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Documento BOE-A-2011-18815

Resolución de 3 de noviembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Mejora y modernización de los regadíos tradicionales de la Comunidad de Regantes de Piornal en los términos municipales de Piornal y otros (Cáceres).

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 30 de noviembre de 2011, páginas 127688 a 127703 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-18815

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente propuesta de Resolución se encuentra comprendido en el apartado c), del grupo 1, del anexo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en la sección 1.ª del capítulo II de la Ley de Evaluación de Impacto ambiental de Proyectos por decisión de la Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 11 de octubre de 2007, procediendo formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Según la Orden ARM/939/2011, de 13 de abril, sobre delegación de competencias en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular, por delegación de la Ministra, las resoluciones de evaluación ambiental de competencia estatal reguladas en el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto

Promotor y órgano sustantivo. El promotor es la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias S.A. (SEIASA) y el órgano sustantivo es la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Objeto y justificación. El proyecto se encuentra incluido en el Plan de Choque para la mejora y consolidación de regadíos, aprobado por el Ministerio de Agricultura por R. D. 287/2006, de 10 de marzo, por el que se regulan las obras urgentes de mejora y consolidación de regadíos, con objeto de obtener un adecuado ahorro de agua que palie los daños producidos por la sequía. En él están previstas actuaciones de modernización de riegos en varias comunidades de regantes.

El objeto del proyecto conlleva una mejora sustancial sobre las condiciones de riego actuales, instalando un sistema de riego localizado más eficaz y estableciendo la organización del riego por turnos. Esto va a suponer un beneficio para los regantes, los cultivos y los ecosistemas asociados a las gargantas de donde se extrae el agua.

El proyecto persigue evitar el estrés hídrico de los frutales (cerezos) en la época estival, mediante riegos de apoyo, que cubran al menos en un 50 % las necesidades hídricas del cultivo.

Localización. La zona regable objeto del proyecto pertenece a la Comunidad de Regantes de «Piornal», dividido en cuatro sectores, que se localizan en los términos municipales de Piornal, Navaconcejo, Valdastillas y Cabrero, en la provincia de Cáceres en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Descripción sintética. La Comunidad de Regantes está formada por 693 regantes y una superficie de 342 has, dedicadas al cultivo de frutales, principalmente cerezos.

El proyecto divide la zona regable en cuatro sectores independientes. Cada uno de ellos dispondrá de las necesarias obras de captación y regulación para la superficie regable del sector, permitiendo un sistema de riego localizado y su distribución por gravedad.

Los dispositivos de regulación derivarán el agua de la garganta Bonal en el sector 1, del arroyo La Marta en los sectores 2 y 3 y de la garganta del Obispo en el sector 4. Se garantizará el caudal ecológico de las garganta de las que se detrae el agua, que será de al menos un 10 % del caudal normal que circula durante el verano.

A partir de los dispositivos de regulación se plantea una red de riego compuesta por aproximadamente 65 km de tuberías, que se ejecutarán preferentemente sobre caminos existentes. La tierra extraída de las zanjas se utilizará nuevamente para su relleno, no previéndose ningún sobrante. Se espera un excedente de tierras sobrantes en la ejecución de las balsas que serán retiradas hasta el vertedero municipal autorizado. Para optimizar al máximo el sistema se instalará 1 hidrante por cada 10 parcelas y ello permitirá a los regantes disponer de contadores individuales.

Los accesos seleccionados corresponden, siempre que sea posible, a caminos existentes que en ocasiones no necesitan modificación o acondicionamiento.

Alternativas. Las alternativas planteadas se refieren únicamente a las obras de regulación con carácter independiente de estos 4 sectores de la Comunidad de Regantes.

Entre los criterios determinantes se han tenido en cuenta que la ubicación de las obras de regulación se encuentre a una cota suficiente como para dar cobertura de riego a la mayoría de las parcelas regables, evitando cualquier tipo de bombeo, que supondría un gasto adicional y un consumo de energía innecesario.

Otros criterios considerados han sido disminuir la afección a zonas de arbolado y cultivos, evitar grandes movimiento de tierra, los taludes y terraplenes para atenuar el impacto visual.

En el siguiente cuadro se reflejan las alternativas propuestas en el Estudio para las obras de regulación de cada uno de los cuatro sectores en los que se ha dividido la zona, en todos ellos se plantea la alternativa 0 de no ejecución de las obras.

Sector

Denominación

N.º

Alternativa

1

Bonal.

0

No construcción de la obra de regulación.

1

Construcción de una balsa en monte público.

2

Construcción de una balsa en zona de cultivo.

3

Construcción de la presa proyectada inicialmente.

4

Construcción de un azud de 5 m en el cauce de la Garganta Bonal.

5

Construcción de una presa de 10 m de altura en el cauce de la Garganta Bonal.

6

Construcción de 2 azudes de 5 m, en el cauce de la Garganta Bonal.

2

Fuente Matea.

0

No ejecución de las obras.

1

Ejecución de una balsa.

3

La Toma.

0

No ejecución de ninguna obra de regulación.

1

Construcción de una presa en el cauce en la Garganta Marta.

2

Azud en la Garganta Marta.

3

Construcción de la balsa proyectada inicialmente.

4

Reubicación de la balsa de La Toma y disminución de su tamaño.

5

Construcción de la balsa en castañar.

6

Azud aguas a bajo del camino.

4

Obispo.

0

No ejecución de obras de regulación.

1

Ejecución de una balsa.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

Espacios Naturales y hábitats de interés comunitario.

