes.
Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo a la presente orden.
Madrid, 18 de noviembre de 2011.–El Ministro de la Presidencia, Ramón Jáuregui Atondo.
La Residencia fue fundada, por Real Decreto de 6 de mayo de 1910, por la Junta para Ampliación de Estudios e Investigaciones Científicas, dependiente a su vez del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes. En 1915, puso en marcha su grupo femenino, la Residencia de Señoritas.
La Residencia fue una ventana abierta a las novedades de otros países y uno de los principales núcleos de modernización científica, educativa y social desde su creación hasta la interrupción de sus actividades en 1936. Reconocida internacionalmente como el primer centro cultural de la España de entreguerras, ofrecía un nuevo entorno educativo, propicio a la creatividad, el diálogo y la búsqueda de la excelencia. Junto a cursos, conferencias o prácticas de laboratorio, también se organizaban excursiones, visitas a museos o la práctica de deportes. La Residencia puso en marcha su propio sello editorial y, a lo largo de los años de su etapa histórica, reunió una valiosa biblioteca para sus residentes y los investigadores de sus laboratorios, tanto en su grupo masculino como en el femenino.
El Decreto de 19 de mayo de 1938 disolvió la Junta para Ampliación de Estudios y el de 24 de noviembre de 1939 asignó sus bienes al recién creado Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). A partir de ese momento se inicia la dispersión del patrimonio de la Residencia, constituida por el grupo universitario y el grupo femenino, tanto en lo que se refiere a sus edificios (unos fueron remodelados y otros pasaron a otros organismos públicos), a su patrimonio bibliográfico y archivístico como a otros bienes y enseres.
En 1986, por iniciativa del CSIC, la Residencia de Estudiantes recuperó su nombre y espíritu original, recobrando el proyecto emprendido en 1910. En 1989 el CSIC constituyó la Fundación Residencia de Estudiantes, a cuyo Patronato se incorporaron diversas instituciones públicas y privadas, así como patronos a título personal. En la actualidad es una fundación perteneciente al sector público estatal. El CSIC donó el archivo de la Junta para Ampliación de Estudios y la biblioteca y el archivo del Museo Pedagógico Nacional para que, de acuerdo con sus objetivos, la recuperada Residencia de Estudiantes los custodiara y prosiguiera la labor iniciada por la Junta para Ampliación de Estudios y sus centros en el fomento, la renovación e internacionalización de la cultura, la ciencia y la educación en España de acuerdo con el espíritu y el ideario de la Institución Libre de Enseñanza que estuvo en el origen de dicho proyecto.
Desde 1986, la Residencia de Estudiantes viene procurando la reintegración de su patrimonio que quedó dispersado. La memoria de las realizaciones de la Residencia de Estudiantes, tanto de su grupo masculino como de su grupo femenino -la Residencia de Señoritas-, ha sido rescatada en diversos estudios publicados por la Residencia de Estudiantes, en algunos casos en colaboración con el CSIC.
En estos años, la Residencia de Estudiantes ha ido ampliando y enriqueciendo su fondo documental gracias a la incorporación de numerosos archivos, bibliotecas y conjuntos documentales, personales e institucionales, relacionados con su historia, en muchos casos procedentes o vinculados con antiguos residentes. Todo este conjunto documental supone una valiosa colección histórica sobre la cultura española de la Edad de Plata, vinculada a la Institución Libre de Enseñanza, la Junta para Ampliación de Estudios y sus centros, sobre el que se llevan a cabo diferentes proyectos de investigación que dan lugar a reuniones científicas y publicaciones.
La Residencia de Estudiantes procedió así mismo a la rehabilitación de los edificios históricos que ocupa actualmente, (cedidos en uso por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas) dentro del Plan de Rehabilitación de la Colina de los Chopos, edificios en los que continúa desarrollando su actividad y en los que se ha recuperado su fisonomía original.
