El antiguo Ministerio de Medio Ambiente convocó un proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo de la categoría de Oficial de Servicios Generales, mediante Orden MAM/3348/2005, de 10 de octubre (BOE del 28), actualmente categoría de Oficial de Actividades Técnicas y Profesionales en el III Convenio Único.
En ejecución de la Sentencia en apelación, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, de la Audiencia Nacional de 18 de abril de 2011, a favor de don Jesús Fernández Sánchez, DNI 52.811.066, participante en dicho proceso selectivo, la Subsecretaría del Ministerio retrotrayendo el proceso selectivo al momento de la fase de concurso, tal como recoge el fallo de la sentencia, mediante Resolución de 7 de noviembre de 2011 ha procedió a valorar los méritos profesionales aportados en aquel momento por el Sr. Fernández Sánchez, obteniendo un total de 52,225 puntos (de un máximo de 100 puntos).
Este Ministerio, a la vista de la puntuación obtenida por el candidato, acuerda adjudicar a don Jesús Fernández Sánchez, con DNI 52.811.066, un puesto de la categoría profesional de Oficial de Actividades Técnicas y Profesionales del III Convenio Único, para el personal laboral de la Administración General del Estado y en consecuencia, la contratación como personal laboral fijo en el puesto de las siguientes características:
Puesto RPT 4927342 (Código Hacienda 84625).
Categoría: Oficial de Actividades Técnicas y profesionales, Grupo 4, Área Funcional 2.
Especialidad: Vigilancia de Dominio Público.
Centro Directivo: Mancomunidad de los Canales del Taibilla.
Unidad Administrativa: Área de Explotación.
Centro de Trabajo: Zona 2.
Localidad: Murcia.
Provincia: Murcia.
Complemento: Complemento de Disponibilidad 003B.
Para adquirir la condición de personal laboral fijo de la categoría de Oficial de Actividades Técnicas y Profesionales, el aspirante deberá formalizar el contrato de trabajo en la Unidad de personal del lugar de destino, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta Orden en el BOE.
Si el aspirante no tomara posesión en el plazo establecido, se entenderá decaído en su derecho, salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada.
El aspirante contratado tendrá que superar un periodo de prueba de un mes, durante el cuál la Unidad competente evaluará el correspondiente desempeño del puesto de trabajo, excepto si ya ha desempeñado las mismas funciones con anterioridad, bajo cualquier modalidad de contratación, dentro del ámbito de aplicación del Convenio Único.
Contra la presente rden podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el titular del departamento en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso Contencioso- Administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 21 de noviembre de 2011.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. P.D. (Orden ARM/939/2011, de 13 de abril), la Subsecretaria de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, María Felicidad Montero Pleite.
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