La zona de estudio se encuentra íntegramente incluida en el espacio Red Natura, Lugar de Importancia Comunitaria ES4320038 «Sierra de Gredos y Valle del Jerte».

Los Hábitats de Interés Comunitario directamente afectados por el proyecto serán:

– 9230 «Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica».

– 4090 «Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga».

Otros hábitats de interés comunitario presentes en la zona son: 3260 «Vegetación flotante de ranúnculos de los ríos de zonas premontañosas y de planicies», 5120 «Formaciones de Genista purgans en montaña», 6160 «Prados ibéricos silíceos de Festuca indigesta», 8130 «Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos de los Alpes»,8230 «Pastos pioneros en superficies rocosas»

Próxima a la zona de actuación se encuentra el Área Importante para las Aves (IBA) 304 «Plasencia y Sierra de San Bernabé.

En los sectores 1 y 4 se localiza el Monte de Utilidad Pública «Dehesa Boyal de Piornal», incluido en el Catálogo de Montes de la provincia de Cáceres y registrado con el número 9.

Hidrología. El proyecto se desarrolla en la margen izquierda del río Jerte, afluente del Alagón al que pertenecen las gargantas de Bonal y la Marta ubicadas en los sectores 1, 2 y 3. Sin embargo el sector 4 se ubica en la garganta del Obispo que pertenece a la vertiente del río Tietar. Ambos ríos están encuadrados en la cuenca hidrográfica del Tajo.

Las características hidrológicas de El Piornal vienen determinadas por la morfología del terreno de fuertes pendientes con una elevada escorrentía y alta densidad de la red de drenaje que se concentra sobre un solo canal principal de desagüe. El régimen pluvial se caracteriza por ser muy irregular a lo largo del año.

Vegetación y flora. La zona de estudio se caracteriza por su carácter agrario con predominio de la producción de cerezas, alternando con otros cultivos como castaños, olivos, frambuesas, higueras, etc.

A partir de una cierta altitud desaparecen los cultivos dando paso a formaciones forestales naturales compuestas en su mayoría por robles melojos, formación muy extendida en la zona del Piornal.

Entre las especies incluidas en el Catalogo regional de especies amenazadas de Extremadura se encuentran el tejo y los candiles catalogadas en peligro de extinción, especies consideradas como vulnerables de enebro y acebo y el Narcissus confesus considerado de interés especial.

Fauna. Entre las especies incluidas en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y en el anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del listado de especies silvestres en régimen de protección especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas se encuentran el lagarto verdinegro, la rana ibérica, ranita de San Antonio, eslizón ibérico y culebra lisa europea.

Es de destacar la presencia de quirópteros catalogados como de interés especial, en el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, como el murciélago montañero, orejudo gris, murciélago enano, murciélago de borde claro; catalogadas como vulnerables se encuentran el ciervo volante y el orejudo dorado y el murciélago mediano de herradura que se considera en peligro de extinción.

El ámbito del proyecto se encuentra en las áreas de importancia para especies de insectos como Macromia splendens, oxygastra curtissi y gomphus graslinii. Para éstas la Comunidad Autónoma ha aprobado diferentes planes para su protección.

Por la proximidad de la IBA »Plasencia y Sierra de San Bernabé» hay presencia de avifauna como cigüeña negra y el milano real, incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas la primera como vulnerable y en peligro de extinción la segunda.

Paisaje y relieve. El ámbito de estudio se caracteriza por un relieve claramente montañoso con laderas que desembocan en el fondo del Valle del Jerte. El perfil que presentan las montañas es redondeado, típico de montañas desgastadas y viejas. Aparecen numerosos afloramientos rocosos, representadas por bolos de gran tamaño, dando origen a numerosos berrocales.

El mosaico de teselas de vegetación natural (matorrales y bosquetes) y cultivos de frutales asociados a numerosas gargantas conforman un paisaje seminatural de gran calidad.

Patrimonio cultural.

Los resultados de la prospección arqueológica realizada han puesto de manifiesto la existencia de restos de una calzada y un puente de época romana, y de un molino medieval hidráulico en la zona denominada «El Cotril», en el ámbito del Sector 1 Bonal.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto.

3.1.1 Entrada documentación inicial.

Con fecha 16 de septiembre de 2005 se recibe la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la memoria-resumen del proyecto, con el objetivo de iniciar la tramitación ambiental.

Tras el análisis de la documentación, con fecha 11 de noviembre de 2005, dicha Dirección General solicita la subsanación de la documentación inicial al promotor.

Con fecha 21 de mayo de 2007 tiene lugar la entrada de la nueva documentación ambiental subsanada.

3.1.2 Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones.

Con fecha 11 de junio de 2007, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental inicia el periodo de consultas al objeto de decidir sobre el sometimiento del proyecto al procedimiento establecido en la sección 1.ª del capítulo II de la Ley de Evaluación de Impacto ambiental de Proyectos.

En la tabla adjunta se han recogido los organismos consultados durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con la documentación ambiental:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General del Agua. Ministerio de Medio Ambiente.

Dirección General para la Biodiversidad. Ministerio de Medio Ambiente.

Confederación Hidrográfica del Tajo.

X

Delegación del Gobierno en Extremadura.

Dirección General del Medio Ambiente. Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Junta de Extremadura

X

Dirección General de Estructuras Agrarias. Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Junta de Extremadura.

X

Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura. Junta de Extremadura.

X

Diputación Provincial de Cáceres.