En la actualidad, la Residencia, guiada por el espíritu que la alentó en el pasado, desarrolla su actividad en dos direcciones: recuperar y difundir su tradición intelectual y moral, y, al mismo tiempo, propiciar el diálogo entre ciencia y arte, así como la reflexión crítica sobre la educación y la cultura contemporánea, como lugar de encuentro y debate internacional vinculado a la creatividad y la innovación. La Residencia organiza y acoge numerosas actividades abiertas al público (exposiciones, conciertos, recitales de poesía, conferencias y congresos) y publica los resultados de sus diferentes proyectos en catálogos y libros.
Igualmente, dando cumplimiento a sus fines fundacionales y fiel a su vocación inicial de lugar de diálogo e intercambio científico y creativo, la Residencia acoge en la actualidad a numerosos investigadores, científicos y creadores de prestigio internacional que la visitan en estancias cortas, además de a un núcleo de estudiantes de postgrado y jóvenes creadores. Gracias a esta convivencia entre maestros y jóvenes, la Residencia se ha convertido tanto en un lugar de estudio y recuperación del pasado cultural del primer tercio del siglo XX como en un foro donde exponer, reflexionar y trabajar sobre la actualidad y el futuro de la ciencia y la creación artística; continuando con su labor histórica como institución pedagógica pionera y lugar de encuentro de las corrientes intelectuales de la vanguardia europea.
La trayectoria de la Residencia en esta segunda etapa le ha proporcionado un amplio reconocimiento, tanto en el ámbito nacional como en el internacional. Así, por ejemplo, fue designada, en 2007, por el Comité de Patrimonio Europeo como Sitio Español de Patrimonio Europeo, que valoró la continuidad del proyecto de la Residencia y destacó su trayectoria desde su etapa histórica hasta la actualidad.
El 1 de octubre de 2010 se cumplieron cien años desde el día en que la Residencia de Estudiantes abrió sus puertas por primera vez. La Residencia ha conmemorado este centenario con un amplio programa de actividades que ha permitido difundir su pasado, su presente y su futuro, y que continuará en 2011 y años siguientes.
El Gobierno, con motivo de esta conmemoración, quiere reconocer la labor desarrollada por la Residencia en esta segunda etapa y apoyar esta labor para su proyección futura. En particular, se pretende que la Residencia de Estudiantes pueda disponer a largo plazo de la infraestructura necesaria para desarrollar las funciones que tiene encomendadas en sus Estatutos, así como favorecer la difusión, custodia y conservación de los fondos históricos bibliográficos y documentales de la Residencia de Estudiantes, que forman parte de la propia historia de la Residencia y constituyen su patrimonio histórico, con el objeto de poner a disposición de estudiosos e interesados cuanto se relaciona con la historia intelectual de la Residencia de Estudiantes y, más genéricamente, con la historia de la cultura española del primer tercio del siglo XX.
En su virtud, de acuerdo con el artículo 90.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y a propuesta conjunta de la Ministra de Ciencia e Innovación, de la Vicepresidenta del Gobierno de Asuntos Económicos y Ministra de Economía y Hacienda, del Ministro de Educación y de la Ministra de Cultura, el Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de noviembre de 2011, acuerda:
A los efectos previstos en los dos apartados siguientes, la actual Fundación Residencia de Estudiantes debe considerarse continuadora de la Residencia de Estudiantes cuya etapa histórica se desarrolló entre 1910 y 1936. De acuerdo con sus estatutos, «la Fundación entronca con la tradición de una Residencia que, además de una institución pedagógica pionera, fue lugar de encuentro de las corrientes intelectuales de la vanguardia europea y centro de difusión de las actividades de la Junta para Ampliación de Estudios e Investigaciones Científicas».