X

Ayuntamiento de Navaconcejo.

Ayuntamiento de Piornal.

Ayuntamiento de Valdastillas.

Ayuntamiento de Cabrero.

Ecologistas en Acción de Extremadura.

Greenpeace.

S.E.O.

Asociación para Defensa Naturaleza y Recursos de Extremadura (ADENEX).

Grupo Extremeño de Amigos de Naturaleza (GEXAN).

El resumen del contenido de las respuestas a consultas es el siguiente:

La Confederación Hidrográfica del Tajo realiza diversas indicaciones en relación con las concesiones, actuaciones que requieren autorización, gestión de residuos, minimizar la contaminación por utilización de fitosanitarios, etc.

La Diputación de Cáceres indica que el mayor impacto afecta a la cuenca fluvial y ecosistemas asociados y considera consecuente someter el proyecto al procedimiento de evaluación ambiental.

La Dirección General de Medioambiente de la Junta de Extremadura, indica que el proyecto puede dar lugar a impactos ambientales significativos, ya que las alternativas definidas en la documentación inicial pueden ocasionar una problemática ambiental dada la posible afección sobre la vegetación y los importantes movimientos de tierra en una zona donde la pendiente es elevada.

La Dirección General de Estructuras Agrarias de la Junta de Extremadura, informa que hay impactos positivos importantes, como la unificación de las tomas, ahorro del agua para el riego, disminución de la percolación y lixiviaciones de fertilizantes y fitosanitarios, mejora en la cantidad y calidad de la producción, y disminución de la erosión. Se pronuncia de forma favorable el proyecto.

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura indica que con objeto de evaluar la afección al patrimonio se deberá realizar una prospección arqueológica, del informe emitido a raíz de esta actuación, la Dirección General de Patrimonio determinará las medidas correctoras pertinentes.

3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el Órgano Ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas.

El resultado de las contestaciones a las consultas decidió su sometimiento a evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en la sección 1ª del capítulo II de la Ley de Evaluación de Impacto ambiental de Proyectos por resolución de la Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 11 de octubre de 2007 que fue remitida al promotor, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental.

3.2.1 Información pública. Resultado.

El Órgano Sustantivo sometió el proyecto a información pública mediante anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 209, de 28 de agosto de 2010.

De forma simultánea a su exposición, con fecha 26 de agosto de 2010, en cumplimiento del artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, fue enviado el estudio de impacto ambiental y el proyecto a las administraciones públicas afectadas.

Durante este periodo se recibió respuesta de la Confederación Hidrográfica del Tajo y de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura.

Con fecha 8 de noviembre de 2010 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino recibe el resultado de la información pública, el estudio de impacto ambiental y el proyecto.

Con fecha 21 de diciembre de 2010, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, insta al Órgano Sustantivo para que solicite informe a la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Energía, Industria y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, al considerarse necesario la opinión de este organismo respecto a la posible afección a la Red Natura 2000.

Posteriormente, con fecha 4 de febrero 2011, se remite el informe de la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental y de la Dirección General de Medio Natural de la Junta de Extremadura. A estos informes se adjunta escrito del promotor en el que asume algunos de los condicionantes expuestos en los informes indicados.

La Confederación Hidrográfica del Tajo expone una serie de consideraciones generales relacionadas con la obligatoriedad de disponer para las captaciones de aguas públicas de las correspondientes concesiones administrativas, las cuales quedan supeditadas a la existencia del recurso, así como la preceptiva autorización, respetando la servidumbre y la zona de policía. También la preceptiva autorización administrativa si se producen aguas residuales procedentes de la explotación. Todo ello conforme a lo regulado en el R.D.L. 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. En ningún caso se autorizarán dentro del Dominio Público Hidráulico la construcción, montaje o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 del Reglamento. Asimismo se deberá prestar especial atención al cumplimiento de lo especificado en la Directiva 91/676/CEE relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos de la agricultura.

El Promotor asume todas las medidas que propone esta Dirección General.

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura: informa que puede existir afección sobre una calzada de época romana, un puente de la misma época y un molino hidráulico medieval en la zona denominada «El Cotril», situada en el Sector 1, Bonal. Para los que propone su conservación integral.

Establece que para la fase de ejecución de las obras será obligatorio un control y seguimiento arqueológico de todos los movimientos de tierra, que será permanente y a pie de obra, de conformidad con lo establecido en el Título III de la Ley 2/99 de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura y en el Decreto 93/97 Regulador de la Actividad Arqueológica en Extremadura.

El Promotor asume todas las medidas que propone esta Dirección General.

La Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura: considera el proyecto ambientalmente viable con las soluciones alternativas adoptadas para la presa de la Garganta Bonal y para la balsa de la Toma consistente en la realización dos azudes de 5 m de altura en el primer caso y un azud de 7 m de altura en el segundo caso. No obstante consideran necesario contemplar determinadas medidas protectoras y correctoras como el aprovechamiento de las tierras sobrantes de las zanjas y excavaciones, la utilización preferente del trazado de los caminos y acequias existentes, revegetación de taludes y gestión adecuada de la maquinaria.

Se destaca la necesidad de que todos los azudes deberán llevar compuertas hasta el fondo que permanecerán abiertas fuera de la época de toma de agua para permitir la descolmatación y el remonte de pesca. También deberá establecerse una fecha de parada biológica, desde el 15 de marzo al 30 de junio.

Adjuntan el informe de afección a Red Natura, emitido por la Dirección General del Medio Natural de la Junta de Extremadura, que indica que no es probable que la actividad tenga repercusiones significativas, siempre que se cumplan una serie de medidas correctoras, entre las que destacan que las balsas y depósitos proyectados no se situarán en cursos continuos de agua, una adecuada gestión de la tierra vegetal así como de tierras sobrantes, minimizar la afección a la vegetación, en concreto a importantes formaciones de robledales y hábitats de ribera y determinaciones sobre los trabajos de restauración utilizando ejemplares de especies autóctonas.

También incluye determinadas medidas relacionadas con la ejecución de la obras, como el mantenimiento adecuado de la maquinaria, evitar vertidos de residuos peligrosos, no utilizar herbicidas en las labores de limpieza de la vegetación y no realizar desbroces innecesarios haciéndose de manera manual. Otras medidas sugeridas en el informe se incluyen en el apartado del condicionado de este documento.

Asimismo indica que la mejora de regadíos debería realizar un esfuerzo para la legalización de concesiones y mejora de la gestión de las aguas de la comunidad de regantes para garantizar el caudal ecológico de ríos y arroyos.

Posteriormente, el 7 de abril de 2011, el órgano sustantivo remite el informe procedente de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del MARM que considera que el proyecto supone una mejora de las condiciones actuales pero que el estudio carece de la información necesaria para poder valorar las repercusiones sobre el Lugar de Interés Comunitario y señala que aun aprovechándose los caminos existentes la ocupación del terreno seria en torno a unas 100 has, lo que supone el desbroce de la vegetación existente. Considera que las medidas propuestas por el promotor para corregir las afecciones sobre la vegetación son insuficientes. Considera que la mejora del actual sistema de regadío permitirá un ahorro en el consumo de agua que junto con el compromiso de mantener un caudal ecológico en los meses que se prevé regar va a suponer una mejora de las gargantas afectadas. Finalmente incluye una serie de condiciones para minimizar o evitar efectos sobre la biodiversidad que se incorporan en capitulo del condicionado de este documento.

3.3 Fase previa a la declaración de impacto:

3.3.1 Consultas complementarias realizadas por el Órgano Ambiental:

Con fecha 23 de marzo de 2011, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del MARM, considerando que existían algunos aspectos de la evaluación del proyecto que debían de ser aclarados, solicita informes a la Confederación Hidrográfica del Tajo y a la Dirección General de Medio Natural de la Junta de Extremadura.

El contenido de los informes se resume a continuación:

La Confederación Hidrográfica del Tajo hace las siguientes puntualizaciones en materia de su competencia:

La actuación que puede generar mayor afección es la construcción de los azudes, ya que es una intervención directa en el cauce y podría provocar que algún tramo del cauce quedara seco. Para cada época del año se deberá considerar un caudal ecológico distinto. El mantenimiento de las condiciones necesarias para que el caudal ecológico sea respetado en todo momento, es absolutamente imprescindible. Además se pueden ocasionar impactos sobre la población piscícola provocando un grave deterioro de estas poblaciones que habitan el tramo de río, por ello proponen el diseño de dispositivos de escape. Para evitar el impacto paisajístico de los azudes se deberá apantallar la vista de las obras con un muro vegetal utilizando especies vegetales autóctonas. Al finalizar las obras se deberá regenerar la vegetación rupícola afectada.

En cuanto a la calidad de las aguas, se adjunta el informe sobre disponibilidad de recurso y adecuación de los caudales ecológicos propuestos en el proyecto. En el se analiza la disponibilidad del recurso comparando los datos del proyecto, el EsIA y los datos estimados en el modelo Sacramento. De la comparación de las necesidades de riego se concluye que el déficit de riego será probablemente muy superior al estimado en la documentación presentada por el promotor, donde se estima cubrir un promedio del 75 % de las necesidades.

Con respecto a la demanda medioambiental se hace referencia a las Normas del Plan Hidrológico del Tajo en concreto al artículo 11, apartado 3, subapartado b). El resultado del cálculo de caudales proporcionado por este organismo es muy similar al calculado por el promotor en cada uno de los sectores.

Por último informan que los cauces donde se ubican las captaciones no corresponden a masa de agua, quedando fuera del alcance de los últimos estudios realizados desde la Subdirección General de Planificación y Uso Sostenible del Agua para determinar un régimen de caudales ecológicos.

La Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura remite un informe con contenido similar al emitido en información pública. Adicionalmente se muestran en desacuerdo con la localización de la balsa en garganta del Obispo, ya que no consideran que la ubicación de la balsa dentro del cauce sea la más apropiada. Además indican que el movimiento de tierras que se pretende realizar dentro del mismo lecho del cauce, en las proximidades del nacimiento de la garganta, puede modificar el cauce y tener graves consecuencias sobre el suelo, la fauna y la flora de la zona.

3.3.2 Información complementaria solicitada al Promotor y modificaciones introducidas en el proyecto y estudio tras su consideración.

Con fecha 23 de marzo de 2011, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del MARM, considerando que existían algunos aspectos de la evaluación del proyecto que debían de ser aclarados, solicita información complementaria al promotor.

La respuesta de SEIASA se recibe con fecha 5 de octubre de 2011, aclarando las diferentes cuestiones planteadas tanto en información pública como en los informes adicionales. Se incorpora además, la propuesta de segregación del sector 4 «Obispo», decisión tomada por parte del promotor y aceptada por el Órgano Sustantivo.