Con el fin de que todos los bienes muebles, fondos artísticos y fondos de bibliotecas y archivos que pertenecieron a los grupos masculino y femenino de la Residencia de Estudiantes en su etapa histórica, y que actualmente se encuentren en instituciones públicas, puedan catalogarse, conservarse adecuadamente y reintegrarse a la sede de la Fundación, la Residencia de Estudiantes, con la colaboración y apoyo de los Ministerios de Educación, de Ciencia e Innovación y de Cultura, establecerá con las instituciones que posean actualmente dichos bienes y fondos los acuerdos oportunos para acceder a los bienes y determinar las operaciones necesarias para una mejor identificación, preservación y utilización de los mismos.
1. De acuerdo con el artículo 90.2 de la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, y al objeto de asegurar la continuidad de la actividad de la Residencia de Estudiantes en su ubicación histórica, se autoriza el uso por la Fundación Residencia de Estudiantes, para el cumplimiento de sus fines, de los cuatro edificios de la calle Pinar, números 21 y 23, de Madrid, inmuebles de titularidad de la Administración General del Estado, adscritos a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), figurando en el Inventario General de Bienes y Derechos del Estado con el número 1987724289990159001, que actualmente constituyen la sede de la Fundación, así como de sus accesos y jardines.
Esta autorización se otorga de acuerdo con las siguientes condiciones:
a) Naturaleza de la autorización. Esta autorización no supone, en modo alguno, la cesión del dominio o de cualesquiera facultades dominicales sobre el inmueble, ni la imposición sobre el mismo de carga ni gravamen alguno.
b) Duración. Con objeto de asegurar la continuidad de la actividad de la Residencia de Estudiantes en su ubicación histórica, la presente autorización se otorga por tiempo indefinido.
c) Régimen económico. Dado el carácter de fundación del sector público estatal del autorizado, así como el interés público de los fines perseguidos, la presente autorización se otorga sin contraprestación económica alguna a cargo de la Fundación Residencia de Estudiantes.
d) Facultades de inspección. El CSIC se reserva la facultad de inspeccionar los inmuebles objeto de autorización, para garantizar que su utilización se produce de acuerdo con los términos de la misma.
e) Asunción de responsabilidades. Los desperfectos o daños –incluidos los casos de incendio, destrucción, etc.– que puedan ocasionarse tanto a la propiedad de la Administración del Estado como a terceros, ya sea en sus personas como en cualquiera de sus bienes o derechos, que traigan causa del uso que se haga o que se deriven de la autorización que se otorga, serán a cargo del autorizado, que deberá formalizar la oportuna póliza de seguro, quedando exenta la Administración del Estado de toda responsabilidad.
f) Extinción de la autorización. La presente autorización se extinguirá por las siguientes causas:
1.º Mutuo acuerdo.
2.º Revocación unilateral de la presente autorización, que podrá producirse en cualquier momento por razones de interés público, sin generar derecho a Indemnización y, con carácter general, cuando se den las circunstancias previstas en el artículo 92.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
g) Devolución del inmueble y destino de las obras realizadas a la extinción de la autorización. La Fundación Residencia de Estudiantes deberá devolver los inmuebles objeto de autorización, una vez extinguida la misma, en las mismas condiciones en las que se encontraban en el momento de autorizarse su ocupación.
Las obras de mejora y acondicionamiento que, en su caso, se hubieran realizado serán adquiridas gratuitamente por la Administración del Estado al término de la autorización, sin que la Fundación pueda reclamar ningún tipo de indemnización.
2. Las condiciones de uso, en lo no previsto en este apartado, se establecerán de mutuo acuerdo mediante convenio entre el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y la Fundación Residencia de Estudiantes, en el que se respetarán las condiciones de uso actuales. Tomando en consideración la situación actual de los inmuebles, dicho acuerdo especificará las obligaciones de la Fundación en cuanto a gastos de conservación y mantenimiento, impuestos, tasas y demás tributos, obtención licencias y permisos que requiera el uso de los bienes, y las garantías que se consideren oportunas.
3. El Consejo Superior de Investigaciones Científicas y la Residencia de Estudiantes podrán solicitar la ampliación de este Acuerdo a otros edificios del conjunto urbanístico en función de su disponibilidad.
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