Como respuesta al informe de valoración de afección a Red Natura 2000 de 18 de abril de 2011, elaborado por la Dirección General del Medio Natural de la Junta de Extremadura, el promotor excluye la totalidad de ejecución de los capítulos del Sector 4, cuya superficie abarcaba 31,90 ha, en la que estaba prevista la ejecución de una balsa de regulación de 15.368 m3 sobre el cauce de la garganta del Obispo.

Además aportan datos sobre afecciones al Lugar de Interés Comunitario, a los hábitats y a la vegetación; incluyen cartografía de instalaciones auxiliares, cruces de tuberías en cauces, y su detalle constructivo. Justifican la capacidad de regulación y almacenamiento que permitirá cubrir las necesidades de riego sectorialmente y afirman que el grado de cumplimiento de los objetivos agronómicos del proyecto se sitúa en torno al 75% y sectorialmente se cubren en todos los casos más del 50% de las necesidades hídricas del cultivo mediante riegos de apoyo, lo cual favorece el cultivo y garantiza la cosecha del año siguiente. Por último, indican que no existe actualmente ninguna especie piscícola en los cauces afectados.

4. Integración de la evaluación

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas.

Para la elección de la alternativa óptima el promotor ha considerado criterios técnicos, de emplazamiento, medioambientales y sociales. Asimismo el promotor indica que se han realizado varias visitas in situ con los técnicos de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Junta de Extremadura.

Como resultado de este análisis multicriterio y de las visitas mencionadas se seleccionan las siguientes alternativas para las obras de regulación:

Sector 1: Alternativa 6. Construcción de 2 azudes. En el cauce de Garganta Bonal, se construiría 1 azud de 5 m de altura en el mismo punto en el que estaba proyectada inicialmente la presa y otro de la misma altura, aguas arriba inmediatamente después del primer azud. Con esta alternativa se consigue tener una mayor capacidad de regulación y almacenamiento, de 6.350 m3. Los caminos existentes darán acceso a los dos azudes.

Sector 2: Alternativa 1. Se propone la construcción de la balsa de Fuente Matea, con una capacidad de 21.034 m3 y ocuparía una superficie de terreno de 9.900 m2, con una profundidad de 4 m. Esta zona y la balsa se caracterizan por ser llana, con una cota suficiente como para dar cobertura de riego a todo el sector.

Sector 3: Alternativa 6. Plantea la construcción de un azud que estaría situado inmediatamente después del puente que salva la garganta Marta, aguas abajo. La capacidad de almacenamiento de agua será de 3.230 m3 y la altura del azud no superará los 7 m.

Sector 4: Alternativa 1. Se propone la construcción de una balsa en el cauce de la garganta del obispo, con una capacidad de 15.318 m3, ocupando una superficie de terreno de 5.000 m2, con una profundidad de 8 m.

En el siguiente cuadro se resumen las actuaciones en los cuatro sectores.

Sector n.º

Denominación

Tuberías

(M)

Superficie (Ha)

Hidrantes

Regulación

Tipo de Regulación

Capacidad regulación (m3)

1

Bonal

29.919

121

189

Azud

3.593

2.757

2

Fuente Matea

4.729

22

35

Balsa

21.034

3

La Toma

13.709

60,5

75

Azud

3.230

4

Obispo

16.669

31,9

58

Balsa

15.318

Total

65.026

235,4

357

 

 

El estudio de impacto ambiental determina como caudal ecológico el 10 % del volumen de agua aportada en las cuencas, durante el periodo de riego, en los meses de junio, julio y agosto, estimándose un ahorro de agua entorno a los 100.000 m3. Durante el resto del año el agua circulará en régimen natural por los cauces, gracias a las compuertas instaladas en los dispositivos de regulación y derivación. Esto permitirá una importante mejora, ya que actualmente el sistema de explotación conlleva la desecación efectiva de los cauces.

En el siguiente cuadro se resumen los caudales y necesidades de agua para riego de la alternativa seleccionada para el proyecto.

Sector

Sup. Cuenca

km2

Perímetro de cuenca

km

Aporte de cuenca

m3/año

Aporte cuenca (m3) junio, julio y agosto

Sup. regable

Has.

Necesidades de agua m3

(100%)

Caudal ecológico 10 %

(m3)

Volumen embalsado

Disponibilidad de agua

Necesidades de riego garantizadas

Porcentaje

m3

1

9,34

14,97

7.353.898

745.977

121,00

447.700

74.598

6.350

671.379

100

447.700

2

0,21

4,71

49.195

49.903

22,00

81.400

4.990

21.034

65.946

81

65.934

3

0,74

8,09

1.261.969

128.014

60,50

223.850

12.801

3.230

115.212

53

114.164

4

0,30

2,40

529.054

53.667

31,90

118.030

5.367

15.318

63.618

54

63.736

 

 

 

9.194.115

977.561

235,40

870.980

97.756

45.932

925.737

75

696.011

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida y sus medidas correctoras.

A continuación se recogen los impactos más significativos, así como las medidas protectoras y correctoras propuestas por el promotor en el estudio de impacto ambiental.

Impactos sobre la calidad atmosférica.

Durante la fase de construcción las principales afecciones sobre la calidad atmosférica se producirán por el incremento de emisión de ruido, gases y partículas de polvo por las obras y el movimiento de maquinaria y personal.

El promotor propone una serie de medida para minimizar estos impactos, consistentes en humectación de zona de obras, control y mantenimiento de la maquinaria para disminuir la emisión de gases y ruidos, limitación de velocidad en las pistas de acceso a obra y viales internos y otras medidas de gestión ambiental de la obra.

Impactos sobre el suelo.

Entre otras afecciones se incluye la ocupación y pérdida de suelo por el establecimiento del sistema de riego, la construcción de balsas, azudes y caminos de nueva construcción.

Se prevé que el entorno de las balsas y como consecuencia del movimiento de máquinas el suelo se vea alterado físicamente, por lo que se aportará una capa de tierra vegetal de 20 cm que ayude a recuperar la zona.

Las excavaciones supondrán la obtención de un volumen de tierra que se resume a continuación:

Sector

Desmonte

(m3)

Terraplén

(m3)

Sector 1

450

0

Sector 2

18.679

11.593

Sector 3

200

0

Sector 4

23.939

4.182

Total

43.268

15.775

El promotor considera las siguientes medidas preventivas y correctoras:

– Extracción selectiva, estableciendo distintas profundidades de excavación según la capa de tierra que conforme el perfil de suelo y recogida de las mismas almacenándolas y clasificándolas por separado en un lugar previamente seleccionado.

– Durante la ejecución de las operaciones se evitará en lo posible la compactación de la tierra vegetal acumulada y se garantizará el adecuado mantenimiento de sus condiciones de fertilidad mediante la realización de labores en los caballones para evitar su erosión.

– Las tierras extraídas incluso las excedentarias, se destinarán a diversos fines de la propia obra o externos a ella: formación de taludes, acondicionamiento final de obras, extendido en parcelas de cultivo, etc. La tierra sobrante que no se haya reutilizado se trasladará al vertedero municipal de Piornal, situado a las afueras de la población, junto a la carretera CV-17.3

Impactos sobre la hidrología.

Se prevé la alteración en las corrientes de aguas superficiales de la zona, ocupación y cruce de cauces. En particular, en la proximidad del nacimiento de la garganta del Obispo, se proyecta la balsa sobre el mismo cauce, suponiendo la interrupción permanente de la continuidad fluvial y repercutiendo en la disponibilidad del recurso aguas abajo. Se producen además importantes movimientos de tierra que merman la calidad de las aguas en tramos inferiores. Se puede aumentar además el riesgo de avenidas aguas abajo.

La calidad de las aguas se verá afectada durante la construcción debido al aumento de sólidos en suspensión, depósitos de áridos y piedras en los cauces, vertidos accidentales de hidrocarburos u otras sustancias utilizadas en el mantenimiento de maquinaria y vertidos accidentales de hormigones sobre los cauces.

En la fase de explotación los impactos sobre el medio acuático podrán ocasionarse por la modificación del caudal existente. La disminución o aumento del agua disponible repercutirá tanto en la vegetación como en la fauna asociada a los cauces.

Las medidas propuestas por el promotor para minimizar el impacto sobre la hidrología son las siguientes:

– Las obras de los azudes, se ejecutarán preferentemente en verano, cuando el caudal es inferior. Además se procederá a derivar el caudal por un lateral del cauce natural, para asegurar que no haya arrastres innecesarios del material suelto, ni otros vertidos accidentales. Se controlará la ubicación y forma de establecer acopios temporales de tierra, así como el destino de los mismos.

– Cada uno de los azudes estará dotado de una compuerta que permita la libre circulación del agua durante el invierno y que retenga temporalmente el agua durante la época de riego.

– Se garantizará un caudal ecológico del 10% de las aportaciones naturales de cuenca, corrigiendo la situación actual en la que los cauces se secaban en el periodo estival.

– Las balsas y azudes se llenarán durante los meses de abril y mayo y en ningún caso el agua a detraer superará el 50% del caudal que aporta la cuenca.

Impactos sobre Espacios Naturales, Hábitats de interés comunitario y vegetación.

El proyecto se localiza en Lugar de importancia comunitaria (LIC) ES4320038 «Sierra de Gredos Valle del Jerte» que incluye los hábitats de interés comunitario 9230 «Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica» y 4090 «Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga».

La ejecución del proyecto puede suponer afecciones temporales y destrucción de hábitats y vegetación por la ocupación del suelo.

El diseño del trazado de la red de riego se ha realizado con el criterio de seguir los caminos existentes para minimizar la afección a los valores naturales de la zona.

Se muestra a continuación tabla resumen con las afecciones temporales y permanentes provocadas por infraestructuras de regulación, zanjas de tuberías y accesos.

LIC «Sierra de Gredos Valle del Jerte»

Hábitat 9230 «Robledal Galaico Portugués»

Hábitat 4090 «Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga»

Afección (ha)

Afección (ha)

Afección (ha)

Sup. ocupada

Sup. temporal

Sup. permanente

Sup. ocupada

Sup. temporal

Sup. permanente

Sup. ocupada

Sup. temporal

Sup. permanente

Sector.

1

6,89

6,06

0,82

1,15

0,33

0,82

2

1,93

1,06

0,86

3

2,87

2,79

0,08

4

3,79

3,39

0,39

0,27

0,18

0,09

0,10

0,10

0,00

Dado que la superficie ocupada permanentemente por las obras es inferior al 0,1 %, se considera mínima la afección al LIC y sus hábitats asociados.

En general, en los cuatro sectores la vegetación afectada por azudes y balsas incluye varias especies como rebollo, lavanda y otras de brezos y zarzas, no siendo significativo el número de ejemplares afectados.

Adicionalmente debe destacarse, en el emplazamiento previsto para la balsa del Obispo, en el sector cuatro, la presencia de Narcissus confusus, incluida en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura con categoría de «Interés Especial»

El estudio de impacto ambiental indica que se pondrá especial cuidado ante la posible presencia de algún individuo de especie protegida. En ese caso se pondrá en conocimiento de las autoridades competentes para que se inicie el protocolo establecido en este caso.

Entre las medidas que el promotor establece para paliar las afecciones a la vegetación se incluye la restauración y revegetación de terraplenes y taludes generados en las obras de regulación y otras zonas afectadas con las actuaciones. Se utilizarán especies autóctonas en una superficie igual o superior a la afectada por las obras siguiendo las indicaciones de la Administración autonómica competente.

Impactos sobre la fauna.

La destrucción o alteración de los hábitats por las acciones realizadas sobre la vegetación y el medio físico, puede provocar efecto de abandono, molestias y mortalidad directa en la fauna por la actividad constructiva.

Durante la fase de explotación del sistema de regadío se podrían generar una serie de afecciones debido a la presencia de los distintos elementos que lo componen, principalmente las balsas.

Se tomarán las medidas preventivas indicadas en el apartado anterior ante la posible presencia de algún individuo de especie protegida.

Impactos sobre el paisaje y relieve.

La presencia de maquinaria y edificios auxiliares durante la fase de construcción, producirá un impacto paisajístico temporal derivado de la pérdida de naturalidad del área, disminuyendo su calidad visual.

La introducción de elementos constructivos provocará una alteración permanente de la calidad paisajística del entorno.

Para paliar esta afección se proponen una serie de medidas que el promotor llevará a cabo:

En fase de construcción, se establecen diversas medidas relativas a la ubicación de las zonas de acopio, limpieza y retirada de zonas auxiliares, restos de obra, escombros, basuras, etc., una vez terminadas las obras.

Se propone la realización de un proyecto de rehabilitación ambiental y paisajística de la zona de actuación, que contemplará aspectos tales como utilización de materiales de construcción que permitan una mejor integración paisajística de la obra ejecutada, control del acabado de las estructuras de las obras, correcta adecuación morfológica y acabado de taludes, etc.

Si se diera el caso de la caída en desuso de las infraestructuras introducidas, se procederá a redactar el proyecto de rehabilitación de la zona de manera que la situación final se asemeje en la mayor medida posible a la situación de partida.

Patrimonio Histórico y Cultural.

El estudio de impacto indica que en el área del «Cotril» se halla un conjunto arqueológico compuesto por restos de una calzada y un puente romano y vestigios de un molino medieval. Por este conjunto pasa una red de riego y cercana a ella se va a construir un azud.

El EsIA considera que durante la realización de las obras en este punto se realice una vigilancia con el fin evitar cualquier afección sobre estos elementos patrimoniales, o que se realice una desviación del trazado de la red de riego por otro punto que no afecte a ninguno de estos elementos.

4.3 Seguimiento ambiental de las medidas propuestas.

Con el fin de controlar el cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras propuestas, el promotor determina, de manera sucinta, una serie de operaciones de vigilancia que se llevarán a cabo, tanto durante la fase de obra como en la fase de explotación del proyecto. Establece las funciones que se llevarán acabo por la Dirección ambiental quien controlará y supervisará la calidad ambiental mediante el seguimiento de la obra y que se coordinará con la Dirección de la obra.

5. Condiciones al proyecto

5.1 Alternativa ambientalmente más adecuada.

Las alternativas propuestas por el promotor en los sectores 1, 2 y 3 resultan ambientalmente viables con la incorporación de las medidas preventivas y correctoras expuestas y con las condiciones que se incluirán más adelante.

Respecto de la alternativa seleccionada para el sector 4, balsa en el cauce de la garganta del Obispo, resulta ambientalmente inviable debido a los impactos resultantes. Los movimientos de tierra en el cauce citado, la interrupción permanente de la continuidad fluvial, la afección a las laderas de roble e impactos de erosión, paisajísticos y de contaminación del cauce, así como los riesgos de agravamiento de las avenidas aguas abajo, han originado la decisión del promotor de excluir las obras en este sector 4.

5.2 Medidas preventivas y correctoras para la alternativa más adecuada ambientalmente.

5.2.1 Previo al inicio de las obras:

– Se deberá disponer de las autorizaciones y concesiones preceptivas para la realización del proyecto por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo y de cualquier otra administración afectada. Entre ellas, dado que el presente proyecto afecta a montes de utilidad pública, será necesario tramitar la correspondiente concesión en dichos montes públicos.

– Se diseñará un programa de prevención y extinción de incendios especifico para el proyecto, acorde con lo establecido en el Plan de Prevención de Incendios Forestales en Extremadura (INFOEX).

– Se establecerá un calendario de actuaciones en coordinación con el organismo autonómico competente. No se realizarán trabajos entre el 15 de marzo y el 30 de junio.

– Se realizará una prospección para detectar posibles especies animales y vegetales de interés y/o amenazadas, con especial atención a la presencia de galápagos, En el caso de localizarse ejemplares se adoptarán las medidas que se estimen por el órgano ambiental autonómico competente.

– Se procederá a delimitar las zonas de trabajo con los Agentes de Medio Ambiente de la zona designados por la Dirección General de Medio Natural de la Junta de Extremadura.

– Para evitar que los restos de la calzada y el puente romano situados en la zona del sector 1 Bonal resulten afectados por las obras se procederá a su jalonamiento bajo las indicaciones del organismo competente para la protección de estos bienes.

5.2.2 Fase de construcción:

– El parque de maquinaria y otras instalaciones de la obra susceptibles generar contaminación del suelo se ubicarán en terrenos previamente impermeabilizados con balsas de retención desbaste y decantación para evitar residuos accidentales contaminantes al medio.

– Se realizarán inspecciones periódicas para garantizar que la maquinaria empleada cumple con la legislación preceptiva en materia acústica.

– Se estudiará la posibilidad de instalación de azudes prefabricados, para minimizar el impacto que ocasiona la ejecución de la obra en el cauce y sus alrededores. En todo caso los azudes dispondrán de una compuerta que servirá para regular el caudal circulante, permaneciendo abierta fuera de la campaña de riego.

– Se llevará un control de la ubicación y forma de establecer los acopios temporales de tierra así como del destino de los mismos.

– El cerramiento de la balsa dispondrá de medidas destinadas a facilitar el escape hacia el exterior de animales. Además, para facilitar la salida de aquellos animales que caigan al interior de la lámina de agua, las paredes de la balsa se realizarán con superficies irregulares, con rugosidades que faciliten el escape. Entre el borde de la balsa y el cerramiento deberá quedar un espacio de al menos 5 m para permitir el escape de las aves.

– Deberá elaborarse un proyecto de restauración paisajística que recupere las superficies ocupadas temporalmente por las obras, incluyendo los accesos, las instalaciones anejas, las zonas de acopios, el parque de maquinaria, etc. Con el objetivo de recuperar en la medida de lo posible la vegetación original se reutilizará la tierra vegetal extraída y se utilizarán las mismas especies de las formaciones afectadas. Se prestará especial atención a la restauración de las zonas afectadas por los azudes y en la Garganta Bonal se tendrán en cuenta los valores naturales existentes en la actualidad. Con carácter general las plantaciones se diseñarán formando bosquetes o rodales de contorno irregular. El proyecto deberá prever su financiación y establecer un cronograma adecuado para la plantación de las especies a utilizar. Finalmente se incorporará un capitulo que determine la recuperación paisajística de las zonas afectadas por las instalaciones proyectadas en el caso del fin de su uso.

– El proyecto constructivo deberá contener un apartado específico sobre la gestión de los residuos, de construcción y demolición generados por las obras, incluidos los peligrosos, cuyo coste formará parte del presupuesto. Los residuos de construcción se gestionarán de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

– Se llevará a cabo un control y seguimiento arqueológico de todos los movimientos de tierra, que será permanente y a pie de obra, por parte de técnicos cualificados debidamente autorizados por la administración cultural autonómica según lo establecido en la legislación vigente.

5.2.3 Fase de funcionamiento:

– Para el control de los caudales circulantes se instalarán dispositivos o contadores de medición de los volúmenes de agua captados de acuerdo con lo establecido por la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de agua del dominio público hidráulico, de los retornos al citado dominio público hidráulico y de los vertidos al mismo.

– A la recepción de las obras la Comunidad de regantes dispondrá de un Código de buenas prácticas agrarias, procediendo a su aplicación y difusión entre los usuarios finales de las instalaciones al objeto optimizar el uso de las infraestructuras ejecutadas.

– El proyecto atenderá exclusivamente a la superficie regable que se incluye en la documentación aportada por el promotor, sin que quede contemplado el aumento de la superficie de riego.

5.3 Especificaciones para el seguimiento ambiental.

El proyecto de construcción incorporará un programa de vigilancia ambiental al objeto de hacer el seguimiento y control de los impactos detectados y de la eficacia de las medidas propuestas por el promotor y las derivadas de la presente declaración de impacto ambiental. Asimismo el promotor dispondrá de una dirección ambiental de la obra quien propondrá, en coordinación con la dirección de obra y con el órgano ambiental autonómico, nuevas medidas correctoras si se observa que los impactos son superiores a los previstos o insuficientes las medidas inicialmente propuestas.

Con carácter general se especificarán el número de controles, periodicidad, duración etc., así como de los informes requeridos.

De manera particular en la fase de funcionamiento se llevarán a cabo:

– Controles mensuales del consumo de agua, comprobando su ahorro y eficiencia en el uso.

– Con periodicidad anual se emitirá un informe de la situación y evolución del caudal en cada uno de los cauces. Al objeto de verificar, durante los diez primeros años de explotación, que se han obtenido los objetivos propuestos en el Proyecto.

– Controles de calidad de agua y análisis de los parámetros requeridos en la Directiva 2000/60/CE por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas y Directiva 2006/118/CE relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro.

– Control de la eficacia de las medidas del proyecto de restauración paisajística semestralmente al menos durante los tres primeros años, posteriores a la finalización de las obras. Asimismo se verificará el arraigo de las especies usadas en la revegetación, procediéndose a la reposición de marras cuando sea necesario.

Los informes resultantes del Plan Vigilancia Ambiental, quedarán a disposición de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino que podrá requerirlos cuando lo considere oportuno.

El promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el B.O.E. en el que se publica la DIA.

Conclusión, en consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto «Mejora y modernización de los regadíos tradicionales de la Comunidad de Regantes de Piornal TT.MM. Piornal y otros (Cáceres)» concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa seleccionada para los sectores; sector 1 Bonal, sector 2 Fuente Matea y sector 3 La Toma y aceptando la propuesta del promotor de no ejecutar el proyecto previsto para el sector 4 en el Obispo y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto,

Madrid, 3 de noviembre de 2011.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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